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Mapa mental

ADMÓN. LOCAL (II)

Patricia Ac Español

Contenido del mapa

ADMÓN. LOCAL (II)

  1. Cap II Arts. 140 a 142

  2. distinguimos

  3. PROVINCIA

  4. MUNICIPIO

    • Características
      • La CE garantiza la autonomía de los municipios
      • Gozarán de pers jca plena
      • Su gob y admón corresponde a los Aytos
        • integrados por
          • Alcaldes
            • Elegidos por Concejales o vecinos
          • Concejales
            • Elegidos mte sufragio UILDS
          • La L regulará las condiciones del régimen de concejo abierto
      • Regulada en
        • L 7/1985, 2 abril, de Bases de Régimen Local
        • Art. 140 CE
    • Entidad local bca con pers jca y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines
    • ELEMENTOS
      • 1. TERRITORIO O TÉRMINO MUNICIPAL
        • Donde el Ayto ejerce sus comp
        • Pertenece a una sola prov
          • Su crea/modi/supre se regula por la legis de las CCAA sobre Régimen Local
            • Sin que esta alte pueda suponer modi de los límites prov
            • Requerirá audiencia de los municipios interesados y dictamen del Consejo de E o del Órg Consultivo Sup de los Consejos de Gob de las CCAA si existiere
      • 2. POBLACIÓN
        • Cº pers inscritas en el Padrón municipal
          • VECINO: se adquiere en el momento de su inscripción el el Padrón
          • Toda pers que viva en Esp está obligada a inscribirse en el del municipio que resida habitualmente (varios: en el que más tiempo al año)
          • Ayto: formación, mantenimiento, revisión y custodia
        • Datos obligatorios
          • 1. Nombre y apellidos
          • 2. Sexo
          • 3. Domicilio habitual
          • 4. Nacionalidad
          • 5. Lugar y fecha de nacimiento
          • 6. DNI o nº tarjeta de residencia si es extranjero
          • 7. Certificado académico que posea
          • 8. Otros datos necesarios para la elab del Censo electoral siempre que se garanticen los DF de la Ce
      • 3. ORGANIZACIÓN MUNICIPAL
        • Salvo los que funcionen en Régimen de Concejo Abierto
        • Las L de las CCAA sobre RL podrán establecer una complementaria
        • compuesta por
          • 1. ALCALDE: órg unipersonal que preside la Corporación (9 func)
          • 2. EL PLENO: integrado por los Concejales y presidido por el Alcade (4 func)
          • 3. TENIENTES ALCALDES: Sustituyen por el orden de su nombramiento y en los casos de vacante, ausencia o enfermedad al Alcalde. Siendo libremente designados po éste entre los miembros de la Junta de Gob local (si no existe entre Concejales)

Información

Descripción
Mapa Mental sobre ADMÓN. LOCAL (II), creado por Patricia Ac el 30/01/2016.
Creado por
Patricia Ac
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