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CÓDIGO DE CONDUCTA PARA FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE HACER CUMPLIR LA LEY

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CÓDIGO DE CONDUCTA PARA FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE HACER CUMPLIR LA LEY
Artículo 1
- Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley cumplirán e n todo momento los deberes que les impone la ley
- sirviendo a su comunidad y protegiendo a todas las personas contra actos ilegales
- con el alto grado de responsabilidad exigido por su profesión
- "funcionarios encarg ados de hacer cumplir la ley"
- incluye a todos los agentes de la ley
- ya sean nombrados o elegidos
- incluye a todos los agentes de la ley
- "funcionarios encarg ados de hacer cumplir la ley"
- con el alto grado de responsabilidad exigido por su profesión
- sirviendo a su comunidad y protegiendo a todas las personas contra actos ilegales
- Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley cumplirán e n todo momento los deberes que les impone la ley
Artículo 2
- En el desempeño de sus tareas
- los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley respetarán y protegerán la dignidad humana
- y mantendrán y defenderán los derechos humanos de todas las personas
- Los derechos humanos protegidos por e l derecho nacional y el internacional
- como son:
- Declaración Universal de Derechos Humanos
- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
- Declaración de las Naciones Unidas etc.
- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
- Declaración Universal de Derechos Humanos
- como son:
- Los derechos humanos protegidos por e l derecho nacional y el internacional
- y mantendrán y defenderán los derechos humanos de todas las personas
- los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley respetarán y protegerán la dignidad humana
- En el desempeño de sus tareas
Artículo 3
- Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley podrán usar la fuerza
- sólo cuando sea estrictamente necesario
- y en la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas
- El uso de armas de fuego se considera una medida extrema
- Deberá hacerse todo lo posible por excluir el uso de armas de fuego, especialmente contra niños
- En genera l, no deberán emplearse armas de fuego
- excepto cuando un presunto delincuente ofrezca resistencia armada o ponga en peligro la vida de otras personas
- En genera l, no deberán emplearse armas de fuego
- Deberá hacerse todo lo posible por excluir el uso de armas de fuego, especialmente contra niños
- El uso de armas de fuego se considera una medida extrema
- y en la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas
- sólo cuando sea estrictamente necesario
- Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley podrán usar la fuerza
Artículo 4
- Las cuestiones de carácter confidencial de que tengan conocimiento los funcionarios
- encargados de hacer cumplir la ley se mant endrán en secreto
- a menos que el cumplimiento del deber o las necesidades de la justicia
- exijan estrictamente lo contrario
- Se tendrá gran cuidado en la protección y el uso de tal información
- que sólo debe revelarse en cumplimiento del deber
- Se tendrá gran cuidado en la protección y el uso de tal información
- exijan estrictamente lo contrario
- a menos que el cumplimiento del deber o las necesidades de la justicia
- encargados de hacer cumplir la ley se mant endrán en secreto
- Las cuestiones de carácter confidencial de que tengan conocimiento los funcionarios
Artículo 5
- Ningún funcionario encargado de hacer cumplir la ley podrá infligir
- instigar o tolerar ningún acto de tortura u otros tratos o penas crueles
- inhumanos o degradantes, ni invocar la orden de un superior o circunstancias especiales
- como estado de guerra o amenaza de guerra, amenaza a la seguridad nacional
- nestabilidad política interna, o cualquier otra emergencia pública
- como justifi cación de la tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes
- "[Todo acto de esa naturaleza], constituye una ofensa a la dignidad humana
- como justifi cación de la tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes
- nestabilidad política interna, o cualquier otra emergencia pública
- como estado de guerra o amenaza de guerra, amenaza a la seguridad nacional
- inhumanos o degradantes, ni invocar la orden de un superior o circunstancias especiales
- instigar o tolerar ningún acto de tortura u otros tratos o penas crueles
- Ningún funcionario encargado de hacer cumplir la ley podrá infligir
Artículo 6
- Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley
- segurarán la plena protección de la salud de las personas bajo su custodia
- y, en particular
- tomarán medidas inmediatas para propo rcionar atención médica cuando se precise
- Se entiende que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley
- proporcionarán también atención médica a las víctimas de una violación de la ley
- o de un accidente ocurrido en el curso de una violación de la ley
- proporcionarán también atención médica a las víctimas de una violación de la ley
- Se entiende que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley
- tomarán medidas inmediatas para propo rcionar atención médica cuando se precise
- y, en particular
- segurarán la plena protección de la salud de las personas bajo su custodia
- Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley
Artículo 7
- Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley
- no cometerán ningún acto de corrupción
- También se opondrán riguros amente a todos los actos de esa índole y los combatirán
- Cualquier acto de corrupción
- o mismo que cualquier otro abuso de autoridad
- Debe aplicarse la ley con todo rigor a cualquier funcionario encargado de hacerla
- cumplir que cometa un acto de corrupción
- Debe entenderse que la expresión "acto de corrupción"
- anteriormente mencionada ab arca la tentativa de corrupción
- Debe entenderse que la expresión "acto de corrupción"
- cumplir que cometa un acto de corrupción
- Debe aplicarse la ley con todo rigor a cualquier funcionario encargado de hacerla
- o mismo que cualquier otro abuso de autoridad
- Cualquier acto de corrupción
- También se opondrán riguros amente a todos los actos de esa índole y los combatirán
- no cometerán ningún acto de corrupción
- Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley
Artículo 8
- Los fun cionarios encargados de hacer cumplir la ley
- respetarán la ley y el presente Código.
- Los funcionariosque tengan motivos para creer o va a producirse una violación del presente Código
- informarán de la cuestión a sus superiores
- y, si fuere necesario, a cualquier otra autoridad
- u organismo apropiado que tenga atribuciones de control o c orrectivas
- Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley
- que observen las disposiciones del presente Código merecen el respeto
- el apoyo total y la colaboración de la comunidad
- que observen las disposiciones del presente Código merecen el respeto
- Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley
- u organismo apropiado que tenga atribuciones de control o c orrectivas
- y, si fuere necesario, a cualquier otra autoridad
- informarán de la cuestión a sus superiores
- Los funcionariosque tengan motivos para creer o va a producirse una violación del presente Código
- respetarán la ley y el presente Código.
- Los fun cionarios encargados de hacer cumplir la ley
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- CÓDIGO DE CONDUCTA PARA FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE HACER CUMPLIR LA LEY
- Creado por
- Xavier Benavides
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