Sin título
Diapositivas del conjunto (4)
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- LA REPOSICIÓN EN CIVIL
- Procede contra autos.
- Excepto el auto inadmisorio y el que resuelve la reposición.
- Traslado 3 días.
- LA REPOSICIÓN EN LABORAL
- Traslado: 2 días.
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- LA APELACIÓN EN CIVIL
- Autos apelables: el que rechaza la demanda y el que niega pruebas
- Sentencias no apelables: de única instancia y las de primera instancia que se dicten en equidad.
- Se interpone ante el juez de primera instancia y éste concede el recurso o lo niega por falta de requisito de viabilidad.
- Si concede envía la providencia al juez de segunda instancia.
- LA APELACIÓN EN LABORAL
- Se interpone dentro de los 5 días después de notificada la demanda.
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- LA CASACIÓN EN CIVIL
- El interes para recurrir en casación: que el perjuicio haya sido mayor a 1000 salarios mínimos=781 millones
- Termino para interponerla: hasta 5 días después de notificada la providencia.
- LA CASACIÓN EN LABORAL
- Interes: 120 salarios minimos
- No procede para los recursos especiales porque estos empiezan en el tribunal y la segunda instancia seria la corte.
- Término: 15 días.
- Casación per saltum: ponerse de acuerdo para no apelar pero si presentar casación
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- LA REVISIÓN EN LABORAL
- Causales: documento falso, testimonio falso, cohecho, infidelidad del abogado.
- Tiene un plazo de 5 años desde la sentencia en laboral. y 6 meses desde la sentencia penal.
- Procede contra sentencias y actas de conciliación
- LA REVISIÓN EN LABORAL
- OPORTUNIDAD: dentro de los dos años siguientes a la ejecutoria de la sentencia que se va a revisar.
- Si se necesita sentencia penal, se suspende el proceso de revisión por dos años mientras se dicta sentencia, vencido ese tiempo el recurso no prospera.
- Si es por la causal de indebida representación o notificación tiene 5 años para enterarse de la situación y 2 años luego de que se entera para interponer la revisión, sin pasarse de los 5 años.
Información
- Descripción
- Diapositivas sobre Sin título, creado por Mauren Forero el 09/11/2018.
- Creado por
- Mauren Forero
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