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NOM-251 Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios.

Contenido del mapa
NOM-251 Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios.
OBJETIVO Y CAMPO DE APLICACIÓN
- Establecer los requisitos mínimos de buenas prácticas de higiene que deben observarse en el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios y sus materias primas a fin de evitar su contaminación a lo largo de su proceso.
- Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria para las personas físicas o morales que se dedican al proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios, destinados a consumidores en territorio nacional.
- Establecer los requisitos mínimos de buenas prácticas de higiene que deben observarse en el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios y sus materias primas a fin de evitar su contaminación a lo largo de su proceso.
DISPOSICIONES GENERALES
- Los establecimientos que se dediquen al proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios, se deben cumplir con disposiciones establecidas, según corresponda a las actividades que realicen.
- Instalaciones y áreas
- Los establecimientos deben contar con instalaciones que eviten la contaminación de las materias primas, alimentos, bebidas o suplementos. De igual manera los pisos, paredes y techos del área de producción deben ser de fácil limpieza, sin grietas o roturas.
- Equipo y utensilios
- Los equipos deben ser instalados en forma tal que el espacio entre ellos mismos, la pared, techo y piso, permita su limpieza y desinfección.
- El equipo y utensilios empleados en las áreas en donde manipulen directamente materias primas, alimentos, bebidas o suplementos alimenticios sin envasar, y que puedan entrar en contacto con ellos, deben ser lisos y lavables.
- Los equipos deben ser instalados en forma tal que el espacio entre ellos mismos, la pared, techo y piso, permita su limpieza y desinfección.
- Servicios
- Debe disponerse de agua potable.
- Las cisternas o tinacos para almacenamiento de agua deben estar protegidos contra la contaminación. Los establecimientos deben disponer de un sistema de evacuación de efluentes o aguas residuales.
- Debe disponerse de agua potable.
- Almacenamiento
- Las condiciones de almacenamiento deben ser adecuadas al tipo de materia prima, alimentos, bebidas o suplementos alimenticios que se manejen. Se debe contar con controles que prevengan la contaminación de los productos.
- Control de operaciones
- Los equipos de refrigeración se deben mantener a una temperatura máxima de 7ºC.
- Se debe evitar la contaminación cruzada entre la materia prima, en producto de elaboración y producto terminado.
- Los equipos de refrigeración se deben mantener a una temperatura máxima de 7ºC.
- Control de materias primas
- Se debe inspeccionar o clasificar sus materias primas antes de la elaboración del producto.
- Tener identificadas sus materias primas y no utilizar materias primas que ostenten fecha de caducidad vencida.
- Se debe inspeccionar o clasificar sus materias primas antes de la elaboración del producto.
DISPOSICIONES GENERALES
- Control de envasado
- Los envases y recipientes deben almacenarse protegidos del polvo, lluvia, fauna nociva y materia extraña.
- Mantenimiento y limpieza
- Los equipos y utensilios deben estar en buenas condiciones de funcionamiento. Las instalaciones (incluidos techo, puertas, paredes y piso) baños, cisterna y demás deben mantenerse limpios.
- Control de plagas
- El control de plagas es aplicable a todas las áreas del establecimiento incluyendo el transporte de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios.
- Cada establecimiento debe tener un sistema o un plan para el control de plagas y erradicación de fauna nociva.
- El control de plagas es aplicable a todas las áreas del establecimiento incluyendo el transporte de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios.
- Manejo de residuos
- Se deben adoptar medidas para la remoción periódica y el almacenamiento de los residuos. No se permite la acumulación de residuos, salvo a medida que sea inevitable para el funcionamiento de las instalaciones.
- Salud e higiene del personal
- Debe excluirse de cualquier operación en la que pueda contaminar al producto, a cualquier persona que presente signos como: tos frecuente, secreción nasal, diarrea, vómito o lesiones en áreas corporales que entren en contacto directo con los alimentos, bebidas y suplementos alimenticios.
- El personal debe presentarse aseado al área de trabajo con ropa y calzado limpios.
- Debe excluirse de cualquier operación en la que pueda contaminar al producto, a cualquier persona que presente signos como: tos frecuente, secreción nasal, diarrea, vómito o lesiones en áreas corporales que entren en contacto directo con los alimentos, bebidas y suplementos alimenticios.
- Transporte
- Los alimentos, bebidas o suplementos alimenticios, deben ser transportados en condiciones que eviten su contaminación.
- Capacitación
- Todo el personal que opere en las áreas de producción o elaboración debe capacitarse en las buenas prácticas de higiene, por lo menos 1 vez al año.
- Control de envasado
OBSERVANCIA DE LA NORMA
- La vigilancia del cumplimiento de la presente Norma corresponde a la Secretaría de salud y a los gobiernos de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Imágenes y archivos del mapa
Información
- Descripción
- Mapa Mental sobre NOM-251 Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios., creado por ana hdz el 20/01/2021.
- Creado por
- ana hdz · ene 2021
- Actualizado
- 21 ene 2021
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- Valoración