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Diferencias entre Derecho positivo y Derecho natural

Salome Flores Español

Diferencias entre Derecho positivo y Derecho natural

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Diferencias entre Derecho positivo y Derecho natural

  1. Derecho natural

    • La doctrina del Derecho natural es una "metafísica del Derecho"
      • Concedido por la naturaleza humana
        • Principio de la legalidad causa-efecto
          • En esta doctrina surge una distinción entre "sociedad" y "naturaleza"
            • El Derecho natural es eterno e inmutable (validez absoluta de las normas) consideradas justas
              • El Derecho natural es de carácter predominante conservador
                • La norma no necesita coacción, una idea del Derecho natural es la validez absoluta de las normas (inmutabilidad)
                  • Presencia de principios morales que son universalmente válidos y externos (posición dogmática)
                    • Es el comportamiento natural del hombre, por lo que se contempla el "ser" de la sociedad
  2. Derecho positivo

    • La doctrina del Positivismo jurídico admite un único saber del Derecho teniendo como objeto al derecho positivo
      • Creado por actos de la voluntad del hombre, la costumbre y la legislación
        • Se conecta una condición con una consecuencia
          • En su carácter de doctrina científica del Derecho, se ignora la dualidad fundamental entre sociedad y naturaleza
            • El Derecho positivo es cambiante, temporal y no acepta como válida ninguna norma absolutamente justa e inmutable
              • El Positivismo procura no ejercer ninguna función conservadora ni reformadora ya que podría volverse un elemento de política
                • La norma debe ser coercitiva, hay simple validez hipotético-relativa de la norma subordinada a una norma fundamental
                  • Los preceptos morales no pueden ser fuente del Derecho por lo que no son aceptados
                    • Se idealiza lo que se espera que sea, por lo que se contempla de "debe ser" de una sociedad
  3. Todo Derecho positivo es un derecho en base a la naturaleza de cada caso, a la naturaleza del hombre o circunstancias sociales. El derecho positivo y Derecho variable coinciden. El Derecho positivo debe subordinarse al Derecho natural, ambos Derechos se suplementan.

    • POR: LAURA FLORES

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