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autoridad con atribuciones disciplinaria en la Policía Nacional
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autoridad con atribuciones disciplinaria en la Policía Nacional
1. DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL
- En Segunda Instancia de las decisiones proferidas por el Inspector General
2. INSPECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL.
- En Segunda Instancia de las decisiones proferidas por los Inspectores Delegados
- En Primera Instancia de las faltas cometidas por:
- a) Oficiales Superiores
- b) Personal en comisión en el exterior
- c) Personal en comisión en organismos adscritos o vinculados a la Administración Pública;
- d) Jefes de Oficinas Asesoras de la Dirección General de la Policía Nacional
- PARÁGRAFO 1o. Podrá iniciar, asumir, proseguir, remitir o fallar cualquier actuación disciplinaria, cuya atribución esté asignada a otra autoridad policial señalada en esta ley, cuando por su trascendencia afecte gravemente el prestigio e imagen institucional.
- PARÁGRAFO 2o. Sin perjuicio de su atribución disciplinaria, el Inspector General ejercerá vigilancia, control y seguimiento de las actuaciones disciplinarias.
Información
- Descripción
- RÉGIMEN INSTITUCIONAL
- Creado por
- FABIO ANTONIO SADY ARIAS RAMIREZ
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