Parentesco
Diapositivas del conjunto (7)
-

- CONCEPTO- TIPOS Y EFECTOS DEL PARENTESCO
-
- Es un sistema integrado de las personas en la familia y que sigue determinadas normas.
-
- Consanguineo:
- Se funda en la comunidad de sangre y es el vínculo de sangre que une a dos personas que descienden una de otra o que proceden de un tronco común.Parentesco legítimo: la descendencia proviene de dos personas casadas.
- Parentesco natural: entre padre y madre no existe vinculo matrimonial.
- Vinculo simple: Se establece entre dos hermanos que tienen, de sus dos ascendientes necesarios, solo uno en común. Los hermanos por parte de madre, se llaman hermanos uterinos. Los de padre son consanguíneos.
- Vínculo doble: tienen padre y madre en común.
- Afinidad:
- Es el lazo que une a cada cónyuge con los parientes consanguíneos del otro; nace como efecto del matrimonio y la filiación.
-
- LÍNEAS
- Se llama línea recta la serie de personas que ascienden o descienden unas de otras.
- Colateral, la del as personas que sin descender unas de otras vienen de un mismo tronco.
- Se llama recta descendente, la que liga a una persona con los individuos que de ella descienden.
- Se llama recta ascendente, la que liga con el tronco a los que de él provienen.
- La distancia de los parientes entre si se mide por grados”
- Grados:
- En todas las líneas hay tantos grados cuántas son las personas, descontando la del tronco.En la recta se sube únicamente hasta el tronco; así el hijo dista del padre un grado, dos del abuelo, tres del bisabuelo.
- En la colateral se sube hasta el tronco común, y después se baja hasta la persona con quien se quiere hacer computación.
- De este modo, el hermano dista dos grados del hermano; tres del tío, hermano de su padre o su madre; cuatro del primo hermano; y así en adelante.
- La computación de que se trata este artículo rige en todas las materias
-
- Derecho Civil:
- 1-Consanguíneo:
- Impedimento
- dirimente en el matrimonio (art. 91 inc. 4 y 5 del CC).
- Ascenso
- complementario a los menores de -18 años para contraer matrimonio (art. 106 a
- 109 CC).
- Obligación
- alimentaria (art.45 a 64 del C. de la niñez)
- Acción
- de pérdida o suspensión de la Patria Potestad (art. 289 del CC)
- Derecho
- a tutela y curatela legítima (art.329 y 442 del CC).
- Provocar
- la declaración de incapacidad (art.433 del CC)
- Causal
- de indignidad (art.842 inc. 4 del CC)
- Vocación
- para heredar en la sucesión intestada (art. 1013 y sig. Del CC art.885 del CC).
- Orden de llamamiento (art. 1025 y siguientes)
- 2-Afinidad
- Impedimento
- dirimente para el matrimonio.
- Obligación
- alimentaria legal
- Incapacidad
- para adquirir por testamento.
-
- Derecho Procesal
- -
- Consanguíneo
- Exime para declarar
- (art.156 del CGP)
- Tacha legal como
- testigo (art.157 del CGP)
- Impedimento y
- recusación de los jueces (art.325 CGP)
- Afinidad
- Eximente para
- declarar
- Tacha legal como
- testigo
- impedimento y
- recusación de los jueces
-
- Derecho Penal
- Consanguíneo:
- Eximente
- de pena (Legítima defensa, art.26 del C Penal)
- art. 41(El parentesco en los delitos contra la propiedad), 42 (El
- parentesco en los delitos de encubrimiento) y 43 (EL parentesco en los delitos
- de falso testimonio del Código Penal)
- Calificante
- del delito de incesto (art. 276 del C Penal)
- Agravante especial del homicidio (art. 311 del C. Penal)
- Afinidad:
- Causa de impunidad
Información
- Descripción
- Análisis de los diversos tipos de parentesco que presenta nuestra sociedad y los efectos del mismo.
- Creado por
- anarojas4218 · mar 2016
- Actualizado
- 2 may 2017
- Visitas
- 3.075
- Etiquetas
- Valoración