Fichas
3PP
Fichas del conjunto (121)
- 1cronología planes modernización1992 surge el Plan de Modernización de la Administración General del Estado;
1999 el Plan de Calidad de la Administración Civil del Estado;
2000 el Libro blanco de Mejora de los Servicios Públicos;
2003 el Plan de Choque para el Impulso de la Administración Electrónica
2006-2008. Plan Moderniza de medidas de mejora de la Administración - 2leyes de modernización de las Administraciones Públicas-Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
y la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos (hoy derogadas por la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas);
-Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (derogada por la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público); l
-Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno;
-la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno;
-Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, entre otras. - 3CORA finalidadfectuar un minucioso examen de las estructuras y competencias administrativas, efectuando un diagnóstico completo de las duplicidades e ineficiencias existentes en los diferentes niveles territoriales de Administración Pública, y proponiendo unas reformas concretas destinadas a conformar una Administración mucho más eficiente y transparente en el futuro
- 4resultados CORAinforme Consejo Ministros 2013
se adoptan 217 a las que se les incorporan luego 5 propuestas de mejora . - 5el plan del anterior gobiernopretendía acometer un nuevo proceso de reforma a través de un Plan Estratégico para impulsar y transformar la Administración Pública.
- 6la prioridad del nuevo gobiernovanzar en la modernización para conseguir una Administración más abierta, transparente y eficaz al servicio de la ciudadanía. Una Administración moderna y eficaz, al servicio del buen gobierno y que se adapta al ritmo de las nuevas tecnologías y las redes sociales, con capacidad para garantizar los servicios públicos y responder a las demandas ciudadanas.
- 7administración electrónica definiciónconjunto de soluciones que permite a la ciudadanía y a las empresas poder relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos.
- 8administración electrónica según la Comisión EuropeaLa Administración electrónica es el uso de las tecnologías de la información y comunicación (TIC) en las Administraciones Públicas, combinando con cambios organizativos y nuevas aptitudes, con el fin de mejorar los servicios públicos y los procesos democráticos y reforzar el apoyo a las políticas pública
- 9fundamentos constitucionales de la modernización DE LAS AAPP1La Administración electrónica es el uso de las tecnologías de la información y comunicación (TIC) en las Administraciones Públicas, combinando con cambios organizativos y nuevas aptitudes, con el fin de mejorar los servicios públicos y los procesos democráticos y reforzar el apoyo a las políticas pública
2.bligación de los poderes públicos de facilitar la participación en la vida política, económica, cultural y social de los ciudadanos (recogido todo ello en el artículo 9.2 de la Constitución). - 10antecedentes de la Administración ElectrónicaEl Real Decreto 2363/ 1978 por el que se crea la comisión interministerial para el Plan Informático Nacional.
- El Real Decreto 2291/1983, sobre órganos de elaboración y desarrollo de la política informática del Gobierno.
- La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- El Real Decreto 263/1996 que regula la utilización de técnicas electrónicas informáticas y telemáticas de la Administración General del Estado.
- La Ley 59/ 2003 de firma electrónica.
- La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. - 11medidas importantes en la relación con la administración electrónicaEn 1995, el lanzamiento del sistema RED En 1995, el lanzamiento del sistema RED
1997 programa pista
19999 posibilidad de presentar la declacion de la renta x internet
2006-2008 Plan Moderniza
siguentes años Plan AVANZA y AVANZA 2 El Plan Estratégico de Mejora de la Administración y del Servicio Público (PEMASP o Plan Mejora) 2012-2015
La Agenda Digital para España - 12qué es el sistema REDremisión electrónica de documentos), para agilizar la relación con la Seguridad Social de empresas y despachos profesionales, cubriendo cotización y afiliación.
- 13qué es el proyecto CERESCertificación electrónica-.
- 14qué es el programa PISTAdestinado a promover el uso de Internet como herramienta básica de intercambio de información de diversos sectores.
- 15qué es el plan MEJORAdestinado a promover el uso de Internet como herramienta básica de intercambio de información de diversos sectores.
-Busca la racionalización y modernización de la Administración Pública española, apoyándose en gran medida en el valor aportado por las TIC y la e- Administración. - 16plan MEJORA objetivosBusca la racionalización y modernización de la Administración Pública española, apoyándose en gran medida en el valor aportado por las TIC y la e- Administración
- 17Servicios y proyectos para implementar la administración electrónicaRed SARA.
- Plataforma @.
- TS@ Autoridad de sellado de tiempo.
- DNI electrónico.
- Plataforma de intermediación de datos.
- Red 060.
- Sistema de notificaciones telemáticas seguras (SNTS).
- Punto de Acceso General (PAG).
- Portal de Administración Electrónica (PAe). - 18el plan de transformación digital de la AGE -definicionmarco estratégico global para avanzar en la transformación de la Administración, estableciendo sus principios rectores, los objetivos y las acciones para alcanzarlos, así como los hitos para el desarrollo gradual de la Administración Digital con un horizonte temporal hasta 2020.
- 19contenido de la estrategia TICncorpora las recomendaciones de la OCDE para la elaboración de estrategias de Administración digital y se alimenta de la estrecha relación con los actos, políticas y servicios de la Unión Europea alineándose con la agenda digital para España (Abre en nueva ventana) y la nueva estrategia de la Comisión Europea para el Mercado Único Digital.
- 20contenido del plan de transformación digital AGE5 CAPITULOS.
- 21plan de transformación digital primer capítuloLa Administración digital, donde realiza un análisis del contexto actual e introduce la visión futura de la Administración que ha de guiar el proceso de transformación de la AGE y sus organismos públicos.
- 22plan de transformación digital segundo capítuloprincipios rectores del Plan,l
1.La orientación al usuario del servicio,
2.la unidad y visión integral de las necesidades y acciones trabajando como una única organización,
3.el aseguramiento de la Colaboración inter e intra administrativa y el fomento de alianzas como garantía de una mejor consecución de los objetivos perseguidos, 4.la transparencia y el rendimiento de cuentas en las actuaciones como motor de la mejora de la gestión y el fomento de la innovación para impulsar el progreso y una mejor adaptación a los cambios. - 23plan de transformación digital tercer capítuloIncrementar la productividad y la eficacia en el funcionamiento interno de la Administración,
Profundizar en la transformación digital de las administraciones públicas
Conseguir una mayor eficiencia en los servicios TIC comunes de la Administración,
Implantar una gestión corporativa Inteligente de la información y los datos,Adoptar una estrategia corporativa de seguridad y usabilidad de los servicios públicos digitales para aumentar la confianza en ellos y fomentar su uso - 24plan de transformación digital 4º capítuloAdoptar una estrategia corporativa de seguridad y usabilidad de los servicios públicos digitales para aumentar la confianza en ellos y fomentar su uso
- 25transformación digital quinto capítuloestablecimiento de un modelo de Gobernanza para la coordinación y evaluación del presente Plan de Transformación digital de la AGE
- 26administración digital régimen jurídicoEl Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales señala que la Administración Digital pasa a ser competencia del nuevo ministerio de Asuntos Económicos y Transformación DigitaL
- 27Secretaría General de la Administración digital -rangoSubsecretaría,
- 28Secretaría General de Administración digital funcionesLa dirección, coordinación y ejecución de las competencias atribuidas al Departamento en materia de transformación digital de la administraciónompetencias sobre los Esquemas Nacionales de Seguridad e Interoperabilidad, la racionalización de las tecnologías de la información y las comunicaciones en el ámbito de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, la dirección del Centro de Operaciones de Ciberseguridad y la definición de los medios y servicios comunes digitales
- 29Comisión Sectorial de administración electrónica régimen jurídicoDisposición adicional novena de la Ley 40/2015, la Comisión Sectorial de administración electrónica,
- 30Comisión Sectorial de administración electrónica dependenciadependiente de la Conferencia Sectorial de Administración Pública,
- 31Comisión Sectorial de administración electrónica definiciónes el órgano técnico de cooperación de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales en materia de administración electrónica.
- 32Comisión Sectorial de administración electrónica funcionesAsegurar la compatibilidad e interoperabilidad de los sistemas y aplicaciones empleados por las Administraciones Públicas.
b) Impulsar el desarrollo de la administración electrónica en España.
c) Asegurar la cooperación entre las Administraciones Públicas para proporcionar información administrativa clara, actualizada e inequívoca. - 33Real Decreto 806/2014 de 19 de septiembresobre organización e instrumentos operativos de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos
- 34comisión de estrategia TICOrgano colegiado encargado de la definición y supervisión de la aplicación de la Estrategia sobre Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Administración General del Estado y sus organismos públicos
- 35comisiones ministeriales para las administracionesCada departamento Ministerial contará con una Comisión Ministerial para la Administración Digital (CMAD) que tendrá que elaborar el plan de acción para la transformación digital del Ministerio de acuerdo a la Estrategia TIC global y las directrices de la Dirección TIC.
- 36unidades TICSon unidades TIC aquellas unidades administrativas cuya función sea la provisión de servicios en materia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones a sí mismas o a otras unidades administrativas.
- 37administración electrónica en la ley 39/2015MEDIOS ELECTRONICOS
Previsiones relativas a: -los derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas y del interesado en el procedimiento administrativo; -derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones; asistencia en el uso de medios electrónicos los interesados;
-la representación y los registros electrónicos de apoderamientos; los registros;
-los sistemas de identificación de los interesados en el procedimiento, los sistemas de firma admitidos por las Administraciones Públicas;
-el uso de medios de identificación y firma en el procedimiento administrativo;
-la forma de los actos administrativos; las cuestiones relativas a solicitudes de iniciación, comparecencia de las personas, obligación de resolver y cómputo de plazos;
- las notificaciones a través de medios electrónicos;
-la emisión de documentos y sus copias, los documentos aportados por los interesados, el expediente electrónico y el archivo electrónico. - 38administración electrónica en la ley 40/2015lo establecido en relación con los principios generales, los órganos colegiados, el funcionamiento electrónico del Sector Público (sede electrónica, Portal de internet, sistemas de identificación de las Administraciones Públicas, actuación administrativa automatizada, sistemas de firma para la actuación administrativa automatizada, firma-e del personal al servicio de las Administraciones Públicas, aseguramiento e interoperabilidad de la firma-e, archivo electrónico de documentos); gestión compartida de servicios comunes (sistemas de información y comunicaciones); técnicas de colaboración (suministro de Información, sistemas integrados de información administrativa); intercambio de datos en entornos cerrados de comunicación, transmisiones de datos entre Administraciones PúblicasEsquema Nacional de Interoperabilidad y Esquema Nacional de Seguridad, reutilización de sistemas y aplicaciones de propiedad de la Administración y transferencia de tecnología entre Administraciones.
- 39previsiones relativas al registro electrónico apoderadosHasta queproduzcan efectos las previsiones relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, punto de acceso general electrónico de la Administración y archivo único electrónico, que será a partir del día 2 de octubre de 2020, se mantendrán en vigor los artículos relativos a las materias mencionadas.
- 40funcionamiento electrónico del sector público regulaciónley 30/2015 articulos de 38 a 46 el “Funcionamiento electrónico del sector público”
- 41previsiones de la ley 40 respecto a las sedes electrónicasutilizarán, para identificarse y garantizar una comunicación segura con las mismas, certificados reconocidos o cualificados de autenticación de sitio web o medio equivalente.
- 42sede Electrónica de la Administración del Estadohttps://sede.administracion.gob.es.
- 43portal de internet definiciónel punto de acceso electrónico cuya titularidad corresponda a una Administración Pública, organismo público o entidad de Derecho Público que permite el acceso a través de internet a la información publicada y, en su caso, a la sede electrónica correspondiente.
- 44el sistema de identificación de las Administraciones Públicas en la ley 40podrán hacerlo mediante el uso de un sello electrónico basado en un certificado electrónico reconocido o cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica.
- 45actuación administrativa automatizadacualquier acto o actuación realizada íntegramente a través de medios electrónicos por una Administración Pública en el marco de un procedimiento administrativo y en la que no haya intervenido de forma directa un empleado público.
- 46órganos competentes de actuación automatizadae deberá de establecer previamente el órgano u órganos competentes, según los casos, para la definición de las especificaciones, programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente. Asimismo, se indicará el órgano que debe ser considerado responsable a efectos de impugnación.
- 47firma electrónica del personal al servicio de las Administraciones Públicascada Administración Pública determinará los sistemas de firma electrónica que debe utilizar su personal, los cuales podrán identificar de forma conjunta al titular del puesto de trabajo y a la Administración en la que presta sus servicios.
- 48Seguridad Pública y sistema de firma electrónicacada Administración Pública determinará los sistemas de firma electrónica que debe utilizar su personal, los cuales podrán identificar de forma conjunta al titular del puesto de trabajo y a la Administración en la que presta sus servicios.
- 49interoperabilidad de la firma electrónicalas Administraciones Públicas podrán determinar los trámites e informes que incluyan firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basada en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica.
- 50archivo electrónicoel deber de almacenar los documentos por medios electrónicos, salvo cuando no sea posible.
- 51medios y soportes en que se almacenan los documentosdeberán contar con medidas de seguridad, de acuerdo con lo previsto en el Esquema Nacional de Seguridad, que asegurará la recuperación y conservación a largo plazo de los documentos electrónicos producidos por las Administraciones Públicas que así lo requieran, de acuerdo con las especificaciones sobre el ciclo de vida de los servicios y sistemas utilizados.
- 52artículo 11 de la Ley 39/2015recisa que, con carácter general, para realizar cualquier actuación prevista en el procedimiento administrativo, será suficiente con que los interesados acrediten previamente su identidad a través de cualquiera de los medios de identificación previstos en esta Ley.
- 53uso obligatorio de la firma….Formular solicitudes.
b) Presentar declaraciones responsables o comunicaciones. c) Interponer recursos.
d) Desistir de acciones.
e) Renunciar a derechos. - 54artículo 12 de la Ley 39/2015las Administraciones Públicas a garantizar que los interesados pueden relacionarse con la Administración a través de medios electrónicos, para lo que pondrán a su disposición los canales de acceso que sean necesarios, así como los sistemas y aplicaciones que en cada caso se determinen.
- 55las Administraciones Públicas asistirán en el uso…a los interesados no obligados a comunicarse por medios electrónicos, y que así lo soliciten, especialmente en lo referente a la identificación y firma electrónica, presentación de solicitudes a través del registro electrónico general y obtención de copias auténticas.
- 56los interesados que no disponen de medios electrónicos necesariossu identificación o firma electrónica en el procedimiento administrativo podrá ser válidamente realizada por un funcionario público mediante el uso del sistema de firma electrónica del que esté dotado para ello.erá necesario que el interesado que carezca de los medios electrónicos necesarios se identifique ante el funcionario y preste su consentimiento expreso
- 57registro de funcionarios habilitados para la identificación o firmaal menos, constarán los funcionarios que presten servicios en las oficinas de asistencia en materia de registros.
- 58artículo 9 de la Ley 39/2015las Administraciones Públicas están obligadas a verificar la identidad de los interesados en el procedimiento administrativo, mediante la comprobación de su nombre y apellidos o denominación o razón social, según corresponda, que consten en el Documento Nacional de Identidad o documento identificativo equivalente.
- 59enumeración de sistemas de identificación de los interesados en el procedimientoSistemas basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación
Sistemas basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de sello electrónico expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación»
Sistemas de clave concertada y cualquier otro sistema que las Administraciones Públicas consideren válido, en los términos y condiciones que se establezcan. - 60artículo 40 de la Ley 40(sistemas de identificación de las Administraciones Públicas)podrán identificarse mediante el uso de un sello electrónico basado en un certificado electrónico reconocido o cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica. Estos certificados electrónicos incluirán el número de identificación fiscal y la denominación correspondiente, así como, en su caso, la identidad de la persona titular en el caso de los sellos electrónicos de órganos administrativos.
- 61sistemas de firma admitidos parA LA actuación administrativa automatizadasistemas por los que los interesados podrán firmar a través de cualquier medio que permita acreditar la autenticidad de la expresión de su voluntad y consentimiento, así como la integridad e inalterabilidad del documento.
Sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificaciónSistemas de sello electrónico reconocido o cualificado y de sello electrónico avanzado basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de sello electrónico incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación».
c) Cualquier otro sistema que las Administraciones Públicas consideren válido, en los términos y condiciones que se establezcan. - 62artículo 44 ley 40/2015los documentos electrónicos transmitidos en entornos cerrados de comunicaciones establecidos entre Administraciones Públicas, órganos, organismos públicos y entidades de derecho público serán considerados válidos a efectos de autenticación e identificación de los emisores y receptores en las condiciones establecidas en este artículo.
- 63punto de acceso general de la Administración General del Estado definiciónes un portal de internet perteneciente a la Administración General del Estado cuya dirección URL es https://administracion.gob.es.
- 64que encontramos en el PAGun punto único de acceso para el ciudadano a información de interés de carácter horizontal de los Departamentos Ministeriales y Organismos públicos vinculados o dependientes, así como a información sobre empleo público, ayudas, subvenciones, becas y normativa de interés de las Administraciones Públicas y de la Unión Europea (UE).
- 65Carpeta Ciudadanaos ciudadanos pueden acceder a sus datos personales, al estado de sus expedientes administrativos, a sus notificaciones, etc.
- 66regimen juridico PAGOrden HAP/1949/2014, de 13 de octubre,por la que se regula el Punto de Acceso General de la Administración General del Estado y se crea su sede electrónica.
- 67titularidad PAGOrden HAP/1949/2014, de 13 de octubre,(Abre en nueva ventana) por la que se regula el Punto de Acceso General de la Administración General del Estado y se crea su sede electrónica.
- 68creacion de sedes electronicasorden del Ministro correspondiente o resolución del titular del organismo público, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».
También se podrán crear sedes compartidas mediante orden del Ministro de la Presidencia a propuesta de los Ministros interesados, cuando afecte a varios Departamentos ministeriales, o mediante convenio de colaboración cuando afecte a organismos públicos o cuando intervengan Administraciones autonómicas o locales, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado». - 69contenido sedesmínimo:
a) Identificación de la sede, así como del órgano u órganos titulares y de los responsables de la gestión y de los servicios puestos a disposición en la misma y, en su caso, de las subsedes de ella derivadas.
b) Información necesaria para la correcta utilización de la sede incluyendo el mapa de la sede electrónica o información equivalente, con especificación de la estructura de
navegación y las distintas secciones disponibles, así como la relacionada con propiedad intelectual.
c) Servicios de asesoramiento electrónico al usuario para la correcta utilización de la sede.
d) Sistema de verificación de los certificados de la sede, que estará accesible de forma directa y gratuita.
e) Relación de sistemas de firma electrónica que, conforme a lo previsto en este real decreto, sean admitidos o utilizados en la sede.
f) Información relacionada con la protección de datos de carácter personal, incluyendo un enlace con la sede electrónica de la Agencia Española de Protección de Datos. - 70servicios sedes electrónicasRelación de los servicios disponibles en la sede electrónica.
b) Carta de servicios y carta de servicios electrónicos.
c) Relación de los medios electrónicos que los ciudadanos pueden utilizar en cada supuesto en el ejercicio de su derecho a comunicarse con las Administraciones Públicas.
d) Enlace para la formulación de sugerencias y quejas ante los órganos que en cada caso resulten competentes.
e) Acceso, en su caso, al estado de tramitación del expediente.
f) En su caso, publicación de los diarios o boletines.
g) En su caso, publicación electrónica de actos y comunicaciones que deban publicarse en tablón de anuncios o edictos, indicando el carácter sustitutivo o complementario de la publicación electrónica.
h) Verificación de los sellos electrónicos de los órganos u organismos públicos que abarque la sede.
i) Comprobación de la autenticidad e integridad de los documentos emitidos por los órganos u organismos públicos que abarca la sede que hayan sido autenticados mediante código seguro de verificación.
j) Indicación de la fecha y hora oficial - 71directorio de sedes electrónicas de la agegestionado x el min de POLITICA TERRTORIAL Y FUNCION PUBLICA .
- 72Portal de Transparencia definiciónportal web, regulado en el artículo 10 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
-dependiente del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, - 73ámbito de publicación del Portal de TransparenciaAdministración General del Estado.
- Las entidades gestoras y los servicios comunes de la Seguridad Social, así como las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social.
- Los organismos autónomos, las Agencias Estatales, las entidades públicas empresariales y las entidades de Derecho Público que, con independencia funcional o con una especial autonomía reconocida por la Ley, tienen atribuidas funciones de regulación o supervisión de carácter externo sobre un determinado sector o actividad.Las entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia, vinculadas a cualquiera de las Administraciones Públicas o dependientes de ellas, incluidas las Universidades públicas. - 74ámbito excluido de publicación del Portal de Transparenciano contiene información de Comunidades Autónomas, Entidades Locales, Sociedades Estatales, Fundaciones y órganos Constitucionales. Estas entidades publicarán su información en sus respectivos portales web y sedes electrónicas.
- 75unidades de información administrativa régimen jurídicoartículo 21 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre,
- 76funciones de las unidades de información administrativaRecabar y difundir la información a la que se refiere el capítulo II del título I de esta Ley.
b) Recibir y dar tramitación a las solicitudes de acceso a la información.
c) Realizar los trámites internos necesarios para dar acceso a la información solicitada.
d) Realizar el seguimiento y control de la correcta tramitación de las solicitudes de acceso a la información.
e) Llevar un registro de las solicitudes de acceso a la información.
f) Asegurar la disponibilidad en la respectiva página web o sede electrónica de la información cuyo acceso se solicita con más frecuencia.
g) Mantener actualizado un mapa de contenidos en el que queden identificados los distintos tipos de información que obre en poder del órgano.
h) Todas aquellas que sean necesarias para asegurar una correcta aplicación de las disposiciones de esta Ley. - 77marco general para la mejora de la calidad en la AGE-RJReal Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado,
- 78marco general para la mejora de la calidad en la AGE-contenido6 programas:
a) Programa de análisis de la demanda y de evaluación de la satisfacción de los usuarios de los servicios.
b) Programa de cartas de servicios.
c) Programa de quejas y sugerencias.
d) Programa de evaluación de la calidad de las organizaciones.
e) Programa de reconocimiento.
f) Programa del Observatorio de la Calidad de los Servicios Públicos - 79programa de análisis de la demanda evaluación de la satisfacción de los usuarios con los serviciossurge con la finalidad de conocer la opinión de los usuarios y mejorar la calidad de los servicios, de detectar las necesidades y expectativas de los usuarios y de medir la percepción sobre los servicios entre la ciudadanía.
- 80el programa de Cartas de Servicios definiciónon documentos que constituyen el instrumento a través del cual los órganos, organismos y entidades de la Administración General del Estado informan a los ciudadanos y usuarios sobre los servicios que tienen encomendados, sobre los derechos que les asisten en relación con aquellos y sobre los compromisos de calidad en su prestación
- 81estructura y contenido de carta de serviciosLos siguientes apartados:De carácter general y legal: incluyendo datos identificativos del órgano, principales servicios que presta o derechos concretos de los ciudadanos.
b) De compromisos de calidad: contiene datos relacionados con los estándares de calidad, lugares y canales de atención al público, plazos previstos de tramitación, indicadores para la evaluación de calidad, etc.
c) Medidas de subsanación en caso de incumplimiento de los compromisos declarados.
d) De carácter complementario: referidos a direcciones telefónicas, telemáticas y postales de las oficinas donde se prestan los servicios y de la unidad operativa responsable sobre las cartas de servicios. - 82elaboración y gestión de carta de serviciosLa Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública impulsará la implantación generalizada de las cartas de servicios y colaborará con los órganos y organismos que lo requieran en su elaboración.
- 83quién impulsa la implantación de la Carta de ServiciosLa Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública
- 84actualización de la Carta de Serviciosperiódicamente en función de las circunstancias y, en cualquier caso, al menos cada tres años.
- 85aprobación y difusión de la Carta de Serviciosmediante resolución del Subsecretario del departamento al que pertenezca el órgano o esté vinculado o adscrito el organismo proponente, previo informe favorable de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, y del Ministerio de Hacienda para los supuestos de subsanación de carácter económico.
- 86carta de servicios electrónicosLos departamentos y organismos que cuenten con servicios electrónicos operativos publicarán, además de las mencionadas anteriormente, cartas de este tipo de servicios, en las que se informará a los ciudadanos sobre los servicios a los que pueden acceder electrónicamente
- 87programa de quejas y sugerenciasobjeto de recoger y tramitar tanto las manifestaciones de insatisfacción de los usuarios con los servicios como las iniciativas para mejorar su calida
- 88presentacion de quejas y sugerenciasLa ubicación, de la unidad a la que se refiere el artículo anterior se señalizará de forma visible y será la más accesible para su localización y utilización por los usuarios.Los usuarios podrán formular sus quejas o sugerencias presencialmente, por correo postal y por medios telemáticosSi las quejas o sugerencias se formulan presencialmente, el usuario cumplimentará y firmará el formulario y podranser auxiliados por los funcionarios responsables en la formulación de su queja o sugerencia.a Secretaría General para la Administración Pública (vigente Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, de la que depende la Secretaría General de Función Pública) definirá el contenido mínimo que debe constar en dichos formularios.
- 89la contestación de la quejala unidad a la que se refiere el artículo 14 informará al interesado
de las actuaciones realizadas en el plazo de 20 días hábiles.El transcurso de dicho plazo se podrá suspender en el caso de que deba requerirse al interesado para que, en un plazo de 10 días hábiles, formule las aclaraciones necesarias para la correcta tramitación de la queja o sugerencia. - 90actuaciones de las unidades responsables de quejasLa Inspección General de Servicios de cada departamento hará el seguimiento de las quejas y sugerencias relativas a los órganos, unidades y organismos de su ámbito, tanto centrales como periféricos.
El seguimiento de las quejas y sugerencias de los servicios periféricos integrados en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno corresponderá a la Inspección General de Servicios del Ministerio de Administraciones Públicas. - 91efecto de las quejasningún caso, la calificación de recurso administrativo ni su presentación interrumpirá los plazos establecidos en la normativa vigente.
- 92quién determina los modelos de gestión ve la calidad de las organizacionesMinisterio de Política Territorial y Función Pública determinará los modelos de gestión de calidad reconocidos conforme a los que se realizará la evaluación de los órganos u organismos de la Administración General del Estado
- 93niveles en los modelos de gestión de la calidad de las organizacionesautoevaluacion y evaluacion externa autoeval =.ejercicio regular por el que las propias organizaciones analizan sus procesos y resultados de gestión para identificar los puntos fuertes y las deficiencias y determinar consecuentemente los oportunos planes de mejora.
eval ext=el proceso por el que los órganos o unidades realizan un examen agregado de ámbito ministerial, con el fin de optimizar los resultados de la autoevaluación y de los planes de mejora establecidos. - 94el programa de reconocimiento objetocontribuir, mediante el reconocimiento de las organizaciones, a la mejora de la calidad y a la innovación en la gestión pública, a través de dos subprogramas o acciones:
a) El reconocimiento a la excelencia.
b) Los premios a la calidad e innovación en la gestión pública. - 95reconocimiento a la excelenciacertificación, por parte del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, de las organizaciones conforme a los modelos de gestión de calidad
- 96Premios a la Calidad e Innovación en la gestión públicaestinados a reconocer y galardonar a las organizaciones públicas que se hayan distinguido en alguno de los siguientes ámbitos:
a) La excelencia de su rendimiento global por comparación a modelos de referencia reconocidos.
b) La innovación en la gestión de la información y del conocimiento, así como de las tecnologías.
c) La calidad e impacto de las iniciativas singulares de mejora implantadas. - 97programa de Observatorio de la calidad de los servicios públicos definiciónplataforma de análisis periódico y uniforme de la percepción ciudadana sobre los servicios públicos de la Administración General del Estado,
con el fin deproponer iniciativas generales de mejora y facilitar a los ciudadanos información global sobre la calidad en la prestación de los servicios. - 98Atención al Ciudadano artículo 103.1 CEAdministraciones Públicas sirve os intereses generales conforme a los principios de coordinación, descentralización, eficacia, jerarquía, desconcentración y sometimiento pleno a la ley y al Derecho.
- 99Atención al Ciudadano 105 CEefleja el acceso de los ciudadanos a los archivos y registros administrativos,
- 100derecho de los ciudadanos a la información- enumeraciónArtículo 13 d) de la Ley 39/2015
Al acceso a la información pública, archivos y registros, de acuerdo con lo previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y el resto del Ordenamiento Jurídico.
• Derecho de información del interesado en un procedimiento administrativo
De acuerdo con el artículo 53 de la Ley, los interesados cuentan con la posibilidad de ejercicios distintos derechos como por ejemplo: conocer los órganos competentes de instrucción y resolución del procedimiento; acceder y obtener copias de los documentos del procedimiento; consultar información que les ataña; obtener información y orientación sobre los requisitos técnicos y jurídicos impuestos a proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar.
• Derecho a obtener información y orientación de acuerdo con la Ley de Transparencia Todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública, en los términos previstos
en el artículo 105.b) de la Constitución Española - 101información administrativa definicióncauce adecuado a través del cual los ciudadanos pueden acceder al conocimiento de sus derechos y obligaciones y a la utilización de los bienes y servicios públicos. La información podrá ser general o particular.
- 102servicios de info adm y att al ciudadano -Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero, por el que se regulan los servicios de información administrativa y atención al ciudadano.nformación general
Es la información administrativa relativa a la identificación, fines, competencia, estructura, funcionamiento y localización de organismos y unidades administrativas; la referida a los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que los ciudadanos se propongan realizar; la referente a la tramitación de procedimientos, a los servicios públicos y prestaciones
nformación particular
Es la concerniente al estado o contenido de los procedimientos en tramitación, y a la identificación de las autoridades y personal al servicio de las Administración General del Estado y de las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de la misma bajo cuya
responsabilidad se tramiten aquellos procedimientos - 103unidades departamentales de información administrativa-DEFEn cada Ministerio el titular de la Subdirección General que tenga encomendada la competencia sobre la información administrativa ostentará la jefatura de la unidad departamental de información administrativa.
- 104unidades departamentales de información administrativa -FUNCIONESDirigir las oficinas de información y atención al ciudadano del DepartamentoCrear y mantener actualizada la base de datos de información administrativa del Departamento
Aportar apoyo documental y técnico preciso a las demás unidades de información administrativa del Departamento.
d) Impulsar y supervisar el intercambio de material informativo entre los distintos centros directivos y entidades de derecho público vinculadas o dependientes del Departamento.
e) Participar en la elaboración y distribución de las publicaciones y demás medios de difusión informativa del Departamento, y mantener actualizado un catálogo de los mismos, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las unidades editoras departamentales.
f) Colaborar activamente con la Comisión Ministerial de Información Administrativa, gestionando los asuntos que ésta le encomiende.
g) Representar al Departamento ante los órganos colegiados de información administrativa. - 105Centro de Información Administrativa-ADSCRIPCIONSecretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, a través de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública
- 106Centro de Información Administrativa -nivel orgániconivel orgánico de Subdirección General.
- 107Centro de Información Administrativa- funcionesMantener actualizadas y distribuir las bases de datos de la Administración General del Estadoostener un sistema de información administrativa al ciudadano, eminentemente telefónico, sobre los servicios públicos y trámites de toda la Administración General del Estado, Cooperar en el desarrollo de las unidades y oficinas de información de los demás Departamentos y organismos de la Administración General del EstadoActuar como órgano ejecutivo permanente de la Comisión Interministerial de Información Administrativa(*) en relación con las iniciativas y reclamaciones que recibaActuar como órgano ejecutivo permanente de la Comisión Interministerial de Información Administrativa(*) en relación con las iniciativas y reclamaciones que reciba
- 108Oficinas de Información y Atención al Ciudadano -cometidolos cometidos de gestión interna de tratamiento y difusión de la información que expresamente les delegue o encomiende el Centro de Información Administrativa o la unidad de información administrativa respectiva,
- 109Oficina de Información y Atención al Ciudadano en servicios centralesdos tipos de oficinas de información y atención en los servicios centrales:
a) Las oficinas centrales de información y atención al ciudadano
Las oficinas de información y atención al ciudadano de entidades de derecho público vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado de sus centros directivos y demás servicios cuya entidad y especialidad justifique la existencia de oficinas de información especializada o sectorial - 110oficina de información de los órganos territoriales AGEcon el carácter de oficinas centrales, oficinas de información y atención al ciudadano dependientes de las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas, de los Gobiernos Civiles (ahora, Subdelegación del Gobierno en la provincia) y de las Delegaciones Insulares del Gobierno
- 111colaboración entre las administraciones públicascon el carácter de oficinas centrales, oficinas de información y atención al ciudadano dependientes de las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas, de los Gobiernos Civiles (ahora, Subdelegación del Gobierno en la provincia) y de las Delegaciones Insulares del Gobierno
- 112oficinas integradas de la atención al ciudadano-RJEl Acuerdo de 15 de julio de 2005 del Consejo de Ministros
- 113qué contiene el punto de acceso generallos siguentes canales de atencion .Sede electrónica del punto de acceso general, cuya titularidad corresponde a la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, dependiente del Ministerio de Política Territorial y Función Pública.
- Teléfono 060.
- Chat 060.
- Oficinas de información y atención al ciudadano.
- Buzón de atención. - 114titularidad de la sede electrónica del punto de accesoSecretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, dependiente del Ministerio de Política Territorial y Función Pública.
- 115Ventanilla Única Empresarial-RJLey 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
- Real Decreto 127/2015, de 27 de febrero, por el que se integran los centros de ventanilla única empresarial y la ventanilla única de la Directiva de Servicios en los Puntos de Atención al Emprendedor. - 116Ventanilla Única Empresarial-finalidadmpulsar la ventanilla única por la que prestadores de servicios puedan acceder
electrónicamente y a distancia:
a) A la información sobre los procedimientos necesarios para el acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
b) A realizar los trámites preceptivos para prestar un servicio o crear una empresa, más: a. La solicitud de inscripción.
b. Obtener la autorización precisa. - 117actividad de los prestadores de serviciosConocer el estado de tramitación del procedimiento.
b) Presentar los documentos y las solicitudes necesarias. - 118derechos de los prestadores y destinatarios de servicios ventanilla unica empresariala) Los requisitos de acceso a las actividades. b) Las vías de reclamación.
c) Datos sobre:
a. Las asociaciones sectoriales de los prestadores de servicios. b. Las organizaciones de consumidores y usuarios. - 119acceso a la información ventanilla unica empresariale podrá llevar a cabo en las lenguas cooficiales del Estado y de trabajo
comunitarias.
El derecho a la información no exige a las autoridades que faciliten asesoramiento jurídico en casos particulares. - 120red EUGO-defrtículos 18 y 19 de la Ley 17/2009. Permite la creación de un conjunto de Ventanillas únicas, una para cada Estado miembro de la Unión Europea.
La red va dirigida a todos los empresarios y emprendedores que necesiten autorizaciones, inscripciones en registros, licencias, etc. que son requisitos para realizar una actividad económica remunerada en España - 121cuando se puede limitar el acceso a la infoentre otras : suponga un perjuicio para: la defensa y la seguridad nacional; la política económica y monetaria; o la seguridad pública.
Información
- Descripción
- pp Fichas sobre 3PP, creado por cristina lacusta el 04/09/2020.
- Creado por
- cristina lacusta
- Visitas
- 0
- Etiquetas
- Valoración