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Mapa mental

Modificación, suspensión y extinción del contrato.

Dani Vázquez Español

Contenido del mapa

Modificación, suspensión y extinción del contrato.

  1. Movilidad funcional

    • Es el cambio de puesto y funciones en una empresa de trabajo
      • Condiciones se trata de la titulación y la dignidad que hay que tener en cuenta de los trabajadores
      • Tipos
        • Horizontal: Dentro de el grupo de trabajo no necesita justificación
        • Vertical: Fuera del grupo de trabajo existe una justificación por causas técnicas u organizativas durara el tiempo imprescindible y será notificado a los representantes de los trabajadores
          • Descendente: Se mantiene el salario
          • Ascendente el salario es de categoría
        • Movilidad extraordinaria: Tiene como consecuencia la modificación sustancial de las condiciones de trabajo
  2. Movilidad geografica

    • Conceptos: Es un cambio de centro de trabajo que no esta previsto en el contratp
    • Las causas: son las siguientes económicas, técnicas, organizativas o productivas
    • Tipos
      • Desplazamiento: Comunicación del desplazamiento entre 5 días y tres meses de antelación y con derechos entre 4 días y 3 meses de gastos de viaje y dietas
      • Traslado: Se traslada a una persona en mas de 1 año en un periodo de 3 años
        • Individual: El empresario comunica con 30 días de antelación y el trabajador tiene derecho a pedir que se paguen los gastos del viaje
        • Colectivo: Los empresarios en 90 días deben elegir un numero de trabajadores
  3. Modificación sustancial de las condiciones de trabajo

    • Materias: De el contrato de trabajo las materias que puede modificar el empresario son jornada, horario, turnos, salarios, sistema de trabajo y rendimiento, funiones más alá de la movilidad funcional
    • Diferencia con descuelgue de el convenio: No se aplica al convenio
    • Causas; Causas por las que el empresario puede modificar las condiciones de trabajo, por causas económicas, técnicas, organizativas, producción( relaccionadas con la competitividad la productividad u organización)
    • Tipos
      • Individual
        • Comunicar con 15 días al trabajador y al representante de los trabajadores
      • Colectivos
        • Se consulta con 15 días de antelación al representante y notificación y efecto en 7 días y existe la posibilidad de recurrir de forms individual y colectiva
  4. Suspensión del contrato de trabajo

    • Al trabajador se le niega sus servicios y la retribución correspondiente
      • Los tipos son
        • Razones de conciliación: Maternidad, Paternidad, adopción de menor de 6 años, menor de edad discapacitado o con dificultad de inserción.
        • Excedencias
        • Causas objetivas: Económicas, técnicas, organizativas o productivas.
        • La Fuerza mayor temporal
        • Huerza o cierre legal de la empresa
        • Baja laboral por razones de antigüedad y prestación de la seguridad social
        • Dos años de plazo para poder incorporarte a tu puesto de trabajo por Incapacidad permanente
        • Suspensión empleo y sueldo por motivos disciplinarios
        • La privación de libertad si aún no hay condena. Con condena, posibilidad extinción.
        • Mutuo acuerdo o pacto válido del contrato en trabajo
  5. Maternidad

    • 16 semanas de maternidad y tienes 6 días obligatorios después de el parto la madre y tienen 10 días para repartirse el horario para cuidar al hijo
    • Fallecimiento de la madre y del hijo: Derecho del otro progenitor
    • Partos prematuros tiene 7 días mas de baja o de la suspensión
  6. Para

    • Menores de 6 años
    • Entre 6 y 18 años discapacitados con dificultades de inserción social y familiar
    • Tiene una duración 16 semanas o dos mas por hijo discapacitado
    • Disfrute a tiempo completo o parcial con acuerdo con la empresa
  7. Paternidad

    • 13 días mas dos permisos retribuidos se pueden ampliar 2 días por hijo en pato múltiple y discapacitado.
    • Disfrute de dos días dentro del parto
    • Opciones 13 dias
      • Después 2 días de permiso
      • Durante las 16 semanas de maternidad
      • Después de la maternidad
    • Con acuerdo de la empresa se determina si a jornada parcial o completa
    • Independiente de los días cedidos de maternidad. No posibilidad de cesión a la madre
  8. Derecho prestación Seguridad Social tienen el 100% de BCC

    • Maternidad
    • Paternidad
    • Riesgo durante el embarazo
    • Lactancia
  9. Victima violencia género: Hasta 6 meses y puede ser ampliado por el juzgado hasta 18 meses

  10. Causas objetivas

    • Las causas económicas son las siguientes técnicas, organizativas o de producción
    • Expediente de Regulación temporal de empleo
      • Se debe comunicar a la autoridad laboral
      • Negociación tiene que ser durante 15 días con los representantes
      • El empresario comunica las causas
    • El trabajador tiene la posibilidad de reclamar
    • El trabajador tiene derecho a cobrar la prestación de desempleo
    • Derecho a recobrar 180 si el despido fue objetivo
  11. Excedencia

    • Forzosa puede ser por cargo publico, sindical provincial o superior
    • Cuidado de hijos: Se reserva cómputo de antigüedad con duración de tres años y se reserva el puesto durante un año el puesto de grupo
    • Cuidado familiares dura hasta dos años con familiares de segundo grado que no se puedan valer por si mismos y se reserva el puesto durante un año y el puesto de grupo 3 años
  12. Extinción del contrato

    • Por voluntad del trabajador
      • El trabajador puede dimitir en cualquier momento debe avisar con un periodo de 15 días y no recibe indemnización.
      • Incumplimiento grabe de la empresa por el retraso o el no pagar el salario
      • Puede hacer una movilidad funcional y geográfica con una indemnización por parte de la empresa y con la petición de extinción por parte del trabajador
      • Por la modificación sustancial y las condiciones de trabajo
      • Por ser victima de violencia de genero no hay indemnización y se comunica por escrito al empresario
    • Por voluntad de la empresa
      • Por despido disciplinario y los conceptos son por un incumplimiento grave y culpable por parte del trabajador
        • Por indisciplina, desobediencia, faltas repetidas e injustificación de la asistencia, ofensas verbales, físicas.
        • La forma de despido es por escrito con los hechos y fechas
        • Por las causas siguientes que son maternidad, paternidad, permiso de lactancia, reducción de jornada por el cuidado de hijos o familiares, etc... Los trabajadores no tienen porque recibir indemnización ni una explicación
    • Por otras causas
      • Por finalización del contrato temporal, muerte jubilación o invalided del empresario o del trabajador, extinción de la personalidad jurídica por mutuo acuerdo y pacto valido del contrato
  13. Derecho procesal

    • Juzgados y tribunales de lo social y plazos para acciones legales
    • Los trabajadores tienen que seguir la solicitud de mediación para una reclamación previa contra la administración. Acto de conciliación por interrupción de plazos porque el trabajador no a presentado la presentación
    • Proceso a seguir por el trabajador para recurrir: Debe proceder por causas probadas la extinción de la relación laboral y que no tiene derecho a la indemnización. Lo improcedente es no acreditar las causas o la carta de despido. La opción es la readmisión con los salarios de tramitación. Se anularía por causas ya comentadas
  14. Finiquito

    • Tiene una doble naturaleza que es la liquidación de haberes y extinción de la relación laboral
    • Cantidades a percibir es el salario pendiente parte proporcional a las pagas extra, las vacaciones no disfrutadas y la indemnización por despido

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Dani Vázquez
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