Mecanismos de control político horizontal y vertical
Dependiendo de quién ejerza el control, se pueden distinguir dos tipos, control horizontal o vertical
Vertical
el control vertical es el que ejerce la ciudadanía hacia las instituciones y funcionarios públicos, con el
fin de monitorear, vigilar y exigir que cumplan efectivamente sus funciones, que utilicen
eficientemente sus recursos y protejan los derechos de las personas.
Referéndum:
Es un mecanismo de democracia participativa, mediante el cual el pueblo ejerce la potestad de
aprobar o derogar leyes y hacer reformas parciales a la Constitución Política
El voto:
Se caracteriza por ser universal, libre, secreto y directo. Al expresar la voluntad del electorado, se
convierte también en un mecanismo de control vertical, puesto que, votos a favor podrían
considerarse como apoyo, aprobación y confianza.
Contralorías de servicios:
Todas las instituciones públicas que brindan servicios a los y las costarricenses, están obligadas a
tener una oficina de atención de quejas, que se denominan Contraloría de Servicios. En ellas, se
recibirán básicamente todas las quejas, malos tratos, ineficiencias, incumplimientos, etc., que
cometen los y las funcionarias públicas durante la prestación de sus servicios.
Rendición de cuentas:
En una sociedad abierta y democrática, cono la costarricense, los y las funcionarias públicas, sobre
todo aquellas que trabajan con bienes públicos y que tienen en sus manos la toma de decisiones,
están obligados a rendir cuentas a la población por sus actos.
Horizontal
Por control horizontal entendemos la vigilancia que realizan algunas
La división de poderes:
Otra forma de hacer control político horizontal, consiste en la denominada DIVISIÓN DE PODERES. Para
evitar la concentración del poder y el abuso de este, la división de poderes constituye un equilibrio de
fuerzas, un sistema de pesos y contrapesos; y, por tanto, se constituyen tres poderes en las repúblicas
democráticas: uno que legisla (Legislativo= diputados), otro que hace las cosas (Ejecutivo=presidente,
vicepresidente y ministros) y uno más que se encarga de aplicar justicia (Judicial= magistrados
-jueces-).
Sala Constitucional:
El Tribunal Constitucional, denominado como Sala IV, realiza un importante control horizontal, puesto que controla que todas las
leyes, decretos y mandatos establecidos, estén de acuerdo con la Constitución Política. El trubunal judicial al cual acude la ciudadanía
en caso de que alguno de los derechos y garantías individuales, le sea irrespetado por cualquier órgano o funcionario tanto público
como privado a través del recurso de Habeas Corpus y el de Amparo
Tribunal supremo de elecciones:
Por tratarse de máximo tribuno jurídico en materia electoral, el TSE investiga si funcionarios públicos
incumplen las normas electorales del país, tales como realizar proselitismo y se encarga desde la
organización hasta el escrutinio de las votaciones
Contraloría General de la República:
Este órgano público es fundamental en el control vertical, puesto que se
encarga de velar por el buen uso que se le da al presupuesto de la República
Procuraduría General de la Republica:
Es el abogado del Estado y de la Administración Pública, así como su representante en caso de juicio.
Goza de independencia funcional y de criterio para desempeñar sus funciones.
Defensoría de los habitantes:
Se encarga de viligar y evitar los abusos de los funcionarios de las institucuones públicas y privadas.
Autoridad reguladora de los servicios públicos:
La ARESEP controla el precio y la calidad de los servicios públicos. Determina, mediante la participación
de todos los sectores, que la calidad del servicio, así como las tarifas, sean justas, proporcionales,
razonables y de calidad.
Defensoría del consumidor:
Esta organización trabaja para que se respeten los derechos de los consumidores.
Por tanto, los aconseja, asesora, alerta de posibles fraudes, acompaña en litigios,
brinda charlas y capacitación, etc...