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GLOSARIO DERECHO ROMANO
Contenido del apunte (2)
Página 1
Accesión:
Modo de adquirir la propiedad una cosa accesoria por el dominio sobre una cosa principal.
Véase: la accesión ; modos de adquirir la propiedad ; la propiedad .
Acción:
Procedimiento ante el magistrado para reclamar un derecho.
Véase: acción ; procesos judiciales .
Afinidad:
Parentesco derivado del iustae nuptiae que unía al cónyuge con la familia de su pareja.
Véase: afinidad ; parentesco _ familiar _
Agnación:
Parentesco civil derivado de la patria potestad del paterfamilias y heredado por vía masculina.
Véase: agnación ; cognación ; parentesco .
Capitis Deminutio:
1 Disminución de la capacidad jurídica. 2 Cambio de un estado del régimen de las personas, a otro inferior.
Véase: capitis deminutio ; régimen de las personas .
Clientela:
Situación en la que un hombre libre era protegido jurídicamente por un ciudadano romano a cambio de su obediencia.
Véase: clientela ; libertos ; estado de libertad ; gens _
Código de Justiniano:
Recopilación del derecho romano del siglo IV hecha por orden del emperador Justiniano I. También: Código justinianeo.
Véase: Código de Justiniano .
Cognación:
Consanguinidad.
Véase: la cognación ; el parentesco
Comicio:
Órgano de elección y deliberación de todo el pueblo romano.
Véase: cómicos ; organizacion politica romana .
Concubinato:
Unión de pareja estable que no tiene la vocación de convertirse en un matrimonio.
Véase: el concubinato ; el matrimonio legítimo .
Constitución Imperial:
Decisión oficial, emanada de la autoridad del emperador.
Véase: constituciones imperiales , fuentes del derecho romano .
Contrato:
Obligación, consentida y voluntaria, que genera efectos jurídicos.
Véase: contrato ; obligaciones _
Contrato Verbal:
Aquellos contratos que se perfeccionan por el pronunciamiento de palabras solemnes.
Véase: contratos verbales ; estipulaciones ; contratos ; obligaciones _
Contrato Innominado:
Negocio jurídico voluntario y bilateral, que no está establecido como contrato.
Véase: contratos innominados ; contratos ; obligaciones _
Contubernio:
Relación cuasimarital y de hecho, practicada con un esclavo.
Véase: el contubernio ; la esclavitud .
Cosa:
Todo ente, diferente al ser humano, apropiable conceptualmente.
Véase: las cosas ; la propiedad ; la posesión ; la familia
Costumbre:
Uso social constante y reiterado, que adquiere efectos jurídicos.
Véase: costumbre ; fuentes del derecho .
Cuasi-contrato:
( Quasi ex contractu ) Negocio jurídico de creación pretoria cuando hay efectos civiles sin voluntad de una parte.
Véase: cuasi-contrato ; contratos .
Divorcio:
Disolución voluntaria y consensual de la iustae nuptiae.
Véase: divorcio ; matrimonio ; familiar _
Dote:
Conjunto de bienes que la mujer entrega al marido como un aporte al matrimonio.
Véase: dote ; matrimonio ; familiar _
Edicto:
Toda disposición que un magistrado romano en uso del ius edicendi hace de conocimiento público.
Véase: los edictos ; fuentes del derecho romano ; las constituciones imperiales ; el ius honorario .
Esclavo:
( Servus ) Persona sin libertad, en la condición jurídica de una cosa.
Véase: esclavitud ; libertado ; estado de libertad .
Estado de Ciudadanía:
( Status Civitatis ) Situación jurídica en que se halló un hombre libre con respecto a la ciudad de Roma.
Véase: el estado de ciudadanía ; el régimen de las personas ; la ciudadanía ; la división socio familiar romana .
Estado de Familia:
( Status Familiae ) Situación jurídica, en que se encontró un ciudadano romano respecto de su familia, para poder ejercer autónomamente sus derechos.
Véase: estado de familia ; régimen de las personas ; familiar ; matrimonio ; paterfamilias .
Estado de Libertad:
( Status Libertatis ) Situación jurídica en que se hallaba una persona natural respecto de su libertad.
Véase: el estado de libertad ; el régimen de las personas ; la persona fisica ; la esclavitud .
Estipulación:
( Stipulatio ) Contrato verbal creado por la solemnidad de pregunta y una respuesta.
Véase: estipulación ; contratos verbales .
Familia:
Todas aquellas personas y cosas sometidas al paterfamilias.
Véase: familia ; agnación ; parentesco _ división socio familiar romana .
Fuente del Derecho:
1 Costumbres, leyes, plebiscitos, edictos, constituciones, jurisconsultos y senadoconsultos. 2 Conjunto de normas que pueden usar los pretores para resolver un caso.
Véase: fuentes del derecho .
Fuente de la Patria Potestad:
Medios por los que un ciudadano romano entraba a la patria potestad del paterfamilias.
Véase: fuentes de la patria potestad ; patria potestad .
Hipoteca:
Garantía del ius honorarium tardío que aseguraba el pago de una deuda con la apropiación de las cosas hipotecadas por el deudor.
Véase: hipoteca , garantías .
En Iure Cessio:
Procedimiento judicial voluntario, para la transferencia de la propiedad.
Véase: in iure cessio , mancipatio , modos de adquirir la propiedad .
Ius Civile:
1 Conjunto de normas jurídicas que un pueblo aprueba para sí mismo. 2 Primer derecho que tuvieron los romanos, exclusivo para ciudadanos, formalista y rígido.
Véase: ius civile ; ciudadanía romana ; Estado de ciudadanía .
Ius Gentium:
Derecho aplicable a cualquier hombre libre, fuera romano o extranjero, y regido por la equidad.
Véase: ius gentium ; ciudadanía romana ; Estado de ciudadanía .
Ius Honorarium:
Derecho que los magistrados romanos crean al dictar edictos.
Véase: ius honorario ; magistrados _
Ius Publicum:
Derecho que los antiguos romanos aplicaban a las cosas y asuntos públicos de la ciudad.
Véase: ius publicum ; cosas _
Jurisconsulto:
Antiguos intérpretes del derecho romano que pudieron opinar en asuntos judiciales.
Véase: jurisconsultos ; fuentes del derecho .
Legitimación:
Integración de los hijos cognados, a la familia agnaticia.
Véase: legitimación ; cognación ; agnación ; parentesco .
Ley:
( Lex ) 1 Toda norma universalmente aplicable en el imperio romano. 2 Lo que el pueblo ordena y dispone.
Véase: ley ; plebiscitos ; senadoconsultos .
Ley de Citas:
( Lex citationum ) Documento legal que reguló los autores que pudieron usar los pretores y jueces en el Imperio Romano.
Véase: ley ; constituciones imperiales ; ley de citas .
Liberto:
1 Esclavo que ha obtenido su libertad. 2 Persona libre, por el acto de manumisión.
Véase: liberto ; estado de libertad .
Mancipatio:
Modo solemne de transferir la propiedad con una balanza y una pesa de cobre.
Véase: mancipatio ; in iure cessio ; Modos de adquirir la propiedad .
Matrimonio:
( Iustae nuptiae ) 1 Matrimonio solemne que genera efectos civiles y religiosos para los romanos. 2 Unión civil y religiosa de un hombre y una mujer para generar descendencia.
Véase: matrimonio ; familia , pater familias .
Mutuo:
Préstamo de bienes fungibles, a cambio de otros, con igual naturaleza y medida.
Véase: mutuo ; contratos ; obligaciones _
Obligación:
Vínculo jurídico entre dos romanos que puede ser exigido mediante una acción ante un pretor.
Véase: obligaciones ; fuentes de las obligaciones , extinción de las obligaciones .
Parentesco:
Vínculo jurídico entre personas que comparten un antepasado común.
Véase: el parentesco ; historia del parentesco ; la división socio-familiar ; la familia la agnación .
Paterfamilias:
( Pater familias ) Ciudadano romano que conforme y ejerce la autoridad sobre la familia agnaticia.
Véase: pater familias ; familia romana ; patria potestad ; matrimonio _
Patria Potestad:
Poder de mando que tiene el paterfamilias sobre todos los descendientes agnados a él.
Véase: la patria potestad ; el padre de familia ; la familia romana ; el matrimonio .
Patricio:
Descendiente de los padres fundadores de la ciudad de Roma.
Véase: patricio ; estructura socio-familiar .
Peculio:
Masa de bienes autónomos que el paterfamilias cedía de su patrimonio a un hijo o un esclavo.
Véase: peculio ; cosas _ paterfamilias .
Periodo Clásico:
Etapa en la que más floreció el derecho romano entre los siglos I al III.
Véase: periodo clásico , periodos del derecho .
Persona:
Todo individuo de la especie humana con capacidad jurídica.
Véase: personas físicas ; personas jurídicas ; régimen de las personas .
Plebe:
Aquellos habitantes de Roma que no eran miembros de ninguna gens y por ello no eran patricios.
Véase: plebe ; patricio ; ciudadanía .
Plebiscito:
( Plebiscitum ) 1 Norma jurídica aprobada en instancia de los comicios por tribus, o de la asamblea de la plebe. 2 Todo lo que la plebe ordenaba y disponía para sí mismo.
Véase: plebiscitos ; fuentes del derecho romano ; cómicos .
Posesión:
Tenencia material de una cosa, con ánimo de señor y dueño.
Véase: posesión ; propiedad ; usucapion _
Provincia:
Territorio periférico, que se encuentra bajo el dominio romano.
Véase: administración provincial romana ; periodos historicos del derecho romano .
Propiedad:
( Proprietas ) Derecho absoluto que un romano tenía sobre una cosa para usarla, disfrutarla o disponer de ella.
Véase: la propiedad ; la posesión ; las cosas Modos de adquirir la propiedad .
Régimen de las Personas:
Situación civil que determina la capacidad de una persona de gozar y ejercer sus derechos.
Véase: el régimen de las personas ; persona fisica .
Senadoconsulto:
Todo asunto encomendado para su decisión al Senado Romano.
Véase: senadoresconsultos ; leyes ; fuentes del derecho romano .
Servidumbre :
Gravamen que el derecho romano imponía a una cosa a favor de otro que no fuera su propietario. Véase: servidumbre .
Sucesión:
( Successio ) Acto jurídico por el que un romano continuaba los derechos y obligaciones de otro.
Véase: sucesiones ; Modos de adquirir la propiedad .
Sui Iuris:
Ciudadano romano jurídicamente independiente.
Véase: sui iuris ; estado de familia ; régimen de las personas ; paterfamilias .
Usucapión:
Forma de adquirir la propiedad por tener su posesión material durante algún tiempo.
Véase: usucapión ; posesión ; buena fe ; propiedad .
Usufructo:
Derecho de uso y disfrute sobre cosa ajena.
Véase: usufructo ; servidumbres ; propiedad .
XII Tablas:
Leyes fundamentales de la República Romana, expedidas entre 451 y 449 a. C.
Véase: ley de las doce tablas ; Ley .
Página 2
Accesión:
Modo de adquirir la propiedad una cosa accesoria por el dominio sobre una cosa principal.
Véase: la accesión ; modos de adquirir la propiedad ; la propiedad .
Acción:
Procedimiento ante el magistrado para reclamar un derecho.
Véase: acción ; procesos judiciales .
Afinidad:
Parentesco derivado del iustae nuptiae que unía al cónyuge con la familia de su pareja.
Véase: afinidad ; parentesco _ familiar _
Agnación:
Parentesco civil derivado de la patria potestad del paterfamilias y heredado por vía masculina.
Véase: agnación ; cognación ; parentesco .
Capitis Deminutio:
1 Disminución de la capacidad jurídica. 2 Cambio de un estado del régimen de las personas, a otro inferior.
Véase: capitis deminutio ; régimen de las personas .
Clientela:
Situación en la que un hombre libre era protegido jurídicamente por un ciudadano romano a cambio de su obediencia.
Véase: clientela ; libertos ; estado de libertad ; gens _
Código de Justiniano:
Recopilación del derecho romano del siglo IV hecha por orden del emperador Justiniano I. También: Código justinianeo.
Véase: Código de Justiniano .
Cognación:
Consanguinidad.
Véase: la cognación ; el parentesco
Comicio:
Órgano de elección y deliberación de todo el pueblo romano.
Véase: cómicos ; organizacion politica romana .
Concubinato:
Unión de pareja estable que no tiene la vocación de convertirse en un matrimonio.
Véase: el concubinato ; el matrimonio legítimo .
Constitución Imperial:
Decisión oficial, emanada de la autoridad del emperador.
Véase: constituciones imperiales , fuentes del derecho romano .
Contrato:
Obligación, consentida y voluntaria, que genera efectos jurídicos.
Véase: contrato ; obligaciones _
Contrato Verbal:
Aquellos contratos que se perfeccionan por el pronunciamiento de palabras solemnes.
Véase: contratos verbales ; estipulaciones ; contratos ; obligaciones _
Contrato Innominado:
Negocio jurídico voluntario y bilateral, que no está establecido como contrato.
Véase: contratos innominados ; contratos ; obligaciones _
Contubernio:
Relación cuasimarital y de hecho, practicada con un esclavo.
Véase: el contubernio ; la esclavitud .
Cosa:
Todo ente, diferente al ser humano, apropiable conceptualmente.
Véase: las cosas ; la propiedad ; la posesión ; la familia
Costumbre:
Uso social constante y reiterado, que adquiere efectos jurídicos.
Véase: costumbre ; fuentes del derecho .
Cuasi-contrato:
( Quasi ex contractu ) Negocio jurídico de creación pretoria cuando hay efectos civiles sin voluntad de una parte.
Véase: cuasi-contrato ; contratos .
Divorcio:
Disolución voluntaria y consensual de la iustae nuptiae.
Véase: divorcio ; matrimonio ; familiar _
Dote:
Conjunto de bienes que la mujer entrega al marido como un aporte al matrimonio.
Véase: dote ; matrimonio ; familiar _
Edicto:
Toda disposición que un magistrado romano en uso del ius edicendi hace de conocimiento público.
Véase: los edictos ; fuentes del derecho romano ; las constituciones imperiales ; el ius honorario .
Esclavo:
( Servus ) Persona sin libertad, en la condición jurídica de una cosa.
Véase: esclavitud ; libertado ; estado de libertad .
Estado de Ciudadanía:
( Status Civitatis ) Situación jurídica en que se halló un hombre libre con respecto a la ciudad de Roma.
Véase: el estado de ciudadanía ; el régimen de las personas ; la ciudadanía ; la división socio familiar romana .
Estado de Familia:
( Status Familiae ) Situación jurídica, en que se encontró un ciudadano romano respecto de su familia, para poder ejercer autónomamente sus derechos.
Véase: estado de familia ; régimen de las personas ; familiar ; matrimonio ; paterfamilias .
Estado de Libertad:
( Status Libertatis ) Situación jurídica en que se hallaba una persona natural respecto de su libertad.
Véase: el estado de libertad ; el régimen de las personas ; la persona fisica ; la esclavitud .
Estipulación:
( Stipulatio ) Contrato verbal creado por la solemnidad de pregunta y una respuesta.
Véase: estipulación ; contratos verbales .
Familia:
Todas aquellas personas y cosas sometidas al paterfamilias.
Véase: familia ; agnación ; parentesco _ división socio familiar romana .
Fuente del Derecho:
1 Costumbres, leyes, plebiscitos, edictos, constituciones, jurisconsultos y senadoconsultos. 2 Conjunto de normas que pueden usar los pretores para resolver un caso.
Véase: fuentes del derecho .
Fuente de la Patria Potestad:
Medios por los que un ciudadano romano entraba a la patria potestad del paterfamilias.
Véase: fuentes de la patria potestad ; patria potestad .
Hipoteca:
Garantía del ius honorarium tardío que aseguraba el pago de una deuda con la apropiación de las cosas hipotecadas por el deudor.
Véase: hipoteca , garantías .
In Iure Cessio:
Procedimiento judicial voluntario, para la transferencia de la propiedad.
Véase: in iure cessio, mancipatio, modos de adquirir la propiedad.
Ius Civile:
1 Conjunto de normas jurídicas que un pueblo aprueba para sí mismo. 2 Primer derecho que tuvieron los romanos, exclusivo para ciudadanos, formalista y rígido.
Véase: ius civile; ciudadanía romana; estado de ciudadanía.
Ius Gentium:
Derecho aplicable a cualquier hombre libre, fuese romano o extranjero, y regido por la equidad.
Véase: ius gentium; ciudadanía romana; estado de ciudadanía.
Ius Honorarium:
Derecho que los magistrados romanos creaban al dictar edictos.
Véase: ius honorarium; magistrados.
Ius Publicum:
Derecho que los antiguos romanos aplicaban a las cosas y asuntos públicos de la ciudad.
Véase: ius publicum; cosas.
Jurisconsulto:
Antiguos intérpretes del derecho romano que podían opinar en asuntos judiciales.
Véase: jurisconsultos; fuentes del derecho.
Legitimación:
Integración de los hijos cognados, a la familia agnaticia.
Véase: legitimación; cognación; agnación; parentesco.
Ley:
( Lex ) 1 Toda norma universalmente aplicable en el imperio romano. 2 Lo que el pueblo ordena y dispone.
Véase: ley; plebiscitos; senadoconsultos.
Ley de Citas:
( Lex citationum ) Documento legal que reguló los autores que podían usar los pretores y jueces en el Imperio Romano.
Véase: ley; constituciones imperiales; ley de citas.
Liberto:
1 Esclavo que ha obtenido su libertad. 2 Persona libre, por el acto de manumisión.
Véase: liberto; estado de libertad.
Mancipatio:
Modo solemne de transferir la propiedad con una balanza y una pesa de cobre.
Véase: mancipatio ; in iure cessio ; Modos de adquirir la propiedad .
Matrimonio:
( Iustae nuptiae ) 1 Matrimonio solemne que genera efectos civiles y religiosos para los romanos. 2 Unión civil y religiosa de un hombre y una mujer para generar descendencia.
Véase: matrimonio ; familia , pater familias .
Mutuo:
Préstamo de bienes fungibles, a cambio de otros, con igual naturaleza y medida.
Véase: mutuo ; contratos ; obligaciones _
Obligación:
Vínculo jurídico entre dos romanos que puede ser exigido mediante una acción ante un pretor.
Véase: obligaciones ; fuentes de las obligaciones , extinción de las obligaciones .
Parentesco:
Vínculo jurídico entre personas que comparten un antepasado común.
Véase: el parentesco ; historia del parentesco ; la división socio-familiar ; la familia la agnación .
Paterfamilias:
( Pater familias ) Ciudadano romano que conforme y ejerce la autoridad sobre la familia agnaticia.
Véase: pater familias ; familia romana ; patria potestad ; matrimonio _
Patria Potestad:
Poder de mando que tiene el paterfamilias sobre todos los descendientes agnados a él.
Véase: la patria potestad ; el padre de familia ; la familia romana ; el matrimonio .
Patricio:
Descendiente de los padres fundadores de la ciudad de Roma.
Véase: patricio ; estructura socio-familiar .
Peculio:
Masa de bienes autónomos que el paterfamilias cedía de su patrimonio a un hijo o un esclavo.
Véase: peculio ; cosas _ paterfamilias .
Periodo Clásico:
Etapa en la que más floreció el derecho romano entre los siglos I al III.
Véase: periodo clásico , periodos del derecho .
Persona:
Todo individuo de la especie humana con capacidad jurídica.
Véase: personas físicas ; personas jurídicas ; régimen de las personas .
Plebe:
Aquellos habitantes de Roma que no eran miembros de ninguna gens y por ello no eran patricios.
Véase: plebe ; patricio ; ciudadanía .
Plebiscito:
( Plebiscitum ) 1 Norma jurídica aprobada en instancia de los comicios por tribus, o de la asamblea de la plebe. 2 Todo lo que la plebe ordenaba y disponía para sí mismo.
Véase: plebiscitos ; fuentes del derecho romano ; cómicos .
Posesión:
Tenencia material de una cosa, con ánimo de señor y dueño.
Véase: posesión ; propiedad ; usucapion _
Provincia:
Territorio periférico, que se encuentra bajo el dominio romano.
Véase: administración provincial romana ; periodos historicos del derecho romano .
Propiedad:
( Proprietas ) Derecho absoluto que un romano tenía sobre una cosa para usarla, disfrutarla o disponer de ella.
Véase: la propiedad ; la posesión ; las cosas Modos de adquirir la propiedad .
Régimen de las Personas:
Situación civil que determina la capacidad de una persona de gozar y ejercer sus derechos.
Véase: el régimen de las personas ; persona fisica .
Senadoconsulto:
Todo asunto encomendado para su decisión al Senado Romano.
Véase: senadoresconsultos ; leyes ; fuentes del derecho romano .
Servidumbre :
Gravamen que el derecho romano imponía a una cosa a favor de otro que no fuera su propietario. Véase: servidumbre .
Sucesión:
( Successio ) Acto jurídico por el que un romano continuaba los derechos y obligaciones de otro.
Véase: sucesiones ; Modos de adquirir la propiedad .
Sui Iuris:
Ciudadano romano jurídicamente independiente.
Véase: sui iuris ; estado de familia ; régimen de las personas ; paterfamilias .
Usucapión:
Forma de adquirir la propiedad por tener su posesión material durante algún tiempo.
Véase: usucapión ; posesión ; buena fe ; propiedad .
Usufructo:
Derecho de uso y disfrute sobre cosa ajena.
Véase: usufructo ; servidumbres ; propiedad .
XII Tablas:
Leyes fundamentales de la República Romana, expedidas entre 451 y 449 a. C.
Véase: ley de las doce tablas ; ley .
Información
- Descripción
- GLOSARIO PARA COMPRENDER EL SIGNIFICADO DEL DOGMA DE DERECHO.
- Creado por
- Pamela VeRa
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