¡GoConqr estrena diseño! Cuéntanos qué te parece.

Mapa mental

CODIGO ORGANICO DE PLANIFICACION Y LAS FINANZAS PUBLICAS

Aracely velasco savy Español

Contenido del mapa

CODIGO ORGANICO DE PLANIFICACION Y LAS FINANZAS PUBLICAS

  1. CAPITULO PRIMERO DE LA PLANIFICACION DEL DESARROLLO

    • Art. 9.- Planificación del desarrollo.- La planificación del desarrollo se orienta hacia el cumplimiento de los derechos constitucionales, el régimen de desarrollo y el régimen del buen vivir
      • Art. 10.- Planificación nacional.- La planificación nacional es responsabilidad y competencia del Gobierno Central, y se ejerce a través del Plan Nacional de Desarrollo..
  2. CAPITULO IV DEL COMPONENTE DE ENDEUDAMIENTO PUBLICO SECCION I DEL CONTENIDO Y FINALIDAD

    • Art. 123.- Contenido y finalidad.- El componente de endeudamiento público tiene bajo su responsabilidad normar, programar, establecer mecanismos de financiamiento, presupuestar, negociar, contratar, registrar, controlar, contabilizar
  3. CAPITULO SEGUNDO DE LA POLITICA PUBLICA

    • Art. 15.- De las políticas públicas.- La definición de la política pública nacional le corresponde a la función ejecutiva, dentro del ámbito de sus competencias.
      • Art. 16.- Articulación y complementariedad de las políticas públicas.- En los procesos de formulación y ejecución de las políticas públicas, se establecerán mecanismos de coordinación.
  4. TITULO II DEL SISTEMA NACIONAL DESCENTRALIZADO DE PLANIFICACION PARTICIPATIVA CAPITULO PRIMERO DE LAS GENERALIDADES

    • Art. 18.- Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa.- Constituye el conjunto de procesos, entidades e instrumentos que permiten la interacción de los diferentes actores, sociales e institucionales.
      • Art. 19.- Principios del Sistema.- El Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa se orientará por los principios de obligatoriedad, universalidad, solidaridad.
  5. CAPITULO SEGUNDO DE LAS ENTIDADES DEL SISTEMA

    • Art. 21.- Entidades del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa.- El gobierno central y los gobiernos autónomos descentralizados conforman el Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa.
  6. CAPITULO TERCERO DE LOS INSTRUMENTOS DEL SISTEMA SECCION PRIMERA DE LA INFORMACION PARA LA PLANIFICACION .

    • Art. 30.- Generalidades.- La información para la planificación, tendrá carácter oficial y público, deberá generarse y administrarse en función de las necesidades establecidas en los instrumentos de planificación definidos en este código.
      • Art. 31.- Libre acceso a la información.- La información para la construcción de las políticas públicas será de libre acceso, tanto para las personas naturales como para las jurídicas públicas y privadas.
        • Art. 32.- Sistema Estadístico y Geográfico Nacional.- El Sistema Estadístico y Geográfico Nacional será la fuente de información para el análisis económico, social, geográfico y ambiental.
  7. LIBRO II DE LAS FINANZAS PUBLICAS TITULO I DEL SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS PUBLICAS

    • Art. 70.- Sistema Nacional de Finanzas Públicas (SINFIP).- El SINFIP comprende el conjunto de normas, políticas, instrumentos, procesos, actividades, registros.
      • Art. 71.- Rectoría del SINFIP.- La rectoría del SINFIP corresponde a la Presidenta o Presidente de la República, quien la ejercerá a través del Ministerio a cargo de las finanzas públicas, que será el ente rector del SINFIP.
  8. TITULO II COMPONENTES DEL SISTEMA

    • Art. 82.- Componentes del SINFIP.- Se entiende por componentes del SINFIP, a cada conjunto de procesos necesarios para la organización y gestión del mismo.
      • Art. 83.- Coordinación.- Los componentes del SINFIP actuarán en forma coordinada y establecerán los canales de articulación entre sí con la finalidad de garantizar el funcionamiento integrado del Sistema
  9. CAPITULO I DEL COMPONENTE DE LA POLITICA Y PROGRAMACION FISCAL

    • Art. 84.- Contenido y finalidad.- Comprende el análisis, segui miento y evaluación de la política fiscal, las variables fiscales y la programación fiscal plurianual y anual.
      • Art. 85.- Política fiscal.- La política fiscal dictada por el Presidente de la República en los campos de ingresos, gastos, financiamiento, activos, pasivos y patrimonio del Sector Público.
        • Art. 86.- Participación coordinada en la elaboración de la programación macroeconómica
  10. CAPITULO II DEL COMPONENTE DE INGRESOS

    • Art. 90.- Contenido y finalidad.- Comprende la proyección y análisis para la recomendación de políticas referidas a los ingresos públicos y a la creación de mecanismos idóneos con el fin de racionalizar y optimizar la determinación y recaudación.
      • Art. 91.- Recursos de actividades empresariales.- Los recursos provenientes de actividades empresariales públicas nacionales ingresarán al Presupuesto General del Estado.
  11. CAPITULO V DEL COMPONENTE DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

    • Art. 148.- Contenido y finalidad.- Constituye el proceso de registro sistemático, cronológico y secuencial de las operaciones patrimoniales y presupuestarias de las entidades.
      • Art. 149.- Registro de recursos financieros y materiales.- El componente de contabilidad incluirá el registro de todos los recursos financieros y materiales administrados por los entes públicos
  12. CAPITULO III DEL COMPONENTE DE PRESUPUESTO .

    • Art. 95.- Contenido y finalidad.- Comprende las normas, técnicas, métodos y procedimientos vinculados a la previsión de ingresos, gastos y financiamiento para la provisión de bienes y servicios públicos a fin de cumplir las metas del Plan Nacional de Desarrollo y las políticas públicas.
  13. TITULO III DE LA TRANSPARENCIA FISCAL CAPITULO I DE LA INFORMACION

    • Art. 174.- Libre acceso a la información.- El Estado garantiza a la ciudadanía el libre acceso a toda la información presupuestaria y financiera que generan las entidades públicas.
      • Art. 175.- Sistemas de información.- El ente rector de las finanzas públicas deberá establecer un sistema oficial de información y amplia difusión que servirá de base para el control de la Función Legislativa
  14. TITULO PRELIMINAR DE LAS RESPONSABILIDADES Y SANCIONES

    • Art. 178.- Sanciones por comprometer recursos públicos sin certificación presupuestaria.- Ninguna entidad u organismo público podrán contraer compromisos, celebrar contratos ni autorizar o contraer obligaciones, sin que conste la respectiva certificación presupuestaria.
      • Art. 179.- La máxima autoridad de cada entidad y organismo público y los funcionarios y servidores encargados del manejo presupuestario, serán responsables por la gestión y cumplimiento de los objetivos y metas, así como de observar estrictamente las asignaciones aprobadas, aplicando las disposiciones contenidas en el presente código y las normas técnicas.
  15. CAPITULO VI DEL COMPONENTE DE TESORERIA

    • Art. 160.- Contenido y finalidad.- Comprende el conjunto de normas, principios y procedimientos utilizados en la obtención, depósito y colocación de los recursos financieros públicos.
      • Art. 161.- Sistema Unico de Cuentas.- El Sistema Unico de Cuentas está conformado por: la Cuenta Unica del Tesoro Nacional.

Información

Descripción
Codigo organico de Planificacion
Creado por
Aracely velasco · nov 2016
Actualizado
30 nov 2016
Visitas
113
Valoración

Escríbenos

¿Sobre qué es tu mensaje?

¿Qué te parece el nuevo diseño?

¿Te gusta?