Este se halla reglamentado en el C.P.C desde el Art. 404 al 422
CAMPO DE APLICACIÓN
Para aquellos negocios que por su importancia o complejidad jurídica requieran de este procedimiento
CARACTERISTICAS
Es un juicio declarativo o sea destinado a obtener el reconocimiento de un derecho
Es un juicio extraordinario o especial desde el punto de vista de su estructura
Es un juicio concentrado , porq tanto para las excepciones dilatorias como las perentorias deben oponerse conjuntamente
Nota:
Se falla en sentencia
TRAMITACIÓN
Nota:
El juicio ordinario o declarativo es el mas amplio, pues contiene periodos procesales claramente definidos con términos suficientemente largos que permite el ejercicio de los derechos sustantivos en forma eficaz, completa y posible
Contempla C.P.C
Se presenta la demanda
Se califica
Se dispone su citación
Nota:
En esta citación se dispone que el demandado conteste en 15 días
Contestada la demanda se puede reconvenir, concediendo 15 días para la contestación
Se convoca a junta de conciliación
A petición de partes se abre la causa a prueba por el término de 10 días
Se presentan alegatos
Se dicta sentencia
JUICIO EJECUTIVO
Es un procedimiento contencioso, de aplicación general o
especial según el caso y de tramitación extraordinaria, por cuyo
medio se persigue el cumplimiento forzado de una obligación que
consta de titulo fehaciente e indubitado
Nota:
Fehaciente: Que prueba o demuestra algo de forma clara e indudable
Indubitado: Cierto y que no admite duda
CARACTERISTICAS
Es un procedimiento de aplicación general o especial segúnel caso
Es un procedimiento extraordinario o especial desde el punto de vista estructural
Es un procedimiento que tiene como fundamento una obligación
Nota:
Existencia que se halla establecida en los arts. 423 y 425 del C.P.C
Es un procedimiento inspirado en sentimientos de protección de los intereses del acreedor, y, de presunción del del deudor
FUNDAMENTO DEL JUICIO EJECUTIVO
Obtener por el acreedor el
cumplimiento forzado de una
obligación, que totalmente o
parcialmente ha sido incumplido por
el deudor
REQUISITOS PARA INICIAR JUICIO EJECUTIVO
Para iniciar un juicio ejecutivo se
precisa la existencia previa de un
Título , a la cual la Ley le atribuye
ejecutivo
Nota:
El cual conste de manera fehaciente e indubitada una obligación
DEFINICION DEL TITULO EJECUTIVO
Es la declaración solemne a la cual la Ley le obliga la fuerza indispensable para ser el antecedente inmediato de
una ejecución
Nota:
Quien crea los títulos ejecutivos es la Ley porq estab de por medio el interés público
JUICIO VERBAL SUMARIO
Se halla reglamentado en el C.P.C. , desde el Art. 843 al 862
Nota:
Tambien en otras normas de este Código Procesal
REQUISITOS PARA QUE SE TRAMITE UN JUICIO VERBAL SUMARIO
Que la acción por su propia naturaleza, requiera de una tramitación para que sea eficaz
Nota:
Que el legislador no haya previsto un procedimiento especial para esa acción
Se exige que la ley fija tal trámite en forma expresa
CASOS QUE SE TRAMITAN JUICIO VERBAL SUMARIO
Nota:
aRT. 843 C.P.C
Las de liquidación de
intereses, frutos, daños y
perjuicios, ordenadas en
sentencia ejecutoriada
Nota:
Los frutos serán liquidados en juicio verbal sumario. art. 48 C.P.C
Las controversias relativas a
predios urbanos entre arrendador
y arrendatario o subarrendatario
Los asuntos
comerciales que no
tuviesen
procedimiento
especial
CARACTERÍSTICAS DEL JUICIO VERBAL SUMARIO
Es un juicio declarativo o se a destinado a obtener el reconocimiento de un derecho
Es un juicio especial, porque sólo se lo aplica cuando
así lo expresa la Ley en forma expresa
Es un juicio extraordinario o sui-generis desde el punto de vista de su estructura
Es un juicio en teoría por lo menos breve,
por ser verbal y sumario, ya que se reduce a
demanda, citación, audiencia de conciliación,
contestación a la demanda
Nota:
Término de prueba de 6 días
Es un juicio concentrado, esto es tanto la cuestión principal como la acessoría deben d resolver en sentencia