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CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL TÉCNICAS DE INDAGACIÓN E INVESTIGACIÓN DE LA PRUEBA Y SISTEMA PROBATORIO TITULO I.

Carlos Pacheco Español

Contenido del mapa

CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL TÉCNICAS DE INDAGACIÓN E INVESTIGACIÓN DE LA PRUEBA Y SISTEMA PROBATORIO TITULO I.

  1. INDAGACIÓN Y LA INVESTIGACIÓN

    • ORGANOS DE INDAGACIÓN E INVESTIGACIÓN
      • Fiscalía General de la Nación
        • Le corresponde dirección, coordinación, control jurídico
      • ÓRGANOS DE POLICÍA JUDICIAL PERMANENTE
        • Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía
        • Policía Nacional
  2. ÓRGANOS QUE EJERCEN FUNCIONES PERMANENTES DE POLICÍA JUDICIAL DE MANERA ESPECIAL DENTRO DE SU COMPETENCIA

    • Procuraduría General de la Nación
    • Contraloría General de la República
    • Autoridades de tránsito.
    • Entidades públicas que ejerzan funciones de vigilancia y control
    • Directores nacional y regional del Inpec
    • Los alcaldes
    • Los inspectores de policía
  3. ÓRGANOS QUE EJERCEN TRANSITORIAMENTE FUNCIONES DE POLICÍA JUDICIAL

    • Entes públicos por resolución del Fiscal General
  4. ÓRGANO TÉCNICO-CIENTÍFICO

    • Medicina Legal y Ciencias Forenses
  5. ACTIVIDAD DE POLICÍA JUDICIAL EN LA INDAGACIÓN E INVESTIGACIÓN

    • ENTREVISTA
      • Se efectuará observando las reglas técnicas
      • Entrevista Forense A Niños, Niñas Y Adolescentes Víctimas Relacionados Con Violencia Sexual
    • informe de investigador de campo
      • Descripción clara y precisa de
        • Tecnicas
        • Resultado
        • EMP - EF Descubiertos
    • Informe De Investigador De Laboratorio
      • Descripción clara y precisa dE
        • Elemento material probatorio y evidencia física examinados
        • procedimientos técnicos empleados
        • instrumentos empleados
        • Los procedimientos de su actividad técnico-científica
      • Explica
        • Principio O Principios Técnicos Y Científicos Aplicados
        • Los resultados
    • Grupos De Tareas Especiales
      • fiscales
      • miembros de policía judicial
    • Análisis de la actividad de policía judicial en la indagación e investigación
  6. Actividad de policía

    • identificarán, recogerán y embalarán técnicamente los EMP - EF
  7. Protección de testigos en la etapa de indagación e investigación

    • Procede ante un riesgo cierto para la vida o la integridad física de un testigo o de un perito
  8. Reserva de la actuación penal

    • La indagación será reservada
  9. ACTUACIONES QUE NO REQUIEREN AUTORIZACIÓN JUDICIAL PREVIA PARA SU REALIZACIÓN

    • Inspección del lugar del hecho.
    • Inspección De Cadáver
    • Inspecciones En Lugares Distintos Al Del Hecho
    • Aseguramiento y custodia
    • Exhumación
    • Aviso de ingreso de presuntas víctimas
  10. Procedencia de los registros y allanamientos

    • Fundamento de la orden
      • Existan motivos razonablemente fundados
      • Interior se hallan los instrumentos con los que se ha cometido la infracción
      • Concluir que la ocurrencia del delito investigado
      • Respaldados en informes de Policía Judicial
    • Para recoger EMP-EF
    • Alcances de la orden
      • Ha de ser especifica con respecto al lugar
    • Objetos no susceptibles de registro
      • Las comunicaciones escritas
        • Entre el indiciado, imputado o acusado con sus abogados
        • El indiciado, imputado o acusado con las personas que por razón legal están excluidas del deber de testificar
      • Archivos de las personas
    • La orden de registro y allanamiento deberá ser diligenciada en un término máximo de treinta (30) días
    • Reglas particulares para el diligenciamiento de la orden de registro y allanamiento
      • Se adelantará exclusivamente en los lugares autorizados
      • Se garantizará la menor restricción posible de los derechos de las personas
      • Se levantará un acta que resuma la diligencia
    • Allanamientos especiales
      • Bienes inmuebles, naves, aeronaves o vehículos automotores gocen de inmunidad diplomática o consular
    • Acta de la diligencia
    • Procedimiento en caso de flagrancia
      • Policía judicial podrá proceder al registro y allanamiento del inmueble, nave o aeronave del indiciado
    • Excepciones al requisito de orden escrita
      • Consentimiento expreso del propietario o tenedor
      • No exista una expectativa razonable de intimidad
      • Se trate de situaciones de emergencia tales como incendio
  11. Término para la realización de actividades investigativas de grupos delictivos organizados y grupos armados organizados

    • Indagación 6 meses
    • Formulación de imputación 3 meses
  12. ACTUACIONES QUE REQUIEREN AUTORIZACIÓN JUDICIAL PREVIA PARA SU REALIZACIÓN

    • Inspección Corporal.
      • Busqueda en en el cuerpo del imputado existen elementos materiales probatorios y evidencia física
    • Registro personal
      • Se da cuando alguna persona relacionada con la investigación que adelanta, está en posesión de elementos materiales probatorios y evidencia física
    • Obtención de muestras que involucren al imputado.
      • Grafotécnico
      • Muestras de fluidos corporales
  13. Procedimiento en caso de lesionados o de víctimas de agresiones sexuales.

    • Consentimiento escrito
  14. MÉTODOS DE IDENTIFICACIÓN

    • Reconocimiento por medio de fotografías o vídeos
    • Reconocimiento en fila de personas
      • se efectuará mediante la conformación de una fila de personas, en número no inferior a siete (7), incluido el imputado
      • No podrá estar presente en una fila de personas más que un indiciado
  15. CADENA DE CUSTODIA

    • Factores a tener en cuenta
      • Identidad
      • Estado original
      • Condiciones de recolección
      • Preservación
      • Embalaje y envío
      • Lugares y fechas de permanencia
      • Cambios que cada custodio haya realizado
    • Responsabilidad
      • Es responsabilidad de los servidores públicos que entren en contacto con los elementos materiales probatorios y evidencia física
    • Macroelementos materiales probatorios
      • Se grabarán en videocinta o se fotografiarán su totalidad y, especialmente, se registrarán del mismo modo los sitios en donde se hallaron huellas, rastros, microrrastros o semejantes
    • Traslado de contenedor
      • Se entregará en la oficina de correspondencia o la que haga sus veces, bajo el recibo que figura en el formato de cadena de custodia.
    • Traspaso de contenedor
      • Se entregará el contenedor al perito que corresponda según la especialidad previo diligenciamiento del formato de Cadena de Custodia
        • ACTUACIÓN DEL PERITO
          • Dejará constancia del estado en que se encuentra y procederá a las investigaciones y análisis
    • Responsabilidad de cada custodio
      • Cada servidor público de los mencionados en los artículos anteriores, será responsable de la custodia del contenedor y del elemento material durante el tiempo que esté en su poder
    • Remanentes
      • Los remanentes del elemento material analizado, serán guardados en el almacén que en el laboratorio está destinado para ese fin
    • Examen previo al recibo
      • Antes de recibir los EMP-EF, se revisará el recipiente que lo contiene y dejará constancia del estado en que se encuentre
    • identificación
      • Toda persona que aparezca como rotulador o embalador deberá identificarse con su nombre completo y apellidos, el número de su cédula de ciudadanía y el cargo que desempeña
  16. FACULTADES DE LA DEFENSA EN LA INVESTIGACIÓN

    • Facultades de quien no es imputado
      • Podrá asesorarse de abogado
    • Facultades Del Imputado
      • buscar, identificar empíricamente, recoger y embalar los elementos materiales probatorios y evidencia física
    • Solicitud a peritos
      • Actuación del perito
        • Recibida la solicitud y los elementos los examinará y devolverá en caso de no estar bien sellado e identificado
    • Facultad de entrevistar
      • Podrán entrevistar a personas con el fin de encontrar información útil para la defensa
    • Obtención de declaración jurada
      • Podrán solicitar a un alcalde municipal, inspector de policía o notario público, que le reciba declaración jurada a la persona, cuya exposición pueda resultar de especial utilidad para la investigación
    • Solicitud de prueba anticipada
      • Podrán solicitar al juez de control de garantías, la práctica anticipada de cualquier medio de prueba, en casos de extrema necesidad y urgencia, para evitar la pérdida o alteración del medio probatorio

Información

Descripción
Mapa Mental sobre CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL TÉCNICAS DE INDAGACIÓN E INVESTIGACIÓN DE LA PRUEBA Y SISTEMA PROBATORIO TITULO I., creado por Carlos Pacheco el 13/04/2021.
Creado por
Carlos Pacheco
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