4 AARH - Alvarez Santos Vania Sayuri - Artículo 153

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Un resumen acerca del capítulo 3, Artículo 153 De la Productividad, Formación y Capacitación de los Trabajadores

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Artículos de la Productividad, Formación y Capacitación de los Trabajadores Nos hablan de que todos los trabajadores merecen recibir capacitación y los patrones, otorgarla
Artículo 153 — A Los patrones están obligados a dar una capacitación a sus trabajadores para mejorar la competitividad, productividad y nivel de vida. Puede impartirse dentro o fuera de la empresa según sea el caso. Las instituciones que lo impartan deben de ser autorizadas y registradas por la STPS (Secretaria del Trabajo y Previsión Social)
Artículo 153 — B La capacitación prepara a los trabajadores (incluyendo a los nuevos), para ocupar vacantes o nuevos puestos que se generen. Puede formar parte de la capacitación los programas de apoyo del patrón.
Artículo 153 — C El adiestramiento tiene por objetivo; actualizar y perfeccionar las habilidades, proporciona conocimientos nuevos, da a conocer los riesgos que pueden tener y cómo evitarlos o resolverlos y animar a incrementar la productividad.
Artículo 153 — D Los trabajadores están obligados a asistir puntualmente al curso de capacitación, atender las indicaciones de quienes lo imparten y presentar exámenes de evaluación y aptitud.
Artículo 153 — E En las empresas de +50 trabajadores se constituirán Comisiones mixtas de Capacitación y serán encargadas de vigilar el cumplimiento de acuerdos y mejorar los sistemas de capacitación así cómo proponer cambios para mejorar la maquinaria y mejorar las relaciones laborales. Por otra parte, para las micro y pequeñas empresas la STPS está obligada a la dotación de programas
Artículo — F Las autoridades laborales cuidarán que las Comisiones Mixtas de Capacitación se integren y funcionen de manera oportuna. Vigilan el cumplimiento de sus obligaciones.
Artículo — F Bis Los patrones deben conservar a dispocisión de la STPS, los planes y programas de capacitación que se hayan establecido y/o modificado.
Artículo 153 — G La capacitación será impartida por personas que estén preparadas profesionalmente en el área donde enseñarán sus conocimientos. Se comprueba que son aptos y que acreditaron satisfactoriamente a juicio de la STPS y deben ser laicos.
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