modalidad-arrendamiento verbal y escrito

Descripción

derecho (modalidades) contratos civiles y comerciales Fichas sobre modalidad-arrendamiento verbal y escrito , creado por ana Maria olmos peralta el 14/03/2015.
ana Maria olmos peralta
Fichas por ana Maria olmos peralta, actualizado hace más de 1 año
ana Maria olmos peralta
Creado por ana Maria olmos peralta hace alrededor de 9 años
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Resumen del Recurso

Pregunta Respuesta
El art. 3 de la ley 820 se refiere a las formas de celebrar un contrato de arrendamiento de vivienda urbana y dice “puede ser verbal o escrito” pero entonces habría un error pues decir que es verbal es una manera de decir que es consensual y decir que es escrito es decir que ese contrato es solemne y eso es un absurdo lógico jurídico, porque es imposible que un contrato sea a la vez consensual y solemne.
una interpretación distinta sería decir que lo que allí se quiso decir es que el contrato de arrendamiento de vivienda urbana puede hacerse constar por escrito, esto es, documentarse; sin embargo esta versión sería mínimo inútil porque no es necesario que la ley diga que un contrato consensual puede hacerse constar por escrito.
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