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DTA

Contenido del mapa
DTA
¿QUÉ ES EL DTA?
- Cobro que se realiza por la presentación del pedimento en la aduana
¿CÓMO SE DETERMINA?
- • IMPORTACION DTA = (valor aduana) * (tasa) 8 al millar
- • IMPORTACIÓN TEMPORAL DE ACTIVO FIJO DTA= (Valor aduana) *(Tasa) 1.76 al millar
- • REGIMEN DE ELABORACIÓN, TRANSFORMACION EN RESINTOS FISCALES DATA = Cuota Fija
- • NO estarán obligados a pagar el DTA quienes efectúen exportación o retorno, importación definitiva o temporal, cambio de régimen de importación.
- REFERENCIAS
- Referencias Ley Federal de Derechos. (31 de diciembre de 1981). Diario Oficial de la Federación, DOF 07-12-2016. Recuperado del sitio de internet de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/107_221217.pdf
- Servicio de Administración Tributaria. (2015). Boletín de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, P002. Recuperado del sitio de internet http://www.sat.gob.mx/sala_prensa/boletin_tecnico/Documents/Boletin2015_P002.pdf
- Sillas, M. E. (2003). La constitucionalidad del derecho de trámite aduanero. (Tesis de maestría). Universidad Autónoma de Nuevo León, Nuevo León, México: Recuperado de: http://eprints.uanl.mx/1294/1/1020149238.PDF
- REFERENCIAS
¿DÓNDE SE VE REFLEJADO?
- El cobro del derecho es para sufragar el costo que representó al Estado el prestar el servicio
ESTUDIO DE LAS CONTRIBUCIONES AL COMERCIO EXTERIOR
- Asesor: Mahatma Robles de Niz
- Equipo
- Curiel Tapia Irina Guzmán García Eloísa
- Equipo
- Asesor: Mahatma Robles de Niz
ELEMENTOS ESCENCIALES
- Sujeto Activo (SHCP)
- Sujeto Pasivo (Importador o Exportador)
- Objeto
- Pedimento
- Base
- Tasa o Cuota









