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LEGISLACIÓN EDUCATIVA PARA SUPERVISORES DE EDUCACIÓN SUPERIOR

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LEGISLACIÓN EDUCATIVA PARA SUPERVISORES DE EDUCACIÓN SUPERIOR

El Sistema Educativo Nacional (SEN) se encuentra constituido por diferentes niveles educativos, en este apartado hablaremos de la Legislación Educativa para supervisores de educación superior que corresponde según este organismo a la licenciatura, universitaria normal y tecnológica; y el posgrado, compuesto por la especialización, maestría y doctorado.
El supervisor escolar es un representante del SEN en las escuelas, es el encargado
de proporcionar servicios de evaluación, control, asesoría y apoyo para
el mejoramiento educativo, además de que comparte la responsabilidad del éxito
del sistema educativo. Al ser la supervisión una figura relevante en el SEN,
por la posición estratégica entre la macroestructura del sistema y las escuelas, es
conveniente revisar el concepto.
El concepto supervisión se compone por los vocablos super y visus. El primero
se refiere a un privilegio, ventaja o preferencia; el segundo, a la visión o mirada.
En ese sentido, se refiere a una visión preferencial; una mirada desde arriba del
sistema, por tanto, posee la capacidad de ver y analizar la acción escolar y otorgar
su visto bueno, en caso de requerirse, así como de orientar y acompañar a la comunidad
escolar en el logro de los propósitos educativos. También significa el ejercicio
de la autoridad como parte de su función directiva.
Por otro lado, está la definición de inspección, compuesta por dos vocablos
latinos: inspectio y onis, y significa —de acuerdo con el Diccionario de la Real Academia
Española de la Lengua— cuidado de velar por personas o cosas sometidas
a la autoridad de un jefe. Se considera que un supervisor es todo jefe intermedio
que tiene un grupo de subordinados a su cargo, pero también tiene supervisores a
quiénes reportar, independientemente de su nivel o rango en la escala jerárquica. (SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, 2010)
Comenzando con la legislación que deben de conocer los supervisores de educación superior en el Estado de Puebla tenemos los siguientes reglamentos y leyes:
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Es la norma fundamental o carta
magna, establecida para regir jurídicamente al país, fijando los límites y
definiendo las relaciones entre los poderes de la federación, entre los tres
niveles diferenciados del gobierno, y entre todos aquellos y los ciudadanos.
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
Esta Ley regula la educación que
imparte el Estado -Federación, entidades federativas y municipios-, sus organismos
descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de
validez oficial de estudios.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
El Estado de Puebla es una
entidad jurídica y política, organizada conforme a los principios establecidos
por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en vigor.
LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE
PUEBLA
Decreto del Honorable Congreso
del Estado para el ejercicio fiscal 2016; los ingresos de la Hacienda Pública
del Estado de Puebla serán los que se obtengan por concepto de los impuestos,
derechos, productos, aprovechamiento, participaciones, aportaciones y
convenios.
LEY DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE
PUEBLA
Esta Ley es de observancia
general en el Estado de Puebla y regula la educación que imparten el Estado,
los Municipios, sus Organismos Descentralizados y los particulares, con
autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios.
LEY DE EDUCACIÓN SUPERIOR DEL
ESTADO DE PUEBLA
Esta Ley es de observancia
general en todo el Estado Libre y Soberano de Puebla en materia de educación
superior; tiene por objeto Establecer las bases para la gestión, coordinación,
planeación y evaluación de la educación superior
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA DEL ESTADO DE PUEBLA
La presente Ley establece las
bases para la organización y el funcionamiento de la Administración Pública
Estatal, Centralizada y Paraestatal en el Estado Libre y Soberano de Puebla.
LEY DE RESPONSABILIDADES DE LOS
SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE PUEBLA
Esta Ley es reglamentaria del
Título Noveno de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Puebla, en materia de: Responsabilidad de los servidores públicos del Estado y
de los Municipios
REGLAMENTO INTERIOR DE LA
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Es objeto del presente
Reglamento, proveer en la esfera administrativa, con el fin de determinar la
estructura orgánica de la Secretaría de Educación Pública; así como establecer
las atribuciones que ejercerá cada una de las unidades administrativas que la compone.
REFORMAS AL ACUERDO DE OPCIONES
DE TITULACIÓN
Acuerdo de Reforma por el que se
regulan las opciones para la obtención del Título Profesional, del Diploma de
Especialidad y de los Grados Académicos
ACUERDO 279
El presente Acuerdo tiene por
objeto establecer los requisitos y procedimientos relacionados con el
reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo superior, en todos sus
niveles y modalidades.
ACUERDO 243
El presente Acuerdo tiene por
objeto establecer las bases generales a las que se sujetará el trámite y
otorgamiento de la autorización o el reconocimiento de validez oficial de
estudios que, en la modalidad escolarizada, impartan los particulares en cuales
quiera de los tipos y niveles educativos.
ACUERDO 17
Establece las normas a que deberán
sujetarse los procedimientos de evaluación del aprendizaje en los distintos
tipos y modalidades de la educación, bajo el control de la Secretaría de
Educación Pública.
ACUERDO OPCIONES DE TITULACIÓN
Acuerdo del Secretario de
Educación Pública del Estado, por el que regula las opciones para la obtención
del Título profesional, del Diploma de
Especialidad y de los Grados Académicos
ACTUALIZACIÓN PLAN ESTATAL DE
DESARROLLO 2011-2017
Es un instrumento de política
pública que atiende las necesidades, refleja las aspiraciones de las y los
poblanos, y busca detonar el enorme potencial que tiene el estado.
PROGRAMA SECTORIAL DE EDUCACIÓN
2013-2018
Tiene como base la meta nacional
México con Educación de Calidad. La definición de los objetivos, estrategias y
líneas de acción del Programa Sectorial de Educación (PSE) tienen como
referente el Artículo 3o Constitucional y el contenido de la Ley General de
Educación.
REVOE EDUCACIÓN SUPERIOR 2011
Establece los Lineamientos
Generales a los que deberán sujetarse los particulares para obtener y mantener
el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios de tipo superior en todas las
modalidades; así como para la suspensión, terminación voluntaria y retiro del
mismo.
Para complementar esta información es preciso mencionar que en los últimos tres lustros se ha desplegado un rico y variado conjunto de
iniciativas, programas y proyectos referidos a la reforma de la supervisión escolar
y de los servicios de apoyo a las escuelas, basado en decisiones exigidas por los
procesos de implantación de programas y proyectos destinados a las escuelas para el
mejoramiento de la calidad de la educación y por la formulación de nuevos proyectos
educativos locales, que implican la reorganización de las estructuras de gestión
institucional, en su dimensión administrativa y territorial.
A lo largo de la evolución del SEN, los inspectores
o supervisores escolares han sido una pieza fundamental en la consolidación de las
aspiraciones de esta institución educativa. La historia de la supervisión escolar está
ligada al desarrollo del sistema educativo.
Los supervisores han cuidado la aplicación de las leyes de educación y su
ideario en cada momento; han llevado las reformas educativas a todos los rincones
del país y contribuido en la expansión del sistema y en proporcionar los servicios
educativos en las comunidades más alejadas, entre otras acciones de gran relevancia
social y política. (SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, 2010)
Por tanto es necesario el conocimiento de estas Leyes y reglamentos que ayudarán a que la supervisión de los centros educativos así como a la creación de programas que ayuden a que las reformas educativas tengan sustento y validez.
REFERENCIAS
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SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE PUEBLA. Recuperado el 30 de Octubre de
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PÚBLICA DEL ESTADO DE PUEBLA. Recuperado el Octubre de 2016, de
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PÚBLICA. (2010). UN MODELO DE GESTIÓN PARA LA SUPERVISIÓN ESCOLAR.
Recuperado el Octubre de 2016, de PROGRAMA ESCUELAS DE CALIDAD:
http://www.sec.gob.mx/portal/docs/supervisores/7/MEXICO%20-%20Modelo%20de%20gestion%20para%20supervi...
Información
- Descripción
- En este recurso podrá hacerse una revisión de la legislación educativa que todo supervisor debe de conocer y manejar, además de revisar la importancia que han tenido los mismos para el seguimiento y control de los programas educativos en nuestro país.
- Creado por
- dagoberto aguilar
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