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Mapa mental sobre contratos financieros: leasing, factoring, mutuo y arrendamiento

Mapa mental: contratos financieros

Contenido del mapa

Contratos

  1. CONTRATO LEASING

    • Es financiero y operativo.
      • es un arrendamiento , que hace na empresa para garantizar un proceso.
        • Es un contrato de caracter comercial mediante el cual se de da zuna persona que pagara un arrendamiento.
          • leasing financiero
            • La empresa puede tener un tiempo el bien y en el futuro se puede comprar el bien.
          • leasing operativo
            • se tiene el bien y se puede cambiar por uno mas nuevo.
          • Se define el activo fijo, y un asesor financiero analiza el bien y la forma de arrendamiento.
  2. CONTRATO FACTORING

    • Es una herramienta financiera
      • Se utiliza cuando una compañía no tiene dinero para invertir
        • A cambio de un porcentaje de descuento a la organizacion le dan el dinero al momento que decida aceptar el termino pactado
          • no deudas y no estados financieros se piden a la empresa para el desembolso del dinero, ademas se tiene mas plazo para el pago.
  3. EL CONTRATO DE MUTUO

    • Es uno de los contratos de mayor trascendencia y versatilidad, pues constituye el contrato más utilizado dentro del sistema financiero nacional e internacional y sirve también para satisfacer las necesidades económicas de la vida diaria, en diversos niveles y proporciones.
      • Se le conoce como Préstamo de consumo, por el cual el acreedor llamado Mutuante, se obliga a entregar en préstamo una suma determinada de dinero o bienes consumibles denominados en su cantidad, calidad y especie a favor del Mutuatario, quien se obliga a devolver en un plazo convenido, otros bienes en igual cantidad, calidad y especie.
        • Características
          • El objeto del contrato es el préstamo de bienes consumibles.
          • Es un contrato oneroso, pues se ha establecido que el mutuatario debe pagar los intereses convenidos, y a falta de convenio se pagarán intereses legales. La exoneración del pago de intereses debe ser pactada expresamente por escrito.
          • Es un contrato necesariamente temporal, pues el mutuario deberá devolver el dinero o los bienes dentro del plazo convenido. A falta de plazo se entiende que es de 30 días contados desde la fecha de entrega
  4. EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

    • Es el contrato por el cual una persona cede temporalmente el uso de un bien a cambio de una renta.
      • Elementos esenciales del contrato
        • Los sujetos: intervienen necesariamente dos partes. A una se le denomina Arrendador normalmente es el propietario o la persona autorizada, y la contraparte Arrendatario, que es la persona que entra en posesión y disfruta del bien, pagando una renta.
        • Plazo: Una característica de este contrato es el plazo determinado. El Art. 1688 del C.C. establece que no puede exceder de lO años; los bienes del Estado no pueden ser arrendados por más de 6 años, y los de menores, por más de 3 años. Todo plazo mayor se considera nulo en la parte del exceso.
        • Formalidad: Los contratos pueden ser verbales, escritos o solemnes, es decir, por escritura pública. Sin embargo, el Art. 1670 del C.C. establece diferentes preferencias para cuando el mismo bien es arrendado a dos o más personas, teniéndose en estos casos importancia la forma adoptada en el contrato.

Información

Descripción
se evidencian las formas de contratos a los que pueden recurrir tanto la personas naturales como las jurídicas, ademas de sus características y debidos usos.
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jpaezlar2987
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