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Nuria Del Olmo Español 1 página

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Página 1

I.P.E

SALUD LABORAL

PREVENCIÓN

RIESGOS LABORALES

Es difícil encontrar un trabajo que no tenga riesgos, por eso se adoptan medidas para evitarlo.

Para comprender la prevención de riesgos laborales hay que conocer unos conceptos. Los fundamentales:

Prevención

Conjunto de actividades en las fases de producción de la empresa para evitar riesgos. (Ejemplo: reconocimientos médicos.)

Riesgo Laboral

Posibilidad de que un empleado sufra un daño por el trabajo. La gravedad depende de lo qué lo produzca y las consecuencias. (Ejemplo: cortes)

Daños derivados del trabajo

Enfermedades y daños por el trabajo. (Ejemplo: fracturas)

Estas definiciones están recogidas en la Ley 31/1995, la LPRL (Prevención de Riesgos Laborales), la Constitución Española (Artículo 40.2), la normativa de la UE y la OIT (Organización Internacional del Trabajo).

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA

Plan de prevención: prevención en la gestión de la empresa.

Evaluación de riesgos: evalúa los riesgos que no se hayan podido evitar.

Planificación de la actividad preventiva: eliminar riesgos

Equipos protección: protección para el puesto

Equipos protección individual: protección cuando los riesgos no se pueden evitar.

Información, consulta y participación: medidas para que los empleados reciban información en relación a los riesgos

Medidas de emergencia: Analizan las posibles soluciones y se adoptan medidas. En caso de riesgo grave; abandonar el lugar.

Vigilancia de la salud: Respetando la integridad y dignidad.

Protección de colectivos sensibles: Asegura la protección de empleados sensibles.

Documentación: Elabora y conserva la documentación de la actividad preventiva.

Coordinación: De la actividad preventiva cuando coinciden trabajadores de diferentes empresas

RECONOCIMIENTOS MÉDICOS

La empresa evalúa la salud de los empleados con reconocimientos médicos. Es voluntaria, pero hay casos forzosos:

- Cuando sea necesaria para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud del personal.

- Por si la salud del trabajador puede ser un peligro.

- Cuando lo establezca una disposición legal (protección de riesgos específicos y actividades peligrosas)

Los gastos correrán a cargo de la empresa.

EL DEBER DE INFORMACIÓN Y FORMACIÓN

La empresa debe informar al empleado sobre los riesgos de su actividad y las medidas de prevención y protección.

Los empleados deben recibir formación teórica y práctica de riesgos laborales centrada en su puesto y adaptada a la evaluación de riesgos. Se imparte:

1. Cuando se incorpora a su puesto.

2. Cuando se produzcan cambios en las funciones.

3. Cuando haya nuevas tecnologías o modificaciones en los equipos.

La formación es gratuita. Se impartirá dentro de la jornada de trabajo, en otros horarios, se descuenta el tiempo invertido.

PROTECCIÓN DE LOS TRABAJADORES ESPECIALMENTE SENSIBLES

Menores de edad: Se realiza una evaluación de los riesgos de los puestos de trabajo. Informar al menor y padres sobre las medidas de seguridad. No realizan actividades peligrosas.

Maternidad y lactancia: Algunos trabajos pueden ser perjudiciales para el embarazo, se adoptan condiciones; asignan un puesto de trabajo o se le suspende el contrato.

Trabajadores especialmente sensibles: Garantiza la seguridad a aquellos que por su condición sean sensibles a algunas tareas. Se tiene en cuenta dichos aspectos en las evaluaciones de los riesgos y funciones. No trabajan en puestos que les pongan en peligro.

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES

Los empleados tienen derecho a la protección, pero tienen obligaciones, que son: velar por la seguridad y salúd en el trabajo; utilizar adecuadamente los medios y equipos de protección; informar en caso de riesgo; cooperar para garantizar unas condiciones de trabajo seguras y contribuir al cumplimiento de las obligaciones de la prevención.

Responsabilidad prevención

Responsable

Tipo responsabilidad

Solución

Administrativa. Incumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.

Económica. Suspensión temporal de la actividad. Paralización y cierre del centro de trabajo.

Empresa

Recargo en las prestaciones de la Seguridad Social. Accidente de trabajo o enfermedad profesional por la falta de medidas preventivas

Recargo de la Seguridad Social, la empresa los pagará, en caso de incapacidad por accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Civil. Daño en la salud por una conducta culposa o dolosa. Finalidad, reparar el daño causado.

Indemnización por los daños ocasionados a los empleados.

Penal. Poner en peligro la vida y/o salud del trabajador.

Privación de libertad.

Multa. Inhabilitación para ejercer derechos o cargos.

Trabajador

Disciplinaria. Incumplimiento de sus obligaciones sobre prevención de riesgos laborales.

Sanción según el régimen, en función y gravedad de la infracción.

ACCIDENTE DE TRABAJO

Toda lesión que el empleado sufra por el trabajo que realice. Son accidentes que ocurren en el tiempo y en el lugar de trabajo.

Accidentes de trabajo: enfermedades que se contraigan por el trabajo, enfermedades que se padezcan anteriormente y empeoren por un accidente de trabajo, las consecuencias de un accidente modificadas por nuevas enfermedades por el trabajo.

Accidente in itinere: cuando se sufre un accidente durante el camino entre la casa y el trabajo o al revés.

La finalidad del viaje debe estar determinada por el trabajo.

El trayecto desde la casa al trabajo, o viceversa, ha de ser el habitual.

El accidente debe producirse dentro del tiempo que se invierte en el trayecto.

No es accidente de trabajo: cuando el empleado no respeta las normas dictadas por la empresa. Si se da un riesgo innecesario y grave, es imprudencia temeraria; si no, será una imprudencia profesional, no impide que se considere accidente de trabajo.

“Dolo” cuando el empleado consciente y voluntario provoca un accidente para obtener prestaciones. Solo a los deportistas se les puede descontar del sueldo.

En caso de negligencia empresarial, la empresa tiene que dar una pensión hasta que se jubile. Accidente trabajo:ir mutua.

ENFERMEDAD PROFESIONAL

Toda enfermedad que el empleado contraiga por el trabajo. Está provocada por la acción de elementos o sustancias que se indiquen en la LGSS (Ley General de la Seguridad Social).

1- Agentes químicos (metales, ácidos, etc.)

2- Agentes físicos (bursitis, tendinitis,etc.)

3- Agentes biológicos (fiebre amarilla, hepatitis A y B, etc.)

4- Inhalación de sustancias y agentes.

5- De piel (productos farmacéuticos, perfumes, etc.)

6- Agentes cancerígenos (cáncer piel, pulmón,etc.)

PATOLOGÍAS INESPECÍFICAS

Fatiga. Disminución física y mental del trabajador.

Insatisfacción laboral. Malestar por el trabajo. Afecta su rendimiento.

Estrés. Provocada por las demandas del trabajo que superan al empleado.

Envejecimiento prematuro. Proceso acelerado por las condiciones del trabajo.

Mobbing. Cuando una persona o grupo ejerce presión continua sobre otra.

Burnout. Desgaste emocional que se produce en la persona trabajadora.

FACTORES DE RIESGO LABORAL

Condiciones que generan situaciones que pueden causar daños en la salud. Riesgo laboral, factor de riesgo y daño no significan lo mismo.

Condiciones seguridad: Lugares de trabajo: espacios, instalaciones. Equipos de trabajo: máquinas, herramientas.

Condiciones medioambientales: Agentes físicos; ruido, agentes químicos; sustancias, agentes biológicos; virus.

Condiciones ergonómicas: Carga física; esfuerzo físicos, carga mental; rapidez.

Condiciones psicosociales: Organización trabajo; monotonía, características personales; motivación.

RIESGOS MEDIOAMBIENTALES

Existen agentes contaminantes que pueden dañar la salud al generar enfermedades. Estos agentes pueden ser:

Químicos: sustancias que al incorporarse al ambiente (vapor, gas) generan enfermedades.

Biológicos: seres vivos microscópicos (virus, bacterias) que producen enfermedades o alergias.

Físicos: formas de energía (vibraciones, ruido) que pueden llegar a afectar a los empleados.

QUÍMICOS

Posibilidad de que un empleado sufra un daño por la exposición a agentes químicos.

Vías de entrada de los agentes químicos en el organismo.

Respiratoria. A través de la nariz, la boca. La vía de entrada más importante para los agentes químicos.

Digestiva. A través de la boca, estómago e intestinos. Se asocia a malos hábitos higiénicos.

Dérmica. A través de la piel, por contacto con los agentes químicos o elementos contaminados.

Parenteral. A través de la piel por heridas, cortes, etc.

Efectos de los agentes químicos en el cuerpo humano.

Irritantes. Irritan la piel y las mucosas.

Asfixiantes. Impiden el suministro de oxígeno hasta las células.

Corrosivos. Destruyen los tejidos sobre los que actúan.

Sensibilizantes. Producen reacciones alérgicas.

Cancerígenos, mutágenos y tóxicos para la reproducción. Provocan cáncer, alteraciones, malformaciones en el feto.

Sistémicos. Alteran el funcionamiento del sistema nervioso central y otros órganos.

Neumoconióticos. Actúan en el pulmón por acumulación de polvo o humo. Silicatos, asbesto, amianto, hierro, aluminio…

Para facilitar la identificación de los agentes químicos, la normativa europea establece que los envases deben ir etiquetados con el correspondiente pictograma o símbolo identificativo

del riesgo.

Atención

Toxicidad, irritante, provoca mareos.

Muy nocivo

Advierte de una sustancia cancerígena, que causa mutaciones o que puede llegar a ser mortal o dañina

Corrosivo

Provoca quemaduras y daños oculares. Resulta corrosivo para los metales.

Presurizados

Gases bajo presión que pueden explotar cuando se calientan o refrigerados. Capaces de originar quemaduras criogénicas

Mortal

Producto tóxico. Si se toca, inhala o ingiere, puede ser letal.

Inflamables

Sustancia que puede inflamarse en contacto con el aire o agua. Puede entrar en combustión si se calienta.

Explosivo

Sustancia, que puede causar una explosión cuando se calienta.

Gases, sólidos o líquidos que pueden causar o intensificar una explosión o incendio.

Tóxico

para el medioambiente y los organismos acuáticos.

Una vez identificados los peligros y evaluados los riesgos, las medidas que se adopten deben seguir el S.T.O.P. , que establece medidas para prevenir y reducir la exposición de los empleados a sustancias peligrosas

Sustanciación. Sustituir la sustancia peligrosa por otra menos nociva o la eliminación total.

Medidas Técnicas. Sobre el medio, como encerramiento de procesos y ventilación.

Medidas Organizativas. Limitar el número de empleados expuestos o el tiempo.

Medidas de Protección personal. Cómo usar equipos de protección individual.

BIOLÓGICOS

Todo ser vivo y sustancia que esté presente en el puesto de trabajo y que puede ser un riesgo para la salud. Los agentes biológicos pueden penetrar en el organismo por vía respiratoria, digestiva, dérmica y parenteral.

Protección colectiva.

Reducir al mínimo el número de trabajadores expuestos.

Adoptar medidas de manipulación y transporte seguras.

Asegurar la recogida, el almacenamiento y la evacuación de residuos.

Desinsectar y desratizar.

Señalizar las zonas de riesgo.

Protección individual

Vacunarse.

Respetar las normas de higiene..

Utilizar los equipos de protección adecuados.

Manejar con precaución los objetos cortantes y punzantes.

Desinfectar y esterilizar el instrumental y las superficies.

FÍSICOS

Energía mecánica.

RUIDO

Sus principales efectos son: la sordera; el aumento de sufrir accidentes laborales, al disminuir el grado de atención y el tiempo de reacción.

VIBRACIONES

De cuerpo entero

De mano-Brazo

Se produce cuando el cuerpo se apoya sobre una superficie vibrante

Se produce cuando el punto de contacto con el elemento vibrante es la mano.

Causa

Manejo y conducción de maquinaria Industrial: Carretillas elevadoras y camiones.

Causa

Uso de herramientas eléctricas:

Taladro eléctrico y rozadora de pared.

Efectos

Lesiones de la columna vertebral.

Efectos

Entumecimiento y pérdida de sensibilidad.

Valores de exposición a tener en cuenta

Valor que da lugar a una acción: 0,5 m/s.

Valor límite de exposición: 1,15 m/s.

Valores de exposición a tener en cuenta

Valor que da lugar a una acción: 2.5 m/s. Valor límite de exposición: 5 m/s

Medidas de prevención

En el foco: equipos menos vibrantes, instalación de suspensiones en los equipos y automatización y uso del mando a distancia.

En el medio: uso de aislantes de vibración.

En el receptor: uso de equipos de protección individual, rotación de las personas trabajadoras, reducción de la duración de la exposición

Energía térmica.

TEMPERATURA

¿Qué es el estrés térmico por calor?

Es el aumento brusco y sostenido de la temperatura en el cuerpo del empleado.

¿Qué es el estrés térmico por frío?

Pérdida de calor excesiva que se produce en el cuerpo de la persona trabajadora.

¿Cuáles son los efectos del calor?

Aumento de la temperatura corporal, golpes de calor (a partir de 40 °C), deshidratación, incremento del ritmo respiratorio, etc...

¿Cuáles son los efectos del frío?

Hipotermia, contracciones musculares, congelación en diferentes grados, etc…

¿Dónde se puede producir?

Se puede producir en la exposición a altas temperaturas.

¿Dónde se puede producir?

Se puede producir en la exposición a bajas temperaturas.

¿Cómo se puede prevenir?

Evitando cambios bruscos de temperatura. Usando ropa adecuada. Bebiendo agua con frecuencia. Manteniendo la piel limpia para facilitar la transpiración.

¿Cómo se puede prevenir?

Limitando el tiempo de trabajo. Usando ropa de trabajo adecuada. Estableciendo pausas en el tiempo de trabajo. Disponiendo de locales adecuados para las pausas.

Temperatura ideal actividad sedentaria= 17-27 C°

Energía electromagnética

ILUMINACIÓN

Una iluminación adecuada permite desempeñar la actividad en condiciones más seguras y aumenta su rendimiento. Una iluminación deficiente produce pérdida de agudeza y fatiga visual, y aumento de sufrir accidentes.

Para que el trabajo se desempeñe con un máximo de confort visual, es necesario:

- Adecuar la intensidad o cantidad de luz a la actividad.

- Emplear luz natural, si no es suficiente, acompañar con luz auxiliar.

- Procurar unas características de luz acordes a la tarea que se está ejecutando.

- Utilizar los niveles mínimos de iluminación (medidos en lux), establecidos por el Real Decreto 486/1997.

lux: 500 lux- Programadores

RIESGOS DE LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD, ERGONÓMICOS Y PSICOSOCIALES

CONDICIONES DE SEGURIDAD

LUGARES DE TRABAJO

Espacios de trabajo y zonas peligrosas. Deben disponer de unas dimensiones que permitan la realización de la actividad sin peligro y en condiciones ergonómicas adecuadas. (oficina 2,5 m -altura-, 2m2 -superficie libre-, 10m3 -volumen-)

Suelos, aberturas o desniveles y barandillas. Deben ser fijos, estables y no resbaladizos, sin irregularidades, ni pendientes peligrosas.

Vías de circulación. Tienen que ser utilizadas conforme a su uso previsto y con total seguridad para quienes circulen por ellas.

Orden. limpieza y mantenimiento. Para evitar caídas y golpes.

RIESGOS DERIVADOS DE LOS EQUIPOS DE TRABAJO

Provocados por máquinas por averías, un mantenimiento deficiente, un mal diseño o la actuación no segura de los trabajadores al realizar tareas.

RIESGOS DERIVADOS DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS

Se produce riesgo eléctrico cuando existe la posibilidad de que una corriente eléctrica pase a través de un cuerpo humano.

Pueden producirse por:

Contacto directo. Cuando el cuerpo entra en contacto con un elemento puesto en tensión.

Contacto indirecto. Cuando se toca parte en tensión por un fallo de aislamiento.

Incendios y explosiones. Consecuencia de sobrecargas o cortocircuitos.

INCENDIOS

Causa muertes: Gases tóxicos, la principal causa de muerte en los incendios. Humos y gases, producen quemaduras, dificultan la visión y la evacuación. Calor por las llamas, originan deshidratación y bloqueo respiratorio.

Cómo usar extintor: quitar la anilla de seguridad, poner la bocadilla de extintor y apuntar el centro del fuego, presionar palanca de disparo y dirigir el el chorro al fuego y hacer zig-zag.

RIESGOS ERGONÓMICOS

La carga de trabajo es el esfuerzo que hay que realizar para la actividad laboral. Los factores de riesgo detrás de la carga física son: las posturas, movimientos repetitivos y la manipulación de cargas.

Cómo sentarse forma correcta frente al PC: muñeca plana, brazo en línea recta, moverse, nalgas al final de la silla, cojín el los lumbares, pantalla nivel ojos, poner reposapiés, mantener la espalda recta, apoyada contra el respaldo de la silla y evitar torsiones del tronco.

Agarrar cosas: agacharse doblando las rodillas; espalda recta, sujetar la carga con los brazos estirados y pegados al cuerpo. Levantar la carga enderezando las piernas; con la espalda recta.

CARGA MENTAL DE TRABAJO

Se establece entre las exigencias del trabajo. Influyen las características individuales del individuo.

RIESGOS PSICOSOCIALES

Los más frecuentes son el estrés laboral, el mobbing y el burnout.

ESTRÉS Se debe a un desajuste entre el trabajador y el exceso de demanda de trabajo a la que no puede hacer frente.

MOBBING Violencia psicológica en el ámbito laboral por una o más personas sobre otra, respecto de la que existe una relación asimétrica de poder. (Denunciar si ocurre, Recolectar pruebas, recursos humanos)

BURNOUT Resultado del estrés laboral por un estado de agotamiento emocional y de fatiga desmotivante para las tareas laborales.

GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA

PLAN DE PREVENCIÓN

Se refleja en un documento que se conserva a disposición de la autoridad laboral, autoridades sanitarias y representantes de los trabajadores.

La estructura organizativa de la empresa. Identifica las funciones y responsabilidades que asume cada empleado, en relación con la prevención de riesgos laborales.

La organización de la producción. Identifica los distintos procesos técnicos y procedimientos organizativos en la empresa, en relación con la prevención de riesgos.

La organización de la prevención en la empresa. Indica la modalidad preventiva elegida y los órganos de representación existentes.

MÉTODO DE EVALUACIÓN GENERAL DE RIESGOS DEL INSTITUTO NACIONAL SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Clasificación de las actividades de trabajo. Prepara un listado de las actividades y tareas de la empresa.

Identificación de riesgos. Estimación o cuantificación del riesgo. Para cada uno de los peligros hay que determinar la severidad y la probabilidad.

Valoración del riesgo. Una vez que tenemos identificados los niveles, debemos decidir si tomamos otras medidas, mejoramos los controles o implantamos otros nuevos.

PLAN DE PREVENCIÓN

La empresa planifica las acciones preventivas para eliminar los riesgos, conforme a un orden de prioridad fijado en función de su magnitud y del número de personas trabajadoras expuestas.

ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA

Según la LPRL, las empresas pueden optar entre una o varias modalidades para organizar la prevención, en función de su actividad y número de empleados.

Asunción por parte de la empresa

La empresa puede asumir la actividad preventiva siempre que: Tenga un máximo de 10 o 25 empleados si es un único centro de trabajo.

Se desarrollen actividades que no estén incluidas en el anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención (actividad en la minería, trabajo subterráneo).

La actividad profesional se desarrolla habitualmente.

Designación de personas trabajadoras

La empresa puede designar empleados para la actividad preventiva, que deben: Poseer la formación. Disponer del tiempo necesario y medios precisos. Ser suficientes en número.

Servicio de prevención propio (SPP)

El SPP es el área o departamento que se encarga de gestionar la prevención de riesgos laborales. La empresa está obligada a constituirlo siempre que: tenga más de 500 empleados y realice alguna de las actividades del anexo I del Reglamento sobre los Servicios de Prevención, excepto si se acude a un servicio ajeno.

Servicio de prevención mancomunado

Cuando varias empresas realizan actividades en un centro, pueden constituir un servicio de prevención mancomunado. Tendrá un servicio de prevención propio.

Servicio de prevención ajeno (SPA)

Son entidades dedicadas al apoyo y asesoramiento a las empresas en relación con la prevención de riesgos laborales.

Aspecto

Servicio de Prevención Propio

Servicio de Prevención Ajeno

Definición

Servicio de prevención de riesgos laborales gestionado por la propia empresa.

Servicio de prevención mediante una entidad especializada, para gestionar la PRL.

Obligatoriedad

Obligatorio para empresas con más de 500 empleados o más de 250 si pertenecen a sectores de riesgo alto.

Se puede contratar para cualquier tipo de empresa, especialmente para

las que no pueden asumir un servicio propio.

Responsabilidad

Asume la responsabilidad de la gestión de la prevención de riesgos laborales.

La responsabilidad recae en la empresa, pero la gestión y el asesoramiento lo lleva una entidad especializada.

Recursos necesarios

Dispone de personal especializado

El servicio externo dispone de recursos necesarios

Sectores o empresas recomendadas

Recomendado en sectores de alto riesgo o en empresas grandes con capacidad para gestionarlo.

Ideal para pymes o sectores con menos riesgos laborales donde no sea viable crear un servicio propio.

Ventajas

Mayor control directo sobre la prevención.

Integración más eficaz en la cultura y operativa de la empresa.

Ahorro en recursos internos y formación de personal.

Mayor flexibilidad en cuanto a costes y servicios contratados.

Desventajas

Mayor inversión inicial en recursos humanos y materiales.

Requiere gestión continua y especializada.

Menor control directo de la

empresa.

Puede no ser tan eficiente al no estar completamente integrado en la operativa de la empresa.

PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Los empleados tienen derecho a participar en las cuestiones relacionadas con la prevención de riesgos laborales. Los órganos de representación colectiva en acción preventiva, según la LPRL, son los delegados de prevención y el comité de seguridad y salud.

Delegados de Prevención (Pequeñas)

Comité de Seguridad y Salud

Representantes de los trabajadores con funciones en la prevención de riesgos laborales.

Es el órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica sobre seguridad y salud.

Obligatorio en empresas con más de 10 trabajadores o si ellos lo eligen.

Obligatorio en empresas con 50 o más trabajadores.

Los delegados son designados por los representantes de los trabajadores.

Compuesto por delegados de prevención y representantes de la empresa.

(funciones)

Colaborar con la empresa en la mejora de la acción preventiva.

(funciones)

Participar en la consulta regular y periódica sobre la prevención en la empresa.

(funciones)

Promover y fomentar la cooperación de los

trabajadores en la prevención.

(funciones)

Evaluar y proponer medidas correctivas para mejorar la seguridad y salud.

(funciones)

Ejercer vigilancia y control sobre las medidas de prevención de riesgos laborales.

(funciones)

Supervisar las actuaciones preventivas en la empresa.

Participar en la elaboración y evaluación de los planes de prevención.

Conocer los daños para la salud de las personas trabajadoras.

(Pag: 80)

Aspecto

Delegados de Prevención

Comité de Seguridad y Salud

Formación y medios

Tienen derecho a una formación en PRL a cargo de la empresa

Derecho a recibir formación para desempeñar sus funciones

Tiempo para ejercer funciones

Deben disponer de un crédito de horas remuneradas para ejercer sus funciones.

Se reúnen trimestralmente, durante el tiempo de trabajo sin afectar a su crédito de horas.

Ámbito de actuación

Actuación operativo dentro de la empresa, vigilando e informando a los trabajadores.

Tiene un ámbito consultivo y de supervisión, evaluando y proponiendo acciones en el entorno laboral.

MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN

PREVENCIÓN

Técnica

Objetivo

Actuación

Seguridad en el trabajo

Evitar los accidentes de trabajo.

Sobre los equipos de trabajo y condiciones del entorno.

Higiene industrial

Prevenir enfermedades profesionales.

Identifica los factores de riesgo. Mide la intensidad y tiempo de exposición. Valora el riesgo. Corrige la situación. Realiza controles periódicos.

Ergonomía en el trabajo

Adapta el trabajo a las condiciones fisiológicas y psicológicas para evitar la fatiga física o mental.

Analiza y diseña los puestos, procesos y equipos de trabajo de acuerdo con las características del trabajador.

Psicosociología aplicada

Prevenir los daños psicológicos.

Actúa a través de la selección de personal, la orientación profesional y el clima laboral.

Medicina del trabajo

Prevenir y curar las patologías derivadas del trabajo.

Reduce los efectos del daño con el diagnóstico y el tratamiento. Repara a través de la rehabilitación.

PROTECCIÓN COLECTIVA

Resguardados: Elementos que garantizan la protección mediante una barrera

Dispositivos de prevención: Medidas que impiden el funcionamiento de la máquina al detectar el acceso de una persona.

Barandillas. Impiden las caídas desde altura. Altura mínima 90 cm.

Redes. Se utilizan para minimizar las caídas.

Ventilación. Corrientes de aire para reducir la contaminación,

Interruptor diferencial. Dispositivo que evita el contacto con la corriente eléctrica desconectando la instalación eléctrica.

EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL

Protectores.

SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD

Panel: Combinan formas geométricas, colores y símbolos con un significado.

Luminosas: Emitida por un dispositivo de materiales transparentes o translúcidos.

Acústicas y verbales: Mensajes en los que se utiliza la voz humana.

Gestuales: Señales para guiar a los que están haciendo tareas peligrosas.

Prohibición

Obligación

Advertencia

Lucha contra incendios

Salvamiento

MEDIDAS DE EMERGENCIA

Según la Ley 31/ 1995, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), la empresa está obligada a velar por la seguridad de su plantilla. Debe ser capaz de prever las posibles situaciones de emergencia que puedan producirse y de afrontarlas mediante las medidas necesarias.

PLAN DE AUTOPROTECCIÓN

Documento que elabora una empresa con el objeto de prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y bienes, dando respuesta adecuada a las situaciones de emergencia.

PLAN DE ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS

Parte del plan de autoprotección; se organizan las respuestas ante situaciones de emergencia y medidas de protección e intervención que hay que adoptar en función de la actividad de la empresa y localización.

CLASIFICACIÓN DE EMERGENCIA

Contrato de emergencia: puede ser controlada por el personal y medios de protección.

Emergencia parcial: requiere de equipos especiales del sector del afectado.

Emergencia general: requiere la actuación de todos los medios humanos, materiales y de medios exteriores.

PLAN DE EVACUACIÓN

Es la parte del plan de emergencia, hace referencia a la salida organizada de las personas.

Información

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Apunte sobre Sin título, creado por Nuria Del Olmo el 23/11/2024.
Creado por
Nuria Del Olmo · nov 2024
Actualizado
23 nov 2024
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