Fichas
educación sexual fichas de trabajo

Fichas del conjunto (15)
- 1—La Educación Sexual Integral es el conjunto de actividades que se realizan para que los chicos y las chicas, de acuerdo a sus edades, aprendan a conocer su propio cuerpo, asumir valores

- 2—El acceso a información para el cuidado de la Salud Sexual y Reproductiva es un Derecho Humano y El Estado y las instituciones educativas tienen la obligación de garantizarlo

- 3—los cinco ejes conceptuales:
Cuidar el cuerpo y la salud.
Valorar la afectividad.
Garantizar la equidad de género.
Respetar la diversidad.
Ejercer nuestros derechos.
- 4—el patriarcalismo es un sistema que causa y perpetúa violaciones
graves y sistemáticas de los derechos humanos, como son la violencia y la
discriminación contra las mujeres
- 5—La sexualidad es un proceso complejo que todos los seres humanos, sin
excepción, construimos a lo largo de la vida y que tiene aspectos bio-psico-sociales
y culturales que deben contemplarse de manera integral
- 6—No existen excusas válidas para evitar proporcionar a las personas la
educación sexual integral que necesitan para vivir digna y saludablemente. La
realización del derecho a la educación sexual juega un papel preventivo crucial y
recibirla o no puede resultar una cuestión de vida o muerte.
- 7—El derecho a la educación incluye el derecho a la educación sexual, el cual es
un derecho humano en sí mismo
- 8—Para que la educación sexual sea integral y cumpla sus objetivos, debe tener
una sólida perspectiva de género. Numerosos estudios han demostrado que la gente
joven que cree en la igualdad de género tiene mejores vidas sexuales.
- 9—la educación sexual debe prestar particular atención a la diversidad, pues todas las personas tienen derecho a vivir su sexualidad, sin ser discriminadas en razón de su orientación sexual o de su identidad de género

- 10—El Comité de Derechos Humanos ha instado a la eliminación de barreras al
acceso de las personas adolescentes a la información sobre prácticas sexuales
seguras, tales como el uso de preservativos
- 11—la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad en su artículo 24 llama a los Estados a asegurar un sistema de educación inclusivo, que garantice el sentido de dignidad y autoestima y el máximo desarrollo de las aptitudes mentales y físicas de estas personas.

- 12—El artículo 25 establece que los Estados “proporcionarán a las personas con discapacidad programas y atención de la salud gratuitos o a precios
asequibles de la misma variedad y calidad que a las demás personas, incluso en el ámbito de la salud sexual y reproductiva
- 13—En el artículo 10 el Comité para la
Eliminación de la Discriminación contra la Mujer establece también que los Estados deben garantizar el acceso de las mujeres “al material informativo específico que contribuya a asegurar la salud y el bienestar de la familia, incluida la información y el asesoramiento sobre planificación de la familia
- 14—La OMS también ha proporcionado
orientación específica sobre cómo la educación sexual debería ser incorporada en
los programas escolares y recomienda que la educación sexual se enseñe como una
materia independiente, en lugar de incorporarse a otras asignaturas
- 15—La educación sexual es asociada a la prevención de enfermedades de
transmisión sexual y embarazos no deseados