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JORNADA Y HORARIOS

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JORNADA Y HORARIOS

  1. HORARIOS

    • Duración de la JORNADA GENERAL DE TRABAJO EFECTIVO en cómputo anual y aquellas jornadas que hayan de ser realizadas en régimen de dedicación especial. Será fijada por resolución del órgano competente del Ministerio de Justicia previo informe de las CCAA con competencias asumidas y negociación con las organizaciones sindicales + representativas
    • Los funcionarios deberán EJERCER SU ACTIVIDAD en los términos que exijan las necesidades del servicio por el Ministerio de Justicia, previo informe de las CCAA con competencias asumidas y negociación con las organizaciones sindicales + representativas
    • Se determinarán las COMPENSACIONES HORARIAS y cómputos especiales cuando la atención de actuaciones procesales urgentes e inaplazable suponga un exceso de horas sobre la jornada a realizar
    • La duración de la JORNADA GENERAL SEMANAL igual a la establecida para la AGE los funcionarios podrán realizar jornadas reducidas, en los supuestos y con las condiciones establecidas legal y reglamentariamente
    • Se podrán establecer jornadas solo de mañana o JORNADAS DE MAÑANA Y TARDE para determinar servicios u órganos jurisdiccionales cuando las necesidades del servicio así lo aconsejen y en especial en las unidades de atención al público. La incorporación de los funcionarios a la jornada de mañana y tarde será voluntaria y deberá ir acompañada de medidas incentivadoras
    • DISTRIBUCIÓN DE LA JORNADA y la fijación de los horarios se determinará a través del calendario laboral que con carácter anual se aprobará por el organismo competentes del Ministerio de Justicia y de las CCAA con competencias asumidas previo informe del CGPJ y negociación con los organismos sindicales.
      • El calendario laboral se determinará en función del nº de horas anuales de trabajo efectivo. Podrán establecerse flexibilidades horarias a la entrada y salida del trabajo, garantizándose en todo caso un nº de horas de obligada concurrencia continuada.
    • Los horarios que se establezcan deberán respetar el HORARIO DE AUDIENCIA PÚBLICA cuando las peculiaridades de algunos de los servicios y organismos jurisdiccionales así lo aconsejen, podrán establecerse horarios especiales
    • El INCUMPLIMIENTO de la jornada dará lugar al descuento automático de las retribuciones correspondientes al tiempo no trabajado. Se considerará trabajo efectivo el prestado dentro del horario establecido , teniendo en cuenta las compensaciones horarias que procedan y el que corresponda a los permisos retribuidos, así como los créditos de horas retribuidas por funciones sindicales
  2. SERVICIOS DE GUARDIA

    • El CGPJ oído el Ministerio de Justicia y las CCAA con competencias así como los Colegios de Abogados y Procuradores de cada demarcación. Determinará los órganos jurisdiccionales y otros servicios de la Adm de Justicia que han de permaneces en SERVICIOS DE GUARDIA así como los horarios y las condiciones en que se realizará el mismo
    • El Ministerio de Justicia y las CCAA GARANTIZARÁN LA ASISTENCIA necesaria a los órganos o servicios judiciales en funciones de guardia previa negociación con las organizaciones sindicales determinaran el nº de funcionarios que han de prestar dicho servicio la permanencia en el órgano judicial o situación de disponibilidad de los mismos y organizarán y distribuirán el horario a realizar

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Descripción
El usuario ha eliminado su información de asignaturas Mapa Mental sobre JORNADA Y HORARIOS, creado por Usuario eliminado el 02/03/2020.
Creado por
Usuario eliminado · mar 2020
Actualizado
2 mar 2020
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Historial
  • Creado por Diana Fernández Ruiz · 2 mar 2020
  • Copiado por Diana Fernández Ruiz · 2 mar 2020
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