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Tipos de Elecciones
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Tipos de Elecciones
Presidente, Vicepresidente, Diputados y municipales
- De conformidad con la Constitución Política vigente desde 1949 (art. 9), Costa Rica es una República unitaria y democrática, pues la soberanía reside exclusivamente en la Nación; con forma de gobierno presidencialista, popular, representativo, participativo, alternativo y responsable y lo ejercen el pueblo y tres Poderes distintos e independientes entre sí: el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial. Administrativamente, el territorio está divido en provincias (7), que se subdividen en cantones (81) y éstos, a su vez, en distritos administrativos (480). La elección de la Presidencia y las Vicepresidencias de la República, así como de las diputaciones a la Asamblea Legislativa, es popular y estos cargos, junto con los demás miembros de los Supremos Poderes, están sometidos a mandatos limitados en el tiempo (carácter representativo y alternativo).
- Paralelamente, al gobierno nacional, coexisten ochenta y un gobiernos locales o municipales, encargados de la administración de los intereses y servicios locales en cada cantón. Están conformados por las regidurías (integradas en un concejo municipal por cantón) y un funcionario ejecutivo , a quien legalmente se le denomina alcalde o alcaldesa, con dos suplencias denominadas vicealcaldías.
- También existen concejos distritales, y habrá tantos como distritos posea el cantón; son órganos internos de la respectiva administración local, integrados por cinco miembros. Uno de ellos es el síndico o síndica, quien preside este concejo y a la vez interviene, representando a su respectivo distrito, en el concejo municipal del cantón, aunque sin derecho a voto en su seno. Existen además, ocho concejos municipales de distrito, que son órganos con autonomía funcional propia, adscritos a la municipalidad del cantón respectivo, creados por la considerable distancia en que se ubican de ese cantón central y funcionan en sustitución de los concejos de distrito y poseen una intendencia, como funcionario (a) ejecutivo (a). Todos estos cargos municipales mencionados son también nombrados a través de elecciones populares periódicas y están sometidos a mandatos limitados en el tiempo.
- en resumen la eleccion de presidente,vicepresidente y diputados se realiza mediante una votacion publica en la cual quien reciba la mayoria de votos es electo
- También existen concejos distritales, y habrá tantos como distritos posea el cantón; son órganos internos de la respectiva administración local, integrados por cinco miembros. Uno de ellos es el síndico o síndica, quien preside este concejo y a la vez interviene, representando a su respectivo distrito, en el concejo municipal del cantón, aunque sin derecho a voto en su seno. Existen además, ocho concejos municipales de distrito, que son órganos con autonomía funcional propia, adscritos a la municipalidad del cantón respectivo, creados por la considerable distancia en que se ubican de ese cantón central y funcionan en sustitución de los concejos de distrito y poseen una intendencia, como funcionario (a) ejecutivo (a). Todos estos cargos municipales mencionados son también nombrados a través de elecciones populares periódicas y están sometidos a mandatos limitados en el tiempo.
- Paralelamente, al gobierno nacional, coexisten ochenta y un gobiernos locales o municipales, encargados de la administración de los intereses y servicios locales en cada cantón. Están conformados por las regidurías (integradas en un concejo municipal por cantón) y un funcionario ejecutivo , a quien legalmente se le denomina alcalde o alcaldesa, con dos suplencias denominadas vicealcaldías.
- De conformidad con la Constitución Política vigente desde 1949 (art. 9), Costa Rica es una República unitaria y democrática, pues la soberanía reside exclusivamente en la Nación; con forma de gobierno presidencialista, popular, representativo, participativo, alternativo y responsable y lo ejercen el pueblo y tres Poderes distintos e independientes entre sí: el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial. Administrativamente, el territorio está divido en provincias (7), que se subdividen en cantones (81) y éstos, a su vez, en distritos administrativos (480). La elección de la Presidencia y las Vicepresidencias de la República, así como de las diputaciones a la Asamblea Legislativa, es popular y estos cargos, junto con los demás miembros de los Supremos Poderes, están sometidos a mandatos limitados en el tiempo (carácter representativo y alternativo).
Referendum
- Por definición un referéndum es una consulta popular, es decir una votación por la cual los ciudadanos del país deciden sobre una propuesta en específico.
- Que alcances tiene un Referéndum?
- Derogación o aprobación de leyes. Reformas constitucionales (Cambios a la Constitución Política) Ratificacion o aprobacion de tratados internacionales.
- Como se convoca un referéndum?
- Actualmente, en Costa Rica un referéndum puede ser convocado de tres maneras: 1-Iniciativa Popular: Por solicitud de al menos 5% del padrón electoral 2- Asamblea legislativa mediante la aprobación de las dos terceras partes del total de sus miembros 3-Presidente de la república: Ratificado por la mayoría absoluta de la asamblea legislativa
- Quien está a cargo del proceso de referéndum?
- Como toda elección popular, el ente encargado es el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), según el Art 102 inciso 9 de CPCR sobre las funciones del TSE: “…Organizar, dirigir, fiscalizar, escrutar y declarar los resultados de los procesos de referéndum”
- Quien está a cargo del proceso de referéndum?
- Actualmente, en Costa Rica un referéndum puede ser convocado de tres maneras: 1-Iniciativa Popular: Por solicitud de al menos 5% del padrón electoral 2- Asamblea legislativa mediante la aprobación de las dos terceras partes del total de sus miembros 3-Presidente de la república: Ratificado por la mayoría absoluta de la asamblea legislativa
- Como se convoca un referéndum?
- Derogación o aprobación de leyes. Reformas constitucionales (Cambios a la Constitución Política) Ratificacion o aprobacion de tratados internacionales.
- Que alcances tiene un Referéndum?
- Por definición un referéndum es una consulta popular, es decir una votación por la cual los ciudadanos del país deciden sobre una propuesta en específico.
Plebiscito
- El Plebiscito es un procedimiento que tiene su origen en la República Romana. En aquel tiempo el Tribuno convocaba a la Plebe para que participara y desarrollara una deliberación en relación con algún asunto que era de interés para este segmento de la población, el cual se distinguía de aquellos que ostentaban el poder político y que eran aquello denominados como Patricios; es decir, atendiendo al origen histórico del procedimiento, el Plebiscito es la consulta que se hace a la Plebe por parte de aquellos que detentan el poder político en un determinado territorio.
Cabildo
- Los cabildos fueron corporaciones municipales creadas en las Indias, América y las Filipinas por el Imperio español para la administración de las ciudades
- Las funciones del Cabildo iban desde el buen gobierno de la ciudad, el control del presupuesto y de las rentas del municipio y el correcto abastecimiento de víveres, hasta la persecución de la delincuencia y la administración de la justicia local.
- Cabildo Abierto
- El Cabildo abierto es la reunión pública de los concejos distritales, municipales o de las juntas administradoras locales, en la cual los habitantes pueden participar directamente con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad.
- Cabildo Cerrado
- El Cabildo cerrado fue una institución esencialmente municipal, pero que en la práctica ejerció, en España y en América, diversas funciones, tanto políticas como de administración y judiciales. El Cabildo americano fue una corporación municipal derivada de los viejos ayuntamientos peninsulares del medioevo.
- Los cabildos fueron corporaciones municipales creadas en las Indias, América y las Filipinas por el Imperio español para la administración de las ciudades