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Fichas

Unidad 2

Enzo Herrería Derecho Civil Primer Grado Español 86 fichas

Fichas del conjunto (86)

  1. 1La esfera subjetiva del DerechoLa esfera jurídica del derecho ha sido reducida al estudio del DERECHO SUBJETIVO: facultades
    que tiene el individuo para exigir a otro un comportamiento. Frente a este derecho, en contraposición,
    aparece el deber jurídico.
  2. 2La situación jurídicaDETERMINADO MODO O MANERA DE ESTAR LAS PERSONAS EN LA VIDA SOCIAL
    REGULADO POR EL DERECHO.
    POSICIÓN DE UNA PERSONA FRENTE AL ORDENAMIENTO JURÍDICO.
  3. 3DistincionesUNISUBJETIVAS: se refieren a la persona en sí misma (menor de edad) o con relación a los bienes
    (propietario). Las normas que las regulan = autorreferentes a la persona ubicada en esa situación.
    PLURISUBJETIVAS: situaciones en las que actúan más de una persona  RELACION
    JURÍDICA. La norma se separa entre ambos sujetos, por ejemplo, en la compraventa: sujeto activo y
    pasivo
  4. 4Otras nocionesLa doctrina entendía que la situación = permanente. Los derechos que de ella derivan se pueden
    ejercer indefinidamente. Ejemplo: d° reales.
    La relación se establece entre 2 o más sujetos, con un carácter particular, esencialmente variable, como
    el contrato. Se extinguen con el ejercicio de los derechos que emanan de ella.
  5. 5La relación jurídicaVínculo entre 2 personas tutelado por el Derecho.
    Vínculo que une a 2 o más personas respecto de determinados bienes o intereses, estable y
    orgánicamente regulada por el Derecho, como cauce para la realización de una función social
    merecedora de tutela jurídica.
  6. 6Elementos de la relación jurídica a) SujetosLas relaciones jurídicas solo se establecen entre personas. Hay un sujeto activo titular del poder (d°
    subjetivo) y un sujeto pasivo titular del deber jurídico. Pueden estar determinados o no (erga omnes).
    Hay quienes reúnen los 2 sujetos en la misma persona = entrecruzados como en la compraventa a
    plazos.
  7. 7b) Las relaciones entre personas y cosasEl sujeto ejerce una potestad sobre la cosa = RELACIÓN DE PODER
  8. 8c) Otras relaciones de sujeto pasivo determinableAl igual que los d° reales, los d° de la personalidad -> respetados por todos. Ejemplo: honor, intimidad
    e integridad física.
    Si alguien los viola -> individualiza al sujeto pasivo y se le impone el deber de reparar el daño
    causado.
  9. 9d) ObjetoRepresentado por bienes, intereses.
    Se reducen a conductas humanas cuando el objeto = prestación de servicios.
    Los bienes pueden ser susceptibles de valor económicos (cosas), energía y fuerzas naturales para el
    servicio del hombre ->ART.16
  10. 10e) CausaEs lo que origina la existencia de la relación jurídica. Son los hechos y actos jurídicos, y ley.
  11. 11f) ProtecciónSe efectiviza mediante las acciones que son concedidas por el Estado para que puedan ser hechas valer
    en justicia.
  12. 12Contenido de la relación jurídicaestá dado por los derechos subjetivos y deberes jurídicos. En algunas relaciones los
    sujetos están identificados ab initio, pero en otras solo individualizado el titular del derecho, y el
    sujeto pasivo será quien lo viole.
  13. 13Duración de la relación jurídicaexisten las destinadas a nacer, producir su efecto y extinguirse inmediatamente
    (compra-venta manual), pero por lo general = permanencia en el tiempo (compra-venta a plazos).
    También hay relaciones jurídicas permanentes. Ejemplo: familia->algunos autores las consideran
    SITUACIONES.
  14. 14Relaciones y situaciones jurídicas en el CCyCAlude a ambos aspectos:
    . ART.7: aplicación de la ley en el tiempo
    Hace referencia a la relación jurídica:
    . ART. 724: definición de obligación
    - Hace referencia a la situación jurídica:
    . ART. 10: nombra la situación jurídica abusiva
  15. 15PUNTO 2 DERECHO SUBJETIVO Conceptofacultades que tiene el sujeto para exigir de otro u otros el cumplimiento
    de una determinada conducta. Poder atribuido a una voluntad para la satisfacción de un interés
    jurídicamente protegido.
  16. 16El derecho subjetivo como poder atribuido a una voluntad para la satisfacción de un interés1) Representa el tener derecho a un cierto comportamiento, acto u omisión por parte de todas las
    personas o de una persona determinada frente al titular. Por ejemplo: alguien me saca una foto, tengo
    derecho a que no se publique o a solicitar la indemnización ->la voluntad del beneficiario=determinante.
    2) Voluntad con rol decisivo para la creación de ciertos derechos, supresión o modificación. Por
    ejemplo: el propietario puede vender y el acreedor debe ceder el crédito  la voluntad crea un nuevo
    derecho.
    ▪ D° SUBJETIVO COMO INTERÉS JURÍDICAMENTE PROTEGIDO  IHERING: El derecho
    tiene 2 elementos:
    - Sustancial: utilidad, ventaja, fin práctico.
    - Formal: acción judicial, protección.
    Numerosos autores descubrieron que la voluntad y el interés se complementan  Dº Subjetivo = Poder
    atribuido a una voluntad para la satisfacción de un interés jurídicamente protegido.
  17. 17Teorías negatoriasAparecen en contraposición a las teorías o concepciones con principios liberales (derecho subjetivo
    en función del principio de la autonomía de la voluntad).
    Estas teorías niegan la existencia de los derechos subjetivos:
    1) LEON DUGUIT: las personas solo deben cumplir con lo que impone el ordenamiento jurídico.
    2) KELSEN: en la Teoría Pura establece que solo existe el d° objetivo.
  18. 18PUNTO 3 DERECHO, DEBER Y CARGA. INTERÉS LEGÍTIMO. DERECHOS DE INCIDENCIA COLECTIVA. FACULTADES.
  19. 19El deberSacrificio del interés propio para el beneficio de un interés ajeno.
    El deber en algunos casos puede ser genérico = corresponde a toda la comunidad, como el respeto a
    mi derecho de propiedad.
  20. 20La cargaEs el sacrificio del interés propio para la satisfacción de otro interés propio.
    Por ejemplo: para hacer oponible mi derecho de propiedad, debo inscribir el inmueble en un registro,
    sino cumplo esa carga mi derecho no tendrá eficacia frente a 3ros.
  21. 21Derechos que no se corresponden con derechos subjetivosExisten deberes jurídicos que no se corresponden con derechos subjetivos de otros = deben cumplirse
    por el simple hecho de ser ellos.
    Por ejemplo: la obligación del estado de conservar los caminos, no genera otro derecho subjetivo, pero
    hace nacer intereses legítimos.
  22. 22El interés legítimo NociónSupuestos en los que el individuo no pretende la satisfacción inmediata de un interés propio, aunque
    mediatamente puede beneficiarlo.
  23. 23Resumen: garantía de legalidadGarantía de legalidad: se reclama que se cumpla con el principio de legalidad, cuando de no
    cumplirla = afecta inmediatamente un interés propio.
  24. 24Reconocimiento actualActualmente se tiende a que los intereses legítimos sean tutelados.
    En el CCyC se reconoce en los artículos 1712 (legitimados para reclamar aquellos que acrediten un
    interés razonable) y 1737 (hay daño cuando se lesiona un derecho o interés).
  25. 25Los derechos de incidencia colectiva NociónIdentifican el interés de la comunidad en que se respeten derechos que corresponden a sus
    integrantes, como el medio ambiente, la fauna, la flora, los valores espirituales = cuestiones atinentes
    a muchas personas (colectividad) y no 1 sola.
  26. 26AntecedentesEn Argentina, se reconocieron en 1994, con el art. 43 de la CN = se podrá interponer acción de amparo
    contra cualquier forma de discriminación, y en lo relativo a los derechos que protegen el medio
    ambiente, la competencia, al usuario y al consumidor, y contra todos los derechos de incidencia colectiva
    en general.
    Antes de la reforma se planteaban acciones por particulares.
  27. 27La definición de derechos de interés colectivo a partir de la reforma constitucionalv
  28. 28Las personas legitimadas para ejercer su tutelaEl afectado, el Defensor del Pueblo y las asociaciones.
    Algunos autores también mencionan al Ministerio Público->en el art. 120 CN: el Ministerio tiene por
    función promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad de los intereses generales de
    la sociedad.
  29. 29Problemas que plantean1) Efectos de las sentencias.
    2) Derechos de los individuos que no participaron en el proceso, pero se ven alcanzados por los efectos de la sentencia.
    3) Determinación del juez o tribunal competente.
    4) Eventual existencia de sentencias opuestas.
  30. 30Un avance relevante: la sentencia de la CSN en el caso HalabiERNESTO HALABI, promovió una acción de amparo tendiente a que se declare inconstitucional la ley y el decreto que establecen que los prestadores de servicios de telecomunicaciones  sistematizar
    los datos personales de los usuarios y registrar los tráficos de comunicaciones entre ellos, para la
    consulta del Ministerio Público o PJ.
    El demandante estableció que esto afecta el derecho a la intimidad y no respeta la prohibición de la autoincriminación, ni la tutela del secreto profesional (arts. 18 y 19 CN).
    - La demanda fue recibida por la Cámara de Apelaciones quien entendió que se estaba ejerciendo un derecho de incidencia colectiva = art. 43  dº de incidencia colectiva relativo a intereses individuales
    homogéneos.
    - La CSJ entendió los mismo, agregando que el actor asumió la defensa del derecho a la intimidad,
    a la vida privada y al secreto profesional, y que la lesión de estos = perjudican al actor y resto de los
    usuarios.
  31. 31Los derechos de incidencia colectiva en el CCyC a) La mutilación del art. 14El Código reconoce: a) derechos individuales; b) derechos individuales que pueden ser ejercidos mediante una acción colectiva si existe una pluralidad de afectados individuales->daños comunes
    pero divisibles; c) derechos de incidencia colectiva->indivisibles y de uso común.
  32. 32La supresión de los artículos referidos al daño a los derechos de incidencia colectivaEn el anteproyecto, había una sección destinada a los Daños a los derechos de incidencia colectiva que iba desde el art. 1745 a 1748->suprimidos, y además el art 14 en el CCyC se limita a establecer el
    reconocimiento de derechos individuales y de incidencia colectiva.
    Por esto la regulación de los dº de incidencia colectiva ha quedado frustrada.
  33. 33Relación entre los derechos individuales y los derechos de incidencia colectiva.El CCyC da pautas de la relación entes derechos individuales y de incidencia colectiva:
    Art. 14: la ley no ampara el ejercicio abusivo de los d° individuales cuando puede afectar el ambiente
    y a los d° de incidencia colectiva en general.
    Art. 240: el ejercicio de los derechos individuales sobre los bienes deben ser compatibles con los d°
    de incidencia colectiva.
  34. 34Derecho subjetivo y facultadesFacultades = meros elementos de los d° subjetivos = prerrogativas que hacen al contenido del
    derecho subjetivo del que soy titular.
    Pueden faltar sin afectar el derecho en sí. Por ejemplo: el derecho de propiedad no se extingue si el
    propietario no puede usar y gozar de la cosa dada en alquiler.
  35. 35PUNTO 4 CLASIFICACIONES..
  36. 36Derechos absolutos y relativos▪ ABSOLUTOS: impone a los demás una sujeción genérica de no perturbar ni violar el derecho.
    Son erga omnes, como los derechos de la personalidad y reales.
    ▪ RELATIVOS: se hacen valer frente a un sujeto determinado. Como los derechos de crédito u
    obligacionales.
  37. 37Derechos patrimoniales y no patrimoniales▪PATRIMONIALES: tutelan intereses económicos valorables en dinero. El sujeto constituye un
    patrimonio (art. 15)
    ▪ NO PATRIMONIALES: actúan en relación a intereses de orden moral. Derechos de la
    personalidad y familia.
  38. 38Derechos transmisibles e intransmisibles▪ TRANSMISIBLES: se pueden transmitir a 3ros. Como los derechos patrimoniales (con algunas
    salvedades).
    ▪ INTRANSMISIBLES: son inalienables = no pueden ser objeto de actos de disposición y no pueden
    transmitirse. Como el derecho a la vida, al honor, al nombre.
  39. 39Derechos principales y accesorios▪PRINCIPALES: son independientes = existen por si mismos con independencia de otro.
    ▪ ACCESORIOS: tienen su vida vinculada a otros y se transmiten con ellos = garantías: hipoteca,
    prenda y fianza.
  40. 40Derechos reales, derechos de crédito y derechos intelectualesEsta es una subclasificación de los derechos patrimoniales.
    ▪ D° REALES: situaciones jurídicas Unisubjetivas que reflejan el modo de estar de las personas en
    relación a la cosa (art. 1887). Dominio->más absoluta y extensa de sus facultades.
    ▪ D DE CRÉDITO: vínculo entre personas. Imponen al sujeto pasivo un dar, hacer o no hacer algo
    en favor del sujeto activo.
    ▪ D INTELECTUALES: se ejercen sobre las obras de inteligencia y del espíritu (obras literarias,
    musicales) y sobre bienes que corresponden a la propiedad industrial, marcas, patentes, etc.
  41. 41TIPOS DE DERECHOS SUBJETIVOS.
  42. 42Derechos de la personalidadReconocimiento y respeto de la personalidad humana, y su dignidad propia en el 2ble aspecto
    corporal y espiritual. Por ejemplo: derecho a la identidad, honor, intimidad, imagen, vida, integridad
    física ->ART. 51
  43. 43Derechos personales y familiaresDerechos del sujeto en virtud de la posición que ocupa e la familia.
    Carecen de contenido patrimonial y son intransmisibles. Por ejemplo: derechos y obligaciones que emanan de la responsabilidad parental, de la tutela y curatela, deberes de esposos y convivientes, etc
  44. 44Derechos de cooperaciónAutorizan a formar la voluntad y tomar parte en actividades de sociedades, asociaciones y
    corporaciones, derivados de la posición de socio o miembro y sin poder separarse de esta cualidad
    social.
    Permiten al hombre participar en asamblea sociales, emitir el voto, controlar la gestión, etc.
  45. 45DERECHO Y ACCIÓN.
  46. 46Relaciones entre ambasEl derecho subjetivo se manifiesta en una acción, a través de la cual se promueve un proceso judicial.
    La defensa contra quien se dirige la acción = excepción -> puede ser de 2 formas: afirmando que la
    acción carece de fundamento jurídico (no pago porque no existe deuda alguna) o contraponiendo la
    existencia de una circunstancia o derecho (no pago porque ya pagué).
  47. 47PUNTO 5 EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS. BUENA FE.
  48. 48Principio generalSe ejercen siempre frente al sujeto titular del deber->lo puede cumplir voluntariamente o no =
    titular del derecho subjetivo debe ejercitar una acción->reconocimiento y efectivización del derecho.
    La regla = nadie tiene derecho a hacer justicia por mano propia.
    Ejemplo: artículo 2239, el que tiene un derecho a la posesión, no puede, en caso de oposición, tomar la
    posesión de la cosa: debe demandarla por las vías legales.
  49. 49ExcepcionesEstado de necesidad y legítima defensa.
    Los sujetos pueden obrar de propia autoridad en legítima defensa sin que se incurra en una conducta
    antijurídica = estado de necesidad y ejercicio regular de un derecho  ART. 1718.
  50. 50Estado de necesidadSe admite que quien causa un daño en situación de necesidad, no es
    responsable por el mismo. Para ello es necesario circunstancias: que con la acción del sujeto se salve
    a sí mismo o a un tercero de un peligro grave e inminente, y que éste no haya sido creado
    voluntariamente por el autor del acto necesario
  51. 51Legítima defensaconstituye uno de los principios generales del Derecho, y se halla reconocido
    tanto en el ordenamiento penal como en el ordenamiento civil. Para que funcione necesita 3 elementos:
    — que exista una agresión antijurídica;
    — que ella sea actual y no exista la posibilidad de reclamar la intervención de la autoridad
    competente;
    — que la defensa se ejerza de un modo razonable, es decir, sin exceso
    EJEMPLO: Artículo 1718 del C.C.yC: Legítima defensa, estado de necesidad y ejercicio regular de un
    derecho. Está justificado el hecho que causa un daño: en ejercicio regular de un derecho.
  52. 52PUNTO 6 LÍMITES AL EJERCICIO DE LOS DERECHOS SUBJETIVOS.
  53. 53EL PRINCIPIO DE LA BUENA FE NociónObrar de buena fe implica comportarse como lo hace la gente honesta, con lealtad y rectitud  ART.
    9: los derechos deben ser ejercidos de buena fe.
    Esta idea constituye un principio general que se proyecta en la totalidad del ordenamiento=en la totalidad de las relaciones jurídicas que establece el sujeto y de las situaciones jurídicas de las
    que forma parte.
  54. 54Buena fe objetiva y subjetiva◘ SUBJETIVA: [CREENCIA] l sujeto obra de buena fe cuando está persuadido de actuar
    legítimamente, siempre que ese convencimiento no provenga de su propia negligencia. ART. 1918 
    el sujeto obra de buena fe cuando por un error de hecho esencial y excusable, está persuadido de
    actuar legítimamente
    ◘ OBJETIVA: [LEALTAD] de particular aplicación en los derechos personales, de crédito u
    obligacionales = impone obrar con lealtad y rectitud, en las tratativas anteriores a la celebración
    del contrato, en su celebración, en su interpretación y en su ejecución.  ARTS. 729, 961, 1061.
  55. 55Funciones del principio de la buena fe lealtad1. Causa de exclusión de culpabilidad de ciertas conductas ilícitas.
    2. Elemento fundamental en la interpretación y ejecución de contratos.
    3. Impone deberes secundarios de conducta a las partes en los contratos.
    4. Límite al ejercicio de los d° subjetivos.
  56. 56El principio de buena fe como límite al ejercicio de los derechos subjetivosBUENA FE COMO LÍMITE: todas las personas están obligadas a no defraudar la confianza del otro, comportándose de buena fe. Infringe la buena fe:
    > Quien hace valer un derecho adquirido con una conducta desleal.
    > Quien ejercita un derecho en oposición al objeto para el cual lo confiere el ordenamiento -> fin =
    lograr por ese medio algo a lo que no tiene derecho (supuesto de abuso de derecho).
    > Quien dilata el ejercicio de un d° en el tiempo = otra parte piensa que no lo ejercitará.
    (fundamento de la prescripción y caducidad).
    > Quien, con el ejercicio de su derecho, se pone en desacuerdo con una propia conducta anterior.
    (doctrina de los actos propios)
  57. 57El principio de la buena fe en el derecho positivo argentino:En el Código Civil de 1869
    No consagró el principio de buena fe en forma general. En 1968 se introdujo:
    . ART. 1071: abuso del derecho
    . ART. 1198: los contratos deben celebrarse, interpretarse y ejecutarse de buena fe. La buena fe debe existir desde la creación del contrato, hasta la extinción de las obligaciones que nacen con él.
    Ambas partes deben actuar con buena fe.
    El CCyC
    Si está regulado expresamente:
    . ART. 9: los derechos deben ser ejercidos de buena fe.
    . ART. 729: deudor y acreedor deben obrar con cuidado, previsión y según las exigencias de buena
    fe.
    . ART. 961: los contratos deben celebrarse, interpretarse y ejecutarse de buena fe.
    . ART. 991: las partes deben obrar de buena fe durante las tratativas contractuales.
    . ART. 1061: el contrato debe interpretarse conforme a la intención comun de las partes y el ppio. de
    buena fe
  58. 58La doctrina de los actos propios ConceptoUna persona obra sin buena fe cuando vuelve sobre una conducta anterior, que ha creado en la otra parte una expectativa de comportamiento futuro
  59. 59Requisitos. Situación jurídica pre-existente.
    . Conducta de un sujeto que crea en la otra parte una expectativa de comportamiento futuro.
    . Pretensión contradictoria de dicha conducta.
  60. 60La doctrina de los actos propios en el CCyCART. 1067 Protección de la Confianza: la interpretación debe proteger la confianza y lealtad que las
    partes se deben, siendo inadmisible la contradicción con una conducta jurídicamente relevante, previa
    y propia del mismo sujeto.
  61. 61Aplicaciones judiciales.Antes del CCyC, la jurisprudencia aplicaba la doctrina de los actos propios, incurre en una conducta
    contraria a la buena fe: quien plantea la inconstitucionalidad de una norma que ella mismo ha querido que se aplique, el socio que cuestiona una decisión que había aceptado, la compañía de
    seguros que concurría a cobrar a la casa del asegurado y luego establecía la cláusula que los pagos
    deben hacerse en la compañía.
  62. 62La aparienciaDebe subsistir el derecho adquirido en razón de una apariencia (realidad exterior visible), siempre
    que se den ciertas condiciones que hacen sustancialmente a la buena fe del sujeto que ha actuado sobre
    la base de la apariencia creada.
  63. 63Planteo del problemaLos derechos son abstracciones, pero su ejercicio se revela a través de actos los materiales.
    Normalmente los actos materiales responden a una realidad jurídica subyacente. Ej: posesión de una
    cosa suele responder a la existencia de un derecho de dominio sobre ella.
    Existen tmb actos materiales que no responden a un derecho subyacente. Ej: poseedor puede no ser el
    propietario, sino un usurpador.
    Se plantea el problema sobre qué debe subsistir: ¿la verdad jurídica subyacente o la apariencia?
  64. 64La denominada teoría de la aparienciaEstablece que debe subsistir el derecho adquirido en razón de una apariencia, siempre que se dé la buena fe del sujeto
  65. 65FundamentoSe encuentra en la protección del 3ro de buena fe: aquel que ha actuado en virtud de una situación exterior visible creada por otro, que reflejaba la existencia de un derecho.
    Encuentra fundamento en la necesidad de la tutela de seguridad jurídica dinámica.
  66. 66Principio general o aplicación a los casos previstos legalmenteAlgunas leyes expresamente consagran soluciones que hacen prevalecer la apariencia sobre la realidad jurídica. Algunos casos -contemplados en casi todas las legislaciones->heredero aparente, pago al acreedor aparente, mandato aparente, etc.
    Hay quienes consideran que la apariencia = principio general, sosteniendo su aplicación subsidiaria:
    recurrir a ella cuando no exista una norma prevista para el caso.
  67. 67Condiciones de aplicación- Elemento objetivo: existencia de una situación de hecho exterior visible, que cree la apariencia de la existencia de un derecho subyacente.
    - Elemento subjetivo: quien actúa en razón de la apariencia debe hacerlo de buena fe.
    - En punto a la naturaleza del error, los 1ºs precedentes exigieron que se tratara de un error común o invencible.
    Sin embargo, avances posteriores han determinado que no siempre se exija este recaudo. Puede bastar el error individual (error legítimo), siempre que el sujeto haya actuado con la diligencia debida según los usos del tráfico.
  68. 68EfectosEl efecto de la aplicación de la teoría de la apariencia es Crear a favor del sujeto que ha actuado en razón de ella, los derechos que éste no habría podido adquirir por el normal de las normas jurídicas.
    Ese derecho así adquirido = oponible al verdadero titular, aunque éste no haya intervenido en la relación jurídica.
    Además, pueden surgir obligaciones resarcitorias a cargo del titular aparente.
  69. 69Supuestos en el derecho positivo argentinoA favor de los derechos adquiridos de buena fe en razón de una apariencia, hay diversos artículos:
    - ART 367: representación aparente.
    - ART 883, inc. E: pago al acreedor aparente.
  70. 70La jurisprudencia nacionalLos tribunales entienden que al aplicarse la idea de apariencia se prestigia la buena fe y se respalda la seguridad jurídica, pero no es una doctrina general
  71. 71Corolarios del principio de buena feEs fundamento de otras instituciones que constituyen limitaciones al ejercicio de los d° subjetivos:
    - ART 10: abuso del derecho.
    - ART 1091: teoría de la imprevisión.
    - ART 332: lesión subjetiva
  72. 72PUNTO 7 LÍMITES AL EJERCICIO DE LOS DERECHOS SUBJETIVOS. EL ABUSO DEL DERECHO.
  73. 73AntecedentesLa doctrina del abuso del derecho se ha desarrollado como una reacción al concepto absoluto de derecho subjetivo, propio de los códigos del s. XIX.
  74. 74Criterios para determinar cuándo se actúa abusivamente: A) Criterio subjetivoLa doctrina ha diseñado diversos criterios, que en general se han distinguido en:
    a) Criterio subjetivo: Vincula el ejercicio abusivo de los derechos con la idea de culpa.
    El sujeto actuaría abusivamente cuando lo ha hecho con intención de perjudicar a otro (dolo), y aun cuando lo haga solo culpablemente (pudiera haber sido evitado obrando con cuidado y precisión).
  75. 75B) Criterio objetivoLos derechos son conferidos teniendo en miras una finalidad->pierden su carácter cuando el titular los desvía de esa que justifica su existencia.
    Cuando se busca un fin diferente del que ha tenido en vista el legislador. También actúa abusivamente, el que contraria los limites impuesto por la moral, las buenas costumbres y la buena fe.
  76. 76C) Criterio Mixtohabría acto abusivo cuando hay intención de deñar como cuando se desvía el ejercicio del derecho de su finalidad prevista.
  77. 77d) Derechos absolutosSon los derechos que no se puede juzgar la intención de su titular cuando los ejerce = no se les puede juzgar por abuso de derecho.
    Estos son el derecho a pedir la división del condominio, a solicitar la partición de la herencia, la facultad de adquirir la medianería, el derecho de testar en los límites legales
  78. 78PUNTO 8 EL ABUSO DEL DERECHO EN EL DERECHO ARGENTINO..
  79. 79La solución en el Código Civil de 1869- En el Código de 1869, no receptó de forma expresa el abuso del derecho, pero la jurisprudencia
    aplicó la idea basándose en el art. 953: el objeto de los actos jurídicos debe ser conforme a la moral y las buenas costumbres.
    - Finalmente, en 1968, se consagró en el art. 1071 el abuso del derecho  La ley no ampara el
    ejercicio abusivo de los derechos. Se considera tal el que contraría los fines del ordenamiento jurídico
    o el que excede los límites impuestos por la buena fe, la moral y las buenas costumbres.
    - En el CCyC lo nombra expresamente en el art. 10 -> El ejercicio regular de un derecho propio o el cumplimiento de una obligación legal no puede constituir como ilícito ningún acto.
  80. 80El art. 10 del CCyC: Adopción del criterio objetivoEl art 10, considera que hay un ejercicio abusivo cuando se desvía el derecho de sus fines, o cuando se exceden los límites impuestos por la buena fe, la moral y las buenas costumbres. El juez debe ordenar lo necesario para evitar los efectos del ejercicio abusivo o de la situación jurídica abusiva y, si correspondiere, procurar la reposición al estado de hecho anterior y fijar una indemnización.
  81. 81Situación jurídica abusivaSe advierte que, en el último párrafo, del Proyecto de 1998, se alude a la situación jurídica abusiva.
    • En los Fundamentos se pretende explicar que existe una situación jurídica abusiva cuando “…el abuso = resultado del ejercicio de una pluralidad de derechos que podrían no ser calificados como tales. Crean situaciones abusivas.
    • tener en cuenta el art. 1120 que dice: “Situación jurídica abusiva. Se considera que existe una cuando
    el mismo resultado se alcanza a través de la predisposición de una pluralidad de actos jurídicos
  82. 82Modo de invocar el abuso del derechoa) A pedido de parte: 1) por vía de acción, para obtener la nulidad del acto; 2) por vía de excepción
    (defensa frente al ejercicio irregular que se pretende por vía de acción).
    b) De oficio por los jueces: la CSN sostuvo la oportunidad de la aplicación del abuso de derecho, por parte de los jueces sin que mediara petición de parte
  83. 83Efectos de la conducta abusiva.- Paraliza el derecho desviado de sus fines regulares, hace que el acto jurídico obrado en tales condiciones sea inválido.
    - Obliga al que ejerce el derecho abusivamente, al resarcimiento del daño ajeno.
  84. 84El abuso de la posición dominante NociónPosición dominante = empresa puede comportarse independientemente, sin tener en cuenta los competidores, los compradores y proveedores.
    Abuso de esa posición = empresa pretende falsear la competencia o llevar a perjuicio a los usuarios o proveedores
  85. 85El abuso de la posición dominante en la legislación especialLEGISLACION ESPECIAL: LEY DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA 22.262
    - Art 1: están prohibidos y sancionados, los actos o conductas relacionados con la producción e
    intercambio de bienes o servicios, que limiten, restrinjan o distorsionen a la competencia.
    - Art. 2: define qué se entiende por posición dominante: a) una persona tiene posición dominante en un mercado, cuando para un producto o servicio es la única oferente o demandante.
    b) 2 o más personas tienen posición dominante, cuando para un producto o servicio, no existe competencia entre
    ellas o 3ROS
  86. 86El abuso de posición dominante en el CCyCArt 11: lo dispuesto en los arts. 9 y 10 se aplica cuando se abuse de una posición dominante en el mercado, sin perjuicio de las disposiciones específicas contempladas en leyes especiales”

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UNIDAD II: - LA RELACIÓN JURÍDICA Y LOS DERECHOS SUBJETIVOS
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