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ACTOS DE COMUNICACIÓN EN EL PROCESO PENAL
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ACTOS DE COMUNICACIÓN EN EL PROCESO PENAL
ACTOS DE COMUNICACIÓN
- Se realizan bajo la DIRECCIÓN DEL LAJ. Las notif citaciones y emplazamientos que se practiquen fuera de los estrados del Juzgado o Tribunal se harán por el funcionario correspondiente. Cuando el LAJ lo estime conveniente podrán hacerse por correo certificado con acuse de recibo, dando fe el LAJ en los autos del contenido sobre remitido y uniéndose el acuse de recibo
- SE PRACTICARÁN en la forma previsto en el capitulo V del Título V del Libro I de la LEC
PROCEDIMIENTO SEGÚN EL LUGAR
- Las notif, citaciones y emplazamientos POR CORREO se entenderán practicadas en la fecha en que el destinatario haga constar su recepción en el acuse de recibo
- Los que tuvieran lugar EN LOS ESTRADOS se practicarán leyendo íntegramente la resolución a la persona a quien se notifiquen, dándole en el acto copia de ella aunque no la pidiere y haciendo mérito de uno y otro en la diligencia que se extienda, que subscribirá el LAJ o el funcionario que la realice
- Cuando hubieran de practicar en territorio de OTRA AUTORIDAD JUDICIAL española, se expedirá, SUPLICATORIO, EXHORTO O MANDAMIENTO según corresponda insertando en ellos los requisitos que deba contener la cédula
- Si hubiera de practicar EN EL EXTRANJERO se observarán para ello los trámites prescritos en los tratados si los hubiese y en su defecto, se estará al principio de reciprocidad
- Si el que haya de ser notif, citado o emplazado NO TUVIERE DOMICILIO CONOCIDO el juez instructor ordenará lo conveniente para la averiguación del mismo; el LAJ se dirigirá a la Policía Judicial, Registradores, oficiales, colegios profesionales entidad o empresas.
- Practicada la notif, citación o emplazamiento o hecho constar el motivo que lo hubiese impedido SE UNIRÁ A LOS AUTOS la cédula original o el suplicatorio, exhorto o mandamiento expedidos
TRATAMIENTO PROCESAL
- Los AC en materia penal serán nulos las notif, citaciones y emplazamientos que no se practicarán con arreglo a lo dispuesto en la LECRIM
- Cuando la persona notif, citada o emplazamiento se hubiere DADO POR ENTERADA EN EL JUICIO surtirá desde entonces la diligencia todos sus efectos, como si se hubiese hecho con arreglo a las disposiciones de la ley
- Las N, C Y E podrán hacerse a los PROCURADORES de las partes
- SE EXCEPTÚAN
- Las citaciones que por disposición expresa de la Ley deban hacerse a los mismo interesados en persona
- Las citaciones que tengan por objeto la comparecencia obligatoria de éstos
- SE EXCEPTÚAN
Información
- Descripción
- El usuario ha eliminado su información de asignaturas Mapa Mental sobre ACTOS DE COMUNICACIÓN EN EL PROCESO PENAL, creado por Usuario eliminado el 03/04/2020.
- Creado por
- Usuario eliminado · abr 2020
- Actualizado
- 3 abr 2020
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- Historial
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- Creado por Diana Fernández Ruiz · 17 mar 2020
- Copiado por Diana Fernández Ruiz · 3 abr 2020
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