LA OBLIGACION FISCAL, SEGUNDA PARTE.

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conceptos de la obligacion fiscal
Alejandro Sanchez Carrillo
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Alejandro Sanchez Carrillo
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EL NACIMIENTO OBLIGACION FISCAL A).el hecho imponible es una hipótesis normativa a cuya realización se asocia el nacimiento de la obligación fiscal y el hecho generador es el hecho material que se realiza en la vida real que actualiza esa hipótesis normativa... B). Ejemplo, de acuerdo a la Ley del IVA, se paga este, cuando el consumidor final paga el producto o servicio, entonces, cuando pagamos el servicio de internet, el usuario paga el precio mensual más el IVA.
DETERMINACIÓN DE LA OBLIGACION FISCAL. a). Consiste en la constatación de la realización del hecho imponible o existencia del hecho generador y la precisión de la deuda en cantidad líquida. b). La determinación del crédito es un acto posterior al nacimiento de la obligación y consiste en la aplicación del método adoptado por la ley. Aquí podemos agregar que la obligación del contribuyente nace de la ley, pero su cuantificación normalmente requiere de un acto nuevo que es la determinación. Es decir, la autoridad realiza sus actos de verificación de las obligaciones fiscales, para conocer si se cumplen o no estas, y una de esas es la visita domiciliaria.
TARIFAS a). Son las cantidades determinadas en ley, para pagar las Contribuciones establecidas. b). · Tipos de Tarifas: *La tarifa es de derrama cuando la cantidad que pretende obtenerse como rendimiento del tributo se distribuye entre los sujetos afectos del mismo, teniendo en cuenta la base del tributo o las situaciones específicas previstas por la ley para el impacto del gravamen. * La tarifa es fija cuando se señala en la ley la cantidad exacta que debe pagarse por unidad tributaria. * La tarifa es proporcional cuando se señala un tanto por ciento fijo, cualquiera que sea el valor de la base, de tal manera que a aumentos sucesivos corresponden aumentos más que proporcionalmente en relación con el valor gravado. *La tarifa progresiva es aquella que aumenta al aumentar la base, es el caso del impuesto sobre la renta, en lo relativo de personas físicas que se encuentren en el régimen de salarios y el régimen por honorarios.
EPOCA DE PAGO. A). La legislación fiscal establece que la obligación fiscal se cumple -principalmente- con el pago de la misma, en dinero (o en especie en ciertos casos), de acuerdo a la Tarifa establecida. B). El pago puede ser en una sola exhibición (pago derecho de una acta del registro civil). El pago puede ser parcial (pago provisional IVA e ISR mensual). Los pagos deben realizarse dentro del plazo legal, a efecto de no generar accesorios legales.
EXIGIBILIDAD DE LA OBLIGACION FISCAL. A). Es la posibilidad de hacer efectiva dicha obligación, aún en contra de la voluntad del obligado, en virtud de que no se satisfizo durante la época de pago. B). Cuando ya venció el plazo para pagar, la Autoridad puede realizar sus actos para requerir el pago. También puede exigir el pago, después de que una resolución administrativa establece en cantidad liquida el importe de la contribución pendiente de pago.
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