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Mapa mental

REGLAS GENERALES Y COMPLEMENTARIAS

ZAYDA PATRICIA PALOMA CARBALLIDO GAYTAN Español

Contenido del mapa

REGLAS GENERALES Y COMPLEMENTARIAS

  1. REGLAS COMPLEMENTARIAS

  2. Regla 1

    • Los titulos de las secciones, de los Capitulos o de los Subcapitulos solo tienen un valor indicativo
    • Regla 2
      • a)
        • Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incluso incompleto o sin terminar
        • b)
          • Cualquier referencia a una materia en una partida determinada alcanza a dicha materia, incluso mezclada o asociada con otras materias
      • Regla 3
        • . Cuando una mercancía pudiera clasificarse, en principio, en dos o más partidas por aplicación de la Regla 2 b) o en cualquier otro caso
          • a)
            • La partida con descripción más específica tendrá prioridad sobre las partidas de alcance más genérico.
            • b)
              • Los productos mezclados, las manufacturas compuestas de materias diferentes o constituidas por la unión de artículos diferentes y las mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados
              • c)
                • Cuando las Reglas 3 a) y 3 b) no permitan efectuar la clasificación
        • Regla 4
          • Las mercancías que no puedan clasificarse aplicando las Reglas anteriores, se clasificarán en la partida que comprenda aquellas con las que tengan mayor analogía.
          • Regla 5
            • Además de las disposiciones precedentes, a las mercancías consideradas a continuación se les aplicarán las Reglas siguientes
              • a)
                • Los estuches para cámaras fotográficas, instrumentos musicales, armas, especialmente apropiados para contener un artículo determinado o un juego o surtido
                • b)
                  • Salvo lo dispuesto en la Regla 5 a) anterior, los envases que contengan mercancías se clasificarán con ellas cuando sean de los tipos normalmente utilizados para esa clase de mercancías
  3. REGLAS GENERALES

  4. 1a

    • Las Reglas Generalespara la interpretación de la Tarifa de la LIGIE son igualmente válidas para establecer dentro de cada subpartida la fracción arancelaria aplicable, excepto para la Sección XXII
    • 2a
      • La Tarifa del Art. 1 de esta Ley está dividida en 22 Secciones que se identifican con números romanos, ordenados en forma progresiva
      • a)
        • El Capítulo es identificado por los dos primeros dígitos, ordenados en forma progresiva del 01 al 98,
        • b)
          • El Código de partida se forma por los dos dígitos del Capítulo seguidos de un tercer y cuarto dígitos ordenados en forma progresiva;
          • c)
            • La subpartida se forma por los cuatro dígitos de la partida adicionados de un quinto y sexto dígitos, separados de los de la partida por medio de un punto.
      • 3a
        • Para los efectos de interpretación y aplicación de la Tarifa, la SE, conjuntamente con la de SHCP, dará a conocer mediante Acuerdos que se publicarán en el DOF
        • 4a
          • Con el objeto de mantener la unidad de criterio en la clasificación de las mercancías dentro de la Tarifa de esta Ley, la SHCP, previa opinión de la Comisión de Comercio Exterior, expedirá mediante Circulares que se publicarán en el DOF
          • 5a
            • Las abreviaturas empleadas en la Tarifa de esta Ley son, de manera enunciativa, más no limitativa, las siguientes: a) De cantidad, b) Paises , c) Otros
            • 6a
              • Cuando se mencionen límites de peso en la presente Tarifa, se referirán exclusivamente al peso de las mercancías.
              • 7a
                • Para dar cumplimiento a las negociaciones que los Estados Unidos Mexicanos realiza con otros países, por medio de las cuales concede tratamientos preferenciales a la importación de mercancías,
                • 8a
                  • Previa autorización de la SE
                  • 9a
                    • 9a No se considerarán como mercancías y, en consecuencia, no se gravarán
                    • 10a
                      • Las autoridades aduaneras competentes de la SHCP podrán exigir en caso de duda o controversia, los elementos que permitan la identificación arancelaria de las mercancías

Información

Descripción
Mapa Mental sobre REGLAS GENERALES Y COMPLEMENTARIAS, creado por ZAYDA PATRICIA PALOMA CARBALLIDO GAYTAN el 10/02/2018.
Actualizado
10 feb 2018
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