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Diapositivas

Ley orgánica de educación intercultural

Evelyn Túquerrez Pedagogía en artes y humanidades Español 13 diapositivas

Diapositivas del conjunto (13)

  1. UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE

    • Pedagogía en Artes y Humanidades
    • LEY ORGANICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL - LOEI
    • Túquerrez Evelyn
    • UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE
  2. ARTÍCULO 28

    • La Constitución de la República establece que la educación responderá al interés público y no estará al servicio de intereses individuales y corporativos. Se garantizará el acceso universal, permanencia, movilidad y egreso sin discriminación alguna y la obligatoriedad en el nivel inicial, básico y bachillerato o su equivalente.
    • Se dice que no existirá interés por quienes quieran lucrar con el beneficio de la educación; a su vez, el estado se encargara que haya una exigencia de preparación educativa en los niños, niñas y adolescente con oportunidad de derechos, sin distinción o condición alguna.
  3. ARTÍCULO 29

    • La Constitución de la República declara que el Estado garantizará la libertad de enseñanza, y el derecho de las personas de aprender en su propia lengua y ámbito cultural. Donde las madres y padres o sus representantes tendrán la libertad de escoger para sus hijas e hijos una educación acorde con sus principios, creencias y opciones pedagógicas.
    • La oportunidad de educación esta ligada con la oportunidad de igualdades; este artículo declara que el aprender debe ser garantizado para todos con igualdad de condiciones y libertad.
  4. ARTÍCULO 44

    • La Constitución de la República obliga al Estado, la sociedad y la familia a promover de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurar el ejercicio pleno de sus derechos; atendiendo al principio de su interés superior, donde sus derechos prevalecerán sobre los de las demás persona.
    • Este artículo nos habla de que todos las y los niñas, niños y adolescentes deben ser integrados en las sociedad con el fin de que todos sus derechos se hagan establecer de forma correcta, y sus intereses sean escuchados.
  5. NUMERAL 2 DEL ARTÍCULO 65

    • La Constitución de la República, establece que incluso en estado de excepción se protegerán los fondos públicos destinados a salud y educación.
    • En este artículo se establece que por ningún motivo el fondo público para educación y salud deben ser tocados, mal gastados o modificados.
  6. ARTÍCULO 286

    • La Constitución de la República establece que las finanzas públicas, en todos los niveles de gobierno, se conducirán de forma sostenible, responsable y transparente, y procurarán la estabilidad económica. Los egresos permanentes se financiarán con ingresos permanentes. Los egresos permanentes para (...) educación (...) serán prioritarios y, de manera excepcional, podrán ser financiados con ingresos no permanentes
    • Tanto ministerio de educación como gobiernos encargados deberán gestionar de forma correcta los fondos públicos, teniendo como prioridad el financiamiento a sector educativo.
  7. ARTÍCULO 346

    • La Constitución de la República, establece que existirá una institución pública, con autonomía, de evaluación integral interna y externa, que promueva la calidad de la educación
    • Las instituciones de educación están sueltas a tener gestiones tanto internas como externar, siempre y cuando se garantice calidad educativa, sin afectar a ninguna persona.
  8. Diapositiva 8

    • Ley orgánica de educación intercultural
    • Pie de imagen: Educación de calidad.
    • Ley orgánica de educación intercultural
    • Pie de imagen: El derecho a la Educación
  9. ARTÍCULO 349

    • La Constitución de la República, establece que el Estado garantizará al personal docente, en todos los niveles y modalidades, estabilidad, actualización, formación continua y mejoramiento pedagógico y académico; una remuneración justa, de acuerdo a la profesionalización, desempeño y méritos académicos. La ley regulará la carrera docente y el escalafón; establecerá un sistema nacional de evaluación del desempeño y la política salarial en todos los niveles. Se establecerán políticas de promoción, movilidad y alternancia docente.
    • Garantizar una educación de calidad esta ligada con el personal de docencia en las instituciones, por lo tanto, en este artículo menciona que los docentes deben estar en formación pedagógica, y el estado garantiza salario justo y preparación con el fin de proveer enseñanza de calidad.
  10. ARTÍCULO 381

    • La Constitución de la República referido a la cultura física y el tiempo libre, establece que el Estado protegerá, promoverá y coordinará la cultura física que comprende el deporte, la educación física y la recreación, como actividades que contribuyen a la salud, formación y desarrollo integral de las personas.
    • El desarrollo de los estudiantes en los planteles de educación debe contener a más de clases matutinas, disciplinas a aire libre que contribuyan a la salud física y formación del alumno. Por ello el estado protegerá actividades extracurriculares.
  11. ARTÍCULO 348

    • La Constitución de la República, establece que la educación pública será gratuita y el Estado la financiará de manera oportuna, regular y suficiente. La distribución de los recursos destinados a la educación se regirá por criterios de equidad social, poblacional y territorial, entre otros.
    • Garantizar una educación sin fin de lucro, por esto el estado debe garantizar una distribución adecuada los recursos financieros a cada establecimiento tomando en cuanta criterios de equidad social, poblacional, entre otros.
  12. EN EL NUMERAL 2 DEL ARTÍCULO 11

    • La Constitución de la República, entre los principios de aplicación de los derechos, establece que todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades. Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio-económica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia física; ni por cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionará toda forma de discriminación. El Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de desigualdad.
    • El estado garantizará igualdad de derechos en educación, no permitirá discriminación dentro las instituciones de educación por ningún motivo o condición. Garantizará calidad de aprendizaje a todos los estudiantes sin distinción alguna, y si se llegan a incumplir estos derechos se tomara su respectivas sanciones.
  13. Diapositiva 13

    • Ley orgánica de educación intercultural
    • Pie de imagen: Educación para todos
    • Ley orgánica de educación intercultural
    • Pie de imagen: Actividades extracurriculares

Información

Descripción
Artículos de la LOEI
Creado por
Evelyn Túquerrez · dic 2020
Actualizado
2 dic 2020
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