Elena Martínez Sanz
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Elena Martínez Sanz
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MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO

Pregunta 1 de 5

1

Respecto a la movilidad geográfica:

Selecciona una de las siguientes respuestas posibles:

  • Es el cambio de centro de trabajo, el cual conlleva cambio de residencia, cuando existen razones objetivas.

  • Es el cambio de centro de trabajo, el cual conlleva cambio de residencia.

  • El traslado supone un cambio definitivo, más de un año en un periodo de 2 años

Explicación

Pregunta 2 de 5

1

La movilidad extraordinaria:

Selecciona una de las siguientes respuestas posibles:

  • Se trata de un cambio del puesto fuera del grupo profesional.

  • Se trata de un cambio definitivo fuera del grupo profesional y se considera una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

  • Es un cambio temporal que dura menos de un año

  • El trabajador puede sólo puede aceptar nunca recurrir

Explicación

Pregunta 3 de 5

1

Respecto a la suspensión:

Selecciona una de las siguientes respuestas posibles:

  • El trabajador deja de prestar sus servicios y tampoco cobra retribución de la empresa durante un tiempo, una vez terminada volverá a su puesto de trabajo.

  • La fuerza mayor temporal no es causa de suspensión, la definitiva si.

  • La suspensión de empleo y sueldo por razones disciplinarias, según el criterio del empresario

Explicación

Pregunta 4 de 5

1

Las excedencias:

Selecciona una de las siguientes respuestas posibles:

  • Sólo son por cuidado de hijos y cuidado de familiares.

  • Para los familiares hasta segundo grado se tiene derecho a 2 años, se reserva el puesto el primer año y el segundo se reserva en un grupo profesional.

  • La excedencia por fuerza mayor no es voluntaria

Explicación

Pregunta 5 de 5

1

Respecto al despido procedente:

Selecciona una de las siguientes respuestas posibles:

  • El trabajador no cobra indemnización por despido

  • No hace falta causa justa para despedir al trabajador

  • Sólo hay que presentar la carta de despido

Explicación