IBI 0007

Descripción

A1 Administración Local Test sobre IBI 0007, creado por Agustin Alvarez Garcia el 07/10/2016.
Agustin Alvarez Garcia
Test por Agustin Alvarez Garcia, actualizado hace más de 1 año
Agustin Alvarez Garcia
Creado por Agustin Alvarez Garcia hace más de 7 años
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Resumen del Recurso

Pregunta 1

Pregunta
La base imponible de este impuesto estará constituida por
Respuesta
  • El valor catastral de los bienes inmuebles
  • La cuantía contenida en las tarifas del impuesto
  • El valor catastral de los bienes inmuebles resultante de una nueva ponencia de valores
  • El valor base de los bienes inmuebles
  • El valor base de los bienes inmuebles resultante de una nueva ponencia de valores

Pregunta 2

Pregunta
La base imponible de este impuesto estará constituida por el valor catastral de los bienes inmuebles, que se determinará, notificará y será susceptible de impugnación conforme a lo dispuesto en las normas reguladoras
Respuesta
  • Del Catastro Inmobiliario.
  • Previstas en la ordenanza fiscal.
  • Del tributo.
  • De la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
  • De la Dirección General del Catastro.

Pregunta 3

Pregunta
La base liquidable de este impuesto será el resultado de practicar en la base imponible
Respuesta
  • La reducción a que se refieren los artículos siguientes.
  • El coeficiente a que se refieren los artículos siguientes.
  • El porcentaje reducción a que se refieren los artículos siguientes.
  • Las tarifas a que se refieren los artículos siguientes.

Pregunta 4

Pregunta
La base liquidable se notificará conjuntamente con la base imponible en los
Respuesta
  • Procedimientos de valoración colectiva.
  • Procedimientos de valoración colectiva de carácter parcial.
  • Procedimientos simplificados de valoración colectiva.
  • Procedimientos de valoración colectiva de carácter general.

Pregunta 5

Pregunta
En los procedimientos de valoración colectiva
Respuesta
  • La base liquidable se notificará conjuntamente con la base imponible
  • La base liquidable se notificará conjuntamente con la referencia catastral
  • La base imponible se notificará conjuntamente con la referencia catastral
  • La cuota íntegra se notificará conjuntamente con la cuota líquida
  • La cuota líquida se notificará conjuntamente con la referencia catastral
  • La cuota íntegra se notificará conjuntamente con la referencia catastral

Pregunta 6

Pregunta
Señalar la respuesta correcta
Respuesta
  • La base liquidable se notificará conjuntamente con la base imponible en los procedimientos de valoración colectiva. Dicha notificación incluirá la motivación de la reducción aplicada mediante la indicación del valor base que corresponda al inmueble así como de los importes de dicha reducción y de la base liquidable del primer año de vigencia del nuevo valor catastral en este impuesto.
  • La base liquidable se notificará conjuntamente con la base imponible en los procedimientos de valoración colectiva. Dicha notificación incluirá la motivación de la reducción aplicada mediante la indicación del valor catastral que corresponda al inmueble así como de los importes de dicha reducción y de la base liquidable del primer año de vigencia del nuevo valor catastral en este impuesto.
  • La base imponible se notificará conjuntamente con la base liquidable en los procedimientos de valoración colectiva. Dicha notificación incluirá la motivación de la reducción aplicada mediante la indicación del valor base que corresponda al inmueble así como de los importes de dicha reducción y de la base liquidable del primer año de vigencia del nuevo valor catastral en este impuesto.
  • La base liquidable se notificará conjuntamente con la base imponible en los procedimientos de valoración colectiva. Dicha notificación incluirá la motivación de la bonificación aplicada mediante la indicación del valor base que corresponda al inmueble así como de los importes de dicha reducción y de la base liquidable del primer año de vigencia del nuevo valor catastral en este impuesto.

Pregunta 7

Pregunta
Constituye el hecho imponible del impuesto la titularidad de los siguientes derechos sobre los bienes inmuebles rústicos y urbanos y sobre los inmuebles de características especiales:
Respuesta
  • De una concesión administrativa sobre los propios inmuebles o sobre los servicios públicos a que se hallen afectos.
  • De un derecho real de superficie.
  • De un derecho real de usufructo.
  • Del derecho de propiedad.
  • De un derecho de uso de los bienes patrimoniales mediante contraprestación
  • De un derecho de uso de bienes inmuebles de dominio público afectos a un servicio público

Pregunta 8

Pregunta
Sin perjuicio de lo anterior, que será aplicable en los procedimientos de valoración colectiva de carácter general, en los de carácter parcial y simplificado, la motivación consistirá en la expresión de los datos indicados en el párrafo anterior, referidos
Respuesta
  • Al ejercicio en que se practique la notificación.
  • Al primer año de vigencia del nuevo valor catastral en este impuesto.
  • Al ejercicio inmediatamente anterior en que se practique la notificación.
  • Al momento del devengo

Pregunta 9

Pregunta
Cuando se produzcan alteraciones de términos municipales y mientras no se apruebe una nueva ponencia de valores, los bienes inmuebles que pasen a formar parte de otro municipio
Respuesta
  • No mantendrán el mismo régimen de asignación de bases imponibles y liquidables que tuvieran en el de origen.
  • Mantendrán el mismo régimen de asignación de bases imponibles y liquidables que tuvieran en el ejercicio anterior.

Pregunta 10

Pregunta
Señale la respuesta correcta
Respuesta
  • En los procedimientos de valoración colectiva la determinación de la base liquidable será competencia de la Dirección General del Catastro y recurrible ante los Tribunales Económico-Administrativos del Estado.
  • En los procedimientos de valoración colectiva la determinación de la base imponible será competencia de la Dirección General del Catastro y recurrible ante los Tribunales Económico-Administrativos del Estado.
  • En los procedimientos de valoración colectiva la determinación de la base liquidable será competencia de la Corporación Local impositora y recurrible ante los Tribunales Económico-Administrativos del Estado.

Pregunta 11

Pregunta
La reducción en la base imponible será aplicable a aquellos bienes inmuebles urbanos y rústicos que se encuentren en algunas de estas dos situaciones:
Respuesta
  • Inmuebles cuyo valor catastral se incremente, como consecuencia de procedimientos de valoración colectiva de carácter general en virtud de:
  • Inmuebles cuyo valor catastral se decremente, como consecuencia de procedimientos de valoración colectiva de carácter general en virtud de:
  • Inmuebles cuyo valor catastral se incremente, como consecuencia de procedimientos de valoración colectiva de carácter parcial en virtud de:
  • Inmuebles cuyo valor catastral se decremente, como consecuencia de procedimientos de valoración colectiva de carácter parcial en virtud de:

Pregunta 12

Pregunta
Señalar la respuesta correcta
Respuesta
  • Tratándose de bienes inmuebles de características especiales, la reducción en la base imponible únicamente procederá cuando el valor catastral resultante de la aplicación de una nueva Ponencia de valores especial supere el doble del que, como inmueble de esa clase, tuviera previamente asignado. En defecto de este valor, se tomará como tal el 40 por ciento del que resulte de la nueva Ponencia.
  • Tratándose de bienes inmuebles de características especiales, la reducción en la base imponible únicamente procederá cuando el valor catastral resultante de la aplicación de una nueva Ponencia de valores especial supere el doble del que, como inmueble de esa clase, tuviera previamente asignado. En defecto de este valor, se tomará como tal el 30 por ciento del que resulte de la nueva Ponencia.
  • Tratándose de bienes inmuebles de características especiales, la reducción en la base imponible únicamente procederá cuando el valor catastral resultante de la aplicación de una nueva Ponencia de valores especial supere el doble del que, como inmueble de esa clase, tuviera previamente asignado. En defecto de este valor, se tomará como tal el 50 por ciento del que resulte de la nueva Ponencia.
  • Tratándose de bienes inmuebles de características especiales, la reducción en la base imponible únicamente procederá cuando el valor catastral resultante de la aplicación de una nueva Ponencia de valores especial no supere el doble del que, como inmueble de esa clase, tuviera previamente asignado. En defecto de este valor, se tomará como tal el 40 por ciento del que resulte de la nueva Ponencia.
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