Test
protocolo igualdad
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Preguntas del test (38)
11. Objeto (falsa)
- AEl presente Protocolo tiene por objeto sensibilizar, prevenir así como
erradicar las posibles situaciones de acoso sexual y acoso por razón de sexo en la
Administración Pública de la Región de Murcia y afrontarlas de manera efectiva en
caso de que éstas lleguen a producirse. - BLa tramitación del procedimiento contemplado en el presente Protocolo
impedirá la iniciación, paralela o posterior, por parte de las personas implicadas
de las acciones administrativas o judiciales pertinentes. - Cambas son ciertas
- Dambas son falsas
- AEl presente Protocolo tiene por objeto sensibilizar, prevenir así como
2El presente Protocolo tendrá como objetivos específicos (art1 falsa)
- AInformar, formar y sensibilizar al personal de qué se considera acoso sexual y acoso por razón de sexo.
- BDar pautas para identificar las situaciones de acoso sexual y acoso por razón de sexo al objeto de prevenirlas y evitar que se produzcan.
- CDisponer de una organización general con los medios necesarios para resolver los casos que se produzcan.
- DGarantizar la seguridad de las personas afectadas, así como la aplicación de las medidas que procedan para erradicar las conductas citadas.
32. Ámbito de aplicación (falsa)
- AEl presente Protocolo será de aplicación a todo el personal al servicio de la Administración Pública de la Región de Murcia, así como al personal directivo y de designación política, siempre que, a estos últimos, les resulte de aplicación
otra normativa específica en razón de su condición. - BAsí mismo, se establecerán mecanismos de coordinación para la extensión de los términos de este Protocolo al personal externo que por razón de su actividad realice su trabajo en instalaciones o con personal de la Administración Regional
- Cambas son ciertas
- Dambas son falsas
- AEl presente Protocolo será de aplicación a todo el personal al servicio de la Administración Pública de la Región de Murcia, así como al personal directivo y de designación política, siempre que, a estos últimos, les resulte de aplicación
43.3. Ejemplos de conductas no deseadas
A modo de ejemplo, y sin ánimo excluyente, se relacionan una serie de
conductas que pueden ser constitutivas de acoso sexual o de acoso por razón de
sexo:
Conducta verbal: (falsa)- ARealizar sugerencias, comentarios o proposiciones no deseadas.
- BEmpleo de palabras obscenas, bromas y chistes subidos de tono que deriven en insinuaciones sexuales.
- CLlamadas telefónicas de carácter ofensivo y libidinoso.
- DUtilizar imágenes y gráficos de contenido sexual explícito.
53.3. Ejemplos de conductas no deseadas
A modo de ejemplo, y sin ánimo excluyente, se relacionan una serie de
conductas que pueden ser constitutivas de acoso sexual o de acoso por razón de
sexo:
Conducta verbal: (falsa)- AInvitaciones impúdicas y peticiones de favores sexuales.
- BRequerimientos sexuales acompañados de promesas de trato preferencial o asociados a una mejora en las condiciones de trabajo, o en la carrera profesional, amenazas implícitas o explícitas en caso de no acceder a estos requerimientos.
- CImposición de órdenes humillantes y vejatorias.
- DActitudes que comporten vigilancia continua y extrema.
6A modo de ejemplo, y sin ánimo excluyente, se relacionan una serie de
conductas que pueden ser constitutivas de acoso sexual o de acoso por razón de
sexo: Conducta no verbal: (art 3falsa)- ARealizar gestos obscenos, enviar cartas, mensajes, fotografías u otros materiales de carácter pornográfico.
- BUtilizar imágenes y gráficos de contenido sexual explícito.
- CObservación encubierta de personas en lugares reservados como vestuarios o servicios.
- D· Acercamiento excesivo e innecesario.
7A modo de ejemplo, y sin ánimo excluyente, se relacionan una serie de
conductas que pueden ser constitutivas de acoso sexual o de acoso por razón de
sexo: Conducta no verbal: (art 3falsa)- AActitudes que comporten vigilancia continua y extrema.
- BUtilizar imágenes y gráficos de contenido sexual explícito
- CRealizar gestos obscenos, enviar cartas, mensajes, fotografías u otros materiales de carácter pornográfico.
- DPellizcos, palmadas, roces o intentos de agresión sexual.
8A modo de ejemplo, y sin ánimo excluyente, se relacionan una serie de
conductas que pueden ser constitutivas de acoso sexual o de acoso por razón de
sexo: conducta fisica falsa (art 3)- AContacto físico deliberado y no deseado por la víctima.
- BAcercamiento excesivo e innecesario.
- CPellizcos, palmadas, roces o intentos de agresión sexual.
- DUtilización de la coacción para mantener relaciones sexuales.
- EImposición de órdenes humillantes y vejatorias.
94. Prevención del acoso sexual y acoso por razón de sexo. (falsa)
- ALa prevención del acoso sexual o por razón de sexo debe plantearse en el contexto de una acción general y proactiva de prevención, con objeto de identificar los factores que puedan contribuir a crear un entorno laboral exento de acoso. Las distintas formas de organizar el trabajo y las relaciones entre las
personas pueden favorecer o, por el contrario, evitar estas situaciones. Por ese
motivo, la prevención es una línea fundamental de intervención en estos casos. - BPor ello, todo el personal al servicio de la Administración Regional procurará un entorno laboral libre de acoso sexual y de acoso por razón de sexo. Queda por tanto expresamente prohibido cualquier comportamiento o conducta de
esta naturaleza que podrá ser considerado, sin perjuicio de lo establecido en la legislación penal, como falta grave. - CA tal efecto, se proveerán todos los medios necesarios para prevenir,
evitar y, en su caso, detectar y eliminar cualquier situación de acoso sexual o de acoso por razón de sexo, así como sancionar cualquier conducta que lleve a tales situaciones garantizando, en todo caso, que la asistencia y protección de
las víctimas se realice siguiendo los principios de sigilo, respeto, profesionalidad, objetividad e imparcialidad y celeridad. - Dtodas son ciertas
- ALa prevención del acoso sexual o por razón de sexo debe plantearse en el contexto de una acción general y proactiva de prevención, con objeto de identificar los factores que puedan contribuir a crear un entorno laboral exento de acoso. Las distintas formas de organizar el trabajo y las relaciones entre las
10Para evitar la aparición de los comportamientos de acoso sexual y por razón
de sexo se realizarán las siguientes acciones: (art 4 falsa)- AInformación y formación al personal en materia de acoso sexual y acoso por razón de sexo, dando pautas para identificar dichas situaciones, prevenirlas y evitar que se produzcan.
- BFormación general en políticas de género, igualdad entre mujeres y hombres e intervención ante los casos de acoso.
- CFormación específica a quienes vayan a apoyar a las víctimas de acoso.
- DEstudio y evaluación de los riesgos psicofisicos
11Para evitar la aparición de los comportamientos de acoso sexual y por razón
de sexo se realizarán las siguientes acciones: (art 4 falsa)- ARealización de campañas de sensibilización, por medio de charlas, jornadas, folletos, material informativo y cualquier otro medio que se estime necesario, haciendo hincapié en la aclaración de los conceptos de acoso sexual y acoso por
razón de sexo, y cómo actuar en caso de producirse esas conductas. - BRealización y publicación de estadísticas sobre intervenciones y casos de acoso sexual y acoso por razón de sexo, manteniendo en todo momento el anonimato de las personas.
- CInclusión en los protocolos de vigilancia de la salud de indicadores para la detección de posibles situaciones de acoso sexual o por razón de sexo en el ámbito de la salud
- Dtodas son ciertas
- ARealización de campañas de sensibilización, por medio de charlas, jornadas, folletos, material informativo y cualquier otro medio que se estime necesario, haciendo hincapié en la aclaración de los conceptos de acoso sexual y acoso por
12 Se procederá con la discreción necesaria para proteger la intimidad y la dignidad de las personas afectadas. Las actuaciones o diligencias se realizarán con la mayor prudencia y con el debido respeto a todas las personas implicadas, que en ningún caso podrán recibir un trato desfavorable por este motivo. (art 5)
- ARespeto y protección a las personas:
- BConfidencialidad:
- CDiligencia y celeridad:
- DImparcialidad y contradicción:
13 Las personas que intervengan en el procedimiento
tendrán obligación de guardar una estricta confidencialidad y reserva, y no
deberán transmitir ni divulgar información sobre el contenido de las denuncias
presentadas, resueltas o en proceso de investigación de las que tengan
conocimiento. Por ello, desde el momento en que se formule la denuncia, los
responsables de su iniciación y tramitación asignarán unos códigos numéricos
identificativos tanto de la persona supuestamente acosada, como de la
supuestamente acosadora, preservando así su identidad. (art 5)- AConfidencialidad:
- BRespeto y protección a las personas
- CDiligencia y celeridad:
- DImparcialidad y contradicción
14Diligencia y [blank_start]celeridad[blank_end]: La investigación y la resolución sobre la conducta
denunciada deberán ser realizadas con la debida profesionalidad, diligencia y sin demoras injustificadas, de forma que el procedimiento pueda ser completado en el menor tiempo posible, respetando las garantías debidas (art 5)- Aceleridad
15Imparcialidad y [blank_start]contradicción[blank_end]: El procedimiento garantizará una audiencia
imparcial y un tratamiento justo para todas las personas afectadas. Quienes
intervengan en el procedimiento actuarán de buena fe en la búsqueda de la
verdad y el esclarecimiento de los hechos denunciados (art 5)- Acontradicción
16Denuncias dolosas: las denuncias o alegaciones realizadas que se demuestren
como intencionadamente deshonestas o dolosas, seran susceptibles de
actuaciones disciplinarias, sin perjuicio de las restantes acciones que en derecho pudieran corresponder.- AVerdadero
- BFalso
17Protección de la salud: Las posibles consecuencias de las conductas de acoso
en el trabajo sobre las víctimas deberán ser tratadas desde la perspectiva de la
salud [blank_start]laboral[blank_end], y así deberán abordarse para su tratamiento. (art 5)- Alaboral
18 Adscritos a la Dirección General competente en materia de Recursos
Humanos de cada uno de los ámbitos sectoriales (Servicio Murciano de Salud,
Educación y Administración General), se crearán Equipos de Apoyo compuestos por ,,,,, personas designadas por los mismos, que darán información, apoyo y asistencia a la persona denunciante, sobre sus derechos y las distintas formas de actuación posibles. (art 5)- A3
- B4
- C2
- D5
19En algun caso, a los miembros de los Equipos de de Apoyo, les serán de
aplicación las normas sobre abstención y recusación (art 5)- AVerdadero
- BFalso
20 Para conseguir una adecuada y completa formación de los Equipos de
Apoyo, la Escuela de Formación e Innovación de la Administración Pública, a
propuesta del órgano competente en materia de Igualdad, realizará una acción
formativa con la duración y contenido que determine dicho órgano especializado y será eminentemente práctica, versando sobre cuestiones de igualdad entre hombres y mujeres, acoso sexual y por razón de sexo en el lugar de trabajo, atención psicológica a víctimas, habilidades comunicativas y de gestión de equipos humanos, asesoramiento jurídico y sobre el presente Protocolo y sus procedimientos e instrucciones.
La formación y cualificación señalada, deberá estar finalizada en el plazo
máximo de ................ meses desde la publicación del presente acuerdo. (art 5)- A3
- B4
- C2
- D5
21 Las personas integrantes de los Equipos de Apoyo tendrán, entre otras, las
siguientes funciones: (art 5 falsa)- ARecibir la solicitud de intervención ante hechos o conductas susceptibles de ser consideradas acoso sexual o por razón de sexo.
- BLlevar a cabo cuantas investigaciones se consideren precisas en relación con los hechos denunciados, disponiendo para ello de cuantos medios sean necesarios. A tales efectos, tendrán acceso a toda la información y documentación que pudiera tener relación con el caso investigado, con respeto a lo establecido en la normativa de protección de datos de carácter personal.
- CAtender y apoyar durante todo el procedimiento a la persona
presuntamente acosada, así como asistirla en la tramitación posterior, en su caso, del correspondiente expediente disciplinario. - DProcurar el efectivo cumplimiento de las medidas adoptadas para acabar con las situaciones de acoso
22 Las personas integrantes de los Equipos de Apoyo tendrán, entre otras, las
siguientes funciones: (art 5 falsa)- AMantener las reuniones que se consideren oportunas con las personas implicadas y tener acceso a las dependencias de la Administración. A estos efectos, todo el personal al servicio de la Administración Regional deberá prestar
la colaboración necesaria - BProponer, desde el inicio del proceso, al órgano competente, la adopción de cuantas medidas cautelares se consideren necesarias con el fin de proteger a la persona presuntamente acosada.
- CElevar al órgano competente, en cada caso, un informe con las conclusiones de su intervención y con la propuesta de medidas a adoptar
- DRecibir información periódica de denuncias de acoso sexual y acoso por razón de sexo, de los resultados de las investigaciones, incluyendo el archivo de denuncias y de las medidas que se adopten en virtud del presente Protocolo y
ser informadas de cuantos estudios se realicen en este ámbito, siempre que no contengan datos de carácter personal
- AMantener las reuniones que se consideren oportunas con las personas implicadas y tener acceso a las dependencias de la Administración. A estos efectos, todo el personal al servicio de la Administración Regional deberá prestar
23 Las personas integrantes de los Equipos de Apoyo tendrán, entre otras, las
siguientes funciones: (art 5 falsa)- AElaborar un informe anual que recoja el número de actuaciones realizadas, los resultados de las mismas, incluyendo las archivadas, y las medidas que se hayan adoptado en virtud de lo establecido en el presente Protocolo, garantizando
el anonimato del personal afectado. - BElevar, con carácter anual, el informe a que se refiere el párrafo anterior, a la Comisión de Igualdad de cada ámbito sectorial, que velará por el cumplimiento de lo establecido en el presente Protocolo.
- CElevar al órgano competente, en cada caso, un informe con las conclusiones de su intervención y con la propuesta de medidas a adoptar
- DVelar por el respeto de las garantías establecidas en el presente Protocolo, así como cualesquiera otras funciones dirigidas a cumplir la finalidad que persigue
- AElaborar un informe anual que recoja el número de actuaciones realizadas, los resultados de las mismas, incluyendo las archivadas, y las medidas que se hayan adoptado en virtud de lo establecido en el presente Protocolo, garantizando
24) Las Comisiones de Igualdad a que se refiere el último párrafo del apartado
anterior, como órganos de participación y representación en materia de igualdad,
desempeñarán las siguientes funciones: (art 5 falsa)- AProponer, mediante acuerdo, la designación de las personas que integren el Equipo de Apoyo.
- BRecibir los informes de conclusiones elaborados por el Equipo de Apoyo y, si procede, recomendar ante los órganos competentes las medidas que se estimen
convenientes. - CProcurar el efectivo cumplimiento de las medidas adoptadas para acabar con las situaciones de acoso
- DElevar al órgano competente, en cada caso, un informe con las conclusiones
de su intervención y con la propuesta de medidas a adoptar.
25Las Comisiones de Igualdad a que se refiere el último párrafo del apartado
anterior, como órganos de participación y representación en materia de igualdad,
desempeñarán las siguientes funciones: (art 5 falsa)- AVelar por el respeto de las garantías establecidas en el presente Protocolo,
así como cualesquiera otras funciones dirigidas a cumplir la finalidad que persigue. - BRecibir información periódica de denuncias de acoso sexual y acoso por razón de sexo, de los resultados de las investigaciones, incluyendo el archivo de denuncias y de las medidas que se adopten en virtud del presente Protocolo y
ser informadas de cuantos estudios se realicen en este ámbito, siempre que no contengan datos de carácter personal. - CRecibir los informes de conclusiones elaborados por el Equipo de Apoyo y, si procede, recomendar ante los órganos competentes las medidas que se estimen
convenientes - DRecibir la solicitud de intervención ante hechos o conductas susceptibles de
ser consideradas acoso sexual o por razón de sexo.
- AVelar por el respeto de las garantías establecidas en el presente Protocolo,
265.3. Procedimiento de actuación.
5.3.1. Inicio del procedimiento.
El procedimiento de actuación en caso de acoso podrá iniciarse a instancia de- ALa víctima
- B· Cualquier persona que tenga conocimiento de un caso de acoso sexual o por razón de sexo.
- Cambas son ciertas
- Dambas son falsas
27art5 (falsa)
- ALa persona afectada por un comportamiento susceptible de ser constitutivo de acoso sexual o acoso por razón de sexo podrá solicitar la intervención del Equipo de Apoyo y tendrá derecho a obtener una respuesta, debiendo la Administración dejar constancia verbal de la situación denunciada, incluso cuando ésta se realice verbalmente, así como de todo lo actuado en el procedimiento
- BLas personas implicadas podrán estar asistidas por una persona de su elección a lo largo del procedimiento, si así lo requieren y que podrá acompañarlas en todas las actuaciones, a tal efecto deberán comunicar al equipo de apoyo la
persona designada. Dicha designación podrá recaer en cualquier persona de su confianza, representante legal, familiar o un representante unitario o sindical. - CEl procedimiento de actuación ante una posible situación de acoso sexual o por razón de sexo debe ser ágil y proteger la intimidad, confidencialidad y dignidad de las personas afectadas: acosada, presunta actuante y testigos. En
todo caso, se procurará la protección suficiente de la persona objeto del acoso en cuanto a su seguridad y salud, teniendo en cuenta las posibles consecuencias, tanto físicas como psicológicas que puedan derivarse de esta situación,
atendiendo muy especialmente a las circunstancias laborales que la rodean. - DEl procedimiento para resolver posibles situaciones de acoso sexual o por razón de sexo podrá concluir con una propuesta de acuerdo que requerirá la conformidad de ambas partes o, continuar en caso contrario. Igualmente se proseguirá cuando
la gravedad de los hechos o situaciones que generan la intervención así lo requiera o se hayan constatado reiteraciones en las conductas denunciadas.
28El inicio del procedimiento que se regula a continuación supondrá, en
la renuncia de la persona presuntamente acosada al ejercicio de
cuantas acciones judiciales o de cualquier otro tipo pudieran corresponderle. (art 5)- AVerdadero
- BFalso
29 En esta fase se realizarán las siguientes actuaciones: (actuaciones de intervención previa art 5.3.2) (falsa)
- AMedidas cautelares. Se propondrá, en su caso, la adopción de las medidas cautelares que se consideren necesarias, que serán proporcionadas y en ningún caso supondrán para la persona denunciante un perjuicio o menoscabo en sus
condiciones de trabajo o retributivas. - BEntrevista con la persona afectada en la que se realizará una valoración inicial de su situación personal atendiendo a su estado, las circunstancias del caso y las pruebas que aporte en ese momento
- CSe asignará un código numérico a cada una de las partes afectadas con el fin de mantener la confidencialidad.
- DAntecedentes del caso, solicitud de intervención y circunstancias de la misma
- AMedidas cautelares. Se propondrá, en su caso, la adopción de las medidas cautelares que se consideren necesarias, que serán proporcionadas y en ningún caso supondrán para la persona denunciante un perjuicio o menoscabo en sus
30En esta fase se realizarán las siguientes actuaciones: (actuaciones de intervención previa art 5.3.2) (falsa)
- ASe procurará la protección necesaria de la persona afectada en lo que se refiere a su salud y seguridad proponiendo, en su caso, una valoración de su estado de salud, que realizará con carácter de urgencia el Servicio de Prevención
de Riesgos Laborales. - BComprobada la existencia de indicios que corroboren los hechos denunciados, se entrará en contacto de forma confidencial con la persona presuntamente autora de los mismos, para manifestarle la queja sobre su conducta y las responsabilidades disciplinarias que, de ser ciertas y de reiterarse
las conductas denunciadas, podrían derivarse. - CEntrevista con la persona afectada en la que se realizará una valoración inicial de su situación personal atendiendo a su estado, las circunstancias del caso y las pruebas que aporte en ese momento.
- DComposición del Grupo, con indicación de la intervención del personal experto actuante, si se hubiese producido.
- ASe procurará la protección necesaria de la persona afectada en lo que se refiere a su salud y seguridad proponiendo, en su caso, una valoración de su estado de salud, que realizará con carácter de urgencia el Servicio de Prevención
31Las actuaciones descritas con anterioridad se realizarán en un plazo máximo
de ,,,,,días hábiles, contados a partir de la presentación de la denuncia. No
obstante, y de manera motivada, podrá ampliarse el plazo en ,,,,, días hábiles. (art 5)- A20,15
- B15,20
- C30,15
- D30,20
32b) Informe de conclusiones/recomendaciones.
Finalizadas las actuaciones descritas en el apartado anterior, se elaborará un
informe de conclusiones y recomendaciones por el Equipo de Apoyo que deberá incluir, como mínimo, la siguiente información: (art 5 falsa)- AComposición del Grupo, con indicación de la intervención del personal experto actuante, si se hubiese producido
- BAntecedentes del caso, solicitud de intervención y circunstancias de la misma.
- CActuaciones previas: análisis inicial e informe de los resultados del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales correspondiente, si los hubiese.
- DEntrevista con la persona afectada en la que se realizará una valoración inicial de su situación personal atendiendo a su estado, las circunstancias del caso y las pruebas que aporte en ese momento
33b) Informe de conclusiones/recomendaciones.
Finalizadas las actuaciones descritas en el apartado anterior, se elaborará un
informe de conclusiones y recomendaciones por el Equipo de Apoyo que deberá incluir, como mínimo, la siguiente información: (art 5 falsa)- AOtras actuaciones: testimonios (garantizando su confidencialidad), pruebas,
etc. - BConclusiones, incluyendo, en su caso, las circunstancias agravantes a tener en cuenta.
- CMedidas propuestas que incluirán medidas correctoras que pongan fin a la situación planteada, eviten futuras agresiones o mejoren las condiciones de trabajo existentes, así como las medidas cautelares implantadas desde el inicio del proceso y posibles efectos de las mismas hasta la fecha de emisión del
informe. Dichas medidas podrán contemplar el traslado de la víctima si ella así lo solicitara. Estas medidas en ningún caso podrán suponer para la persona objeto del acoso un perjuicio o menoscabo en sus condiciones de trabajo, ni modificación
sustancial de las mismas. - DSe asignará un código numérico a cada una de las partes afectadas con el
fin de mantener la confidencialidad.
- AOtras actuaciones: testimonios (garantizando su confidencialidad), pruebas,
34 A efectos de valorar la gravedad de los hechos, se considerarán
circunstancias agravantes aquellas situaciones en las que: (art 5 falsa)- ALa persona a la que se le atribuye el acoso sea reincidente en la comisión de tales actos
- BExistan tres o más víctimas
- CSe demuestren conductas intimidatorias o represalias por parte de la persona acosadora.
- DLa situación de acoso la haya provocado una persona con superioridad jerárquica, o cuyas decisiones puedan tener efectos sobre el empleo y las condiciones de trabajo de la persona presuntamente acosada
35 efectos de valorar la gravedad de los hechos, se considerarán
circunstancias agravantes aquellas situaciones en las que: (art 5 falsa)- ALa víctima sufra algún tipo de discapacidad psiquica
- BEl estado físico o psicológico de la víctima haya sufrido graves alteraciones, médicamente acreditadas.
- CEl acoso se produzca durante un proceso de selección de personal.
- DSe ejerzan presiones o coacciones sobre la víctima, testigos o personas de su entorno laboral o familiar, con el objeto de evitar o entorpecer el buen fin de
la investigación - EExista una situación de contratación temporal, interinidad o periodo de prueba, e incluso contrato de beca o en prácticas de la víctima.
365.3.3. Terminación del procedimiento.
En el informe de conclusiones del Equipo de Apoyo se propondrá alguna de
las siguientes alternativas: (falsa)
a) Archivo de la denuncia, motivado por alguno de los siguientes supuestos:- ADesistimiento de la persona denunciante (en todo caso y, de oficio,no continuará la investigación de los hechos si se detectaran indicios de acoso).
- BFalta de objeto o insuficiencia de indicios
- CCuando de las actuaciones previas practicadas se pueda dar por resuelto el contenido de la denuncia reflejando, en su caso, el acuerdo alcanzado entre las
partes
37De la alternativa expresada en el referido informe de conclusiones se dará
traslado a las partes implicadas, para que en un plazo de ,,,,,,,, naturales,
puedan presentar alegaciones en caso de desacuerdo con la misma. En este
supuesto, el Equipo de Apoyo confirmará o denegará, de forma motivada, la
decisión definitiva del procedimiento. (art 5)- A10 dias
- B20 dis
- C30 dias
- D15 dias
386. Comunicación, difusión y publicidad del protocolo. (falsa)
- AEl presente Protocolo deberá difundirse de forma que llegue a ser conocido por todas las personas que trabajen en la Administración Pública de la Región de Murcia. La difusión podrá hacerse a través de intranets o de cualquier otro medio
de comunicación - BAsí mismo, se habilitará un número de teléfono que recogerá, con total confidencialidad, las consultas y/o denuncias que se produzcan sobre esta materia, así como un espacio en la internet corporativa destinado a la promoción de igualdad entre mujeres y hombre con información relativa al acoso sexual y al acoso por razón de sexo.
- Cambas son ciertas
- Dambas son falsas
- AEl presente Protocolo deberá difundirse de forma que llegue a ser conocido por todas las personas que trabajen en la Administración Pública de la Región de Murcia. La difusión podrá hacerse a través de intranets o de cualquier otro medio
Información
- Descripción
- Test sobre protocolo igualdad, creado por Crisina Ledo el 17/07/2020.
- Autor
- Crisina Ledo
- Idioma
- Español
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