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Diagrama de flujo

Desarrollo del Proceso Administrativo

isabel estrada Español

Contenido del diagrama

  1. Desarrollo del Proceso Administrativo

  2. Articulo 50 LFPCA

  3. Tribunal Federal de Justicia Administrativa

  4. Articulo 3° Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

  5. Articulo 17 CPEUM

  6. las sentencias del Tribunal se fundaran en derecho sobre la pretensión del actor que se deduzca de su demanda, en relacion con una resolución impugnada, teniendo la facultad de invocar hecho notorios

  7. ninguna persona podrá hacerse justicia por si misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho

  8. este conocerá de los juicios promovidos en contra de actos o resoluciones de autoridades federales como pueden ser:

  9. los decretos y acuerdos de caracter general, diversos a los reglamentos, cuando sean autoaplicativos o cuando el interesado los controvierta con motivo de su primer acto de aplicación

  10. el tribunal conocerá de los juicios que se promueven contra las resoluciones definitivas , actos administrativos y procedimientos que se indican a continuación

  11. los decretos y acuerdos de carácter general, diversos a los reglamentos, cuando sean autoaplicativos o cuando el interesado los controvierta con motivo de su primer acto de aplicación.

  12. Las que impongan multas por infracción a las normas administrativas federales.

  13. Las que causen un agravio en materia fiscal distinto al que refieren las fracciones anteriores.

  14. Tribunal de Justicia Administrativa de la Cuidad de México

  15. Dirimir las controversias que sean de carácter administrativo y fiscal, que se susciten entre la Administración Pública del Estado

  16. Municipios, Organos Auxiliares con funciones de autoridad y las particulares

  17. Juicio de Lesividad

  18. como ocurre en todo proceso de caracter jurisdiccional, existirán personas interesadas en su sustanciación y desarrollo, las cuales, al amparo de sus pretensiones recibirán la denominación que corresponda

  19. El actor será la persona que tenga interés directo del acto impugnado por resentir afectación en su esfera jurídica.

  20. Es quien insta el procedimiento, pudiendo tener carácter tanto particulares, como la propia autoridad, actuando como persona moral oficial

  21. Autoridad Administrativa

  22. Emite el acto que causa perjuicio al gobernado. sin embargo, éste último tendrá ese carácter en el juicio de Lesividad.

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articulo 50 de LFPCA
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isabel estrada
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