Mapa mental
JUZGADOS MERCANTILES Y EL TRIBUNAL DE MARCA COMUNITARIA DE ALICANTES
Contenido del mapa
JUZGADOS MERCANTILES Y EL TRIBUNAL DE MARCA COMUNITARIA DE ALICANTES
JURISDICCIÓN (con carácter general)
- EN CADA PROVINCIA con jurisdicción en toda ella y sede en su capital habrá 1 o + J. de lo Mercantil
- Podrán establecerse en poblaciones distintas de la capital de provincia, cuando la existencia de núcleos industriales o mercantiles y la actividad económica lo aconseje delimitándose en cada caso el ámbito de su jurisdicción
- Podrá extender su jurisdicción a 2 o + provincias de la misma CA
TRIBUNAL MARCA COMUNITARIA
- JUZGADO DE LO MERCANTIL DE ALICANTE tendrá competencias para conocer, en 1ª Instancia y de forma exclusiva todos aquellos litigios que se promuevan al amparo de lo previsto en los Reglamentos nº 40/94 del Consejo de la UE de 20 de dic de 1993 sobre MARCA COMUNITARIA y 6/2002 del Consejo de la UE de 12 de dic de 2001 sobre los Dibujos y Modelos Comunitarios
- Dichos Juz extenderán su jurisdicción a todo el territorio nacional y a estos solos efectos se denominarán Juz de Marca Comunitaria
- SECCIÓN/ES DE LA AP DE ALICANTE se especializará al amparo de lo previsto en el parrafo anterior
- En 2ª Instancia y de forma exclusiva de aquello RECURSOS a los que se refiere el art 101 del Reglamento nº 40/94 del Consejo de la UE 20 de dic 1993 sobre Marca Comunitaria y el Reglamento 6/2001 sobre los Dibujos y Modelos Comunitarios
- En el ejercicio de esta competencia extenderá su jurisdicción a todo el territorio nacional y a estos solos efectos se denominarán TRIBUNAL DE MARCA COMUNITARIA
- En 2ª Instancia y de forma exclusiva de aquello RECURSOS a los que se refiere el art 101 del Reglamento nº 40/94 del Consejo de la UE 20 de dic 1993 sobre Marca Comunitaria y el Reglamento 6/2001 sobre los Dibujos y Modelos Comunitarios
- JUZGADO DE LO MERCANTIL DE ALICANTE tendrá competencias para conocer, en 1ª Instancia y de forma exclusiva todos aquellos litigios que se promuevan al amparo de lo previsto en los Reglamentos nº 40/94 del Consejo de la UE de 20 de dic de 1993 sobre MARCA COMUNITARIA y 6/2002 del Consejo de la UE de 12 de dic de 2001 sobre los Dibujos y Modelos Comunitarios
LEY CONCURSAL jurisdicción del juez del concurso será EXCLUSIVA Y EXCLUYENTE
- Acciones civiles con trascendencia patrimonial que se dirijan contra el patrimonio del concursado CON EXCEPCIÓN de las que se ejerciten en los procesos sobre capacidad, filiación, matrimonio y menores
- Acciones Sociales que tengan por objeto la extinción, modificación o suspensión colectivas de los CONTRATOS DE TRABAJO en los que sea empleador el concursado. Así como la suspensión o extinción de contratos de alta dirección
- TODA EJECUCIÓN frente a los bienes y derechos de CONTENIDO PATRIMONIAL del concursado, cualquiera que sea el órgano que la hubiera ordenado
- TODA MEDIDA CAUTELAR que afecte al patrimonio del concursado excepto las que se adopte en procesos civiles que queden excluidos de su jurisdicción y sin perjuicio de las medidas cautelares que puedan decretar los árbitros durante el procedimiento arbitral
- Las que se deben adoptar en relación con la ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA
- Acciones de RECLAMACIÓN DE DEUDAS SOCIALES interpuestas contra los socios subsidiariamente responsables de créditos de la sociedad deudora
- Acciones de responsabilidad CONTRA LAS ADMINISTRACIONES O LIQUIDADORES de derecho o de hecho y CONTRA LOS AUDITORES por daños y perjuicios
De las CUESTIONES DE COMPETENCIA del orden jurisdiccional CIVIL
- Demandas relativas competencias desleal, propiedad intelectual, industrial y publicidad
- En materia de transportes nacional o internacional
- Aplicación del derecho marítimo
- Contratación y a la protección de consumidores y usuarios
- Los RECURSOS de la Dirección General de los Registros y del Notariado en materia de recurso contra la calificación del Registrador Mercantil (Ley Hipotecaria)
- De los procedimientos de aplicación de los art 81 y 82 del Tratado constitutivo de la CE y su derecho derivado y de la Ley de Defensa de la Competencia
Tendrán competencias para el reconocimiento y ejecución de sentencias y demás RESOLUCIONES JUDICIALES EXTRANJERAS, cuando éstas versen sobre materias de su competencias a no ser que lo acordado en los Tratados y otras normas internacionales corresponda su conocimiento a otro Juz o Trib.
Información
- Descripción
- El usuario ha eliminado su información de asignaturas Mapa Mental sobre JUZGADOS MERCANTILES Y EL TRIBUNAL DE MARCA COMUNITARIA DE ALICANTES, creado por Usuario eliminado el 19/02/2020.
- Creado por
- Usuario eliminado · feb 2020
- Actualizado
- 19 feb 2020
- Visitas
- 6
- Historial
-
- Creado por Diana Fernández Ruiz · 19 feb 2020
- Copiado por Diana Fernández Ruiz · 19 feb 2020
- Valoración