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DELITOS INFORMATICOS
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DELITOS INFORMATICOS
Que son
- El avance tecnológico constante que se presenta en la actualidad, que además se da a pasos agigantados, como la masificación del uso de la tecnología en el mundo, es una realidad que permea todas las actividades que se realizan en la sociedad de hoy día, cosas como la redes sociales, las aplicaciones que gestionan información de los usuarios, el internet de las cosas, entre otras, implican que quienes las utilizan se expongan a diversos riesgos de sufrir ataques contra su información, contra sus sistemas e incluso contra su propia integridad. Como consecuencia de esto, desde hace unos años, en varios países (incluido Colombia) se ha comenzado a hablar de los delitos informáticos, esto como una necesidad de proteger a los usuarios de las diversas herramientas tecnológicas, principalmente Internet.
- CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES
- Son delitos difíciles de demostrar ya que, en muchos casos, es complicado encontrar las pruebas. Son actos que pueden llevarse a cabo de forma rápida y sencilla. En ocasiones estos delitos pueden cometerse en cuestión de segundos, utilizando sólo un equipo informático y sin estar presente físicamente en el lugar de los hechos. Los delitos informáticos tienden a proliferar y evolucionar, lo que complica aun más la identificación y persecución de los mismos.
- CÓDIGO PENAL COLOMBIANO LEY 599 DE 2000
- ARTíCULO 269A: ACCESO ABUSIVO A UN SISTEMA INFORMÁTICO. El que, sin autorización o por fuera de lo acordado, acceda en todo o en parte a un sistema informático protegido o no con una medida de seguridad, o se mantenga dentro del mismo en contra de la voluntad de quien tenga el legítimo derecho a excluirlo, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes
- Artículo 269B. Obstaculización ilegítima de sistema informático o red de telecomunicación El que, sin estar facultado para ello, impida u obstaculice el funcionamiento o el acceso normal a un sistema informático, a los datos informáticos allí contenidos, o a una red de telecomunicaciones, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con una pena mayor. Lea más: https://leyes.co/codigo_penal/269B.htm
- Artículo 269C. Interceptación de datos informáticos El que, sin orden judicial previa intercepte datos informáticos en su origen, destino o en el interior de un sistema informático, o las emisiones electromagnéticas provenientes de un sistema informático que los transporte incurrirá en pena de prisión de treinta y seis (36) a setenta y dos (72) meses. Lea más: https://leyes.co/codigo_penal/269C.htm
- ARTíCULO 269D: DAÑO INFORMÁTICO. El que, sin estar facultado para ello, destruya, dañe, borre, deteriore, altere o suprima datos informáticos, o un sistema de tratamiento de información o sus partes o componentes lógicos, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Artículo 269E. Uso de software malicioso El que, sin estar facultado para ello, produzca, trafique, adquiera, distribuya, venda, envíe, introduzca o extraiga del territorio nacional software malicioso u otros programas de computación de efectos dañinos, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Lea más: https://leyes.co/codigo_penal/269E.htm
- Artículo 269F: Violación de datos personales. El que, sin estar facultado para ello, con provecho propio o de un tercero, obtenga, compile, sustraiga, ofrezca, venda, intercambie, envíe, compre, intercepte, divulgue, modifique o emplee códigos personales, datos personales contenidos en ficheros, archivos, bases de datos o medios semejantes, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Artículo 269G: Suplantación de sitios web para capturar datos personales. El que con objeto ilícito y sin estar facultado para ello, diseñe, desarrolle, trafique, venda, ejecute, programe o envíe páginas electrónicas, enlaces o ventanas emergentes, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena más grave.
- Artículo 269H: Circunstancias de agravación punitiva: Las penas imponibles de acuerdo con los artículos descritos en este título, se aumentarán de la mitad a las tres cuartas partes si la conducta se cometiere: 1. Sobre redes o sistemas informáticos o de comunicaciones estatales u oficiales o del sector financiero, nacionales o extranjeros. 2. Por servidor público en ejercicio de sus funciones. 3. Aprovechando la confianza depositada por el poseedor de la información o por quien tuviere un vínculo contractual con este. 4. Revelando o dando a conocer el contenido de la información en perjuicio de otro. 5. Obteniendo provecho para sí o para un tercero. 6. Con fines terroristas o generando riesgo para la seguridad o defensa nacional. 7. Utilizando como instrumento a un tercero de buena fe. 8. Si quien incurre en estas conductas es el responsable de la administración, manejo o control de dicha información, además se le impondrá hasta por tres años, la pena de inhabilitación para el ejerci
- Artículo 269I: Hurto por medios informáticos y semejantes. El que, superando medidas de seguridad informáticas, realice la conducta señalada en el artículo 239 manipulando un sistema informático, una red de sistema electrónico, telemático u otro medio semejante, o suplantando a un usuario ante los sistemas de autenticación y de autorización establecidos, incurrirá en las penas señaladas en el artículo 240 de este Código.
- Artículo 269J: Transferencia no consentida de activos. El que, con ánimo de lucro y valiéndose de alguna manipulación informática o artificio semejante, consiga la transferencia no consentida de cualquier activo en perjuicio de un tercero, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena más grave, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento veinte (120) meses y en multa de 200 a 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes. La misma sanción se le impondrá a quien fabrique, introduzca, posea o facilite programa de computador destinado a la comisión del delito descrito en el inciso anterior, o de una estafa. Si la conducta descrita en los dos incisos anteriores tuviere una cuantía superior a 200 salarios mínimos legales mensuales, la sanción allí señalada se incrementará en la mitad.
- COMO PREVENIRLO
- Actualice regularmente su sistema operativo y el software instalado en su equipo, poniendo especial atención a las actualizaciones de su navegador web. A veces, los sistemas operativos presentan fallos, que pueden ser aprovechados por delincuentes informáticos. Frecuentemente aparecen actualizaciones que solucionan dichos fallos. Estar al día con las actualizaciones, así como aplicar los parches de seguridad recomendados por los fabricantes, le ayudará a prevenir la posible intrusión de hackers y la aparición de nuevos virus. Instale un Antivirus y actualícelo con frecuencia. Analice con su antivirus todos los dispositivos de almacenamiento de datos que utilice y todos los archivos nuevos, especialmente aquellos archivos descargados de internet. Instale un Firewall o Cortafuegos con el fin de restringir accesos no autorizados de Internet. Es recomendable tener instalado en su equipo algún tipo de software anti-spyware, para evitar que se introduzcan en su equipo programas espías destin
- CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES
- El avance tecnológico constante que se presenta en la actualidad, que además se da a pasos agigantados, como la masificación del uso de la tecnología en el mundo, es una realidad que permea todas las actividades que se realizan en la sociedad de hoy día, cosas como la redes sociales, las aplicaciones que gestionan información de los usuarios, el internet de las cosas, entre otras, implican que quienes las utilizan se expongan a diversos riesgos de sufrir ataques contra su información, contra sus sistemas e incluso contra su propia integridad. Como consecuencia de esto, desde hace unos años, en varios países (incluido Colombia) se ha comenzado a hablar de los delitos informáticos, esto como una necesidad de proteger a los usuarios de las diversas herramientas tecnológicas, principalmente Internet.
Información
- Descripción
- Mapa Mental sobre DELITOS INFORMATICOS, creado por samuel loaiza el 05/08/2019.
- Creado por
- samuel loaiza
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