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Procedimiento Ordinario (COGEP)
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Procedimiento Ordinario (COGEP)
Consiste en la realización de un procedimiento efectuado ante la autoridad judicial, donde las partes procesales buscan que se dé una solución al fondo del asunto a través de una sentencia. El procedimiento ordinario se divide en dos audiencias: 1. Audiencia preliminar y; 2. Audiencia de juicio
- 1. Audiencia Preliminar (Sección II, Libro IV COGEP)
- Las partes están obligadas a comparecer personalmente (art. 293 COGEP)
- Excepción
- Se ha designado procurador judicial o común
- Desarrollo (art. 294 COGEP)
- 1. Se instala la audiencia
- Partes se pronuncian sobre excepciones previas propuestas
- 2. Juzgador resuelve cuestiones que pueden llegar a afectar la validez del proceso y determina el objeto de controversia
- Sobre excepciones previas, juez determina si son:
- Subsanables
- Defecto en forma en que se propuso la demanda
- Falta de capacidad
- Asunto de puro derecho
- Insubsanables
- Se archiva la causa
- Subsanables
- Sobre excepciones previas, juez determina si son:
- 3. Juez da palabra a parte actora y demandada para que éstos expongan los fundamentos de la demanda (actor) y la contestación (demandado)
- 4. Juez promueve la conciliación
- Se configura la conciliación
- Total
- Mediante sentencia que causa ejecutoría
- Finaliza el proceso
- Mediante sentencia que causa ejecutoría
- Parcial
- 5. Juzgador lo aprueba mediante auto que causa ejecutoría
- Continúa el proceso sobre la materia que subsiste en la controversia
- Proceso continúa
- 6. Juzgador podrá disponer que controversia pase a centro de mediación
- Pasa a mediación
- Se suscribe acta de mediación con acuerdo total
- Finaliza el proceso
- Se suscribe acta de mediación con acuerdo total
- No pasa a mediación
- Continúa el proceso
- 7. Si no existe vicios de procedimiento, continúa la audiencia y las partes deberán:
- a) Anunciar pruebas
- b) Juzgador podrá ordenar práctica de pruebas de oficio
- c) Se podrá solicitar la exclusión, rechazo o inadmisibilidad de pruebas que no requieren ser probadas
- d) Juez resuelve la admisibilidad de la prueba y excluye medios de prueba ilegales
- e) Se planifican las pruebas que deban practicarse antes de la audiencia de juicio
- d) Juez resuelve la admisibilidad de la prueba y excluye medios de prueba ilegales
- c) Se podrá solicitar la exclusión, rechazo o inadmisibilidad de pruebas que no requieren ser probadas
- b) Juzgador podrá ordenar práctica de pruebas de oficio
- Concluidas las intervenciones
- Juzgador dirá sus resoluciones y señalará fecha para audiencia de juicio
- a) Anunciar pruebas
- Pasa a mediación
- 6. Juzgador podrá disponer que controversia pase a centro de mediación
- 5. Juzgador lo aprueba mediante auto que causa ejecutoría
- Total
- No se configura la conciliación
- Se configura la conciliación
- 1. Se instala la audiencia
- Excepción
- Las partes están obligadas a comparecer personalmente (art. 293 COGEP)
- 2. Audiencia de Juicio (Sección III, Libro IV COGEP)
- Juzgador declara instalada la audiencia y se da lectura del acta de la audiencia preliminar (Art. 297 COGEP)
- Se procede a alegatos iniciales por parte de:
- Juzgador ordena práctica de las pruebas
- Testigos y peritos rinden su declaración y firman libro de asistencia
- Juez emite su resolución mediante pronunciamiento oral
- Resolución escrita y motivada se notifica en término de 10 días
- Finaliza el proceso
- Se presenta recurso de apelación y se procede a segunda instancia (art. 298 COGEP)
- Resolución escrita y motivada se notifica en término de 10 días
- Juez emite su resolución mediante pronunciamiento oral
- Testigos y peritos rinden su declaración y firman libro de asistencia
- Actor
- Demandado
- Juzgador ordena práctica de las pruebas
- Se procede a alegatos iniciales por parte de:
- Juzgador declara instalada la audiencia y se da lectura del acta de la audiencia preliminar (Art. 297 COGEP)
- 1. Audiencia Preliminar (Sección II, Libro IV COGEP)
Todo proceso comienza con la presentación de la demanda (art. 141 COGEP)
- Juez califica demanda (art. 146 COGEP)
- Cumple requisitos formales
- Se procede a:
- No cumple requisitos formales
- Actor completa y/o aclara demanda y se procede a:
- Actor no completa y/o aclara la demanda
- Se ordena el archivo de la causa
- Cumple requisitos formales
- Juez califica demanda (art. 146 COGEP)
Información
- Descripción
- Mapa Mental sobre Procedimiento Ordinario (COGEP), creado por Sebastian Ordonez el 21/01/2022.
- Creado por
- Sebastian Ordonez
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