GoConqr hat ein neues Design! Sag uns, wie es dir gefällt.

Folien

Ohne Titel

Santiago Colorado villa Spanisch 12 Folien

Folien in diesem Satz (12)

  1. medida de aseguramiento

    • mecanismo precautelares no sancionatorios que se dan al interior del proceso penal
    • art 295 son execpcionales ; interpretadas restrictivamente
  2. Folie 2

    • indicando la persona, el delito, los elementos de conocimiento necesarios para sustentar la medida y su urgencia
    • La presencia del defensor constituye requisito de validez de la respectiva audiencia.
  3. Folie 3

    • ARTÍCULO 307. MEDIDAS DE ASEGURAMIENTO
    • privativas y no privativas
    • no rivativas:
    • mecanismo de vigilancia electornica
    • vigilacia por persona o institucion
    • presentarse periodcicamente ante el juez o un designado
    • no concurrir a ciertas reuniciones
    • no salir de la habitacion de 6 pm a 6 am
    • no vivtar a la ciertas personas y a la victima
    • no salir de cierto terriorio
    • prestacion de caucion
    • observar buena conducta
  4. Folie 4

    • estas medidas deben analizarse de la menos grave hasta la mas grave, cosa que a todas hay que hacerles un analisis frente al tezt de propocionalidad
    • necesaria
    • adecuada
    • proporcional y
    • razonable
  5. Folie 5

    • fines constitucionales
    • . Que la medida de aseguramiento se muestre como necesaria para evitar que el imputado obstruya el debido ejercicio de la justicia.
    • 2. Que el imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad o de la víctima.
    • 3. Que resulte probable que el imputado no comparecerá al proceso o que no cumplirá la sentencia.
  6. Folie 6

    • ARTÍCULO 309. OBSTRUCCIÓN DE LA JUSTICIA.
    • cuando existan motivos graves y fundados que permitan inferir que el imputado podrá destruir, modificar, dirigir, impedir, ocultar o falsificar elementos de prueba; o se considere que inducirá a
  7. Folie 7

    • ARTÍCULO 310. PELIGRO PARA LA COMUNIDAD. Para estimar si la libertad del imputado representa un peligro futuro para la seguridad de la comunidad, además de la gravedad y modalidad de la conducta punible y la pena imponible, el juez deberá valorar las siguientes circunstancias:
    • 1. La continuación de la actividad delictiva o su probable vinculación con organizaciones criminales.
    • 2. El número de delitos que se le imputan y la naturaleza de los mismos.
    • 3. El hecho de estar disfrutando un mecanismo sustitutivo de la pena privativa de la libertad, por delito doloso o preterintencional.
    • 4. La existencia de sentencias condenatorias vigentes por delito doloso o preterintencional.
    • 5. Cuando se utilicen armas de fuego o armas blancas.
    • 6. Cuando el punible sea por abuso sexual con menor de 14 años.
    • 7. Cuando hagan parte o pertenezcan a un grupo de delincuencia organizada.
  8. Folie 8

    • ARTÍCULO 311. PELIGRO PARA LA VÍCTIMA. Se entenderá que la seguridad de la víctima se encuentra en peligro por la libertad del imputado, cuando existan motivos fundados que permitan inferir que podrá atentar contra ella, su familia o sus bienes.
  9. Folie 9

    • ARTÍCULO 312. NO COMPARECENCIA.
    • Para decidir acerca de la eventual no comparecencia del imputado, se tendrá en cuenta, la gravedad y modalidad de la conducta y la pena imponible, además de los siguientes factores:
    • 1. La falta de arraigo en la comunidad,
    • 2. La gravedad del daño causado y la actitud que el imputado asuma frente a este.
    • 3. El comportamiento del imputado durante el procedimiento o en otro anterior, d
  10. Folie 10

    • fines legales;
    • Satisfechos los requisitos señalados en el artículo 308, procederá la detención preventiva en establecimiento carcelario, en los siguientes casos:
    • 1. En los delitos de competencia de los jueces penales de circuito especializados.
    • 2. En los delitos investigables de oficio, cuando el mínimo de la pena prevista por la ley sea o exceda de cuatro (4) años.
    • 3. En los delitos a que se refiere el Título VIII del Libro II del Código Penal, cuando la defraudación sobrepase la cuantía de ciento cincuenta (150) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
    • 4. que haya sido capturado por un delito y esa captura hay sido legal, es decir por orden del juez de control de garantias o legalizada antes el mismo
  11. Folie 11

    • tiempo de duracion ;
    • vigencia de 1 año cuando sean tres o cuando sea delitos investigados por jueces circuito especializado
  12. Folie 12

    • ARTÍCULO 316. INCUMPLIMIENTO.
    • Si el imputado o acusado incumpliere alguna de las obligaciones impuestas al concederle la detención domiciliaria, a petición de la Fiscalía o del Ministerio Público, el juez ordenará inmediatamente su reclusión en establecimiento carcelario

Informationen

Beschreibung
Folienset am Ohne Titel, erstellt von Santiago Colorado villa am 11/05/2020.
Aufrufe
1
Bewertung

Feedback

Worum geht es?

Wie gefällt dir das neue Design?

Dein Eindruck