Mapa mental
Modificación, suspensión y extinción del contrato.
Contenido del mapa
Modificación, suspensión y extinción del contrato.
Movilidad funcional
- Es el cambio de puesto y funciones en una empresa de trabajo
- Condiciones se trata de la titulación y la dignidad que hay que tener en cuenta de los trabajadores
- Tipos
- Horizontal: Dentro de el grupo de trabajo no necesita justificación
- Vertical: Fuera del grupo de trabajo existe una justificación por causas técnicas u organizativas durara el tiempo imprescindible y será notificado a los representantes de los trabajadores
- Descendente: Se mantiene el salario
- Ascendente el salario es de categoría
- Movilidad extraordinaria: Tiene como consecuencia la modificación sustancial de las condiciones de trabajo
- Es el cambio de puesto y funciones en una empresa de trabajo
Movilidad geografica
- Conceptos: Es un cambio de centro de trabajo que no esta previsto en el contratp
- Las causas: son las siguientes económicas, técnicas, organizativas o productivas
- Tipos
- Desplazamiento: Comunicación del desplazamiento entre 5 días y tres meses de antelación y con derechos entre 4 días y 3 meses de gastos de viaje y dietas
- Traslado: Se traslada a una persona en mas de 1 año en un periodo de 3 años
- Individual: El empresario comunica con 30 días de antelación y el trabajador tiene derecho a pedir que se paguen los gastos del viaje
- Colectivo: Los empresarios en 90 días deben elegir un numero de trabajadores
Modificación sustancial de las condiciones de trabajo
- Materias: De el contrato de trabajo las materias que puede modificar el empresario son jornada, horario, turnos, salarios, sistema de trabajo y rendimiento, funiones más alá de la movilidad funcional
- Diferencia con descuelgue de el convenio: No se aplica al convenio
- Causas; Causas por las que el empresario puede modificar las condiciones de trabajo, por causas económicas, técnicas, organizativas, producción( relaccionadas con la competitividad la productividad u organización)
- Tipos
- Individual
- Comunicar con 15 días al trabajador y al representante de los trabajadores
- Colectivos
- Se consulta con 15 días de antelación al representante y notificación y efecto en 7 días y existe la posibilidad de recurrir de forms individual y colectiva
- Individual
Suspensión del contrato de trabajo
- Al trabajador se le niega sus servicios y la retribución correspondiente
- Los tipos son
- Razones de conciliación: Maternidad, Paternidad, adopción de menor de 6 años, menor de edad discapacitado o con dificultad de inserción.
- Excedencias
- Causas objetivas: Económicas, técnicas, organizativas o productivas.
- La Fuerza mayor temporal
- Huerza o cierre legal de la empresa
- Baja laboral por razones de antigüedad y prestación de la seguridad social
- Dos años de plazo para poder incorporarte a tu puesto de trabajo por Incapacidad permanente
- Suspensión empleo y sueldo por motivos disciplinarios
- La privación de libertad si aún no hay condena. Con condena, posibilidad extinción.
- Mutuo acuerdo o pacto válido del contrato en trabajo
- Los tipos son
- Al trabajador se le niega sus servicios y la retribución correspondiente
Maternidad
- 16 semanas de maternidad y tienes 6 días obligatorios después de el parto la madre y tienen 10 días para repartirse el horario para cuidar al hijo
- Fallecimiento de la madre y del hijo: Derecho del otro progenitor
- Partos prematuros tiene 7 días mas de baja o de la suspensión
Para
- Menores de 6 años
- Entre 6 y 18 años discapacitados con dificultades de inserción social y familiar
- Tiene una duración 16 semanas o dos mas por hijo discapacitado
- Disfrute a tiempo completo o parcial con acuerdo con la empresa
Paternidad
- 13 días mas dos permisos retribuidos se pueden ampliar 2 días por hijo en pato múltiple y discapacitado.
- Disfrute de dos días dentro del parto
- Opciones 13 dias
- Después 2 días de permiso
- Durante las 16 semanas de maternidad
- Después de la maternidad
- Con acuerdo de la empresa se determina si a jornada parcial o completa
- Independiente de los días cedidos de maternidad. No posibilidad de cesión a la madre
Derecho prestación Seguridad Social tienen el 100% de BCC
- Maternidad
- Paternidad
- Riesgo durante el embarazo
- Lactancia
Victima violencia género: Hasta 6 meses y puede ser ampliado por el juzgado hasta 18 meses
Causas objetivas
- Las causas económicas son las siguientes técnicas, organizativas o de producción
- Expediente de Regulación temporal de empleo
- Se debe comunicar a la autoridad laboral
- Negociación tiene que ser durante 15 días con los representantes
- El empresario comunica las causas
- El trabajador tiene la posibilidad de reclamar
- El trabajador tiene derecho a cobrar la prestación de desempleo
- Derecho a recobrar 180 si el despido fue objetivo
Excedencia
- Forzosa puede ser por cargo publico, sindical provincial o superior
- Cuidado de hijos: Se reserva cómputo de antigüedad con duración de tres años y se reserva el puesto durante un año el puesto de grupo
- Cuidado familiares dura hasta dos años con familiares de segundo grado que no se puedan valer por si mismos y se reserva el puesto durante un año y el puesto de grupo 3 años
Extinción del contrato
- Por voluntad del trabajador
- El trabajador puede dimitir en cualquier momento debe avisar con un periodo de 15 días y no recibe indemnización.
- Incumplimiento grabe de la empresa por el retraso o el no pagar el salario
- Puede hacer una movilidad funcional y geográfica con una indemnización por parte de la empresa y con la petición de extinción por parte del trabajador
- Por la modificación sustancial y las condiciones de trabajo
- Por ser victima de violencia de genero no hay indemnización y se comunica por escrito al empresario
- Por voluntad de la empresa
- Por despido disciplinario y los conceptos son por un incumplimiento grave y culpable por parte del trabajador
- Por indisciplina, desobediencia, faltas repetidas e injustificación de la asistencia, ofensas verbales, físicas.
- La forma de despido es por escrito con los hechos y fechas
- Por las causas siguientes que son maternidad, paternidad, permiso de lactancia, reducción de jornada por el cuidado de hijos o familiares, etc... Los trabajadores no tienen porque recibir indemnización ni una explicación
- Por despido disciplinario y los conceptos son por un incumplimiento grave y culpable por parte del trabajador
- Por otras causas
- Por finalización del contrato temporal, muerte jubilación o invalided del empresario o del trabajador, extinción de la personalidad jurídica por mutuo acuerdo y pacto valido del contrato
- Por voluntad del trabajador
Derecho procesal
- Juzgados y tribunales de lo social y plazos para acciones legales
- Los trabajadores tienen que seguir la solicitud de mediación para una reclamación previa contra la administración. Acto de conciliación por interrupción de plazos porque el trabajador no a presentado la presentación
- Proceso a seguir por el trabajador para recurrir: Debe proceder por causas probadas la extinción de la relación laboral y que no tiene derecho a la indemnización. Lo improcedente es no acreditar las causas o la carta de despido. La opción es la readmisión con los salarios de tramitación. Se anularía por causas ya comentadas
Finiquito
- Tiene una doble naturaleza que es la liquidación de haberes y extinción de la relación laboral
- Cantidades a percibir es el salario pendiente parte proporcional a las pagas extra, las vacaciones no disfrutadas y la indemnización por despido