Mapa mental
Sindicatos regulados en El Salvador (Proceso de Constitución, Gobierno, Funcionamiento y Liquidación)
Contenido del mapa
Sindicatos regulados en El Salvador (Proceso de Constitución, Gobierno, Funcionamiento y Liquidación)
Constitución
- Determinar el tipo de Sindicato que se conformará
- Implica, lograr el número mínimo de miembros requeridos según el tipo de sindicato
- Reunión inicial de constitución donde se debe levantar acta de fundación, la cual deberá ser certificada por un notario.
- Redacción y Aprobación de Estatutos sindicales
- Obtener personería jurídica para que tengan validez ante MTPS
- Publicar en diario oficial resolución de personería jurídica y Estatutos Sindicales
- Presentar
- Copia del acta de fundación
- Dos ejemplares de los estatutos sindicales con la certificación del acta en la que fueron aprobados
- Presentar
- Determinar el tipo de Sindicato que se conformará
Gobierno y Funcionamiento
- Asambleas
- Generales
- Elegir miembros de la Junta Directiva General
- Aprobar Reforma de Estatutos
- Aprobación de presupuesto anual de ingresos y gastos
- Expulsión e inclusión de miembros del sindicato
- Acuerdo sobre disolución del sindicato
- Máxima autoridad del sindicato
- Seccionales
- Elegir miembros de la Junta Directiva Seccionales
- Aprobar presupuesto anual de ingresos y gastos de la seccional
- Las mismas detalladas para las generales, pero que atañen a las seccionales
- Para su constitución debe estar presente la mitad más uno de los miembros del sindicato
- Los acuerdos tomados serán por simple mayoría de votos
- Generales
- Juntas Directivas
- Generales
- Tendrán a cargo la dirección y administración del sindicato
- Sus miembros no podrán ser menos de tres ni mayor de once
- Llevar un libro para el registro de los miembros del sindicato, uno de actas y acuerdos y los de contabilidad que fueren necesarios
- Seccionales
- Responsables de lo atinente a la seccional por empresa
- Sus miembros no podrán ser menos de tres ni mayor de siete
- Para ser miembro se requiere ser salvadoreño y ser mayor de dieciocho años, ser miembro del sindicato entre otros
- Generales
- Asambleas
Liquidación
- Motivos de disolución
- Cuando por mas de un año el número de sus miembros hubiese caído por debajo e 35
- Por imposibilidad jurídica
- Por disposición de sus miembros de acuerdo a estatutos
- Comunicar al Director General de Trabajo a efecto de ordenar la cancelación de la inscripción del sindicato en el registro respectivo
- librará oficios a los Ministros de Trabajo y Previsión Social y de Economía, así como a la última junta directiva del sindicato, para que dentro de los diez días siguientes al de su recibo, cada uno de ellos nombre un delegado para integrar la Comisión Liquidadora del sindicato
- La Comisión Liquidadora deberá
- La comisión levantará inventario de los fondos, valores y demás bienes y obligaciones del sindicato, para lo cual su última junta directiva le entregará los libros, documentos, papeles, fondos y haberes del sindicato, y le proporcionará toda la información que fuere necesaria.
- La comisión, si lo estima necesario, podrá convocar a la asamblea general o a la última junta directiva del sindicato con el fin de consultar cualquier caso no previsto en la ley ni en los estatutos
- Promover y realizar el cobro de las deudas a favor del sindicato
- Vender los bienes muebles e inmuebles del sindicato
- Efectuar los pagos necesarios para satisfacer los compromisos originados por la liquidación
- Dar destino legal a los haberes líquidos del sindicato
- exigir de los miembros del sindicato el pago de las cuotas sindicales que resulten en descubierto.
- La Comisión Liquidadora no podrá:
- Tomar dinero a préstamo para pagar las deudas del sindicato
- Hipotecar o gravar en cualquier forma los bienes muebles o inmuebles del sindicato
- Desistir de cualquier pleito en que el sindicato sea parte y del cual le pueda resultar beneficio económico.
- La Comisión Liquidadora deberá
- El Director General de Trabajo someterá a la aprobación del Director General de Trabajo, las cuentas finales y un informe explicativo del desempeño de su mandato, acompañado de todos los documentos que esclarezcan y justifiquen su gestión
- librará oficios a los Ministros de Trabajo y Previsión Social y de Economía, así como a la última junta directiva del sindicato, para que dentro de los diez días siguientes al de su recibo, cada uno de ellos nombre un delegado para integrar la Comisión Liquidadora del sindicato
- Los libros, papeles y documentos del sindicato se depositarán en el archivo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, donde se conservarán por diez años
- Aprobadas las cuentas de liquidación, el Director General de Trabajo lo comunicará al Ministro de Trabajo y Previsión Social, para que éste emita acuerdo declarando extinguida la personalidad jurídica del sindicato. Dicho acuerdo deberá ser publicado en el Diario Oficial.
- Motivos de disolución
Información
- Descripción
- Lab 1 Legislación Empresarial Mapa Mental sobre Sindicatos regulados en El Salvador (Proceso de Constitución, Gobierno, Funcionamiento y Liquidación), creado por Silvia Gámez el 15/05/2018.
- Creado por
- Silvia Gámez
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