OBJETO: Efectivizar la
garantía real constituida
para asegurar el pago de
cualquier obligación
No procede si se no se conoce
el domicilio del propietario, si
el bien está embargado en
otro proceso y/o exista
acreedor de mejor derecho.
Demanda
Se solicita que se
adjudique el bien
dado en garantía
real, y en subsidio
se tramite como
proceso ejecutivo
con garantía real
Se debe adjuntar:
Título
ejecutivo
Contrato de
prenda hipoteca
Certificado que acredite al
demandado como propietario
Avalúo del bien: art 444 CGP
Liquidación del crédito a la fecha
de presentación de la demanda
Auto que libra
mandamiento de pago
Se previene al
demandado sobre
la pretensión de
adjudicar el bien
sin subasta
Notificación al
demandado
Traslado de
contestación (10 días)
e)Guarda silencio
Adjudica el bien al
acreedor por el valor
de 90%, cancela
gravamen, medidas
cautelares, y ordena
entrega del bien y
expedir copia para
que se protocolice
f) Proponer
regulación o pérdida
de %, reducción de la
garantía real, fijación
de la tasa de cambio,
tacha de falso,
Se tramita por incidente y se
resuelve por auto apelable en
efecto diferido; si prospera la
tacha termina el proceso
a) Formular
exc. mérito;
art 453 CGP
c) Objetar avalúo;
art 453 CGP
b) Solicitar que el
bien se someta a
pública subasta
d) Objetar liquidación
de crédito; art 446 CGP
Sentencia
Si no
prospera la
defensa, se
ordena la
adjudicación
el bien