Mapa mental
Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia
Contenido del mapa
Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia
SISTEMA GALLEGO DE SS.SS.
- Conjunto coordinado de prestaciones, programas y equipamientos, tanto de titularidad pública como de titularidad privada, acreditados y concertados por la administración destinados para garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a la calidad de vida y a la participación social de toda la población gallega.
- SS.SS. comunitarios
- Específicos
- De carácter comarcal
- Funciones
- Desarrollo de programas y actividades para prevenir la exclusión de grupos vulnerables
- Atención directa
- Gestión de equipamientos comunitarios
- Básicos
- Carácter local, abierto y polivalente
- Funciones
- Estudiar, diagnosticar e identificar, detectar y analizar las necesidades y demandas explícitas e implícitas de la comunidad
- Elaboración de un plan de intervención
- Atención e intervención
- Informar, orientar, asesorar de los recursos sociales
- Fomentar una educación de solidaridad y cooperación
- Específicos
- SS.SS. especializados
- Planificación estratégica dirigido a un sector de la población demandante de una especial intervención
- Funciones
- Valorar, diagnosticar e intervenir ante situaciones que requieren una alta especialización técnica e interdisciplinar
- Gestionar centros y programas especializados
- Promover medidas de reinserción
- Prestar colaboración y asesoramiento
- Competencias en materia de SS.SS.
- Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia
- Corporaciones locales de Galicia
- Xunta de Galicia
- Delegación
- Ayuntamiento
- Equipo profesional
- Profesional de referencia
- De carácter interdisciplinar en la búsqueda de una atención integral
- Infracciones
- Leves
- Sanción leve, multa hasta 3000 €
- Graves
- Sanción grave, desde 3001€ a 15.000€ o sanciones de tipo inmaterial
- Muy graves
- Sanción muy grave, desde 15.001€ hasta 60.000€ o más según el caso de malversación de fondos
- Leves
- Profesional de referencia
OBJETO
- Catálogo
- Integrado por el conjunto de intervenciones, programas, servicios y prestaciones, podrán ser esenciales o normalizadores
- Intervenciones o servicios de carácter técnico-profesional
- Servicios y actuaciones de naturaleza material o tecnológica
- Prestaciones económicas orientadas a satisfacer las necesidades pecuniarias
- Se prestarán por las Administraciones Públicas gallegas, directa o indirectamente. Las personas físicas y jurídicas privadas de iniciativa social o carácter mercantil.
- Programas de intervención comunitaria que constituirán un instrumento de prevención e inserción social
- Catálogo
PRINCIPIOS
- Universalidad
- Prevención
- Responsabilidad pública
- Igualdad
- Equidad y equilibrio territorial
- Solidaridad
- Acción integral y personalizada
- Autonomía personal y vida independiente
- Participación
- Integración y normalización
- Globalidad
- Descentralización y proximidad
- Coordinación
- Economía, eficacia y eficiencia
- Planificación
- Evaluación y calidad
OBJETIVOS
- Garantizar la autonomía personal a personas con dependencia
- Dar protección y oportunidades socioeducativas a menores en situación de onflicto
- Prevenir la aparición de situaciones de dependencia, exclusión, desigualdad o desprotección
- Proporcionar oportunidades o recursos
- Facilitar la ejecución de políticas públicas de anticipación
- Promover y dinamizar la participación comunitaria
- Facilitar la aplicación efectiva de servicios y programas
- Garantizar el apoyo a la familia
- Sensibilizar, informar, promover y garantizar sobre el derecho universal de integración social
- Facilitar alternativas, recursos e itinerarios de integración social
- Titulares
- Derechos
- Dignidad, autonomía e intimidad de la persona
- Igualdad de condiciones sin discriminación
- Intervención individualizada acorde con la necesidad específica
- Recibir una información eficaz
- Asignación de una persona profesional de referencia
- Confidencialidad, sigilo y respeto en relación a su información personal
- Acceso a su expediente personal
- Recibir una tarjeta de carácter personal
- A elegir libremente o rechazar, en su caso, cualquier oferta de servicios o programas
- Deberes
- Cumplir con las normas, requisitos y procedimientos al acceso de los SS.SS.
- Comunicar al personal de referencia cualquier cambio sustancial
- Colaborar con el personal encargado en los programas y orientaciones manteniendo una actitud positiva
- Participar de manera activa en el proceso de mejora
- Contribuir a la financiación de los SS.SS.
- Destinación correcta de las prestaciones recibidas
- Tendrán derecho cualquier persona extranjera empadronada en cualquier ayuntamiento de Galicia, personas en estado de necesidad o emergencia social y gallegos/as emigrantes
- Infracciones
- Leves
- Sanción: apercibimiento público
- Graves
- Sanción: suspensión de participación o/y prestación de servicio
- Muy graves
- Inhabilitación temporal o definitiva del acceso al servicio
- Leves
- Derechos
FINANCIACIÓN
- Comunidad Autónoma de Galicia
- Entidades locales
- Colaboración financiera
- Personas usuarias
- Entidades privadas
Información
- Descripción
- Mapa Mental sobre Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia, creado por isachoupin el 30/11/2013.
- Creado por
- isachoupin
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