El Sistema de Emergencias Médicas (SEM) es un
modelo general integrado, que está estructurado por
unos órganos de direccionamiento, de coordinación
no asistencial y operadores asistenciales, con el
propósito de responder de manera oportuna a las
víctimas de enfermedad, accidentes de tránsito,
traumatismos o paros cardiorrespiratorios, que
requieran atención médica de urgencias, en lugares
públicos o privados.
Objetivo
fue creado con el fin de articular las diferentes normas que tienen
quever con la materia y garantizar una respuesta oportuna y efectiva a
las situaciones de urgencia que se presente en todo el territorio
nacional.
Aplicación
La resolución 926 DE 2017 , aplica a las entidades
territoriales, a los prestadores de servicios de
salud y a las entidades responsables el pago, así
como a toda persona natural o jurídica que deba
desarrollar acciones en salud que tengan que ver
con el SEM.
Estructura
El -SEM está estructurado por unos
órganos de direccionamiento, de
coordinación no asistencial y operadores
asistenciales
El direccionamiento estará a cargo del Ministerio de
Salud y Protección Social, con el apoyo del Comité
Nacional de Urgencias.
La coordinación y operación no asistencial del – SEM
está en cabeza de la entidad territorial, a través del
Centro Regulador de Urgencias, Emergencias y
Desastres — CRUE del territorio de su jurisdicción, de
acuerdo a las funciones designadas en la resolución,
entre las que se encuentran.
La articulación del CRUE con el Número Único de
Seguridad y Emergencias
Responsabilidad
Las entidades territoriales, las EAPB y los prestadores de servicios de salud y
demás personas que intervengan dentro del SEM deberán atender , en el marco
de sus competencias, los lineamientos para la organización , direccionamiento ,
operación y mejora continua del SEM , teniendo en cuenta, en el proceso de su
implementación gradual, la Política de Atención Integral en Salud -PAIS y el
Modelo Integral de Atención en Salud contenidas en la Resolución 429 de 2016
así como las Rutas Integrales de Atención en Salud RIAS, adoptadas mediante
la Resolución 3202 de 2016.
Notificaciòn y acceso
El acceso al SEM por parte de la comunidad se hará
a través de la línea 123 – Número Único de
Seguridad y Emergencias (NUSE), donde esté
implementada, para lo cual la entidad territorial
deberá adelantar los trámites necesarios que
garanticen la articulación del CRUE con el NUSE. En
los casos donde el NUSE no opere, la notificación se
podrá hacer a través de una línea gratuita, de fácil
acceso y recordación para la comunidad.