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MODULO 1 : TEMA 3 - LOS CONTRATOS PUBLICOS

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MODULO 1 : TEMA 3 - LOS CONTRATOS PUBLICOS

Contenido del diagrama

  1. CONTRATOS ADMINISTRATIVOS

  2. TIPOLOGIA

  3. ELEMENTOS ESTRUCTURALES

  4. MATERIAL DE CONSULTA

  5. ESQUEMA

  6. IDEAS CLAVE

  7. PRESENTACION VIRTUAL

    Sesión 4

  8. LECCION MAGISTRAL

    El procedimiento de contratación

  9. Periodo Liberal (S. XIX - 1a. mitad)

    Revolución Industrial. Contratos administrativos de suministro, obra pública y de gestión de servicios públicos.

  10. ORIGEN

  11. Periodo Liberal (S. XIX - 2a. mitad)

    AP es aparato administrativo con grandes necesitad de provisiónde bienes y servicios destinados para su propio consumo y la prestación de los servicios públicos: los contratos de asistencia y consultoría y

    los contratos para la realización de trabajos específicos.

  12. NORMATIVA

  13. Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas de Parlamento Europeo y el Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP).

  14. Ultima reforma para mayor transparencia en la

    contratación pública y conseguir una mejor relación calidad-precio en los contratos

  15. Contratos de Obra

    (art. 13 LCSP)

  16. CONTRATOS TIPICOS O NOMINADOS

  17. CONTRATOS ATIPICOS O DE NATURALEZA ADMINISTRATIVA ESPECIAL

    (art. 4-1 LCSP)

  18. CONTRATOS MIXTOS

  19. Regulados por la LCSP en preparación, adjudicación, efectos y extinción

  20. Contratos de concesión de obra pública

    (art. 14 LCSP)

  21. Contratos de suministro

    (art. 16 LCSP)

  22. Contratos de concesión de servicios

    (art. 15 LCSP)

  23. Contratos de servicios

    (art. 17 LCSP)

  24. Realización de obra o la ejecución de algún trabajo (construcciones de inmuebles, infraestructuras…) o la realización por cualquier medio de una obra que responda a las necesidades especificadas por la entidad del sector público contratante. Puede incluir la redacción del correspondiente proyecto

  25. Adquisición, arrendamiento financiero, o arrendamiento, con o sin opción de compra, de productos o bienes muebles. Ej. agua, gas, etc

  26. Deriva del contrato de obra. Realización del concesionario de algunas prestaciones: restauración y reparación de construcciones existentes; conservación y mantenimiento de los elementos construidos. La contraprestación a favor de aquel consiste únicamente en el derecho a explotar la obra, o en dicho derecho acompañado del de percibir un precio. El contrato se ejecuta en todo caso a riesgodel contratista. Ej. gestión de peajes

  27. Cuando uno o varios poderes adjudicadores encomiendan a una o varias personas, naturales o jurídicas, la gestión de un servicio cuya prestación sea de su titularidad o competencia, y cuya contrapartida sea el derecho a explotar los servicios objeto del contrato o dicho derecho acompañado de la percepción un precio. Ej. prestación de servicio de transporte, seguridad para un evento de la AP, colegio concertado

  28. Prestaciones de hacer en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. Ej. Servicio de comedor en los colegios, limpieza de las instalaciones de un Ministerio

  29. No son delimitados o definidos por la LCSP, y se calificarán según las normas de D. Administrativo o de D. Privado que les sean de

    aplicación

  30. Tienen pluralidad de objeto incluyendo

    prestaciones correspondientes a distintos clases de contratos. Se distingue entre la preparación y la adjudicación por un lado, y los efectos y la extinción por otro.

    Con respecto a la preparación y adjudicación, la regla general es que se le aplican las normas del contrato cuya prestación sea la principal o cuyo «valor estimado», término que se incluye como novedad el ley 9/2017, sea más elevado. Respecto a los efectos y la extinción, la Ley se refiere a lo que recojan los pliegos de cláusulas administrativas.

  31. SUBJETIVO

    (PARTES CONTRATANTES)

  32. OBJETIVO

    (TIPO O CLASE DE CONTRATO

  33. SECTOR PUBLICO

  34. CONTRATISTA

  35. ADMINISTRACIONES PUBLICAS

    (art. 3.2 y 3.3.a LSCP)

  36. PODERES ADJUDICADORES

  37. OTROS ENTES, ORGANISMOS Y ENTIDADES

  38. Su actividad principal

    *No puede consistir en la producción en régimen de mercado

    de bienes y servicios

    *No pueden efectuar operaciones de redistribución de la renta o de la riqueza, sin ánimo de lucro

    *No pueden financiarse mayoritariamente con ingresos obtenidos por entrega de bienes o prestación de servicios

    Son:

    - Administraciones territoriales

    - Organismos autónomos

    - Universidades

    - Entes reguladores y las entidades de Derecho

    Público vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas

    - EXCEPTO: Entidades Públicas empresariales y otros organismos como Instituto Español de Comercio Exterior, Sociedad Estatal de

    Participaciones Industriales, puertos del Estado y autoridades portuarias

  39. Creados específicamente para satisfacer necesidades de interés general que no tengan carácter industrial o mercantil.

    NO SON AAPP

    - Todos los demás entes, organismos y entidades con personalidad jurídica propia y las excepciones anteriores

  40. No son Administraciones públicas ni poderes adjudicadores. Tienen potestad para contratar o prestar el servicio

  41. Personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que

    - Tengan plena capacidad de obrar

    -No estén incursas en una prohibición de contratar ,

    - Acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional

    La ausencia de alguno de estos requisitos después de la contratación declara nulidad absoluta o de pleno derecho del contrato

  42. PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION

  43. PRINCIPIOS

  44. FASES DE CONTRATACION

  45. PROHIBICIONES

  46. LIBRE CONCURRENCIA, TRANSPARENCIA Y PUBLICIDAD

  47. Para proteger la libre competencia y articular una mejor y más densa información sobre las licitaciones

  48. NO DISCRIMINACION E IGUALDAD DE TRATO ENTRE LOS CANDIDATOS

  49. (Art. 65 a 71 & 85 LCSP)

    Para combatir la corrupción

  50. EFICIENCIA Y EFICACIA

  51. (Art. 1.1LCSP)

    Para

    - selección de la oferta económicamente más ventajosa

    - control de gasto

    - eficiente utilización de los fondos públicos

    - racionalidad de la contratación

  52. EXPEDIENTE

  53. Inicia el procedimiento de contratación tramitado por el órgano contratante a partir de motivación de la necesidad del contrato. Una vez completado, se dicta resolución motivada aprobando la contratación y disponiendo la apertura de adjudicación

    Contiene:

    - Totalidad del objeto del contrato

    - Pliego de cláusulas administrativas particulares

    - Prescripciones técnicas que regulan el contrato

    - Certificado de existencia de crédito

    - Justificación de elección del procedimiento de contratación

    - Criterios de adjudicación

  54. CLASES

  55. ORDINARIOS

  56. URGENTES

    Celebración responde a una necesidad inaplazable o cuya adjudicación sea preciso acelerar por razones de interés público

  57. EMERGENCIA

    Requieren que AP actúe de

    manera inmediata por acontecimientos catastróficos,

    situaciones de grave peligro o de necesidades

    que afecten a la defensa nacional

  58. ADJUDICACION

  59. PROCEDIMIENTO ABIERTO

    Todo empresario interesado podrá presentar una

    proposición, el que más se utiliza

  60. PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO

    (art. 159 LCSP)

    Se simplifican los trámites para agilizar el procedimiento, y adjudicar el contrato

    en el plazo de un mes a partir de la convocación de la licitación

  61. PROCEDIMIENTO RESTRINGIDO

    (art. 159 LCSP)

    Sólo pueden presentar proposiciones empresarios que, a su solicitud y en atención a su solvencia, sean seleccionados por el órgano de contratación.

    Requiere que órgano contratante anuncie la licitación indicando criterio de solvencia para la elección de candidatos que serán invitados a presentar propuestas

  62. PROCEDIMIENTO NEGOCIADO

    (art. 166-171 LCSP)

    Con el licitador justificadamente elegido por el órgano de contratación,.

    Se deben solicitar al menos tres ofertas. No aplica en obras y servicios complementarios

  63. DIALOGO COMPETITIVO

    Dálogo con candidatos seleccionados para que presenten oferta a soluciones de las necesidades. Se Se utliza en contratos complejos cuando el órgano adjudicador considere que el procedimiento abierto o el restringido no es óptimo para la adjudicación del contrato

  64. PROCEDIMIENTO DE ASOCIACION PARA LA INNOVACION

    (arts. 177-182 LCSP)

    Para investigación y desarrollo de obras, servicios y productos innovadores a ser adquiridos posteriormente por AP

  65. CRITERIOS DE ADJUDICACION

    Se detallan en el anuncio, pliegos de cláusulas administrativas particulares o en el documento descriptivo. Ellos incluyen calidad, precio, plazo de ejecución de la obra, coste de utilización, entre otros, que permiten la valoración para que el órgano de contratación determine la que sea más ventajosa económicamente

  66. FORMALIZACION

    Necesario para ejecutar el contrato, debe realizarse en documento administrativo dentro de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la adjudicación definitiva.

    La no formalización en dicho plazo por culpa del contratista acarrea resolución de la AP e incautación de la garantía provisional.

    La no formalización en plazo por parte de la AP, da lugar a reclamo por daños y perjuicios por la demora y derecho a solicitar la resolución

  67. CONTENIDO

  68. DEBER DE EJECUCION

  69. Los contratos deberán cumplirse sin perjuicio de las prerrogativas de la AP establecidas por ley en materia de contratos administrativos

  70. CUMPLIMIENTO DEL PLAZO

  71. Interpretarlos

  72. Resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento

  73. Modificarlos, con la debida motivación en el expediente, por razones de interés público para atender a causas imprevistas . Las modificaciones no pueden afectar las condiciones esenciales del contrato

  74. Acordar su resolución y determinar los efectos de esta

  75. Opera de manera automática sin ser necesario aviso de la AP al contratista, y puede acarrear la imposición de sanciones pecuniarias

  76. PAGO DEL PRECIO Y SU REVISION

  77. PAGO DEL PRECIO

    Obligación ppal del contrato y puede ser parcial o total

  78. PLAZO DE PAGO

    60 días después de presentación de documentación que pruebe realización de la obra. Acarrea pago de intereses por demora e indemnización por gastos de recaudación.

    Demora superior a 4 meses puede resultar en suspensión del contratista en el cumplimiento del contrato, previa comunicación a la AP con un mes de antelación.

    Demora superior a 8 meses da derecho al contratista a solicitar resolución del contrato a la AP y resarcimiento de perjuicios

  79. EXTINCION

  80. POR CUMPLIMIENTO

  81. POR RESOLUCION

  82. Se entiende cumplido cuando el contratista haya satisfecho los términos del mismo con la AP, la cual emitirá un acto formal y positivo de recepción o conformidad dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, o en el plazo que se determine en el pliego de cláusulas administrativas particulares.

    Se fija un plazo de garantía a partir de la recepción o conformidad, que se extinguirá si la AP no presenta objeciones

  83. Causales:

    * Muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.

    * Declaración de concurso o de insolvencia en cualquier otro procedimiento.

    * Mutuo acuerdo entre AP y contratista.

    * No formalización del contrato en plazo.

    * Demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista.

    *Demora en el pago por parte de la Administración (art. 212 TRLCSP).

    *Incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales, calificadas como tales en los pliegos o en el contrato.

    *Las establecidas expresamente en el contrato.

    *Las que se señalen específicamente para cada categoría de contrato en la TRLCSP.

  84. Organos de contratación difunden en internet el perfil del contratante como instrumento de publicidad. Ej. www.contrataciondelestado.es

  85. PERFIL DEL CONTRATANTE

    (art. 63 LCSP)

  86. Adjudicaciones Directas:

    Contratos de obra inferiores a 50.000 euros u otros tipos de contratos inferiores a 18.000 euros

  87. NOTA DE LA SESION VIRTUAL

    Garantía provisional es requerida a todos los candidatos (3% del valor de la licitación), a ser reembolsada a todos excepto al contratista elegido para la ejecución de la obra. Pasa a ser Garantía Definitiva que se devolverá a culminación de la obra

  88. Tema+3+ +Los+Contratos+Públicos (application/pdf)
  89. 3+ +Los+Contratos+Públicos (application/pdf)
  90. MODULO 1 : TEMA 3 - LOS CONTRATOS PUBLICOS
  91. MODULO 1 : TEMA 3 - LOS CONTRATOS PUBLICOS
  92. MODULO 1 : TEMA 3 - LOS CONTRATOS PUBLICOS
  93. 3+ +El+Procedimiento+De+Contratación (video/mp4)
  94. MODULO 1 : TEMA 3 - LOS CONTRATOS PUBLICOS
  95. MODULO 1 : TEMA 3 - LOS CONTRATOS PUBLICOS
  96. MODULO 1 : TEMA 3 - LOS CONTRATOS PUBLICOS

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El usuario ha eliminado su información de asignaturas Diagrama sobre MODULO 1 : TEMA 3 - LOS CONTRATOS PUBLICOS, creado por Usuario eliminado el 21/06/2020.
Creado por
Usuario eliminado · jun 2020
Actualizado
21 jun 2020
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Historial
  • Creado por Giovanna Minotta · 22 mar 2020
  • Copiado por Giovanna Minotta · 21 jun 2020
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