TRABAJADORES DE RÉGIMEN PRIVADO:
Los empleados del sector privado son aquellos que se encuentran en los lugares que no son agencias gubernamentales. Éstas pueden incluir tanto propietarios de negocios individuales y otras formas de organizaciones de compañía, tales como corporaciones o sociedades limitadas.
NOMINA:
Se llama nómina a la herramienta a través del cual una empresa se encarga de guardar todos los registros referente a los pagos (sueldos, bonos) y deducciones por los servicios prestados de los empleados que laboran en dicha organización en un periodo ya estipulado. Las nóminas son de gran importancia para estas instituciones financieras, pues de ésta depende mantener el control financiero de los activos y pasivos de las empresas además de controlar los impuestos a pagar sobre ésta.
RÉGIMEN PÚBLICO
Un servidor público es una persona que brinda un servicio de utilidad social. Esto quiere decir que aquello que realiza beneficia a otras personas y no genera ganancias privadas (más allá del salario que pueda percibir el sujeto por este trabajo).
TRABAJADOR DE CONFIANZA:
Primero que nada, es necesario conocer qué es un trabajador de confianza. El artículo 9 de la Ley Federal del Trabajo establece:
La categoría de trabajador de confianza depende de la naturaleza de las funciones desempeñadas y no de la designación que se dé al puesto.
Son funciones de confianza las de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización, cuando tengan carácter general, y las que se relacionen con trabajos personales del patrón dentro de la empresa o establecimiento.