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Diagrama de flujo

Fol contratos esquema

david gomez Español

Contenido del diagrama

  1. Tipos de Contratos

  2. INDEFINIDOS

  3. General

  4. - FINALIDAD: Contrato que se concierta sin establecer límites de tiempo en la prestación de los servicios

    - FORMA: verbal o escrito.

    - DURACIÖN: Sin Límite de tiempo

    - JORNADA: jornada completa, parcial o para la prestación de servicios fijos discontinuos.

    - INDEMNIZACIÓN:

    - OTROS:

    Adquirirán la condición de trabajadores fijos, una vez transcurrido un plazo igual al que legalmente hubiera podido fijar para el período de prueba

    Las conversiones de contratos temporales en indefinidos podrán celebrarse con jornada a tiempo completo, a tiempo parcial o fijo discontinuo y deberán formalizarse por escrito

  5. De Emprendedores

  6. - FINALIDAD: Fomentar la creación de empleo por parte de autónomos, emprendedores y pymes.

    - FORMA: verbal o escrito.

    - DURACIÓN: Sin Límite de tiempo

    - JORNADA: jornada completa, parcial

    - INDEMNIZACIÓN:

    - Deducción fiscal de 3.000 euros para el primer trabajador contratado por la empresa menor de 30 años.

    - Si se contrata a un desempleado que percibe prestación de desempleo, derecho a una deducción fiscal del 50% de la prestación que el trabajador tuviera pendiente.

    - El trabajador podrá compatibilizar con su salario el 25% de la prestación que tuviera pendiente de percibir en el momento de la contratación.

    - OTROS:

    Compromiso: mantener el empleo del trabajador contratado al menos 3 años.

    Requisitos Empresa: Menos de 50 trabajadores, que no hayan hecho despidos improcedentes o colectivos en los 6 meses anteriores.

    Requisito trabajadores: El trabajador debe estar inscrito como desempleado para que se le puedan aplicar las bonificaciones.

  7. Fijo Discontinuo

  8. - FINALIDAD: Se acuerdan para realizar trabajos que tengan el carácter de fijos, estables, pero discontinuos en el tiempo.

    - FORMA: escrito.

    - DURACIÓN: Lo indica el contrato

    - JORNADA: jornada completa, parcial

    - INDEMNIZACIÓN:

    - Los contratos indefinidos iniciales de fijo discontinuo se pueden acoger a las reducciones en las cuotas empresariales a la Seguridad Social

    - Si el contrato es a media jornada la bonificación se reducirá

    - OTROS:

    Si llegado el momento de del llamamiento, la empresa no se ha puesto en contacto con el trabajador para que se reincorpore a prestar servicios, se entenderá que la empresa le ha despedido

  9. TEMPORALES

  10. Por obra

    y

    servicio

  11. - FINALIDAD: se puede contratar a un trabajador para preste sus servicios para una obra o un servicio concreto dentro de la empresa

    - FORMA: escrito.

    - DURACIÓN: no puede durar más de lo que dure la obra o el servicio

    - JORNADA: jornada completa, parcial

    - INDEMNIZACIÓN:

    -​ Doce días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados

    - OTROS:

    -Si el contrato es de menos de 7 días, la empresa tendrá un recargo del 36% en la cuota de la Seguridad Social

    - El periodo de prueba no podrá ser de más de un mes

  12. Circunstancias

    de

    la

    Producción

  13. - FINALIDAD:

    - Para atender exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos.

    - Concertarse para una primera experiencia profesional, primer empleo joven, con un desempleado menor de 30 años, que no tenga experiencia profesional o que esta es inferior a tres meses

    - FORMA: escrito.

    - DURACIÓN: La duración máxima de este contrato será de seis meses dentro de un período de doce meses

    - JORNADA: jornada completa, parcial

    - INDEMNIZACIÓN:

    -​ Doce días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales celebrados

    - OTROS:

    -En el contrato deberá constar con precisión y claridad la causa o circunstancia que lo justifique y además, entre otros extremos, la duración y el trabajo a desarrollar

  14. Interinidad

  15. - FINALIDAD: Sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo

    - FORMA: escrito.

    - DURACIÓN: Del tiempo que dure la ausencia del trabajador sustituido

    - JORNADA: a jornada completa excepto en dos supuestos:

    - Cuando el trabajador sustituido estuviera contratado a tiempo parcial o se trate de cubrir temporalmente un puesto de trabajo cuya cobertura definitiva se vaya a realizar a tiempo parcial.

    - De conformidad con lo establecido legal o convencionalmente, se haya acordado una reducción temporal de la jornada del trabajador sustituido

    - INDEMNIZACIÓN:

    - ​Los contratos de interinidad que se celebren para sustituir al trabajador que esté en situación de excedencia por cuidado de familiares tendrán derecho a una reducción en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes en las cuantías que se especifican a continuación cuando dichos contratos se celebren con beneficiarios de prestaciones por desempleo, de nivel contributivo o asistencial, que lleven más de un año como perceptores:

    *95%/60%/50% durante el primer/segundo/tercer año de excedencia del trabajador que se sustituye.

    - OTROS:

    - El contrato de interinidad se extinguirá:

    - La reincorporación del trabajador sustituido.

    - El vencimiento del plazo legal o convencionalmente establecido para la reincorporación.

    - La Extinción de la causa que dio lugar a la reserva del puesto de trabajo

    - El transcurso del plazo de tres meses en los procesos de selección o promoción para la provisión definitiva de puestos de trabajo

  16. Formación

  17. - FINALIDAD: un instrumento destinado a favorecer la inserción laboral y la formación de las personas jóvenes

    - FORMA: siempre por escrito, así como sus prórrogas y las modificaciones o cambios que del contrato se efectúen.

    - DURACIÓN: Mínimo 1 año – máximo 3 años (Mínimo 6 meses por convenio colectivo).

    - JORNADA:

    Años Actividad laboral Actividad formativa

    Primer año 75% 25%

    Segundo año 85% 15%

    Tercer año 85% 15%

    - INDEMNIZACIÓN:

    -​ Reducción de las cuotas empresariales al 100% para empresas de menos de 250 trabajadores y del 75% para empresas de más de 250 trabajadores

    - Financiación de la formación: Bonificaciones en las cuotas empresariales por un número de horas

    - Si se transforma en indefinidos durante 3 años: 1500 € o 1800 € para mujeres.

    - BENEFICIOS PARA EL TRABAJADOR

    - Reducción del 100% de la cuota del trabajador

    - Total protección social

    - Desempleo

    - Cualificación profesional

    - OTROS:

    - Adquirirán la condición de trabajadores fijos, cualquiera que haya sido la modalidad de contratación, los que no hubieran sido dados de alta en la Seguridad Social, una vez transcurrido un plazo igual al que legalmente se hubiera podido fijar para el período de prueba

    - Salario no inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

  18. De Practicas

  19. - FINALIDAD: se puede contratar a un trabajador para preste sus servicios para una obra o un servicio concreto dentro de la empresa

    - FORMA: Por escrito, expresando la titulación del trabajador, la duración del contrato y el puesto de trabajo a desempeñar durante las prácticas

    - DURACIÓN: No podrá ser inferior a seis meses ni exceder de dos años

    - JORNADA: jornada completa, parcial

    - INDEMNIZACIÓN:

    - Si el contrato se concierta con un menor de 30 años, o menor de 35 si tiene reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, se tendrá derecho a una reducción del 50% de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes correspondiente al trabajador contratado durante la vigencia del contrato.

    - El trabajador estuviese realizando dichas prácticas no laborales en el momento de la concertación del contrato de trabajo en prácticas, la reducción de cuotas será de 75%.

    - A una bonificación en las cuotas empresariales a la Seguridad Social consistente en 500 Euros/año durante tres años.

    - Si el contrato se ha celebrado con una mujer, la bonificación será de 700 Euros/año.

    - OTROS:

    -El periodo de prueba no podrá ser superior a:

    - Un mes para los contratos en prácticas celebrados con trabajadores que estén en posesión de título de grado medio o de certificado de profesionalidad de nivel 1 o nivel 2.

    - Dos meses para los contratos en prácticas celebrados con trabajadores que estén en posesión de título de grado superior o de certificado de profesionalidad de nivel 3,

    - Si el contrato se transforma en un contrato indefinido a tiempo completo o a tiempo parcial, se tendrá derecho a una bonificación en las cuotas empresariales a la Seguridad Social de 500 Euros/año, durante tres años. En el caso de mujeres será de 700 Euros/año

Información

Descripción
Diagrama sobre Fol contratos esquema, creado por david gomez el 31/10/2017.
Creado por
david gomez
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