Mapa mental
CONVENIO ARBITRAL

Contenido del mapa
CONVENIO ARBITRAL
Artículo 13.- Contenido y forma del convenio arbitral
- El convenio arbitral es un acuerdo por el que las partes deciden someter a arbitraje
- controversias
- ciertas controversias
- El convenio arbitral deberá constar por escrito
- adoptar la forma de una cláusula incluida en un contrato
- acuerdo independiente
- Convenio arbitral es escrito cuando quede constancia de su contenido en cualquier forma,
- acuerdo de arbitraje
- contrato
- Se entenderá que el convenio arbitral consta por escrito cuando se cursa una comunicación electrónica y la información en ella consignada es accesible para su ulterior consulta.
- Cuando el arbitraje fuere internacional
- el convenio arbitral será válido
- la controversia será susceptible de arbitraje
- La referencia hecha en un contrato a un documento que contenga
- Una cláusula de arbitraje
- Constituye un convenio arbitral por escrito
- Una cláusula de arbitraje
- El convenio arbitral es escrito cuando esté consignado
- Intercambio de escritos de demanda
- contestación en los que la existencia de un acuerdo sea afirmada por una parte
- El convenio arbitral es un acuerdo por el que las partes deciden someter a arbitraje
Artículo 14.- Extensión del convenio arbitral.
- El convenio arbitral se extiende a aquellos cuyo consentimiento de someterse a arbitraje
- Según la buena fe, se determina por su participación activa y de manera determinante en la negociación, celebración, ejecución o terminación del contrato que comprende el convenio arbitral o al que el convenio esté relacionado.
- Se extiende también a quienes pretendan derivar derechos o beneficios del contrato, según sus términos.
- Según la buena fe, se determina por su participación activa y de manera determinante en la negociación, celebración, ejecución o terminación del contrato que comprende el convenio arbitral o al que el convenio esté relacionado.
- El convenio arbitral se extiende a aquellos cuyo consentimiento de someterse a arbitraje
Artículo 15.- Relaciones jurídicas estándares.
- En el arbitraje nacional,
- Los convenios arbitrales referidos a relaciones jurídicas contenidas en cláusulas generales de contratación o contratos por adhesión
- El convenio arbitral ha sido conocido en los siguientes supuestos
- Si se encuentra incluido en condiciones estándares separadas del documento principal, y se hace referencia al arbitraje en el cuerpo del contrato principal y éste último es por escrito y está firmado por las partes.
- Si está incluido en las condiciones generales que se encuentran en el cuerpo del contrato principal y éste último es por escrito y está firmado por las partes.
- Si está incluido en las condiciones generales que se encuentran reproducidas en el reverso del documento principal, y se hace referencia al arbitraje en el cuerpo del contrato principal y éste último es por escrito y está firmado por las partes.
- En el arbitraje nacional,
Artículo 16.- Excepción de convenio arbitral.
- Si se interpone una demanda judicial respecto de una materia sometida a arbitraje,
- La excepción se plantea dentro del plazo previsto en cada vía procesal, acreditando la existencia del convenio arbitral y, de ser el caso, el inicio del arbitraje.
- En el arbitraje internacional, si no estuviera iniciado el arbitraje, la autoridad judicial sólo denegará la excepción cuando compruebe que el convenio arbitral es manifiestamente nulo de acuerdo con las normas jurídicas
- La excepción de convenio arbitral, sea que se formule antes o después de iniciado el arbitraje
- Las actuaciones arbitrales podrán iniciarse o proseguir, pudiendo incluso, a discreción del tribunal arbitral, dictarse el laudo, aun cuando se encuentre en trámite la excepción de convenio arbitral.
Artículo 17.- Derivación de controversia judicial a arbitraje.
- Las partes por iniciativa propia
- Propuesta del juez
- Pueden acordar derivar a arbitraje una controversia de naturaleza disponible conforme a derecho o cuando la ley o los tratados o acuerdos internacionales lo autoricen, para lo cual deberán formalizar un convenio arbitral.
Artículo 18.- Renuncia al arbitraje.
- Será válida sólo si se manifiesta en forma
- Tacita
- Cuando no se invoca la excepción de convenio arbitral en el plazo correspondiente
- Expresa
- Cuando consta en un documento suscrito por las partes
- Tacita
- Será válida sólo si se manifiesta en forma
Imágenes y archivos del mapa
Información
- Descripción
- Mapa Mental sobre CONVENIO ARBITRAL, creado por ROCIO BERIOSKA CISNEROS CAMPANA el 25/06/2020.
- Creado por
- ROCIO BERIOSKA CISNEROS CAMPANA
- Visitas
- 0
- Valoración


