El territorio de la Comunidad de Castilla y León comprende el de los municipios integrados en las actuales provincias de Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora
fijará la sede o sedes de las instituciones básicas de la Comunidad
Una ley de las Cortes de Castilla y León
Una ley orgánica
una ley estatal
Una ley de la Junta de Castilla y León
Una ley de las Cortes de Castilla y León, aprobada por mayoría de dos tercios
Una ley de las Cortes de Castilla y León, aprobada por mayoría de tres quintos
Una ley de las Cortes de Castilla y León, aprobada por mayoría absoluta
Una ley de las Cortes de Castilla y León, aprobada por mayoría simple
quién determinará la ubicación de los organismos o servicios de la Administración de la Comunidad, atendiendo a criterios de descentralización, eficacia y coordinación de funciones y a la tradición histórico-cultural.
La Junta de Castilla y León
las Cortes de Castilla y León
la Comunidad Autónoma
El Estado
La Junta de Castilla y León determinará la ubicación de los organismos o servicios de la Administración de la Comunidad, atendiendo a criterios de
descentralización, eficacia y coordinación de funciones y a la tradición histórico-cultural
descordinación, eficacia y coordinación de funciones y a la tradición social-cultural
descentralización,descordinación, eficacia y coordinación de funciones y a la tradición histórico-cultural
descentralización,descordinación, eficacia y coordinación de funciones y a la tradición económico-cultural
Castilla y León es
una comunidad histórica y cultural
que tiene su origen en los antiguos de Castilla
ha contribuido de modo decisivo a la formación de España como Nación
se constituye en Provincia en el marco de la Constitución y del presente Estatuto de Autonomía
una comunidad histórica y social
tiene su origen en los antiguos Reinos de León y de Castilla
contribuye de modo decisivo a la formación de España como Nación
ejerce su derecho al autogobierno y se constituye en Comunidad Autónoma en el marco de la Constitución y del presente Estatuto de Autonomía
La Comunidad de Castilla y León, como región de Europa, asume los valores de la Unión Europea y vela por el cumplimiento de sus objetivos y por la defensa de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico europeo
son valores esenciales para la identidad de la Comunidad de Castilla y León:
La lengua castellana y el patrimonio histórico, artístico y natural
La lengua castellana y el patrimonio histórico, artístico y cultural
La lengua castellana y el patrimonio histórico, económico,artístico y cultural
La lengua castellana y el patrimonio histórico,social, artístico y cultural
La lengua castellana y el patrimonio histórico, artístico y natural son valores esenciales para la identidad de la Comunidad de Castilla y León y serán objeto de especial protección y apoyo, para lo que se fomentará la creación de que atiendan a dicho fin
quién fomentará el uso correcto del castellano en los ámbitos educativo, administrativo y cultural
La comunidad
Las Cortes de Castilla y León
El castellano forma parte del acervo histórico y cultural más valioso de la Comunidad, extendido a
todo el territorio nacional y a muchos otros Estados
todo el territorio nacional e internacional
a muchos otros Estados
todo el territorio nacional y a Europa
La Junta de Castilla y León promoverá el aprendizaje del castellano en el ámbito internacional especialmente en colaboración con las de la Comunidad, para lo cual podrá adoptar las medidas que considere oportunas
El leonés será objeto de protección específica por parte de las instituciones por su particular valor dentro del patrimonio lingüístico de la Comunidad. Su protección, uso y promoción serán objeto de regulación
El castellano será objeto de protección específica por parte de las instituciones por su particular valor dentro del patrimonio lingüístico de la Comunidad. Su protección, uso y promoción serán objeto de regulación
Gozará de respeto y protección la lengua gallega en los lugares en que habitualmente se utilice
Gozará de respeto y protección la lengua leonesa en los lugares en que habitualmente se utilice
la fiesta oficial de la comunidad es el
23 de abril
24 de abril
21 de abril
13 de abril
El himno y los demás símbolos de la Comunidad de Castilla y León se regularán mediante
ley específica
ley orgánica
ley ordinaria
ley
Los símbolos de identidad exclusiva de la Comunidad de Castilla y León son
el blasón, la bandera, el pendón y el himno de Castilla y León
el blasón, la bandera, el pendón y la lengua de Castilla y León
el blasón, la bandera y el himno de Castilla y León
el blasón, la bandera y la lengua de Castilla y León
Símbolos de la Comunidad
La protección jurídica de los símbolos de Castilla y León es la que corresponde a los símbolos del Estado
El blasón vendrá constituido por el escudo cuartelado sobre un fondo carmesí tradicional
Cada provincia y municipio conservarán las banderas y emblemas que les son tradicionales
El blasón de Castilla y León es un escudo timbrado por corona real abierta, cuartelado en cruz o contracuartelado
Cada provincia conservará las bandera y emblema que les son tradicionales
El pendón vendrá constituido por el escudo cuartelado sobre un fondo carmesí tradicional
La bandera de Castilla y León es cuartelada y contiene los símbolos de Castilla y León
El himno y los demás símbolos de la Comunidad de Castilla y León se regularán mediante ley
La bandera de Castilla y León
ondeará en todos los centros y actos oficiales de la Comunidad, a la derecha de la bandera española
ondeará en todos los centros y actos oficiales de la Comunidad, a la izquierda de la bandera española
El blasón de Castilla y León es un escudo timbrado por
corona real cerrada, cuartelado en cruz o contracuartelado
El primer y cuarto cuarteles: en campo de gules, un castillo de oro almenado de tres almenas, mamposteado de sable y clarado de azur
El segundo y tercer cuarteles: en campo de plata, un león rampante de púrpura, linguado, uñado y armado de gules, coronado de oro
corona real abierta
El primer y cuarto cuarteles:en campo de plata, un león rampante de púrpura, linguado, uñado y armado de gules, coronado de oro
El segundo y tercer cuarteles:en campo de plata, un león rampante de púrpura, linguado, uñado y armado de gules, coronado de oro
El primer y cuarto cuarteles: en campo de gules, un castillo de oro almenado de cuatro almenas, mamposteado de sable y clarado de azur
La Comunidad de Castilla y León tiene competencia exclusiva en las siguientes materias:
Pesca fluvial y lacustre, acuicultura, caza y explotaciones cinegéticas. Protección de los ecosistemas en que se desarrollen dichas actividades
Desarrollo rural
Aprobar programas, planes y directrices vinculantes para todos los órganos de la Administración de la Comunidad
Tratamiento especial de las zonas de montaña
Publicidad en general y publicidad institucional sin perjuicio de la legislación del Estado
Promoción del turismo y su ordenación en el ámbito de la Comunidad
Fomento, regulación y desarrollo de la artesanía
Ejecutar y desarrollar sus propios Presupuestos
Promoción de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, con particular atención a las mujeres víctimas de la violencia de género
Promoción de la competencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma
Agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias, de acuerdo con la ordenación general de la economía
Denominaciones de origen y otras protecciones de calidad relativas a productos de Castilla y León. Organización de los Consejos Reguladores y entidades de naturaleza equivalente
Fiestas y tradiciones populares
Obras públicas de interés para la Comunidad Autónoma dentro de su propio territorio que no tengan la calificación legal de interés general del Estado ni afecten a otra Comunidad Autónoma
Conservación del Derecho consuetudinario de Castilla y León
Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda
Ferrocarriles, carreteras y caminos que transcurran íntegramente por el territorio de la Comunidad Autónoma y, en los mismos términos, los transportes terrestres, fluviales, por cable o tubería. Centros de transporte, logística y distribución en el ámbito de la Comunidad
Estructura y organización de la Administración de la Comunidad
Declarar la urgencia en materia de expropiación forzosa
Organización territorial de la Comunidad. Relaciones entre las instituciones de la Comunidad y los entes locales y regulación de los entes locales creados por la Comunidad, en los términos previstos en el presente Estatuto
Organización, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno
Ordenación de la Hacienda de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo establecido en este Estatuto
Industria, con observancia de cuanto determinen las normas del Estado por razones de seguridad, de interés militar o sanitario y las normas relacionadas con las industrias que estén sujetas a la legislación de minas, hidrocarburos y energía nuclear
Casinos, juegos y apuestas, excepto las loterías y apuestas del Estado y los juegos autorizados por el Estado en el territorio nacional a entidades sin ánimo de lucro
Estadística para los fines de la Comunidad Autónoma, en coordinación con la general del Estado y con la de las demás Comunidades Autónomas
Fomento y promoción de las producciones artísticas y literarias de Castilla y León
Resolver los recursos y reclamaciones que le correspondan
Industria cinematográfica y audiovisual de Castilla y León y de promoción y planificación de equipamientos culturales de Castilla y León
Cooperativas y entidades asimilables. Fomento del sector de la economía social
Investigación científica y técnica. Fomento y desarrollo de la investigación, desarrollo e innovación en coordinación con la investigación científica y técnica estatal
Casinos, juegos y apuestas, incluido las loterías y apuestas del Estado y los juegos autorizados por el Estado en el territorio nacional a entidades sin ánimo de lucro.
Instalaciones de almacenamiento, producción, de distribución y de transporte de cualesquiera energías, cuando se circunscriban al territorio de la Comunidad y su aprovechamiento no afecte a otra Comunidad Autónoma
Cajas de Ahorros e instituciones de crédito cooperativo público y territorial en el marco de la ordenación general de la economía y de acuerdo con las disposiciones que en uso de sus facultades dicte el Estado
Régimen de acogida e integración económica, social y cultural de los inmigrantes. La Junta de Castilla y León colaborará con el Gobierno de España en todo lo relativo a políticas de inmigración, en el ámbito de sus respectivas competencias
Aeropuertos, helipuertos, muelles e instalaciones de navegación de carácter deportivo y, en general, los que no desarrollen actividades comerciales
Aeropuertos, helipuertos, muelles e instalaciones de navegación de carácter deportivo y, en general, los que desarrollen actividades comerciales
Producción, distribución de libros y publicaciones periódicas en cualquier soporte, así como la gestión del depósito legal y el otorgamiento de códigos de identificación
El fomento del desarrollo económico en los diferentes mercados y del comercio exterior y la planificación de la actividad económica de la Comunidad, dentro de los objetivos marcados por la política económica general y, en especial, la creación y gestión de un sector público de Castilla y León
Museos, bibliotecas, hemerotecas, archivos y otros centros culturales y de depósito de interés para la Comunidad y que no sean de titularidad estatal.conservatorios de música y danza, centros de artes escénicas y otras instituciones relacionadas con el fomento y la enseñanza de las Bellas Artes
Patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico, arquitectónico y científico de interés para la Comunidad, sin perjuicio de la competencia del Estado para su defensa contra la exportación y la expoliación
Servicio meteorológico de la Comunidad Autónoma
Fundaciones que desarrollen principalmente sus actividades en la Comunidad Autónoma.
Calendarios y horarios comerciales, en el marco de la normativa autonómica
Promoción de la educación física, del deporte y del ocio
Espectáculos públicos y actividades recreativas
Normas adicionales sobre protección del medio ambiente y del paisaje, con especial atención al desarrollo de políticas que contribuyan a mitigar el cambio climático
Las Academias científicas y culturales que desarrollen principalmente su actividad en Castilla y León
Calendarios y horarios comerciales, en el marco de la normativa estatal
Ferias y mercados exteriores
Regulación y autorización de grandes superficies comerciales, en el marco de la unidad de mercado
Establecimiento de bolsas de valores y establecimiento y regulación de centros de contratación de mercancías, conforme a la legislación mercantil
Ferias y mercados interiores
Comercio interior, sin perjuicio de la política general de precios, de la libre circulación de bienes en el territorio del Estado y de la legislación sobre defensa de la competencia
Asistencia social, servicios sociales y desarrollo comunitario. Promoción y atención de las familias, la infancia, la juventud y los mayores.
Prevención, atención e inserción social de los colectivos afectados por la discapacidad, la dependencia o la exclusión social. Protección y tutela de menores
en el ejercicio de las competencias exclusivas le corresponde a a comunidad de Castilla y León:
las potestades legislativa y reglamentaria, y la función ejecutiva, incluida la inspección. se entenderá efectuada sin perjuicio de las competencias que pudieran corresponder al Estado en virtud de otros títulos previstos por la Constitución
las potestades legislativa y reglamentaria, y la función ejecutiva, excluida la inspección.se entenderá efectuada sin perjuicio de las competencias que pudieran corresponder al Estado en virtud de otros títulos previstos por la Constitución
las potestades ejecutiva y reglamentaria, y la función legislativa, incluida la inspección.se entenderá efectuada sin perjuicio de las competencias que pudieran corresponder al Estado en virtud de otros títulos previstos por la Constitución
las potestades ejecutiva y reglamentaria, y la función legislativa, excluida la inspección.se entenderá efectuada sin perjuicio de las competencias que pudieran corresponder al Estado en virtud de otros títulos previstos por la Constitución
la organización, funcionamiento, administración y gestión de todas las instituciones sanitarias públicas dentro del territorio de la Comunidad de Castilla y León le corresponde a:
Comunidad de Castilla y León
Junta de Castilla y León
podrá organizar y administrar dentro de su territorio, todos los servicios relacionados con las materias de sanidad y salud pública y ejercerá la inspección y control de las entidades en materia de sanidad
deberá organizar y administrar dentro de su territorio, todos los servicios relacionados con las materias de sanidad y salud pública y ejercerá la inspección y control de las entidades en materia de sanidad
podrá organizar y administrar dentro de su territorio, todos los servicios relacionados con las materias de sanidad y salud pública y no ejercerá la inspección y control de las entidades en materia de sanidad
deberá organizar y administrar dentro de su territorio, todos los servicios relacionados con las materias de sanidad y salud pública y no ejercerá la inspección y control de las entidades en materia de sanidad
la alta inspección para el cumplimiento de las funciones y competencias de sanidad y salud pública,se reservará a
Estado
La Comunidad
La Junta
La Comunidad promoverá la investigación biomédica y biotecnológica en el marco de sus propias instituciones sanitarias y de investigación
Son de competencia exclusiva de la Comunidad de Castilla y León, sin perjuicio de las facultades reservadas al Estado,
las funciones en materia de sanidad y salud pública
la promoción de la salud en todos los ámbitos
la planificación de los recursos sanitarios públicos
la coordinación de la sanidad privada con el sistema sanitario público
la formación sanitaria especializada
la coordinación de la sanidad pública con el sistema sanitario público
En colaboración con el Estado y las demás Comunidades Autónomas, la participación en la gestión de las aguas pertenecientes a otras cuencas intercomunitarias que se encuentren en el territorio de Castilla y León corresponde a
la Junta de Castilla y León
La Comunidad de Castilla y León
La Comunidad tiene competencia exclusiva, cuando
las aguas discurran íntegramente dentro del territorio de Castilla y León, en materia de proyectos, construcción y explotación de los aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos de interés de la Comunidad Autónoma; aguas minerales, termales y subterráneas, ordenación y concesión de recursos y aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos.
las aguas discurran parcialmente dentro del territorio de Castilla y León, en materia de proyectos, construcción y explotación de los aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos de interés de la Comunidad Autónoma; aguas minerales, termales y subterráneas, ordenación y concesión de recursos y aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos.
las aguas discurran mayoritariamente dentro del territorio de Castilla y León, en materia de proyectos, construcción y explotación de los aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos de interés de la Comunidad Autónoma; aguas minerales, termales y subterráneas, ordenación y concesión de recursos y aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos.
la garantía del abastecimiento de agua en condiciones de cantidad y calidad suficientes para atender las necesidades presentes y futuras de los castellanos y leoneses es
un principio rector de la acción política de la Comunidad
un derecho de los castellanos y leoneses
una competencia de la comunidad
un principio rector de la acción social de la Comunidad
la Junta de Castilla y León emitirá sobre cualquier decisión estatal que implique transferencia de aguas fuera del territorio de la Comunidad
un informe preceptivo
un informe vinculante
un informe preceptivo pero no vinculante
un informe vinculante pero no preceptivo
emitirá un informe preceptivo sobre cualquier decisión estatal que implique transferencia de aguas fuera del territorio de la Comunidad
emitirá un informe preceptivo sobre cualquier decisión estatal que implique transferencia de aguas dentro del territorio de la Comunidad
emitirá un informe vinculante sobre cualquier decisión estatal que implique transferencia de aguas fuera del territorio de la Comunidad
emitirá un informe vinculante sobre cualquier decisión estatal que implique transferencia de aguas dentro del territorio de la Comunidad
En materia de enseñanza universitaria, sin perjuicio de la autonomía de las Universidades, es competencia exclusiva de la Comunidad de Castilla y León
en todo caso la programación y coordinación del sistema universitario de Castilla y León
la creación de Universidades privadas y autorización de las públicas
la aprobación de los estatutos de las Universidades públicas y de las normas de organización y funcionamiento de las privadas
la coordinación de los procedimientos de acceso a las Universidades y regulación de los planes de estudio
el marco jurídico de los títulos propios de las Universidades
la financiación de las Universidades
la creación de Universidades públicas y autorización de las privadas
la aprobación de los estatutos de las Universidades Privadas
la regulación y gestión del sistema propio de becas y ayudas al estudio
la creación de Universidades privadas
el marco legislativo de los títulos propios de las Universidades
las normas de organización y funcionamiento de las universidades privadas
el régimen retributivo del personal docente e investigador contratado en las Universidades públicas
el establecimiento de retribuciones complementarias del personal docente e investigador funcionario
el régimen retributivo del personal laboral e investigador contratado en las Universidades públicas
el establecimiento de retribuciones complementarias del personal docente y laboral funcionario
En materia de enseñanza no universitaria, corresponde en todo caso a la Comunidad de Castilla y León:
la evaluación y garantía de la calidad del sistema educativo
las enseñanzas universitarias que no conduzcan a la obtención de un título académico o profesional estatal
la formación del personal docente
la autorización, inspección y control de los centros públicos
las enseñanzas no universitarias que no conduzcan a la obtención de un título académico o profesional estatal
la definición de las materias relativas al conocimiento de la cultura castellana y leonesa
las actividades complementarias y extraescolares, en relación con los centros sostenidos con fondos públicos
la organización de las enseñanzas presenciales y semipresenciales
la organización de las enseñanzas no presenciales y semipresenciales
la programación, creación, organización, régimen e inspección de los centros públicos
la autorización, inspección y control de todos los centros educativos
el régimen de becas y ayudas al estudio con fondos propios
las actividades complementarias y extraescolares, en relación con los centros sostenidos con fondos privados
la programación, creación, organización, régimen e inspección de todos los centros educativos
programación, creación, organización, régimen e inspección de los centros públicos
Corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa estatal
Corresponde a la Comunidad Autónoma
la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa estatal
la competencia de desarrollo legislativo y reglamentario de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa estatal
la competencia de desarrollo reglamentario y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa estatal
Corresponde la vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones a
la Comunidad Autónoma de Castilla y León
Corresponde a la Comunidad Autónoma de Castilla y León la vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones, para lo que podrá convenir con el Estado la adscripción de una Unidad del Cuerpo Nacional de Policía, en los términos y para el ejercicio de las funciones de seguridad pública
la Comunidad Autónoma de Castilla y León podrá convenir con el Estado la adscripción de una Unidad del Cuerpo Nacional de Policía, en los términos y para el ejercicio de las funciones de
la vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones
seguridad pública
ambas
La Comunidad Autónoma podrá convenir con el Estado la colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para el ejercicio de las funciones correspondientes a aquellas de sus competencias que así lo precisen
La Comunidad de Castilla y León podrá crear el Cuerpo de Policía de Castilla y León mediante
ley de Cortes
ley de la Comunidad
La coordinación de la actuación, en el territorio de Castilla y León, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y del Cuerpo de Policía de Castilla y León corresponderá
a la Junta de Seguridad, formada por un número igual de representantes del Gobierno y de la Junta de Castilla y León
a la Junta de Policía, formada por un número igual de representantes del Estado y de la Comunidad de Castilla y León
a la Junta de Seguridad, formada por un número no superior de representantes del Gobierno y de la Comunidad de Castilla y León
a la Junta de Seguridad, formada por un número igual de representantes del Estado y de la Comunidad de Castilla y León
La vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones. La coordinación y demás facultades en relación con las policías locales en los términos que establezca una ley orgánica. será competencia de
Competencias de ejecución:
Ferias internacionales
Pesas y medidas. Contraste de metales
Defensa de los consumidores y usuarios
Ordenación farmacéutica
Propiedad industrial
Propiedad intelectual
Régimen minero y energético, incluidas las fuentes renovables de energía
Seguridad privada, cuando así lo establezca la legislación del Estado
Productos farmacéuticos
Ordenación del crédito, banca y seguros
Planes establecidos por el Estado para la implantación o reestructuración de sectores económicos
Fijación, en colaboración con el Estado, de las necesidades del mercado laboral que determinan la concesión de las autorizaciones de trabajo de los extranjeros
Sanidad agraria y animal
Protección de datos de carácter personal que estén bajo la responsabilidad de las instituciones de la Comunidad, de los entes locales y de cualquier entidad pública o privada dependiente de aquéllas
Gestión de museos, archivos, bibliotecas y colecciones de naturaleza análoga de titularidad estatal que no se reserve el Estado. Los términos de la gestión serán fijados mediante convenios
Empleo y relaciones laborales
Políticas activas de ocupación
Prevención de riesgos laborales, promoción de la salud y seguridad laboral
Defensa de la competencia respecto de las actividades económicas que se desarrollen en el territorio de la Comunidad, pudiendo crearse con esa finalidad un órgano independiente
Defensa de la competencia respecto de las actividades económicas que se desarrollen en el territorio de la Comunidad, pudiendo crearse con esa finalidad un órgano dependiente
Aeropuertos y helipuertos con calificación de interés general cuya gestión directa no se reserve el Estado
Aeropuertos y helipuertos con calificación de interés general cuya gestión directa se reserve el Estado
Transporte de mercancías y viajeros que tengan su origen y destino en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, sin perjuicio de la ejecución directa que se reserve el Estado
Seguridad Social, exceptuando el régimen económico y respetando los principios de unidad económico-patrimonial y de solidaridad financiera
Montes, aprovechamientos y servicios forestales, vías pecuarias, pastos y espacios naturales protegidos
Cámaras Agrarias, de Comercio e Industria y cualesquiera otras de naturaleza equivalente
Sector público estatal en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma, la que participará en los casos y actividades que proceda
Nombramiento de los Notarios y Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles que hayan obtenido plaza en el territorio de la Comunidad de acuerdo con las leyes estatales
Sector privado estatal en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma, la que participará en los casos y actividades que proceda
Informe y participación en la fijación de las demarcaciones de Notarías, Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, así como de las Oficinas Liquidadoras a cargo de éstos de acuerdo con lo previsto en la legislación estatal.
Asociaciones que desarrollen principalmente sus actividades en la Comunidad Autónoma
Protección civil, incluyendo en todo caso la regulación, planificación y ejecución de medidas relativas a las emergencias y la seguridad civil, así como la coordinación y formación de los servicios de protección civil, entre ellos los de prevención y extinción de incendios
Colegios profesionales y ejercicio de profesiones tituladas
La Comunidad velará por la adecuada prestación del servicio público encomendado a Notarios y Registradores
Competencias de desarrollo normativo y de ejecución
Tecnologías de la información y el conocimiento
Protección del medio ambiente y de los ecosistemas. Prevención ambiental. Vertidos a la atmósfera y a las aguas superficiales y subterráneas
Régimen Local
Prensa, radio, televisión y otros medios de comunicación social. La Comunidad Autónoma podrá regular, crear y mantener los medios de comunicación social que considere necesarios para el cumplimiento de sus fines
Sistema de consultas populares en el ámbito de Castilla y León, de conformidad con lo que disponga la ley a la que se refiere las condiciones y el procedimiento de las modalidades de referendum , correspondiendo a éste la autorización de su convocatoria
En estas materias, y salvo norma en contrario, corresponde además a la Comunidad la potestad reglamentaria, la gestión y la función ejecutiva, incluida la inspección.
Competencias de ejecución
quién velará por que el nivel de autogobierno establecido en el presente Estatuto sea actualizado en términos de igualdad respecto de las demás Comunidades Autónomas
Las Cortes y la Junta de Castilla y León
Las Cortes y la Comunidad de Castilla y León
la Junta de Castilla y León y la Comunidad de Castilla y León
señale las correctas
La Comunidad Autónoma podrá solicitar de las instituciones del Estado y asumir competencias
la Comunidad Autónoma podrá ejercer la iniciativa legislativa
En cualquier caso, la Comunidad de Castilla y León podrá asumir las demás competencias, funciones y servicios que la legislación del Estado reserve o atribuya a las Comunidades Autónomas
la Comunidad Autónoma no podrá ejercer la iniciativa legislativa
La iniciativa de la reforma ante las Cortes de Castilla y León corresponderá a
una tercera parte de sus miembros o a la Junta de Castilla y León
una segunda parte de sus miembros o a la Junta de Castilla y León
una tercera parte de sus miembros o a la Comunidad de Castilla y León
una segunda parte de sus miembros o a la Comunidad de Castilla y León
La iniciativa de la reforma corresponderá a una tercera parte de sus miembros o a la Junta de Castilla y León ante
las Cortes Generales
La propuesta de reforma del Estatuto requerirá, en todo caso,
la aprobación de las Cortes de Castilla y León por mayoría de dos tercios y la posterior aprobación de las Cortes Generales mediante Ley Orgánica
la aprobación de las Cortes de Castilla y León por mayoría de tres quintos y la posterior aprobación de las Cortes Generales mediante Ley Específica
la aprobación de las Cortes Generales por mayoría de dos tercios y la posterior aprobación de lasCortes de Castilla y León mediante Ley Orgánica
la aprobación de las Cortes Generales por mayoría de tres quintos y la posterior aprobación de lasCortes de Castilla y León mediante Ley Específica
Aprobada la propuesta de reforma por las Cortes de Castilla y León, se remitirá a
Congreso de los Diputados
Senado
Cortes Generales
Gobierno
en cuanto a la aprobación de la reforma del estatuto:
Las Cortes de Castilla y León elegirán de entre sus miembros una delegación para participar en la tramitación de la propuesta en el seno de una comisión mixta paritaria constituida de acuerdo con el procedimiento que prevea el Reglamento del Congreso de los Diputados
Las Cortes de Castilla y León elegirán de entre sus miembros una delegación para participar en la tramitación de la propuesta en el seno de una comisión mixta paritaria constituida de acuerdo con el procedimiento que prevea el Reglamento de las Cortes Generales
Las Cortes de Castilla y León elegirán de entre sus miembros una delegación para participar en la tramitación de la propuesta en el seno de una comisión mixta paritaria constituida de acuerdo con el procedimiento que prevea el Reglamento del Senado
Las Cortes de Castilla y León podrán retirar con la mayoría cualificada que determine su Reglamento la propuesta de reforma en cualquier momento de la tramitación en las Cortes Generales antes de que sea aprobada de forma definitiva
Las Cortes Generales podrán retirar con la mayoría cualificada que determine su Reglamento la propuesta de reforma en cualquier momento de la tramitación en las Cortes de Castilla y León antes de que sea aprobada de forma definitiva
Las Cortes de Castilla y León podrán retirar con la mayoría cualificada que determine su Reglamento la propuesta de reforma en cualquier momento de la tramitación en las Cortes Generales incluso cuando sea aprobada de forma definitiva
Si la propuesta de reforma no es aprobada por las Cortes de Castilla y León o por las Cortes Generales, no podrá ser sometida nuevamente a debate y votación de aquéllas hasta que haya transcurrido
al menos un año
un año
menos de un año
dos años
El Estatuto de Autonomía de Castilla y León fruto del consenso de las principales fuerzas políticas castellanas y leonesas, y supuso el establecimiento de un sistema de autogobierno que hacía uso del derecho a la autonomía que reconoce la Constitución Española
promulgado por Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero
promulgado por Ley Orgánica 3/1984, de 25 de febrero
promulgado por Ley Orgánica 4/1983, de 25 de enero
promulgado por Ley Orgánica 3/1984, de 25 de enero
reformes del estatuto
la primera en 1994, consistió básicamente en un incremento significativo de las competencias de la Comunidad
La segunda se produjo en 1999 y, además de ampliar el nivel competencial de Castilla y León, supuso la creación o inclusión en el Estatuto de nuevas instituciones al servicio del autogobierno
la primera en 1996, consistió básicamente en un incremento significativo de las competencias de la Comunidad
La segunda se produjo en 1998 y, además de ampliar el nivel competencial de Castilla y León, supuso la creación o inclusión en el Estatuto de nuevas instituciones al servicio del autogobierno
en 1188 se celebraron en León las primeras Cortes de la historia de Europa en las que participa el estamento ciudadano y en las que se documenta, como pacto entre el monarca y los estamentos, el reconocimiento de libertades a los súbditos de un reino, creando un precedente que tuvo más tarde su continuidad en las Siete Partidas del Rey Alfonso X «el Sabio» (1265) y que hoy, en esencia, pervive en las actuales Cortes autonómicas
Castilla y León se organiza territorialmente en
municipios, provincias y demás entidades locales que con tal carácter puedan crearse conforme a la ley
municipios, provincias y demás entidades locales que con tal carácter puedan crearse conforme a la ley orgánica
municipios y provincias
municipios,provincias y otros entes locales
Las entidades locales de Castilla y León se regirán por los principios de
autonomía, suficiencia financiera, competencia, coordinación,cooperación, responsabilidad, subsidiariedad y lealtad institucional
autonomía, suficiencia financiera, economía,cooperación, responsabilidad, subsidiariedad y lealtad institucional
autonomía, suficiencia financiera, competencia, coordinación,estabilidad presupuestaria, responsabilidad, subsidiariedad y lealtad institucional
autonomía, suficiencia financiera, competencia,cooperación, responsabilidad, subsidiariedad y lealtad institucional
La Comunidad y las entidades locales de Castilla y León promoverán la cohesión y el equilibrio de todos sus territorios, con especial atención a las zonas periféricas y a las más despobladas y desfavorecidas
La Comunidad y las entidades locales de Castilla y León promoverán la cohesión y el equilibrio de todos sus territorios, con especial atención a las zonas centrales y a las más despobladas y desfavorecidas
es la entidad territorial básica de la Comunidad y la institución de participación más directa de los ciudadanos en los asuntos públicos
Tiene personalidad jurídica propia y plena autonomía en el ámbito de sus competencias y en la defensa de los intereses locales que representa
municipio
provincia
entidades locales
la comarca
El gobierno, representación y administración de los municipios le corresponde a
ayuntamiento
alcalde
diputación
presidente diputación
La creación y supresión de municipios, la alteración de términos municipales y la fusión de municipios limítrofes se realizará de acuerdo con
la legislación de la Comunidad Autónoma en el marco de la legislación básica del Estado
la legislación básica del Estado en el marco de la legislación de la Comunidad Autónoma
la legislación de la Comunidad Autónoma
la legislación básica del Estado
se realizará de acuerdo con la legislación de la Comunidad Autónoma en el marco de la legislación básica del Estado
La creación y supresión de municipios
la alteración de términos municipales
la fusión de municipios limítrofes
la fusión de municipios limítrofes o no
Los municipios tienen las competencias propias que se establecen por
la legislación básica del Estado y la de la Comunidad Autónoma. Dichas competencias se ejercen con plena autonomía
la legislación de la Comunidad Autónoma. Dichas competencias se ejercen con plena autonomía
la legislación básica del Estado. Dichas competencias no se ejercen con plena autonomía
la legislación de la Comunidad Autónoma. Dichas competencias no se ejercen con plena autonomía
Las competencias de las entidades locales corresponderán a
los municipios, salvo que la ley que reconozca tales competencias las asigne a otras entidades locales
a las entidades locales
la provincia, salvo que la ley que reconozca tales competencias las asigne a otras entidades locales
las comarcas, salvo que la ley que reconozca tales competencias las asigne a otras entidades locales
Los municipios
tienen capacidad para ejercer su iniciativa en toda materia de interés local que no esté expresamente excluida de su competencia o atribuida a otras Administraciones por la legislación del Estado o de la Comunidad Autónoma
no tienen capacidad para ejercer su iniciativa en toda materia de interés local que esté expresamente excluida de su competencia o atribuida a otras Administraciones por la legislación del Estado o de la Comunidad Autónoma
tienen capacidad para ejercer su iniciativa en toda materia de interés local que no esté expresamente excluida de su competencia o atribuida a otras Administraciones por la legislación del Estado
tienen capacidad para ejercer su iniciativa en toda materia de interés local que no esté expresamente excluida de su competencia o atribuida a otras Administraciones por la legislación de la Comunidad Autónoma
se configura como la agrupación voluntaria de municipios limítrofes con características geográficas, económicas, sociales e históricas afines. Podrá ser también circunscripción administrativa de la Junta de Castilla y León para el cumplimiento de sus fines
La comarca se configura como
la agrupación voluntaria de municipios limítrofes con características geográficas, económicas, sociales e históricas afines. Podrá ser también circunscripción administrativa de la Junta de Castilla y León para el cumplimiento de sus fines
la agrupación voluntaria de municipios limítrofes con características geográficas, económicas e históricas afines. No podrá ser también circunscripción administrativa de la Junta de Castilla y León para el cumplimiento de sus fines
la agrupación voluntaria de municipios limítrofes con características geográficas, naturales, sociales e históricas afines. No podrá ser también circunscripción administrativa de la Junta de Castilla y León para el cumplimiento de sus fines
la agrupación voluntaria de municipios limítrofes con características geográficas, económicas, artísticas e históricas afines. Podrá ser también circunscripción administrativa de la Junta de Castilla y León para el cumplimiento de sus fines
La constitución de cada comarca se formalizará por ..., que definirá sus competencias, sin perjuicio de las que puedan delegarle o encomendarle las entidades locales de su ámbito territorial o la Comunidad Autónoma. Se requerirá en todo caso el acuerdo de los Ayuntamientos afectados
ley de las Cortes
ley Orgánica
ley Ordinaria
regulará la comarca del Bierzo, teniendo en cuenta sus singularidades y su trayectoria institucional
Una ley de la Comunidad de Castilla y León
Una ley de las Cortes
Una ley Orgánica
Mediante... se podrá regular con carácter general la organización y el régimen jurídico de las comarcas de Castilla y León
ley de las Cortes de Castilla y León
, como entidad local, tiene personalidad jurídica propia y capacidad plena para la gestión de sus intereses
el gobierno y la administración de la provincia le corresponde a:
presidente de la diputación
La provincia no constituye también división territorial para el cumplimiento de los fines de la Comunidad Autónoma
Las competencias de las Diputaciones se fijarán por
la legislación básica del Estado y la de la Comunidad Autónoma
las Diputaciones prestarán servicios supramunicipales de carácter provincial, en el ámbito de las competencias locales, sin perjuicio de las que puedan delegarle o encomendarle las entidades locales de su ámbito territorial o la Comunidad Autónoma
las Diputaciones prestarán servicios supramunicipales de carácter provincial, en el ámbito de las competencias locales, sin perjuicio de las que puedan delegarle o encomendarle
las entidades locales de su ámbito territorial o la Comunidad Autónoma
las entidades locales de su ámbito territorial
el Estado o la Comunidad Autónoma
el Estado
las entidades locales de su ámbito territorial o el Estado
selecciona la correcta
La Comunidad de Castilla y León impulsará la autonomía local. La Comunidad y las entidades locales ajustarán sus relaciones recíprocas a los principios de lealtad institucional, respeto a los ámbitos competenciales respectivos, coordinación, cooperación, información mutua, subsidiariedad, solidaridad interterritorial y ponderación de los intereses públicos afectados, cualquiera que sea la Administración que los tenga a su cargo
La Comunidad de Castilla y León no impulsará la autonomía local. La Comunidad y las entidades locales ajustarán sus relaciones recíprocas a los principios de lealtad institucional, respeto a los ámbitos competenciales respectivos, coordinación, cooperación, información mutua, subsidiariedad, solidaridad interterritorial y ponderación de los intereses públicos afectados, cualquiera que sea la Administración que los tenga a su cargo
La Comunidad de Castilla y León impulsará la autonomía local. La Comunidad y las entidades locales ajustarán sus relaciones recíprocas a los principios de lealtad institucional, respeto a los ámbitos competenciales respectivos, coordinación, cooperación, información mutua, subsidiariedad, solidaridad territorial y ponderación de los intereses públicos afectados, cualquiera que sea la Administración que los tenga a su cargo
La Comunidad de Castilla y León impulsará la autonomía local. La Comunidad y las entidades locales ajustarán sus relaciones recíprocas a los principios de lealtad institucional, respeto a los ámbitos competenciales respectivos,cooperación, información mutua, subsidiariedad, solidaridad interterritorial y ponderación de los intereses públicos afectados, cualquiera que sea la Administración que los tenga a su cargo
En el marco de la legislación básica del Estado y del presente Estatuto, la Comunidad Autónoma establecerá por ...la regulación del gobierno y la administración local de Castilla y León
ley de Cortes de Castilla y León
ley específica de las Cortes de Castilla y León
En el marco de la legislación básica del Estado y del presente Estatuto, la Comunidad Autónoma establecerá por ley de Cortes la regulación del gobierno y la administración local de Castilla y León. En dicha regulación se contemplarán
las entidades locales menores, así como las comarcas, áreas metropolitanas, mancomunidades, consorcios y otras agrupaciones de entidades locales de carácter funcional y fines específicos. La creación en cada caso de áreas metropolitanas se efectuará mediante ley específica de las Cortes de Castilla y León
las entidades locales menores, así como las comarcas, áreas metropolitanas, mancomunidades, consorcios y otras agrupaciones de entidades locales de carácter territorialy fines específicos. La creación en cada caso de áreas metropolitanas se efectuará mediante ley de las Cortes de Castilla y León
las entidades locales menores, así como las comarcas, áreas metropolitanas, mancomunidades, consorcios y otras agrupaciones de entidades locales de carácter funcional y fines generales. La creación en cada caso de áreas metropolitanas se efectuará mediante ley de las Cortes
las entidades locales menores, así como las comarcas, áreas metropolitanas, mancomunidades, consorcios y otras agrupaciones de entidades locales de carácter territorial y fines generales. La creación en cada caso de áreas metropolitanas se efectuará mediante ley específica de la Comunidad
Se preservarán y protegerán las formas tradicionales de organización local, por su valor singular dentro del patrimonio institucional de Castilla y León
se podrán transferir competencias a los Ayuntamientos, Diputaciones y otros entes locales que puedan asegurar su eficaz ejercicio, en aquellas materias que sean susceptibles de ser transferidas
Por ley de las Cortes, aprobada por mayoría absoluta
Por ley de las Cortes, aprobada por mayoría
Por ley de las Cortes de Castilla y León, aprobada por mayoría absoluta
Por ley de las Cortes de Castilla y León, aprobada por mayoría
La transferencia de competencias contemplará el traspaso de los medios personales, financieros y materiales que resulten precisos para garantizar la suficiencia en la prestación de los servicios públicos descentralizados
La transferencia de competencias no contemplará el traspaso de los medios personales, financieros y materiales que resulten precisos para garantizar la suficiencia en la prestación de los servicios públicos descentralizados
la Comunidad podrá delegar en las entidades locales la gestión de materias de su competencia, el desempeño de sus funciones y la prestación de servicios, estableciéndose en estos supuestos las formas de dirección y control que aquélla se reserve
El Estado podrá delegar en las entidades locales la gestión de materias de su competencia, el desempeño de sus funciones y la prestación de servicios, estableciéndose en estos supuestos las formas de dirección y control que aquélla se reserve
...prevista en el artículo 49 del presente Estatuto regulará la creación, composición y funciones de un órgano mixto para el diálogo y la cooperación institucional entre la Comunidad Autónoma y las Corporaciones locales de Castilla y León, en el que éstas estarán representadas con criterios que aseguren la pluralidad política, territorial e institucional
La ley de las Cortes de Castilla y León
La ley de las Cortes
La ley de la Comunidad
La ley orgánica
La ley de las Cortes de Castilla y León prevista en el artículo 49 del presente Estatuto regulará la creación, composición y funciones de un órgano mixto para el diálogo y la cooperación institucional entre la Comunidad Autónoma y las Corporaciones locales de Castilla y León, en el que éstas estarán representadas con criterios que aseguren la pluralidad política, territorial e institucional
Consejo de Cooperación Local de Castilla y León
Comisión de Cooperación Local de Castilla y León
Comité de Cooperación Local de Castilla y León
Conferencia de Cooperación Local de Castilla y León
órgano mixto para el diálogo y la cooperación institucional entre la Comunidad Autónoma y las Corporaciones locales de Castilla y León, en el que éstas estarán representadas con criterios que aseguren la pluralidad política, territorial e institucional.
órgano mixto para el diálogo y la cooperación institucional entre el Estado y las Corporaciones locales de Castilla y León, en el que éstas estarán representadas con criterios que aseguren la pluralidad política, territorial e institucional.
será oído en el proceso de preparación de los anteproyectos de ley, disposiciones administrativas y planes que afecten de forma específica a las entidades locales
será oído en el proceso de preparación de los anteproyectos de ley, disposiciones administrativas y planes que afecten de forma general a las entidades locales
quién fomentará las asociaciones de entidades locales de ámbito autonómico para la protección y promoción de sus intereses comunes
Los Municipios
La Provincia
Las Instituciones de la Comunidad Autónoma
reconocerán la interlocución de la Federación Regional de Municipios y Provincias de Castilla y León, en cuanto asociación local con mayor implantación
reconocerán la interlocución de la Confederación Regional de Municipios y Provincias de Castilla y León, en cuanto asociación local con mayor implantación
Las Haciendas locales de Castilla y León se rigen por los principios de
suficiencia de recursos, equidad, autonomía y responsabilidad fiscal
suficiencia de recursos, estabilidad presupuestaria, autonomía y responsabilidad financiera
suficiencia de recursos, equidad, autonomía y responsabilidad económica
suficiencia de recursos, estabilidad presupuestaria, autonomía y responsabilidad fiscal
Las Haciendas locales de Castilla y León se rigen por los principios de suficiencia de recursos, equidad, autonomía y responsabilidad fiscal. ... velará por el cumplimiento de estos principios y por la corrección de desequilibrios económicos entre las entidades locales, con el fin de garantizar la igualdad en el acceso a los servicios públicos locales a todos los ciudadanos de la Comunidad
La Comunidad Autónoma
La Diputación Provincial
Corresponde a ... velar por los intereses financieros de los entes locales de su territorio y ejercer la tutela financiera sobre ellos, respetando la autonomía que a los mismos reconocen los artículos 140 a 142 de la Constitución
la Comunidad de Castilla y León
los Entes Locales
El estado
la Provincia
La financiación de las entidades locales garantizará la suficiencia de recursos de acuerdo con una distribución de competencias basada en los principios de
descentralización, subsidiariedad y simplificación administrativa
descoordinación, subsidiariedad y simplificación administrativa
descoordinación, subsidiariedad y simplificación financiera
descentralización, subsidiariedad y simplificación financiera
Las competencias transferidas a las entidades locales deberán ir acompañadas de una financiación autonómica suficiente, para que no se ponga en riesgo la autonomía financiera de dichos entes locales
Las entidades locales
podrán participar en los ingresos de la Comunidad, según lo dispuesto en el artículo 142 de la Constitución, en los términos que establezca una ley de Cortes
deberán participar en los ingresos de la Comunidad, según lo dispuesto en el artículo 142 de la Constitución, en los términos que establezca una ley de Cortes
no podrán participar en los ingresos de la Comunidad, según lo dispuesto en el artículo 142 de la Constitución, en los términos que establezca una ley de Cortes
no deberán participar en los ingresos de la Comunidad, según lo dispuesto en el artículo 142 de la Constitución, en los términos que establezca una ley de Cortes
Las entidades locales de Castilla y León tienen derecho a que la Comunidad arbitre las medidas de compensación que impidan que sus recursos se vean reducidos cuando establezca tributos sobre hechos sujetos a la imposición municipal por los entes locales o cuando suprima o modifique cualquier tributo de percepción municipal que reduzca los ingresos de los Ayuntamientos
señale la correcta:
Los entes locales podrán delegar en la Comunidad Autónoma la gestión, liquidación, recaudación e inspección de sus propios tributos y otros ingresos de derecho público, o establecer alguna otra forma de colaboración
la Comunidad Autónoma podrá delegar en los entes locales la gestión, liquidación, recaudación e inspección de sus propios tributos y otros ingresos de derecho público, o establecer alguna otra forma de colaboración
Los entes locales deberán delegar en la Comunidad Autónoma la gestión, liquidación, recaudación e inspección de sus propios tributos y otros ingresos de derecho público, o establecer alguna otra forma de colaboración
la Comunidad Autónoma deberán delegar en los entes locales la gestión, liquidación, recaudación e inspección de sus propios tributos y otros ingresos de derecho público, o establecer alguna otra forma de colaboración