Fuentes del derecho - creado desde un Mapa Mental

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Apunte sobre Fuentes del derecho - creado desde un Mapa Mental, creado por pauibrahim el 24/03/2014.
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Resumen del Recurso

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Toda norma jurídica surge de un hecho que le da origen y se denomina FUENTE. La expresión fuentes del derecho se aplica a las normas o preceptos del derecho positivo, del cual nacen derechos y obligaciones para las personas. Las fuentes se dividen en: Fuentes formales: Fuentes no formales: Clasificación del derecho La ley, la costumbre, la jurisprudencia y la doctrina. La ley: es la fuente primera y fundamental del derecho, su preponderancia sobre todas las demás es especialmente notable en el derecho civil. Desde un punto de vista material, la ley es toda regla social obligatoria, emanada de autoridad competente. No sólo son leyes las que dicta el Poder Legislativo, sino también la Constitución, los derechos y las ordenanzas municipales. Desde un punto de vista formal, se llama ley a toda disposición sancionada por el Poder Legislativo, no sólo son leyes las normas de carácter general, obligatorias para todos los habitantes, sino también ciertos actos de autoridad. Costumbres: como norma jurídica no escrita e impuesta por el uso, es considerada como una de las fuentes del derecho, consiste en la repetición, de forma espontánea y natural, de ciertos actos de índole jurídica, que, en ocasiones y por la práctica, van adquiriendo fuerza de ley. La generalidad es lo que le da a la costumbre ser parte de la ley y aunque la ley está por encima de la costumbre, existen costumbres llamadas "contra el eje" (contrarias a la ley) que están para llenar el vacío que deja la otra le. Jurisprudencia: se encuentra constituida por el conjunto de sentencias de la Corte Suprema, sirven para interpretar la norma que se dicta. Doctrina: es la opinión de los especialistas del Derecho, hace referencia a sus estudios. Son las fuentes a las cuales el juez acude para resolver un conflicto que no pudo resolver con las fuentes formales. Leyes perfectas: ºla generalidad º la obligatoriedad. Se tienen que cumplir, si no se cumplem, hay sanción. Competencia: tiene que estar dictada por una autoridad competente. Las leyes imperfectas no cumplen las características que las perfectas si cumplen. Leyes flexibles: se pueden interpretar sobre lo que es justo para la persona juzgada. La Corte Suprema de la Nación es el último intérprete. Todo lo que dicta se tiene que seguir. Leyes rígidas: no dan opción de interpretación. A veces os alejan del principio de justicia. DERECHO CONSTITUCIONAL: comprende las normas referentes a la organización del Estado y sus habitantes, estableciendo sus derechos y garantías a través de la interpretación de los principios y declaraciones contenidas en la Constitución Nacional. Derecho público. DERECHO CIVIL: regla las relaciones de las personas entre sí y de éstas con el Estado, y contiene normas referentes a las personas, a la familia, a la propiedad, etc. Derecho privado. DERECHO COMERCIAL: contiene normas específicas referentes a las relaciones jurídicas que nacen del ejercicio del comercio y son aplicables a los comerciantes y a los actos de comercio. Derecho público. DERECHO LABORAL: contiene normas que tienden a proteger al trabajador en relación de dependencia, fijando claramente los derechos y obligaciones tanto de éste como de los empleadores. Derecho mixto.

Fuentes del derecho

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