Fichas
Sin título_5
Fichas del conjunto (29)
- 1RAC Y FAMILIA conflictos de familiadivergencia percibida de intereses entre personas nacidas de las relaciones de familia.
- 2JUDICATURA DE FAMILIALEY 19968
Proceso de familia favorece la solución alternativa de conflictos.
ARTICULO 14 PRINCIPIOS DE PROCEDIMIENTOS - 3Mecanismos de RAC EN FAMILIAAVENIMIENTO
TRANSACCION JUDICIAL Y EXTRA
CONCILIACION
SOLUCION COLABORATIVA EN MATERIA PROTECCIONAL.
SUSPENSION CONDICIONAL DE LA SENTENCIA.
MEDIACION - 4SOLCION COLABORATIVA EN MATERIA PROTECCIONALManifestación art. 14.inst. procesal de familiaen virtud del cual las partes en pleito acuerdan la froma mas conducentea la resolución de la situación que afecta al niño , niña o adolecente., se da a instancia del juez y se lleva a cabo antes de dictar la sentencia.El niño también participa de la solución representado por un curador ad litem.
- 5SUSPENSION CONDICIONAL DE LA SENTENCIAArt. 98 ley.
Solo teien aplicación en materia de vif. Inst. procesal en virtud del cual frente al reconocimiento de los hechos efectuado por el demandado o denunciado, el juez puede suspender la dictación de la sentencia, sujetando al reconociente al cumplimiento de determinadas condiciones. Esto es facultativo.Debe existir antecedentes que permitan presumir al juez que no ejercerá el agresor actos similares en lo sucesivo - 6Condiciones para la suspensión condicional de la sentenciaAceptación por las partes de las obligaciones especificas y determinadas respecto de las relaciones de familia y aquellas de carácter reparatorio.
Compromiso de observacia de 1 o mas medidas cautelares previstas porla ley en un lapso no inferior a 6 ni superior a 12 meses art. 92 - 7¿Cuándo no procede la SCP?Si el juez estima que procede la continuación del juicio , si ha habido denuncia o demanda previa contra el denunciado o demandado, demandado o denun. ha sido condenado por crimen o simple delito contra las personas
- 8MEDIACION FAMILIARsr de c en el que un tercero imparcial, sin poder desisorio, llamado mediador, ayuda a las partes a buscar por sí mismas una solución al conflicto y sus efectos, mediante acuerdos.Art 103. LTF
- 9PRINCIPIO DE COLABORACIONSe buscaran alternativas orientadas a mitigar la confrontación entre las partes, privilegiando las soluciones acordadas por ellas.
OSEA SE PRIVILEGIA EN MATERIA DE CONFLICTOS FAMILIARES, LOS SITEMAS NO ADVERSARIALES - 10principios de la mediación en familiaIgualdad, voluntariedad, confidencialidad, imparcialidad, interés superior del niño, opinión de terceros
- 11IGUALDADMediador se cerciora de que los participantes se encuentren en igualdad de condiciones para adoptar acuerdos, o adoptara medidas para obtener ese equilibrio.De no ser posible declara terminada la mediación.
- 12VOLUNTARIEDADSe establece la mediación previa obligatoria para las causas relativas a alimentos,reclacion directa y regular y cuidado personal (podrán retirarse de la mediación en cualquier momento)
- 13CONFIDENCIALIDADEl mediador deberá guardar reserva de todo lo escuchado o visto en la mediación .
Sancion 247 CP.
Excepciones : casos donde tome conocimiento en la mediación de situaciones de maltrato contra niños o discapacitados de lo que debe poner en conocimiento previamente a las partes - 14IMPARCIALIDADMediadores deberán ser imparciales en relación con las partes evitando que se comprometa dicha condición, de ser asi se deberá rechazar el caso justificándose ante el tribunal que corresponda. Las partes pueden solicitar el nombramiento de otro mediador al tribunal cuando sea este el caso.
- 15I% SUPERIOR DEL NIÑO O ADOLECENTEEl mediador deberá velar para que se tome en consideración este interés. Pudiendo citar al niño solo si su presencia es estrictamente necesaria para el desarrollo de la mediación.
- 16OPINIONES DE TERCEROSeL MEDIADOR VELARA PARA QUE SE TOME EN CONSIDERACION LAS OPINIONES DE TERCERO QUE NO HUBIEREN SIDO CITADOS A LA MEDIACION, A QUIENES PODRÁ CITAR
- 17MATERIAS SUCEPTIBLES DE MEDIACIONmediación previa: derecho de alimentos, cuidado personal, relación directa y regular, divorcio y separación judicial,para las materias antes señaladas.
MEDIACION VOLUNTARIA: todas las restantes materias de competencia de juzgados de familia con excepción de las prohibidas. - 18MATERIAS NO SUCEPTIBLES DE MEDIACIONmediación prohibida: Estado civil, declaración d interdicción, maltrato de niños o adolecentes, procedimiento regulado ley de adopcion
- 19DERIVACION A MEDIACION Y ASIGNACION DE MEDIADORMediación previa las partes designaran mediador de común acuerdo del registro de mediadores, haciendo una presentación por escrito al tribunal que contenga la individualización de las partes y las materias incluidas.Si no hay acuerdo o si debe designar el juez, este nombrara mediante un procedimiento que garantice una distribución objetiva entre los mediadores inscritos licitados o si prefieren uno pagado a su costa.
- 20DERIVACION A MEDIACION Y ASIGNACION DE MEDIADOR 2En aquellas materias voluntarias , al ser ptada la demanda a a un funcionario calificado instruirá al actor de la posibilidad de mediación, pudiendo ser aceptada o rechazada.
Las partes podrán solicitar la mediaciono aceptarla como propuesta por el juez hasta 5 días antes de la audiencia de juicio.manteniendo la asignación del mediador de la misma forma que en materias previas. - 21NOTIFICACION AL MEDIADORSe comunicara al mediador su designación que incluye la individualización de las partes y las materias sobre las que versa el conflicto.
El mediador fijara una sesión inicial de mediación conjunta o privada en donde los participantes deberán concurrir personalmente sin perjuicio de la comparecencia de su abogado. - 22La designación del mediador es suceptible de recursoNo lo es, la revocación procede si; mediador es curador, pariente consanguíneo línea recta o colateral hasta el cuarto grado,hubiera prestado servicios profesionales a cualquiera de ellos con anterioridad a menos que lo hubiere hecho en calidad de mediador.
- 23PROCEDIMIENTOSesión inicial a los adultos, quienes deberán comparecer personalmente ( con t. de la primera sesión; naturaleza , objetivo, principios, valor jurídico de los acuerdos, sentencia ejecutoriada.
**109 en materia de alimentos los alimentarios deben estar informados por el mediador respecto a la posibilidad de fijación de alimentos provisorios por parte del tribunal o ser fijada en la sesión de mediación. - 24PROCEDIMIENTO 2Tipos de sesiones; conjuntas, individuales.
Numero de sesiones; Todas las que el mediador y las partes estimen necesarias. - 25DURACION DE LA MEDIACION60 DIAS DESDE LA NOTIFICACION AL MEDIADOR.
ampliación DEL PLAZO 60 DIAS - 26ACTA DE MEDIACIONpUNTOS DE MEDIACION, LEIDA POR LOS PARTICIPANTES, FIRMADA POR LAS PARTES Y POR EL MEDIADOR Y APROBADA POR EL JUEZ.
- 27MEDIACION FRUSTRADALevantada acta de frustración de la mediación .
Ciitados por dos veces el o los participantes no concurren a la sesión inicial (por una vez en caso de alimentos).
Alguna de las partes manifiesta su intención de no seguir.
Si el mediador adquiere la convicción de que no alcanzará acuerdos. En este caso el mediador debe emitir el acta de frustración de la mediación lo que permite que el requirente este habilitado para iniciar el procedimiento judicial. - 28REQUISITOS PARA SER MEDIADORInscrito en registro único de mediadores,titulo de 8 semestres, acreditar formación especializada en mediación en materias de familia, infancia en institutos o universidades que desarrollen docencia.
No haber sido condenado por delitos que merezcan pena aflictiva o por algunos de los delitos contemplados en los artículos 361 y 375 del CC. Debe contar con un lugar adecuado para llevar a cabo la mediación.Ni por actos constituitivos de violencia intrafamiliar
Eliminación del registro: Fallecimiento/renuncia/ perdidad de requisitos o cancelación por decreto de la corte de apelaciones competente.
Sanciones: amonestación, suspensión de 6 meses, cancelación inscripción irrevocable.
Reclamo: Proceso sumario, resolcuion apelable, resolución suceptible de reposicion. - 29Prestación del servicio de mediacionGratuito: 884.000 u otros para los casos de materias previas y obligatorias. Personas que son atendidas por la corporación de asistencia judicial u otras entidades publicas o privadas que presten asistencia jurídica gratuita y que gozan del privilegio de probreza.
REMUNERADO: serán de costas de las partes para aquellos que se determine que pueden pagar un mediador particular y tendrán como valores máximos los que contempla el arancel, que determina mediante decreto el ministerio de justicia. El arancel es definido anualmente. el que fija un arancel máximo por sesion
Información
- Descripción
- ORALES RAC Fichas sobre Sin título_5, creado por Denis Fernando Mellado-lorca el 05/10/2013.
- Creado por
- Denis Fernando Mellado-lorca · oct 2013
- Actualizado
- 19 feb 2016
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