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Ley de Servicios sociales de Galicia

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Contenido del mapa

Ley de Servicios sociales de Galicia

  1. Disposiciones generales

    • Objeto
      • Estructurar y regular
        • Servicios sociales
      • Coordinar
        • Sistema gallego de servicios sociales
        • Elementos del sistema gallego del bienestar
    • Definición
      • Conjunto coordinado
        • Prestaciones
          • Igualdad de oportunidades y participación social
        • Programas
        • Equipamientos
    • Objetivos
      • Facilitar alternativas, recursos e itinerarios de integración social a aquellas personas que se encuentren en situación o en riesgo de exclusión social
      • Garantizar la vida independiente y la autonomía personal de las personas en situación de dependencia integrando, a estos efectos, el catálogo de prestaciones del sistema para la autonomía y la atención a la dependencia
      • Dar protección y oportunidades sociales y educativas a menores de edad y a aquellas otras personas que se encuentren en situación de conflicto o de desamparo
      • Prevenir la aparición de cualquier situación de dependencia, exclusión, desigualdad o desprotección a las que hacen referencia los objetivos anteriores.
      • Proporcionar oportunidades y recursos que garanticen la igualdad entre hombres y mujeres y posibiliten la conciliación entre la vida personal, familiar y laboral
      • Facilitar la ejecución de políticas públicas de anticipación a una sociedad multicultural emergente, favoreciendo la integración y socialización normalizada de inmigrantes, emigrantes retornados y minorías étnicas
      • Promover y dinamizar la participación comunitaria, el asociamiento solidario, la ayuda mútua y la implicación de la ciudadanía en la puesta en marcha de iniciativas de prevención y mejora de la cohesión social.
      • Facilitar la aplicación efectiva en sus servicios y programas de políticas transversales que incidan en la eliminación de todo tipo de discriminación selectiva y exclusión social
      • Garantizar el apoyo a las familias como marco de referencia en el que se desarrollan las personas
      • Sensibilizar, informar y promover valores de solidaridad e integración en la sociedad gallega
      • Promover y garantizar el derecho universal de la ciudadanía gallega al acceso a los servicios sociales, garantizando la suficiencia presupuestaria que asegure su efectividad
    • Principios
      • Universalidad
      • Prevención
      • Responsabilidad pública
      • Igualdad
      • Equidad y equilibrio territorial
      • Solidaridad
      • Aciión integral y personalizada
      • Autonomía personal y vida independiente
      • Participación
      • Integración y normalización
      • Globalidad
      • Descentralización y proximidad
      • Coordinación
      • Economía, eficacia y eficiencia
      • Planificación
      • Evaluación y calidad
    • Derechos
      • A utilizar el sistema de servicios sociales en condiciones de igualdad y sin discrimación
      • Recibir un trato acorde a la dignidad de la persona y al respeto de los derechos y libertades fundamentales tanto por parte personal como de las personas implicadas en el centro, programa o servicos
      • Intervención individualizada acorde con sus necesidades específicas, que se le asista de cara a su acceso a la atención social, sanitaria, educativa, cultural y, en general, a todas las necesidades personales que sean precisas para conseguir su desarrollo integral
      • Recibir información de manera ágil, suficiente y veraz, y en términos compresibles sobre los recursos y prestaciones del sistema gallego de servicios sociales
      • Tener asignada una persona profesional de referencia que actúe como interlocutor principal y que asegure la coherencia y la globalidad en el proceso de intervención social
      • Confidencialidad de los datos personales e información conocida por los servicios sociales
      • Acceder a su expediente personal y obtener una copia de el
      • Elegir libremente el tipo de medidas o de recursos adecuados para su caso
      • Rechazar la oferta de participación en servicios o programas ofertados
      • Recibir una tarjeta social que los acredite como titulares del derecho de acceso a los servicios sociales
      • Calidad de los servicios y prestaciones recibidas
      • Dar instrucciones previas respecto a la asistencia o cuidados que se les puedan administrar
      • Respecto a los derechos lingüísticos de las personas usuarias
      • A los demás derechos en materia de servicios socliales
    • Deberes
      • Cumplir las normas, requisitos y procedimientos para el acceso a los servicios sociales gallegos facilitando información de determinadas circunstancias
      • Comunicar cualquier cambios de las circunstancias que puedan implicar la interrupción o modificación de la intervención
      • Colaborar con el personal encargado de prestar los servicos
      • Mantener una actitud positiva con el personal de los servicios sociales
      • Participar de manera activa en en su proceso de mejora, autonomía personal o inserción social
      • Destinar las prestaciones recibidas al fin para el que fueron concedidas
      • Contribuis a la financiación del conste de los servicios con arreglo a la normativa vigente
      • Observar los reglamentos de régimen interior y normas de funcionamiento o convivencia de los centros
  2. Proviene de

    • Declaración Universas de los derechos humanos
      • Art. 25
        • Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tienen así mismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudedad, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes a su voluntad
    • Constitución española
      • Art. 9.2
        • Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas;remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los siudadanos en la vida política, económica, cultural y social
    • Estatuto de autonomía de Galicia
      • Art.27.23º
        • Asistencia social
  3. Estructura del sistema

    • Servicios sociales comunitarios
      • Referenciados a un territorio y población determinados
      • De carácter integrado,
      • Coordinados mediante protocolos y sistemas de derivación, información y colaboración con servicios especializados y otros servicios para el bienestar
      • Servicios sociales comunitarios básicos
        • Carácter ,local, abierto y polivalente y constituyen la vía normal de acceso al sistema de servicios sociales
        • Se desarrollan desde los centros de servicios polivalentes por medios de equipos interdisciplinares y con la estructura organizativa establecida por la administración
        • Funciones
          • Estudio y diagnóstico social que implica la detección y análisis de las necesidades y demandas, explícitas o implícitas
          • Elaboración de un plan de intervención acorde con las necesidades detectadas
          • Identificación de grupos de población vulnerables para el desarrollo de actuaciones de carácter preventivo
          • Atención de las situaciones individuales,la información, diagnóstico y valoración técnica y la consecuente intervención
          • Participación en la gestión de las prestaciones económicas y seguimiento de proyectos
          • Gestión de la ayuda en el hogar
          • Información, orientación y asesoramiento a toda la población
          • Fomento de la participación activa de la población mediante estrategias socioeducativas
      • Servicios sociales comunitarios específicos
        • Desarrollan programas y gestionan los centros orientados a colectivos con problemáticas identificadas y singulares, procurando su normalización y reincorporación social
        • Podrán tener carácter comarcal de acuerdo con la planificación y ordenación del sistema gallego de servicios sociales
        • Funciones
          • Programas y actividades para prevenir la exclusión de grupos vulnerables
          • Atención directa a colectivos con déficits de autonomía o en riesgo de exclusión social a través de programas de medio abierto, en centros de car´rcter no residencial o residencial temoral
          • Gestión de equipamientos comunitarios para sectores de población con necesidades específicas que posibiliten el logro de los objetivos
    • Servicios sociales especializados
      • Referenciados a un sector de población o a una necesidad que demandan una mayor especialización técnica
      • Planificación estratégica
      • Funciones
        • Valorar, diagnosticas e intervenir ante una situación que requiera alta especialización técnica
        • Gestionar centros y programas especializados
        • Promover medidas de reinserción en su ámbito de actuación y desarrollar medidas de rehabilitación orientadas a la normalización las condiciones de vida de los usuarios
        • Procedimientos de recogida y tratamiento de información de las personas usuarias en el sistema, garantizando la confidencialidad de los datos de carácter personal
    • Continuidad de los derechos de actuación social
      • Los servicios están coordinados, se complementan y coordinan para la consecución de los objetivos
      • un único expediente social básico en el que quedarán recogidas todas la intervenciones y servicios sociales
      • Incorporarán protocolos de retorno de la información a los servicios sociales comunitarios que se aseguren la actualización de la información en el expediente social básico
      • Procedimientos de recogida y tratamiento de informaciión de las personas usuarias
    • Tarjeta social gallega
      • Todas las personas con derecho de acceso a los servicios sociales dispondrán de una tarjeta social gallega
      • Facilitará la continuidad y coherencia del itinerario de intervención social
      • Figurará al centro y la persona profesional de referencia para su titular
      • Establecerán las medidas oportunas para la implantación progresiva y generalizada de esta tarjeta
  4. Órganos consultivos y de participación

    • Consejo gallego de Bienestar social
      • Órganos superior consultivo y de participación
      • Compuesto por
        • Xunta de Galicia
        • Entidades locales
        • Organizaciones empresariales, centrales sindicales y organizaciones profesionales
        • Entidades prestadoras de servicios sociales
        • Asociaciones
        • Universidades gallegas
        • Colegios profesionales
      • Funciones
        • Evaluar políticas
        • Informar proyectos de planificación y programación
        • Emitir dictámenes
        • Conocer de la gestión de los servicios sociales
        • Fomentar la participación de la sociedad
        • Seguimiento estadístico
        • Evaluación global de los resultados de la ejecución de los programas
        • Elaborar y/o modificar su reglamento de régimen interior
        • Cualquiera otra que le pueda ser reglamentariamente atribuída
    • Observatorio gallego de Servicios Sociales
    • Mesa gallega de Servicios Sociales
    • Participación ciudadana y de los usuarios
  5. Competencias de las administraciones públicas

    • Xunta de Galica
      • Marco normativo
      • Planificación y Programación
      • Registro único de entidades Prestadoras
      • Autorización y acreditación de centros
      • Formación e investigación
      • Asesoramiento y asistencia técnica
      • Diseño, creación, gestión y coordinación
      • Supervisión e evaluación de la calidad
      • Creación, mantenimiento y gestión
      • Valoración técnica de las situaciones
      • Concesión de las prestaciones
      • Gestión de subvenciones
      • Ejercicios de las potesdades inspectora y sancionardora
      • Cualquiera otra que se le atribuya por la normativa vigente
    • Ayuntameintos
      • Creación, gestión y mantenimiento de los servicios comunitarios básicos
      • Creación, gestión y mantenimiento de los servicios sociales comunitarios específicos
      • Colaboración en el fomento de los servicios prestados
      • Promoción y realización de estudios de investigación
      • Detección y análisis de las necesidades y de problemática social
      • Elaboración de planes y programas
      • Participación en la gestión de las prestaciones económicas
      • Fomento y promoción de la solidaridad
      • Creación,regulación e impulso de mecanismos de participación local
      • Coordinación
      • Cuantas cosas le sean atribuídas que sean legales

Información

Descripción
Mapa Mental sobre Ley de Servicios sociales de Galicia, creado por patri_vazkez el 27/11/2013.
Creado por
patri_vazkez
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