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CAPITULO II SECCION 2ª-Iniciación del procedimiento de oficio por la adm.

Anabel Fernandez Cuevas 17 preguntas

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Preguntas del test (17)

  1. 1Artículo 58.

    Los procedimientos se iniciarán de oficio por acuerdo del órgano competente, bien por [blank_start]propia iniciativa[blank_end] o como consecuencia de [blank_start]orden superior[blank_end], a petición razonada de [blank_start]otros órganos[blank_end] o por [blank_start]denuncia[blank_end].
    1. Apropia iniciativa
    2. Botros órganos
    3. Cdenuncia
    4. Dorden superior
  2. 2Artículo 59.

    Se entiende por propia iniciativa, la [blank_start]actuación[blank_end] derivada del conocimiento [blank_start]directo[blank_end] o [blank_start]indirecto[blank_end] de las [blank_start]circunstancias[blank_end], [blank_start]conductas[blank_end] o [blank_start]hechos[blank_end] objeto del procedimiento por el órgano que tiene atribuida la competencia de iniciación.
    1. Aindirecto
    2. Bdirecto
    3. Ccircunstancias
    4. Dconductas
    5. Ehechos
    6. Factuación
  3. 3Artículo 60. Inicio del procedimiento como consecuencia de orden superior.

    1. Se entiende por orden superior, la emitida por un órgano administrativo [blank_start]superior jerárquico[blank_end] del [blank_start]competente[blank_end] para la [blank_start]iniciación del procedimiento[blank_end].

    2. En los procedimientos de naturaleza sancionadora, la orden expresará, en la medida de lo posible, la persona o personas presuntamente [blank_start]responsables[blank_end]; las [blank_start]conductas[blank_end] o [blank_start]hechos[blank_end] que pudieran constituir [blank_start]infracción administrativa[blank_end] y su tipificación; así como el [blank_start]lugar[blank_end], la [blank_start]fecha[blank_end], [blank_start]fechas[blank_end] o [blank_start]período de tiempo continuado[blank_end] en que los hechos se produjeron.
    1. Asuperior jerárquico
    2. Bcompetente
    3. Ciniciación del procedimiento
    4. Dresponsables
    5. Econductas
    6. Fhechos
    7. Ginfracción administrativa
    8. Hlugar
    9. Ifecha
    10. Jfechas
    11. Kperíodo de tiempo continuado
  4. 4Artículo 61. Inicio del procedimiento por petición razonada de otros órganos.

    1. Se entiende por petición razonada, la propuesta de iniciación del procedimiento formulada por cualquier órgano administrativo que [blank_start]no tiene competencia[blank_end] para iniciar el mismo y que ha tenido conocimiento de las [blank_start]circunstancias[blank_end], [blank_start]conductas[blank_end] o [blank_start]hechos[blank_end] objeto del procedimiento, bien [blank_start]ocasionalmente[blank_end] o bien por tener atribuidas funciones de [blank_start]inspección[blank_end], [blank_start]averiguación[blank_end] o [blank_start]investigación[blank_end].
    1. Acircunstancias
    2. Bconductas
    3. Chechos
    4. Docasionalmente
    5. Einspección
    6. Faveriguación
    7. Ginvestigación
    8. Hno tiene competencia
  5. 5Artículo 61. Inicio del procedimiento por petición razonada de otros órganos.

    2. La petición no vincula al [blank_start]órgano competente[blank_end] para iniciar el procedimiento, si bien deberá comunicar al órgano que la hubiera formulado los [blank_start]motivos[blank_end] por los que, en su caso, [blank_start]no procede la iniciación[blank_end].
    1. Aórgano competente
    2. Bmotivos
    3. Cno procede la iniciación
  6. 6Artículo 61. Inicio del procedimiento por petición razonada de otros órganos.

    3. En los procedimientos de naturaleza sancionadora, las peticiones deberán especificar, en la medida de lo posible, la persona o personas [blank_start]presuntamente responsables[blank_end]; las [blank_start]conductas[blank_end] o [blank_start]hechos[blank_end] que pudieran constituir [blank_start]infracción administrativa[blank_end] y su [blank_start]tipificación[blank_end]; así como el lugar, la fecha, fechas o período de tiempo continuado en que los hechos se produjeron.
    1. Apresuntamente responsables
    2. Bconductas
    3. Chechos
    4. Dinfracción administrativa
    5. Etipificación
  7. 7Artículo 61. Inicio del procedimiento por petición razonada de otros órganos.

    4. En los procedimientos de responsabilidad patrimonial, la petición deberá individualizar la [blank_start]lesión producida[blank_end] en [blank_start]una persona[blank_end] o [blank_start]grupo de personas[blank_end], su relación de [blank_start]causalidad[blank_end] con el [blank_start]funcionamiento del servicio público[blank_end], su evaluación [blank_start]económica[blank_end] si fuera posible, y el [blank_start]momento[blank_end] en que la lesión efectivamente se produjo.
    1. Alesión producida
    2. Buna persona
    3. Cgrupo de personas
    4. Dcausalidad
    5. Efuncionamiento del servicio público
    6. Feconómica
    7. Gmomento
  8. 8Artículo 62. Inicio del procedimiento por denuncia.

    1. Se entiende por denuncia, el acto por el que cualquier persona, en [blank_start]cumplimiento[blank_end] o [blank_start]no[blank_end] de una [blank_start]obligación legal[blank_end], pone en conocimiento de un órgano administrativo la existencia de un determinado [blank_start]hecho[blank_end] que pudiera justificar [blank_start]la iniciación de oficio[blank_end] de un [blank_start]procedimiento administrativo[blank_end].
    1. Acumplimiento
    2. Bno
    3. Cobligación legal
    4. Dhecho
    5. Ela iniciación de oficio
    6. Fprocedimiento administrativo
  9. 9Artículo 62. Inicio del procedimiento por denuncia.

    2. Las denuncias deberán expresar la [blank_start]identidad[blank_end] de la persona o personas que las [blank_start]presentan[blank_end] y el [blank_start]relato[blank_end] de los [blank_start]hechos[blank_end] que se ponen en conocimiento de [blank_start]la Administración[blank_end]. Cuando dichos hechos pudieran constituir una [blank_start]infracción[blank_end] administrativa, recogerán la [blank_start]fecha[blank_end] de su [blank_start]comisión[blank_end] y, cuando sea posible, la [blank_start]identificación[blank_end] de los [blank_start]presuntos responsables[blank_end].
    1. Aidentidad
    2. Bpresentan
    3. Crelato
    4. Dhechos
    5. Ela Administración
    6. Finfracción
    7. Gfecha
    8. Hcomisión
    9. Iidentificación
    10. Jpresuntos responsables
  10. 10Artículo 62. Inicio del procedimiento por denuncia.

    3. Cuando la denuncia invocara un [blank_start]perjuicio en el patrimonio[blank_end] de las Administraciones Públicas la no iniciación del procedimiento deberá ser [blank_start]motivada[blank_end] y se [blank_start]notificará[blank_end] a [blank_start]los denunciantes[blank_end] la decisión de si se ha iniciado o no el procedimiento.
    1. Aperjuicio en el patrimonio
    2. Bmotivada
    3. Cnotificará
    4. Dlos denunciantes

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Artículo 58 al 67. Suman un total de 8 artículos.
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Español
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