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DERECHO MAYA

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DERECHO MAYA.
I. INTRODUCCION: A la llegada de los españoles a la península de Yucatán en el siglo XVI, los mayas no constituían una sociedad organizada bajo un poder centralizado, sino que sus pueblos se encontraban organizados como “provincias Según las fuentes, estas tierras o provincias, llamadas Cuchcabal incluían el pueblo cabecera y otros pueblos “sujetos a alguna cabecera o comarca así.
IX. Legislación, leyes, y sus aplicaciones en los pleitos mayas
X. Los Tribunales o Casas de los Juzgados
VIII. Derecho espiritual o religioso
VII. El matrimonio y las dotes
VI. Matrimonio en el derecho maya
V. La legitimidad como concepto social y legal entre los mayas prehispánicos
IV. Elementos históricos acerca de la existencia de un código maya para regular la esclavitud
III. Concepto de ley y legislación
II. Un acercamiento al concepto maya prehispánico acerca de la personalidad jurídica
EL DERECHO PREHISPÁNICO MAYA: EVIDENCIA DOCUMENTAL.
XI. El proceso jurídico prehispánico entre los mayas
XII. La presentación de testigos
XIII. Las sentencias y las condenas
XIV. Evidencia del derecho de apelación
XV. Los castigos
XVI. Ejemplos de lugares de castigos públicos
XVII. Prisiones preventivas y cautelarias
XVIII. Prisiones de corto plazo y vergüenzas públicas como castigo
el derecho prehispánico: conjunto de normas que regulan las acciones humanas impuestas por las autoridades mayas competentes para su observancia general y con un propósito de asegurar el buen funcionamiento y equilibrio de la sociedad maya en lo temporal y lo espiritual. Las relaciones estaban regidas por reglas de carácter religioso y de usos y costumbres. compartían varios elementos en común relacionados con asuntos que podemos llamar el derecho civil y religioso. el idioma maya yucateco generalmente los conceptos se expresan con frases altamente descriptivas
cada individuo era considerado como un elemento íntegro de la sociedad misma. el uinic, o persona, solo adquiría valor como unidad social participando en las actividades del grupo. Las actividades, obligaciones y derechos dependían de la prioridad existencial del grupo comunal al que pertenece.
la persona jurídica estaba íntimamente vinculada a su estatus de estar casado, ser tributario y estar libre de obligaciones, y no ser sujeto por vía de deudas o de una falta de independencia al poder de otro el estatus de persona jurídica, se denominaba Hokol ti uinicil = literalmente “tener personalidad,” a tener ya una casa de por sí, y mandar en ella sin estar sujeto al suegro, padre o tutor.
Al individuo con personalidad jurídica se le permitirá hacer en cierto modo como obligación todo aquello que beneficie al grupo se le impedirá todo aquel conducto que provoque desequilibrio y desajustes sociales
las leyes fueron y basaron en las llamadas leyes establecidas, o en maya yucateco, halbil than (un término o concepto que nos muestra que las leyes eran palabras verdaderas habladas--thanil) y también se basaban en el uso o costumbre nap han be (el camino de la costumbre). se dividían según los conceptos evidentes.
1) Leyes de naturaleza = ah ci habil than =
2) Leyes sociales o humanas, emitidas por el rey yalmah thanil ahau 3) Y las leyes divinas, espirituales, o de índole sacerdotales (regidas y cuidadas por los sumos sacerdotes, Ahau Caan, y su sacerdocio, los Ah Kinob).
las personas que no podían realizarse plenamente, contraer obligaciones o demandar derechos, como los esclavos, no eran considerados personas legales
*el esclavo era sujeto en un cautiverio perpetuo, y como objeto estaba considerado como una propiedad personal.
*en 1549 los caciques intentaron matar a dos frailes franciscanos con la finalidad de liberar a sus esclavos porque como argumentaban “eran su única riqueza y patrimonio de los señores
mayas yucatecos: tenían bien definido el concepto legal de ser persona libre o persona social, había una serie de derechos y obligaciones no solo en lo social, sino también en lo económico como en las reglas de la herencia.
Para realizarse como un ser social, era necesario que sus padres hubiesen contraído matrimonio reconocido como tal por la sociedad Maya, y haber nacido bajo de esta formal unión para ser considerado legítimo, o Al Mehen.
*Solo personas legítimas jurídicamente maya podrían ocupar algún cargo civil o religioso.
*los mayas castigaban con mucho rigor a los adúlteros y los amancebados esta transgresión agrava la situación de los hijos legítimos y el traspaso o herencia de propiedad y bienes.
el matrimonio entre dos personas era un asunto que involucraba los intereses de dos familias, y ayudaba en su producción y labores familiares.
Violar el estado de matrimonio con adulterio era considerada como una afrenta a toda la sociedad maya.
*una de las tradiciones más notables era que “castigaban a los adúlteros y a ellas con pena de muerte”
*la cual se ejecutaba flechándolos o estacándolos.
no había perdón, para quien hallaban culpado.
*algunos de los castigos aplicados a las adúlteras, como el doble flechamiento o Ca dzac Hul, que era un castigo antiguo que se aplicaba a los amancebados.
*entre los caciques, o Halach Uinicob y otros batabob, eran permitido tener más que una esposa. La existencia de concubinas y otras sexo-servidoras para las elites está bien documentada. No solo en los diccionarios mayas, sino que en la documentación colonial temprana hay evidencia de estas prácticas.
*las nuevas Ordenanzas del gobierno del visitador Don Tomas López Medel en 1550, era erradicar la costumbre de los caciques de tener más de una esposa, y de restringir su acceso a otras concubinas.
Es costumbre entre los naturales comprar las mujeres con quien se han de casar de sus mismos padres.
Muhul = dote = dotar a una hija
— Muhuul-bil = dotar = el concierto en que se da el presente llamado muhul.
— Muhul uinic (status legal de novia) = mujer concertada así para casarse
— Ma kax-an uinic-il = persona no amarrada = libre, que no está ligado por matrimonio (estado de soltería como estatus legal)
entre los mayas era costumbre que los maridos vendieran a su esposa si no le daba hijos
derecho espiritual: o que podemos llamar eclesiástico, el uinic o persona jurídica maya tenía que cumplir con el ritual establecido en cada ceremonia. El cumplimiento de este deber era requerido y su vigilancia quedaba bajo de la jurisdicción de los sacerdotes, los Ah kinob. El incumplimiento de estas leyes divinas podría causar el enojo de los dioses
concepto maya las sequias, hambres, y otras catástrofes podían ser causados por el incumplimiento de las leyes o formas de rituales o ceremonias.
los mayas también creían que a los infractores o violadores de las leyes merecían que se suspendían sus derechos civiles.
los mayas consideraban que las leyes sociales y religiosas se infringen cuando se rompe el equilibrio establecido entre el uso de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones
el delito que se consideraba más grave era el de atentar contra la vida humana, afectaban a las leyes de la naturaleza, las leyes divinas, y leyes sociales.
derecho maya prehispánico oficial que legislaba era llamado “el sabio de las leyes” o Ah Miatz halbil Than estas personas ayudaban a formular las leyes a los Ahau (Halach Uinic) según los usos y costumbres de la comunidad.
las leyes eran emitidas y custodiadas por los gobernantes, Ahau o Halach Uinic los Halach Uinicob mayas en la impartición de justicia eran ellos quienes emitían las sentencias y hacían cumplir las leyes civiles y criminales
*Los grandes señores del reino eran como del consejo real
*un juicio formal era llamado xot kin, y el juez que oía los casos se llamaba Ah Hol Pop, o Ah Xot Kin.
*los reyes mayas de las tierras bajas también podrían comisionar o nombrar jueces de visita o de pesquisa
*Este sistema maya de justicia contaba con otros oficiales, como alguaciles y otros funcionarios:
alguaciles: servían de llamar y convocar el pueblo, y andaban de casa en casa, señalando el tributo que cada uno había de pagar al Rey ó al señor
El proceso de deliberar se llamaba “Ch’ala than o “tomar palabra”
Las reuniones formales o consultas de consejo se llamaban U molay ah canob o “reunión de los que hablan,” o Mul can = “de comunidad hablar” = o un consejo donde trataban y confirieron sobre un negocio entre todos.
El proceso jurídico entre los mayas se presentaba de forma oral mencionaron que en casos importantes los señores o principales nobles podrían poner sus firmas o glifos personales como símbolo de otorgar el poder de una tregua.
después de escuchar a las partes en sus pleitos y procesos legales, los jueces deliberaron y consideraron los hechos, la evidencia presentada y las opiniones de los testigos y abogados. (“en las averiguaciones hacían de plano con testigos”)
*Tohkinah Than, confesar o decir verdad. Los testigos eran presentados ante el rey o sus jueces,.
*Ah Lath than = “El que sostiene la espalda/palabra.” ; servían para apoyar el parecer de otro, o favorecer su opinión con voto en frente del juez.
*Ah Mac koch = “El que cubre el culpa” = quienes servían de testigo para compurgar una culpa, o defender a otro excusándole, o en caso de ser inculpado y sentenciado, estos testigos de defensa como miembros de la misma linaje también pagaban la culpa si la sentencia incluía alguna pena pecuniaria.
*en pleitos mayores, los súbditos o gobernadores de los pueblos o los líderes de los linajes eran obligados a cubrir las penas pecuniarias de un delincuente si no tenían los recursos de pagarlos por sí mismos
*Ah mahan tza = “El alquilado,” también llamado “pleiteante” quien servía como abogado o solicitador en sus pleitos por el pago de cierta cantidad.
Cuando el Halach Uinic o el juez superior concluía el pleito se decían en voz alta “hali” (Se acabó) y después se dictaba la sentencia.
*La palabra en maya yucateco para definir la sentencia, la condena o el fin de las presentaciones de testimonio de las partes (Xot than = cortar palabra = condenar o sentenciar). También estas sentencias que dictaban con rigor contra los culpados se llamaron (Yal xot = doloroso juicio = sentenciar, condenar con rigor).
*El condenado, o el que estaba ya formalmente sentenciado por el juez o el gobernante se llamaba Ah bool keban (El pagador de culpa o pecado).
derecho de apelación y que un juez mismo, o su superior, el rey o Halach Uinic, podría re�vocar la sentencia, o disminuir el castigo, o bien los jueces superiores podrían confirmar la sentencia de los oficiales o jueces menores.
*proceso de apelar una sentencia dada por un juez,Hech xot kin = “defender del juicio” = e involucraba una manera de apelar de la sentencia o determinación. El proceso necesitaba que el abogado del sentenciado hiciera una petición o presentación de un ruego (Oczah okot-ba = “introducir ruego” =para empezar la apelación).
*el proceso de revocar una sentencia dada, los mayas llamaron Ual Kezah Tumut, y significaba un orden de quitar la mala fama impuesto por una sentencia.
*— Ual kezah tumut = revocar fama = revocar sentencia — Ual kezah t’an = revocar sentencia revocar lo dicho, arrepentirse del concierto, deshacerlo, desdecirse, retraerse.
*existía el concepto del perdón formal o el perdón del delito, o una forma de perdonar al reo por parte de los agraviados.
— Zaatz-ah = perder ==perdonar indultar — Zaatz-ah zipil = perder pecado == perdonar el pecado
en los delitos más graves los mayas practicaban un concepto de aplicación de la ley del “ojo por ojo y diente por diente
*Los castigos que se aplicaban por infringir las leyes están de acuerdo con la gravedad del crimen o la falta cometida, la cual iba desde la humilla�ción pública, el encarcelamiento por tiempos breves, la esclavitud o hasta la pena más alta, que era la pena de muerte o Xot kin ti cimil.
*Los castigos rigurosos que se daban los mayas incluían: — Hadz pol = azotar cabeza = descalabrar la cabeza — Puch tun = reventar con piedra = matar a pedradas — Tohol = desterrar = desterrar, aventar, lanzar o echar de casa, del pueblo, de la heredad — Xoc-cal = cortar cuello = degollar
*sistema legal de los mayas prehispánicos también había verdugos o ejecutores llamados Ah Dzoczah than (Ejecutor de sentencias) quienes tenían la obligación de ejecutar las sentencias de los Halach Uinicob o de los jueces. El Ah Tab = era el verdugo o ministro de la horca. Y el Ah Chuy Tab = El que cuelga con la soga
*Las sentencias de muerte se ejecutaban de varios modos. — Ca dzac hul = doble flechamiento==castigo antiguo que aplicaban los indios a los amancebados — Col ich = sacar ojo = sacar los ojos, antiguo castigo entre los indios para los amancebados. — Muluch tun = montón de piedra = castigo otro de incorregibles, aplastándolos con piedras. — Tab cal = ahorcarse — Tab = soga, horca donde ahorcan a los malhechores
*había lugares específicos en donde se ejecutaba las sentencias y ejecuciones en plena vía pública para dar el ejemplo y escarmiento al pueblo.
— Uaom Che = parado madero= picota, horca, rollo.
El rigor con que en aquellos tiempos eran castigados los delitos, es referido por el padre Torquemada (1975).
Eran como un pie de cruz cuadrado de una vara en alto, al cual subían por cuatro gradas, estaba en lo alto de este asiento otro a manera de pulpito, todo ma�cizo, en cuya superficie estaba esculpida una figura de hombre, y a sus dos lados otros dos figuras de animales de cuatro pies, aunque no de los ordinarios y conocidos, los cuales parecía arremeter al vientre del hombre para hacerle pedazos. Estaba allí junto una serpiente hecha de cal y canto, del tamaño y grueso de un toro, pero tenía de largo 47 pies en cuya boca estaba un león de mármol, que parecía tragárselo. Estaba allí tres vigas hincadas en el suelo, y otras tres las atravesaban y muchas flechas y saetas rociadas, y tenidas con sangre, echadas en el suelo
los mayas también tuvieron un concepto de cárcel y encarcelamiento.
*La prisión era atar a través de las espaldas las manos al delincuente, y ponerle a la garganta una collera hecha de palos, y cordeles, y aun hoy día lo usan, especialmente con los que sacan de los montes, habiendo estado fugitivos.
*La prisión era atar a través de las espaldas las manos al delincuente, y ponerle a la garganta una collera hecha de palos, y cordeles, y aun hoy día lo usan, especialmente con los que sacan de los montes, habiendo estado fugitivos:
— Akab na = oscura casa =carcel prisión oscura, picota en que ataban y flechaban a las malas mujeres y a los esclavos
— Tzul Che = reja o prisión enrejada
— Nat’ Che ak = Mordaza
— Kat oc = prisón de pies
— Kax-al kab = atar mano = prisión de manos o cuerda para atar los brazos al caballo — Che = madero = cepo, prisión
— Co-cob chel cal = collera que echa a los indios huidos.
— Cop che = echar o poner collera así a alguno
— Ay Che =carcel
algunos acusados preferían huir o esconderse en el monte antes de cumplir sus sentencias. Pero el castigo por huir de las sentencias, hasta las más mínimas, era la pena de muerte.
*— Malel tan cab = pasar justicia= ser muerto a manos de la justicia; a vista de todos con culpa o sin ella. Ser ajusticiado, morir a manera de justicia. — Man yac tan cab = matar por justicia — Manzah tan cab = justiciar, matar por justicia
*los mayas sí tenían un concepto de la vergüenza pública y el encarcelamiento temporal como castigo por delitos leves, o contra los sospechosos contra quienes no había suficientes pruebas.
XIX. Castigos pecuniarios
existieron varias formas de castigos pecuniarios, la más relevante de ellas era la confiscación de bie�nes, impuesta siempre como pena a los familiares de los ejecutados
XX. Conclusión
El derecho prehispánico maya era un conjunto de normas impuestas por las autoridades para regular las acciones humanas en sus pueblos o provincias; esto con el propósito de mantener la sociedad en equilibrio en lo temporal y lo espiritual.
La actual falta de evidencia escrita acerca de las leyes y el derecho maya es el resultado del afán y celo de los extirpadores españoles y sus activas campañas de extirpación y destrucción de códices confiscados.
algunos de los códices confiscados y destruidos hayan contenido información acerca de los usos y costumbres de los mayas en torno a su sistema jurídico.
código maya sobre la esclavitud y estatus:
*Los cautivos de guerra eran hechos esclavos perpetuos de sus due�ños.
*El ladrón quedaba hecho esclavo, hasta que se redimía
*persona reducida a la esclavitud por castigo perdía el puesto político o religioso, si lo tenía.
*perdían su condición social en caso de ser noble, y su derecho a vivir con los de su linaje.
*Los que eran sentenciados a esclavitud
*la práctica de tener relaciones sexuales con huérfanas y esclavas era muy común entre los caciques y batabes los diccionarios revelan conceptos que describen este tipo de sexo servicio forzado contra huérfanas y esclavas.
*Pay kuum: significa “deuda tierna” era la práctica de criar alguna huérfana de padre y madre en las casas de los gobernantes maya para tenerlas como concubinas por fuerza, y para aprovecharse de ellas La huérfana criada para tal efecto, perdía su voluntad, y como esclava adquiría esta “deuda tierna” o la obligación de ser una concubina.
*los mayas del postclásico sí prohibían todo tipo de relaciones sexuales con parientes cercanos.
*Las relaciones sexuales realizadas con parientes cercanos estaban gravemente prohibidas y eran consideradas un delito o grave transgresión a la norma.
*los mayas castigaban rigurosamente a los sodomitas y las prácticas homosexuales.
*según los cronistas españoles “el que corrompía alguna doncella, o forzaba cualquiera mujer, tenía pena de muerte, como el que cometía a mujer casada o hija de alguno, durante el dominio de sus padres, o le quebrantaba la casa”.
*La misma pena tenía el que mataba a otro si era menor de edad el culpable quedaba hecho esclavo, pero si la muerte había sido casual, y no maliciosamente, el delincuente pagaba un esclavo por el muerto aquel quien traicionaba a su señor recibía la pena de muerte por medio de la hoguera.
*En popol nah: se presentaban los demandantes, el ofensor, los demandantes y los acusados, había presentación de testigos un ejercicio de defensas y alegaciones de ciertos “abogados” que representaban las diferentes partes.
*en los pleitos mayas, los acusados y los acusadores eran representados o pedían el auxilio de un abogado llamado Ah Kal Pach, o Ah Okotba. Las culpas, cuch o koch, podría ser propias o ajenas
*en los pleitos legales, los mayas prehispánicos tenían la costumbre de regalar o dar a los jueces presentes o regalos como paga por su trabajo como juez.
*El Intérprete General indígena Gaspar Antonio Chi escribió sobre la justicia prehispánica maya
*En 1583 Don Diego García del Palacios instituyó cambios notables en el gobierno de los pueblos mayas.
*el elemento más importante de estas peticiones y presentaciones de pleitos entre partes al estilo “prehispánico,” eran los regalos y ofrecimientos hechos a las autoridades.
había lugares específicos donde se realizaban estos juicios, y el tribunal de averiguaciones se reunía previa demanda
existía entre los mayas el concepto de carreras jurídicas porque de acuerdo con las fuentes “los ministros de justicia comenzasen por bajos y menores cargos.
*La casa o tribunal del pueblo, o el juzgado o consejo donde ocurrieron casos legales, se llamaba el Popol Nah, o Casa del Metate, o el Yotoch Cah, la casa del pueblo
*desde la época clásica entre los mayas, las decisiones y juzgados eran encabezados por los reyes mayas y sus asistentes y jueces.
*los popol nahob seguían practicándose hasta finales del siglo XVI.
*Ah Kin Kuyoc: es entre ellos el supremo sacerdote, la víspera de ramas llegó con 220 indios de los montaraces embijados con sus arcos y flechas y el dicho sacerdote de la misma manera
*En la arqueología quedan restos y evidencias sobre la existencia de estos juzgados, o consejos de los reyes




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- Diagrama sobre DERECHO MAYA, creado por dulce HERNANDEZ el 03/05/2021.
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- dulce HERNANDEZ
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